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lunes, 4 de abril de 2011

Tinkunaco 0207/11 - Fwd: Hnd - Violenta represion en todo el pais


Radio Nizkor Información
Libertades civiles
04abr11 - iii) msjes.

Hnd - El Gobierno hace uso desoproporcionado de la fuerza en contra de maestros, organizaciones indígenas, organizacioens civiles y de derechos humanos.

i) El régimen de facto utiliza la policía y el ejército para reprimir violentamente y a gran escala.


Fichero AudioHnd - El régimen de facto utiliza la policía y el ejército para reprimir violentamente en distintos lugares del país. (Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras - COFADEH). Radio Nizkor, 02abr11.

"Antes de la breve pausa con aparente estabilidad hoy jueves 31 de marzo, por el conversatorio entre el Congreso Nacional y la dirigencia de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras (FOMH), la ciudadanía ha padecido el peor período de violaciones a sus derechos humanos. Un estado de emergencia, sin duda, que implica a la policía y al ejército del régimen de facto que dirige el país... Todavía muy insuficiente la mirada de la comunidad mundial sobre la crisis generada por el golpismo en el país, pero es clave para hilvanar soluciones institucionales que generen consensos sociales y políticos mínimos para transformar el país...
En las diferentes regiones geográficas del país las manifestaciones de la población en general, en solidaridad con la resistencia magisterial que defiende la educación pública gratuita, fueron reprimidas con uso excesivo de fuerza, incumpliendo especificaciones de Naciones Unidas para el uso de armas no letales.
El Paro Cívico Nacional convocado por el Frente Nacional de Resistencia Popular, FNRP, ha dejado un balance trágico...
En San Pedro Sula, cabecera del departamento de Cortés, la hija de la ex diputada por el Partido Unificación Democrática, Silvia Ayala, fue herida durante el violento desalojo de estudiantes del Centro Universitario del Valle de Sula, donde también hubo decenas de estudiantes y docentes detenidos...
En los municipios de Santa Cruz de Yojoa, Potrerillos, La Lima y Choloma, Cortés, hubo 43 personas detenidas por participar en el Paro Cívico, siendo liberadas de las postas policiales hasta entrada la noche de ayer miércoles, con señales de golpes en algunos casos y testimonios de insultos y frases discriminatorias...
Durante el Paro Cívico convocado el miércoles 30 de marzo por el FNRP fue muerto un hombre en la comunidad de Planes, municipio de Tocoa, en el norte del país, como consecuencia de la disolución forzada de las manifestaciones por la Policía y los militares, utilizando balas vivas contra la población... En ese mismo lugar, ubicado cerca de la zona conflictiva del delta del río Aguán - escenario de frecuentes disputas por la tenencia de la tierra - fueron heridas de bala 11 personas incluyendo labriegos, educadores y supuestamente policías... ambién se reportó la detención de ocho personas que fueron trasladadas a la Jefatura Policial de Sabá.
En Tegucigalpa, ciudad capital de Honduras, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, nuevamente fue blanco de las fuerzas combinadas de la policía y el ejército, con centenares de bombas lacrimógenas lanzadas al interior del campus, desde donde reaccionaron los estudiantes lanzando piedras...
En la sede del Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras, COPEMH, agentes policiales de inteligencia intentaron plantar evidencia contra esta organización magisterial al "descubrir" y reportar al Ministerio Público una caja de bombas molotov depositadas en el basurero público próximo a la sede. La coordinadora general del COFADEH, Bertha Oliva, calificó la acción como una pre-fabricación de evidencias para despojar a la organización de su personalidad jurídica...
En Nacaome, cabecera del departamento de Valle, también la policía y el ejército lanzó una cruenta represión con gases lacrimógenos al interior de viviendas en las que se encontraban niños y niñas... Un bebé de dos meses de nacido fue trasladado con cuadro de asfixia a un centro asistencial después de sortear a la policía que impedía a sus padres prestarle auxilio...
Es urgente que el mundo vuelva sus ojos de nuevo a Honduras, ahora; mañana puede ser tarde.

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ii) El régimen de facto utiliza la policía y el ejército para reprimir violentamente en distintos lugares del país.
Antes de la breve pausa con aparente estabilidad hoy jueves 31 de marzo, por el conversatorio entre el Congreso Nacional y la dirigencia de la Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras (FOMH), la ciudadanía ha padecido el peor período de violaciones a sus derechos humanos. Un estado de emergencia, sin duda, que implica a la policía y al ejército del régimen de facto que dirige el país.
Los hechos sucedidos en forma sistemática desde hace tres semanas, con participación directa del aparato administrativo del Estado y los instrumentos de monopolio de la violencia -- la Policía Nacional y el Ejército--, han atraído de nuevo en forma leve la atención internacional sobre Honduras.
Todavía muy insuficiente la mirada de la comunidad mundial sobre la crisis generada por el golpismo en el país, pero es clave para hilvanar soluciones institucionales que generen consensos sociales y políticos mínimos para transformar el país.
Por eso, el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras, COFADEH, solicita con urgencia la emisión de posicionamientos políticos desde los distintos espacios de solidaridad y de los foros políticos interestatales, para que cese la violencia y represión desproporcionados que las fuerzas militarizadas lanzan contra la población civil descontenta, demandante, en resistencia desde el golpe de estado de junio 2009.
En las diferentes regiones geográficas del país las manifestaciones de la población en general, en solidaridad con la resistencia magisterial que defiende la educación pública gratuita, fueron reprimidas con uso excesivo de fuerza, incumpliendo especificaciones de Naciones Unidas para el uso de armas no letales.
El Paro Cívico Nacional convocado por el Frente Nacional de Resistencia Popular, FNRP, ha dejado un balance trágico:
Norte
En San Pedro Sula, cabecera del departamento de Cortés, la hija de la ex diputada por el Partido Unificación Democrática, Silvia Ayala, fue herida durante el violento desalojo de estudiantes del Centro Universitario del Valle de Sula, donde también hubo decenas de estudiantes y docentes detenidos.
El joven estudiante Josué Rodríguez (20), fue impactado al lado de su oreja derecha por un cilindro metálico con gases, lanzado por la policía al interior del inmueble universitario.
Las instalaciones del Centro Regional Universitario fueron rodeadas por piquetes de policías y soldados, para impedir la salida del estudiantado y docentes, mientras eran agredidos con bombas lacrimógenas lanzadas directamente a los cuerpos, provocando desmayos y vómitos por la inhalación de gases.
En los municipios de Santa Cruz de Yojoa, Potrerillos, La Lima y Choloma, Cortés, hubo 43 personas detenidas por participar en el Paro Cívico, siendo liberadas de las postas policiales hasta entrada la noche de ayer miércoles, con señales de golpes en algunos casos y testimonios de insultos y frases discriminatorias.
En el desvío Las Flores, Santa Cruz, departamento de Cortés, el Comisionado Rubí, sobrino del actual Fiscal General, desató una violenta represión contra la manifestación y ordenó la detención de 17 personas, que fueron trasladadas a la Primera Estación Policial de San Pedro Sula, entre ellas Lidia Arita, Nedi Santos Castillo, Antonio Maradiaga y Glenda Cabrera. En este lugar hubo seis personas heridas de bala, entre ellas Daisy Sabillón y Manuel Miranda, trasladados por particulares al Hospital Mario Catarino Rivas, de San Pedro Sula.
Las fuerzas antimotines, además, poncharon las llantas de más de 30 vehículos, utilizando sus armas de fuego y cuchillos, y persiguieron con gases lacrimógenos y disparos a sus propietarios que se refugiaron en la zona boscosa del lugar.
En Potrerillos, municipio del departamento de Cortés, a la altura de la Colonia El Triunfo, fueron detenidas 5 personas, quienes fueron lesionadas en la cabeza (Alejandro Duarte García), golpes en las piernas (Luciano Barrera Monroy); y lesiones en sus muslos (Haydee Márquez del Cid, Junior Mejía Murillo y Gloria Marina Perdomo Rodríguez).
Los abogados Evaristo Euceda e Iris Bude, quienes realizaban acciones de defensa de derechos humanos en la posta policial de Villanueva, fueron agredidos verbal y físicamente por el sub inspector policial de esa localidad.
En la comunidad de Tacamiche, asentamiento campesino perteneciente al municipio de La Lima, Cortés, las fuerzas represivas entraron a disparar gases tóxicos al interior de las viviendas en venganza por la toma de la carretera hacia el municipio de San Manuel y Villanueva, Cortés. La directora de la Escuela de la comunidad, Profesora Esmeralda Flores, junto con los maestros Fabricio Sevilla y Pedro Valladares, fueron trasladados a la Primera Estación Policial de San Pedro Sula.
Colón
Durante el Paro Cívico convocado el miércoles 30 de marzo por el FNRP fue muerto un hombre en la comunidad de Planes, municipio de Tocoa, en el norte del país, como consecuencia de la disolución forzada de las manifestaciones por la Policía y los militares, utilizando balas vivas contra la población. Era un guardia de seguridad de una empresa distribuidora de pollos.
En ese mismo lugar, ubicado cerca de la zona conflictiva del delta del río Aguán - escenario de frecuentes disputas por la tenencia de la tierra - fueron heridas de bala 11 personas incluyendo labriegos, educadores y supuestamente policías.
Entre las personas heridas de bala fueron identificadas la profesora Waldina Díaz, maestra de Trujillo; Neptalí Esquivel, de la cooperativa campesina Nueva San Esteban; Mauro Rosales del Movimiento Unificado del Aguán (MUCA); David Corea, camarógrafo de la televisión de Olanchito; Juan Antonio Vásquez, presidente de la empresa campesina Bolero; Paulino Chávez Rosales y Franklin Hernández de la Cooperativa campesina 4 de marzo; Víctor Euceda de la Cooperativa campesina 4 de febrero; Daniel Pérez de la Cooperativa campesina 4 de diciembre; profesores Elías Erazo Hernández y Eduardo Rivera, de la comunidad de los Leones, Municipio de Trujillo.

También se reportó la detención de ocho personas que fueron trasladadas a la Jefatura Policial de Sabá.
En la Región Central
En Tegucigalpa, ciudad capital de Honduras, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, nuevamente fue blanco de las fuerzas combinadas de la policía y el ejército, con centenares de bombas lacrimógenas lanzadas al interior del campus, desde donde reaccionaron los estudiantes lanzando piedras.
En la incursión militar a un sector periférico de la Universidad fueron detenidos seis jóvenes acusados por manifestación ilícita, ellos son Maynor Lizandro Aguilar (18), Marlon Alexander Rosales Rico (22), Douglas Manuel Flores (18); además, Oneyri Oneill Moreno Mejía del Colectivo Arco Iris, Marlon Nahúm Estrada, despachador de taxis en la UNAH; Josué Sevilla y Elwin Meza fueron golpeados con toletes en su espalda. Todos fueron liberados durante la tarde.
En las cercanías de la colonia Las Brisas, sur de Tegucigalpa, fueron bajadas tres personas de un autobús y llevadas detenidas a la Estación Policial del Barrio La Granja, entre ellos dos menores de edad, Emerson Stevez Flores (15), Víctor Geovanny Flores (14), y Wilfredo Flores Aguilar (33), liberados tres horas después de su detención.
Antes del mediodía, seis hombres vestidos de civil y fuertemente armados, intentaron secuestrar al joven Edy Guifarro, empleado de la Comisión de Verdad, cuando el taxi en que se conducía hizo un alto a la altura de la Colonia San José de la Vega. Los individuos rodearon la unidad de transporte, le golpearon su cuerpo y cabeza con las armas, pero Edy logró escapar corriendo cerca de los vehículos que se aglomeraron; los policías le siguieron y le dispararon en 6 ocasiones, sin importarles que pudieran lesionar a las personas que se encontraban en la zona. Guifarro presenta ruptura del tímpano y golpes en el cráneo.
En la sede del Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras, COPEMH, agentes policiales de inteligencia intentaron plantar evidencia contra esta organización magisterial al "descubrir" y reportar al Ministerio Público una caja de bombas molotov depositadas en el basurero público próximo a la sede. La coordinadora general del COFADEH, Bertha Oliva, calificó la acción como una pre-fabricación de evidencias para despojar a la organización de su personalidad jurídica.
En el Municipio de Ajuterique, departamento de Comayagua, 500 familias que habían tomado posesión de un predio desde hace siete años, al que han denominado Colonia 25 de Octubre, fueron desalojadas violentamente por elementos de la policía y del ejército, acompañados de un Juez ejecutor, destruyendo las casas que tenían en el lugar, incluyendo la escuela y la iglesia de la comunidad. Fueron detenidas cinco personas, Betuel Guillen (19), Edwin Guillen (18), Pedro Joel Hernández, Selvin Javier Centeno y Osmán Gómez (19).
En el Sur del país
En Nacaome, cabecera del departamento de Valle, también la policía y el ejército lanzó una cruenta represión con gases lacrimógenos al interior de viviendas en las que se encontraban niños y niñas, quienes fueron afectados severamente. Un bebé de dos meses de nacido, Cristopher de Jesús Bonilla García, fue trasladado con cuadro de asfixia a un centro asistencial, después de sortear a la policía que impedía a sus padres prestarle auxilio lanzándoles gases lacrimógenos directamente a sus cuerpos. Su padre, un joven de diecisiete años, tuvo que saltar un muro, darle respiración boca a boca al niño inerte y depositarlo, luego, en brazos de su abuelo, quien a bordo de una motocicleta pudo llevarlo hasta un médico que lo auxilió.
En la represión también fueron perseguidos y detenidos los menores Mario de Jesús Sauceda (19) y José Raúl Mendoza Posadas (17), este último se encontraba comprando alimentos por encargo de su madre. Igualmente, fue detenido durante varios minutos el defensor de derechos humanos, Andrés Abelino Ortiz Ortega (74).
En la comunidad de La Flor, del municipio de Amapala, departamento de Valle, agentes policiales que se transportaban en lanchas, se presentaron a la comunidad a intimidar a sus pobladores, exigiéndoles informaran si eran de la Resistencia manifestante durante el Paro Cívico.
Este es el reporte de hechos de un solo día; sin embargo, la tendencia es que al continuar las manifestaciones, el patrón de agresión a las personas, a sus derechos humanos, continuará siendo el mismo "por sedición y manifestación ilícita".
Los días precedentes han sido caracterizados por la violencia institucional escalonada, por lo que es lógico deducir que los días venideros tendrán además de las fuerzas combinadas de la policía ay el ejército a civiles infiltrados con armas para provocar a los manifestantes a enfrentamientos, que acabarían en masacres.
Es urgente que el mundo vuelva sus ojos de nuevo a Honduras, ahora; mañana puede ser tarde.
De los hechos y de los hechores, ni olvido ni perdón
COFADEH
Tegucigalpa, 31 de marzo de 2011



iii) The de facto Regime Uses Police and Army Forces to Carry Out Violent Repression in Various Locations Across the Country.
After a brief moment of apparent stability, coinciding with the talks between the National Congress and the leaders of teachers union "Federación de Organizaciones Magisteriales de Honduras" (FOMH), on Thursday 31st of March, the citizens of the country have undergone the worst period of violations to their human rights. A state of emergency, without a doubt, involving the police and the army of the de facto regime in power in Honduras.
The events that occurred systematically over the past three weeks, with direct participation of the administrative apparatus of the State and the instruments which exercise the monopoly on violence - the National Police and the Army -, have once again attracted international attention to Honduras, although limited.
The international community's glance towards the crisis resulting from the last coup d'état remains very insufficient, however, it is still key to drawing up institutional solutions, from which would arise minimum social and political consensus for the purpose of transforming the country.
For this reason, the Committee of Relatives of the Disappeared in Honduras (COFADEH) urgently calls the different solidarity groups and interstate political forums to communicate their political standpoints so that an end can be brought to the disproportionate violence and repression being carried out by militarized forces against a demanding and discontent civil population in opposition since the June 2009 coup d'état.
In the different geographic regions of the country, the protests held by the general population in solidarity with the teachers' resistance defending free public education, were repressed with an excessive use of force, violating United Nations specifications on the use of non-lethal weapons.
The Paro Cívico Nacional (National Civic Strike) organised by the National Front of Popular Resistance (FNRP), has led to a tragic outcome.

North

In San Pedro Sula, the capital of the department of Cortés, the daughter of Silvia Ayala, an ex-member of the Democratic Unification Party (Partido Unificación Democrática), was injured during a violent evacuation of students from the University Centre of the Valle de Sula, where dozens of students and professors were also being detained.
The young student Josué Rodríguez (20) was hit on the side of his right ear by a metal cylinder containing gas thrown by the police to the interior of the university building.
The Regional University Centre was surrounded by police and army picket lines in order to prevent the exit of students and professors, who were being attacked by tear gas grenades thrown directly at their bodies, provoking fainting and vomiting resulting from the inhalation of gases.
In the municipalities of Santa Cruz de Yojoa, Potrerillos, La Lima y Choloma, and Cortés, 43 people were arrested for having participated in the Civic Protest. They were released from the police stations on the night of March 30th, in some cases with signs of having been hit and testimonies of insults and discriminatory comments.
At the turn-off for Las Flores, Santa Cruz, department of Cortés, the Commissioner Rubí, the nephew of the current State General Prosecutor, unleashed a violent repression against the protest and ordered the arrest of 17 people who were transferred to the First Police Station of San Pedro Sula, including among them Lidia Arita, Nedi Santos Castillo, Antonio Maradiaga and Glenda Cabrera. There were also six people 4 April 2011wounded by gunshots including Daisy Sabillón and Manuel Miranda who were taken by individuals to the Mario Catarino Rivas Hospital in San Pedro Sula.
In addition, the riot police punctured the tires of more than 30 vehicles using their firearms and knives, and, sing tear gas and gunshots, chased the owners who took refuge in forested areas.
In Potrerillos, a municipality in the Cortés department near El Triunfo district, five people were detained who suffered wounds to the head (Alejandro Duarte García), blows to the legs (Luciano Barrera Monroy); and thigh injuries (Haydee Márquez del Cid, Junior Mejía Murillo and Gloria Marina Perdomo Rodríguez).
The lawyers Evaristo Euceda and Iris Bude, who were carrying out human rights defence actions in the police station in Villanueva were attacked verbally and physically by the town's sub-inspector of police.
In the Community of Tacamiche, a peasant settlement belonging to the Municipality of La Lima, Cortés, the repressive forces entered to fire toxic gases into dwellings in revenge for having blocked the road towards the municipalities of San Manuel and Villanueva, Cortés. The Principal of the community school, Professor Esmeralda Flores, along with the teachers Fabricio Sevilla y Pedro Valladares, were taken to the First Police Station in San Pedro Sula.

Colón

During the Civic Protest organized on Wednesday, March 30th by the FNRP, one man lost his life in the Planes community of the Tocoa Municipality in the north of the country, as a consequence of the forced breaking-up of the protests by the Police and the soldiers who used live bullets on the crowd. He was a security guard for a chicken distribution company.
In this same place, located near the conflict area of the Aguán River delta - the scene of frequent disputes for possession of the land - 11 people suffered bullet wounds including farm workers, teachers and allegedly police officers.
Among those with bullet wounds, the following were identified: Professor Waldina Díaz from Trujillo; Neptalí Esquivel of the peasant cooperative Nueva San Esteban, Mauro Rosales of the Unified Peasant Movement of Aguán (MUCA), David Corea, cameraman fortelevision in Olanchito, Juan Antonio Vásquez, president of the peasant company Bolero, Paulino Chávez Rosales and Franklin Hernández of the March 4th peasant cooperative, Víctor Euceda of the 4th of February peasant cooperative, Daniel Pérez of the 4th of December peasant cooperative, professors Elías Erazo Hernández and Eduardo Rivera of the Leones community in the Trujillo municipality.
The detention of eight people transferred to the Sabá Police Headquarters was also reported.

Central Region

In Tegucigalpa, capital city of Honduras, the National Autonomous University of Honduras was once again the target of the combined police and army forces who launched hundreds of tear gas grenades onto the campus from where the students reacted by throwing back stones.
In a military incursion in a peripheral area of the university, six youth were detained and accused for illegal protesting. They are: Maynor Lizandro Aguilar (18), Marlon Alexander Rosales Rico (22), Douglas Manuel Flores (18) as well as Oneyri Oneill Moreno Mejía of the colectivo Arco Iris, Marlon Nahúm Estrada a taxi dispatcher at the university; Josué Sevilla and Ewin Meza who were beaten with nightsticks on their backs. All were released in the afternoon.
Near Colonia Las Brisas in the south of Tegucigalpa, three people, Wilfred Flores Aguilar (33) and two minors Emerson Stevez Flores (15) and Víctor Geovanny Flores (14) were taken from a bus and detained at the La Granja Neighbourhood Police Station. They were released three hours after their arrest.
Before noon, six men dressed in civilian clothes and heavily armed, attempted to arrest the youth Edy Guifarro, employee at the Truth Commission, as the taxi in which he was being driven stopped near the suburb of San José de la Vega . The individuals surrounded the vehicle, beat Guifarro's body and head with their weapons, but he managed to escape running near the congestion of vehicles. The police chased him and shot at him on six occasions without considering that they may injure individuals nearby. Guifarro suffered a perforated eardrum and blows to his skull.
At the headquarters of the teachers' association Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras (COPEMH), police intelligence officers attempted to plant evidence against the association as they "discovered" and reported to the Public Ministry a box of Molotov bombs deposited in the public rubbish dump near the headquarters. The general coordinator of COFADEH, Bertha Oliva, qualified the act as a pre-fabrication of evidence intending to strip the association of its legal personality.
In the Municipality of Ajuterique in the Comayagua department, 500 families that had taken possession of a piece of land seven years ago, which they named "Colonia 25th of October", were evicted violently by members of the police and army forces, accompanied by an executing judge. They destroyed the houses located in this place including the community school and church. Five people were arrested, Betuel Guillen (19), Edwin Guillen (18), Pedro Joel Hernández, Selvin Javier Centeno and Osmán Gómez (19).

In the South of the country

In Nacaome, capital of the Valle department, the police and army also launched a bloody repression throwing tear gas inside dwellings in which there were several children who were severely affected. A two month-old baby, Cristopher de Jesús Bonilla García, was taken to a medical centre suffering from asphyxiation after the parents were able to overcome the police officers who were preventing them from providing assistance to their baby, by throwing tear gases directly at them. The father, a youth of 17 years, had to jump over a wall and perform mouth to mouth resuscitation on the motionless baby whom he then placed in the arms of his grandfather, who in turn, on motorbike took the baby to a Doctor for medical assistance.
Also, the minors Mario de Jesús Sauceda (19) and José Raúl Mendoza Posadas (17) were also persecuted and arrested, the latter while he was buying food for his mother. The human rights defender Andrés Abelino Ortiz Ortega (74) was also detained for several minutes.
In the La Flor community of the Ampala Municipality in the Valle department, police officers who were travelling by motorboat, showed up in the community to intimidate its inhabitants, requiring that they inform whether they were involved with the Resistance protesting during the Civic Protest.
This is the report of events of just one day. However, the tendency is that as protests continue, the pattern of aggression exercised against the people, their human rights, will continue for "sedition and illegal protest".
The preceding days have been characterised by staggered institutional violence, for which reason it is logical to deduce that in the days to come, in addition to the combined police and army forces there will be undercover civilians armed in order to provoke the protesters to engage in confrontations which would result in massacres.
It is urgent that the world turn its attention once again to Honduras, now; tomorrow may be too late.
Never forget and never forgive, the wrongdoings and the wrongdoers. COFADEH
Tegucigalpa, March 31st, 2011

El Equipo Nizkor te invita a ver el documental:
Not for Sale - No a la Venta

Del Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa en coproducción con
la Universidad Nacional de Educación a Distancia - UNED
http://www.noalaventa.com/contenidos/


No a la venta


Informes sobre Derechos Humanos en Honduras

domingo, 3 de abril de 2011

Tinkunaco 0206/11 - EFT - 03.04.2011 Revista 71, del 04.04.2011 INDICE

Construyendo una alternativa científica
Revista Científica Equipo Federal del Trabajo.
ISSN 1609 3031. Catalogada en Latindex desde 2005 ; Acceso libre.http://www.eft.org.ar
E mail:
eftcomunica@gmail.com .
Con ud .estamos concretando una Universidad on line,de libre acceso, pluralista y democrática.
"Nada en el Universo es capaz de resistir el ardor convergente de inteligencias agrupadas y organizadas" Teilhard de Chardin
 
Se envía el INDICE
Saludos cordiales
Rodolfo Capón Filas, Responsable académico
=============

Revista académica

Colaboradores habituales 
Autores
Elisabeth del Valle Albarracín de Nieto


Peter Kodwo Appiah Turkson,
Andrea Amarante
Nimia Ana Apaza
Nidia Arias Ruviola
Fabiana Barrera
Ocimar Barros de Oliveira
Anabella Cadó
Rodolfo Capón Filas
Ricardo Carvalho Fraga
Mariano Cerezo
Mónica Beatriz Córdoba
Eduardo Alberto Crocco
Fabiola María del Carmen Dapello Chaves



María Mercedes Díez Negrillo

Lisbey Figueredo Basalto
Claudia Gabriela Gasol Varela

Ricardo Oscar González
Natalia Soledad Guillón


María Isabel Hofer
Adriana Teresa Huguenin
Patricia Kaen

Idarmis Knight Soto

Juan Carlos Landó

Lesly Llatas Ramírez
Marco Aurélio Marsiglia Treviso

Ricardo Oscar González
Mariana Minor
Jaime Ortega Alamino

María Laura Picón. UCA, IUNA
Angela Clara Pinacchio
Silvia Andrea Quintos
Carlos Alberto Resende
Rosario Saad
Rafael H Santa Cruz

Ricardo Seco


Hugo Mario Torre

Eduardo Varela

Elsa del Sol Vidal Ferrera
M Figueredo Alemán, V.Blanco Tamayo, I.Aguilar Área,D.Reyna Acuña, A. de la Rosa Lago, A.Torres Mesa

Editorial
Amaranto. Comité editorial
Artículos académicos  
Estado e Direitos Fundamentais.Marco Aurélio Marsiglia Treviso
Legalidad y competencia en la extradicción en Cuba.Idarmis Knight Soto
O paradigma entre a democracia representativa e a democracia direta.Ocimar Barros de Oliveira

Naciones Unidas
Derecho Internacional de Derechos Humanos

ONU.Concepto de Libertad


ONU.Consejo de Derechos Humanos

ONU. Documentos de Derechos Humanos

 




OEA
Dossier de Formación
Notas destacadas
Defensoría del Pueblo de Río Negro. Informe 2011
Derecho a la vivienda. Pobreza y ocupaciones indebidas.Papel del Estado.R.González
 Existencia de baremos distintos para las incapacidades físicas.Eduardo Alberto Crocco
Iglesia en Cuba. Jaime Ortega Alamino
Libro Blanco sobre Envejecimiento activo-Ministerio de Sanidad.España
Palabra de Dios y Conducta Transformadora.Peter Kowdo Appiah Turkson
Reforma del Estado. Eduardo Varela
Vulpes pilum mutat, non mores. Juan Carlos Landó
Conducta transformadora

El tejido cósmico de la vida. Ricardo Oscar González
Palabra de Dios y Conducta Transformadora.Peter Kowdo Appiah Turkson
Una economía al servicio de las personas. Ante la crisis, conversión y solidaridad. Obispos Vascos
Derechos Humanos 
Acoso en las Municipalidades. Proyecto de Ordenanza en Monte Caseros, Corrientes
Derecho a la vivienda. Pobreza y ocupaciones indebidas.Papel del Estado.R.González
Epistemología en el pensamiento jurídico del magister en derechos humanos.Lesly Llatas Ramírez
La muerte argentina. Osvaldo Bayer
Mapa de género de la Justicia Argentina 
Ecología

Barrick Gold hace polvo los glaciares. Lucio Cuenca Berger.
Contaminación en el río Salí-Dulce. El Liberal.Noticial Ambientales
 El terremoto y el tsunami son el antiícono. Mariana Carabajal.Página 12
Futuras generaciones y principio de precaución. Mons.G.Crepaldi

Economía
Una economía al servicio de las personas. Ante la crisis, conversión y solidaridad. Obispos Vascos

Educación recurrente 
Empleo
Situación del empleo (Febrero 2011) Mirador Nacional.
Formación profesional
Estrategia para la permanencia estudiantil. Nidia Arias Ruviola y Elsa del Sol Vidal Ferrera
Notas de cátedra universitaria
Aproximación al concepto de diginidad humana. Ricardo Seco
El acoso laboral en las organizaciones.Mónica Lagarde
Epistemología en el pensamiento jurídico del magister en derechos humanos.Lesly Llatas Ramírez

Estrategia para la permanencia estudiantil. Nidia Arias Ruviola y Elsa del Sol Vidal Ferrera
Existencia de baremos distintos para las incapacidades físicas.Eduardo Alberto Crocco
Opinión sobre el Infanticidio. Hugo Mario Torre
Os reveses da soberania e democracia no estado globalizado.Carlos Alberto Resende
Participación de los trabajadores.Mariana Minor
Reflexiones sobre la huelga.Natalia Soledad Guillón


Riesgo reproductivo preconcepcional en jóvenes adultas. A R Lago, Roberto Céspedes y otros
Salas de Audiências por 60 Anos. Roberto Carvalho Fraga. Ricardo Carvalho Fraga
Silencio y poder: el silencio del trabajador. Adriana Teresa Huguenin
Noticias académicas

Médico veterinario zootecnista en la U.Granma.Cuba.E Vidal Ferrara,N.Arias Nuviola,L.Figueredo.
Presentación del libro Trabajo Infantil y Educación


Política
Defensoría del Pueblo de Río Negro. Informe 2011
En la Tierra de Hobbes. Angela Pinacchio
La manipulación política del lenguaje. José María Zufiaur
Panorama político 2011: El Kirchnerismo y el Legado K.Santiago Arguto
Vulpes pilum mutat, non mores. Juan Carlos Landó
Pueblos originarios
Los derechos indígenas en Latinoamérica. Mercedes Díez Negrillo
Religión
Crucifijo en Austia y en Italia. Mirador Internacional
Iglesia en Cuba. Jaime Ortega Alamino
Jesús de Nazaret.IIa,Parte,. Joseph Ratzinger. Citas textuales
Una economía al servicio de las personas. Ante la crisis, conversión y solidaridad. Obispos Vascos
Salud

Estimulación del autocontrol en estudiantes con retraso mental leve.M-.Figueredo Alemán y otros
Libro Blanco sobre Envejecimiento activo-Ministerio de Sanidad.España
Obesidad en América Latina. Un creciente problema de salud. Patricia Kaen
Transformar el sistema global
Introducción.Transformar el Sistema Global mediante la solidaridad.Rodolfo Capón Filas
Cap,I.Testimonio y Profecía. Rodolfo Capón Filas
Cap.II Solidaridad, fuerza societal. Rodolfo Capón Filas

cap.III. Contratos de solidaridad. Rodolfo Capón Filas
Cap.IV. Movimientos de Solidaridad. Rodolfo Capón Filas

Dossier de Información Inter-Nacional
Actualidad internacional
Desempleo juvenil en España (FEB 2011) según datos de la UE.Mirador Internacional
FSM Dakar 2012 Declaración Final

Italia.Trata de mujeres. Sabina Zaccaro


 
Jurisprudencia extranjera
Ecuador y Chevron.Mirador Inter-Nacional
España.Acudir al lugar de trabajo con droga no es causa de despido
Mercosur
Foro Consultivo de Municipalidades, Estados, Provincias, Departamentos del Mercosur. CG Gasol Varela


Dossier de Información Nacional
Jurisprudencia de la Corte Suprema
CS. Acreencias jubilatorias y salarios clandestinos

Jurisprudencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario n° 4 CABA. Derecho a la vivienda digna.Comenta RCF
Jurisprudencia nacional
CFCórdoba. Ex combatientes de Malvinas
CNAT Sala VI. Servicio doméstico. Daño causado y principio de indemnidad
CNAT.SALA V; 08.3.2010. L.C.J.A.V. s/ DESPIDO” Comenta E. Albarracín de Nieto
CNAT Sala VIII. Trabajo clandestino.Comenta Rafael H.Santa Cruz
CNAT,SVII,13.09.201 “M,M S C/PA.R.S/ACCIDENTE,Inconstitucionaliadd.Mariano Cerezo
Competencia laboral en los Bonos de Participación. Comentario a fallo. Rosario Saad

Daños en el trabajo, Comenta Mónica Beatriz Córdoba
Daño en la salud, levantar peso
Insulto al empleador y despido
Responsabilidad de los gerentes
Jurisprudencia Provincial
Competencia e inconstitucionalidad de oficio de la LRT
Extinción de la relación laboral. Andrea Silvana Quintos
Inconstitucionalidad depósito previo apelación si la suma es elevada
Injuria, falta de pago asignaciones familiares y ayuda escolar
Juzgado n° 2 de Cutral-Có, Neuquén. Invasión de territorio mapuche
Suprema Corte de Mendoza. Supresión de horas suplementarias
Legislación Nacional
Proyecto argentino de participación de los trabajadores en las utilidades. Comenta Andrea Amarante
Trabajadores mal empleados y trata de personas.AFIP

Tinkunaco 0205/11 - Video en línea - Documental "El Diario de Agustín"

Octavio Fraga Guerra (nota)
Documental - La CIA y El Mercurio, una historia de amor


Documental "El Diario de Agustín" (video)

Tinkunaco 0204/11

Victor M. Carriba
ONU: un arma mortal al servicio del imperio, D´Escoto

derechos humanos
Libia: Cómo funcionan los misiles crucero con uranio empobrecido

Pepe Escobar  
Revelado: el trato entre EE.UU. y Arabia Saudí

Walter Goobar
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Tinkunaco 0203/11 - Fwd: [RED ALAL] TRABALHO COM TRANSPARÊNCIA, BOA FÉ E RESPONSABILIDADE PROFISSIONAL: Suprema Corte britânica abole imunidade de peritos


Leia no BLOG DO SALVADOR: http://avancosocial.blogspot.com/

RISCOS DA PROFISSÃO

RESPONSABILIDADE PROFISSIONAL
Peritos que levam juiz a erro devem ser responsabilizados, inclusive criminalmente.



(*) Luiz Salvador

Temos denunciado a falta de perfil de grande parte dos peritos do INSS, que defendendo a seguradora, com a prevalência do privativismo, suspendem o benefício de trabalhadores ainda com incapacitação laboral conhecida e a outros negam o benefício com uma visão parcial corporativista de que trabalhadores fingem adoecimentos para extorquir o INSS.

Link: http://www.adital.com.br/site/busca.asp?lang=PT

A nova Resolução aprovada pela CUT examina bem a questão. A Resolução está publicada no BLOG ALAL INLUDENTE: http://alalincludente.blogspot.com/

Link: http://go.microsoft.com/fwlink/?LinkId=110250

AVANÇO SOCIAL.
Essa problemática que vimos denunciando em nossos artigos de uma visão cartesiana no geral dos médicos-peritos da autarquia não é problema apenas do Brasil. A Inglaterra também sofre por lá esses efeitos maléficos que se foi consolidando ao longo de 400 anos e que agora resolveram dar um basta nisso tudo, responsabilizando os peritos por seus laudos e conclusões, para que prevaleça a verdade, a boa-fé, a transparência e a responsabilidade profissional.

Leia a matéria divulgada pela



RISCOS DA PROFISSÃO
Suprema Corte britânica abole imunidade de peritos

POR ALINE PINHEIRO

Os especialistas chamados a atuar como peritos em processos judiciais no Reino Unido podem responder na Justiça pelos pareceres que apresentarem. Nesta semana, a Suprema Corte britânica aboliu a imunidade dos peritos judiciais, que foi se consolidando ao longo de 400 anos.
Os juízes da instância máxima da Justiça britânica analisaram se a parte poderia processar uma psiquiatra por seu parecer dado à Justiça. No caso em discussão, uma vítima de atropelamento argumentava que foi prejudicada pela opinião da perita chamada por ela para se pronunciar no processo em que ela dizia ter desenvolvido estresse pós-traumático e pedia reparações. Depois de constatar a doença na vítima, a psiquiatra foi convocada a dar outro parecer junto com um psiquiatra chamado pelo réu e os dois concluíram que o acidente não deixou nenhum trauma psiquiátrico considerável na pessoa atropelada.
A vítima do atropelamento, então, resolveu processar a psiquiatra, mas o caso foi barrado pelas outras instâncias e pela Corte de Apelações com base na proteção aos peritos judiciais. Agora, na Suprema Corte, a imunidade, no seu sentido amplo, foi abolida.
De acordo com os juízes da Suprema Corte, a imunidade dos peritos judiciais surgiu há mais de 400 anos para protegê-los de ações de difamação por conta dos laudos técnicos que apresentam. Mas, ao longo dos anos, foi sendo ampliada até blindar os peritos de responder judicialmente pelos pareceres apresentados. Ao analisar a proteção, os juízes consideraram que ela não faz mais sentido com o direito moderno.
Os julgadores lembraram que os advogados desfrutavam de imunidade semelhante. Até 2001, eles não podiam ser processados pelos clientes que considerassem insatisfatória a defesa profissional. Em 2001, a blindagem foi abolida pela House of Lords, que fazia as vezes de Suprema Corte no Reino Unido. De acordo com a corte, o fim dessa imunidade não prejudicou a disponibilidade de advogados para elaborar defesas perante os tribunais e nem foi constatada a proliferação de reivindicações abusivas.
Para corte, não há nada que impeça agora a revogação dessa imunidade para os peritos judiciais. A partir de agora, eles podem responder por negligência. A proteção fica valendo, no entanto, apenas para ações de difamação. Ou seja, a parte não pode processar o perito por difamação.
Os únicos dois votos contrários ao fim da imunidade, dados pelo lord Hope e pelalady Hale, foram baseados na falta de garantias de que a retirada da blindagem dos peritos não vai provocar uma onda de ações apenas para consumir o tempo dos processos judiciais. Para eles, para evitar esse risco, qualquer mudança no entendimento sobre a imunidade dos peritos deve ser feita pelo Parlamento, a quem cabe especificar quando vale e quando não vale a blindagem.

ALAL DEFENDE APROVAÇÃO DE UM DIREITO PENAL TRABALHISTA


www.alal.com.br

Leia a matéria:



DIREITO PENAL TRABALHISTA
A não eliminação dos riscos acidentários implica em verdadeiro crime cometido contra os trabalhadores

(*) Luiz Salvador




Foto:Antônio Garcia Martins

O jurista espanhol, Dr. Antônio Garcia Martins, participou do V Encontro Latino Americano de Adrogados Laboralistas e do Movimento Sindical realizado em Cuba, Havana, de 14 a 16 de março de 2010, discorrendo sobre a criminalização do empregador, que obrigado a asegurar a um seu trabalhador um meio ambiente equilibrado, sem riscos de acidentes e ou de adoecimentos ocupacionais e ao omitir-se de seu dever legal de proteção à vida e à integraidade física e psíquica de seus trabalhadores, comete crime, devendo para tanto ser penalizado.
No Brasil, a Lei 8.213/91 trata essa omissão injustificável contra a vida e como mera contravenção penal.
Na Espanha há legislação específica criminalizando o ato, Direito Penal Español, artigos 316, 317 e 318, estabelecendo um balizamento concreto à efetividade das garantias legais existentes de proteção à vida e a saúde dos trabalhadores, sempre que comprovada qualquer infração às normas de prevenção e higiene adecuadas, ainda que imprudencia.
O Brasil possui uma das mais exemplares leis de proteção ao trabalho seguro (infortunística), todavía, sem efetividade, por prevalecer o interesse patrimonialístico e atribuir ao infortunado o ônus da prova do acidente e do respectivo nexo causal, quando na verdade, a Lei do NTEP que permite ao INSS reconhecer o acidente ainda que o empregador não emita a CAT (Comunicação do Acidente de Trabalho, ainda que em caso de dúvidas), não tem tido efetividade diante das reiteradas resistencias dos próprios servidores públicos (peritos do INSS) que teimam em negar vigência da lei, fazendo prevalecer o “ato médico”, ao arrepio do que dispõe Lei 11.430/06 que introduziu no art. 32-A da Lei 8.313/91, o criterio objetivo: A perícia médica do INSS considerará caracterizada a naturaza accidentaría da incapacidade elencada na Classificação Internacional de Doenças – CID, em conformidade com o que dispuser o regulamento, ressalvando a Instrução Normativa 16 e 31 que:
“A inexistência de nexo técnico epidemiológico não elide o nexo entre o trabalho e o agravo, cabendo à perícia médica a caracterização técnica do acidente do trabalho, fundamentadamente, sendo obrigatório o registro e a análise do relatório do médico assistente, além dos exames complementares que eventualmente o acompanhem”
(Instrução Normativa, do MPS, art. 6 º, § 1º).
A pesar da existencia de avançada legislação infortunística vigente, por falta de fiscalização e por uma cultura patrimonialista prevalente, o Brasil tem sido encuadrado como “Campeão Mundial em Acidentes do Trabalho”, conforme temos denunciado em diversos artigos de nossa autoria:
http://www.adital.com.br/site/busca.asp?lang=PT
Precisamos urgentemente de uma legislação moralizadora e que não só assegure a indenização resultante da necessidade de se reparar materialmente os danos materiais e morais decorentes dos infortunios laborais que ocorrem no Brasil, mas também de uma legislação penal moderna, a exemplo da española, permitindo tornar-se real e eficaz o que o STF já decidiu de há muitos anos: É dever do empregador zelar pela segurança, saúde e higiene de seus empregados com a diligência que costuma ter com a própria integridade física e psíquica” STF, RE Nº 10.391M REL. Min. Orozimbo Nonato, DJ 18.8.1949, p. 2.484).
Leia a integra da intervenção no evento do Dr. Antônio Garcia Martins.
RIESGOS DEL TRABAJO
Un Delito Contra Los Trabajadores
Por Antônio Garcia Martins
«Hay que trabajar seguro: las muertes han de mantenerse en un nivel aceptable, explica el capataz la nueva política de empresa.
Y ¿cuánto es?, pregunta un trabajador.
El capataz consulta los papeles: Dos muertos al año.>>

La cuadrilla, Ken LOACH[1]

“El accidente de trabajo se ha normalizado a lo largo de su evolución como fenómeno jurídico y económico. Como hecho repetido se ha convertido en algo habitual e inevitable, algo común, un rasgo de la relación laboral. En tanto evento que se reitera, una y mil veces, con las mismas características, supone la constatación del fracaso de las políticas institucionales. Morir en el trabajo resulta algo normal en la racionalidad económica, no desde luego en la conciencia social.” (1)
El punto nº. 11 de la Carta Sociolaboral Latinoamericana de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas reivindica “el derecho a la efectiva protección de la salud y la vida de los trabajadores frente a los riesgos del trabajo”.
Nuestro compañero Luis Enrique Ramírez habla del “impuesto de sangre” y del “genocidio” que supone que mas de dos millones de trabajadores pierdan la vida cada año, según datos de la O.I.T.
España ocupa un lugar vergonzoso en la lista de accidentes de trabajo dentro de la Unión Europea. Desde hace años, las estadísticas sitúan a España en la cola de los países europeos en número de accidentes de trabajo, y de víctimas mortales. Somos campeones de siniestralidad laboral.
Y ello, a pesar de contar con una legislación avanzada en materia de prevención de riesgos laborales, que incluso tipifica como delito contra los derechos de los trabajadores la omisión de medidas de seguridad.
Desde el Sindicato de Comisiones Obreras de España se tomó la decisión de abordar la vía penal, como una de las formas de luchar contra la siniestralidad laboral. Se trata de utilizar las vías que la legislación española pone a nuestro alcance. Y una fundamental, es la vía penal, en la que se persigue el delito contra los derechos de los trabajadores, lo cual, además permite la intervención del Sindicato, al amparo de la figura constitucional de la “acción popular”. Bajo esta formula, Comisiones Obreras de Madrid, ha logrado en los últimos años unos resultados positivos. 37 juicios celebrados, 86 condenados 101,5 años; 2600 días/multa y unas indemnizaciones de 4.676.419 €.
En efecto, el Código Penal español en sus artículos 316, 317 y 318, establece lo siguiente:
“Artículo 316.
Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Artículo 317.
Cuando el delito a que se refiere el artículo anterior se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado.
Artículo 318.
Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o algunas de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código.”

El delito contra los derechos de los trabajadores protege la seguridad en el trabajo, entendida como la ausencia de riesgos para la vida y salud de los trabajadores dimanantes de las condiciones materiales de prestación del trabajo. Este bien jurídico de carácter autónomo tiene una clara dimensión colectiva, en la que están presentes intereses supraindividuales de rango constitucional, que tiene su punto de arranque en el art. 40.2 de la Constitución Española, el cual proclama que los poderes públicos “velarán por la seguridad e higiene en el trabajo”.

El delito consiste en la generación de peligro para la vida y la salud. La conducta típica consistente en crear peligro, esto, aminorar las condiciones de seguridad en que se encuentra algo, impone esta dimensión colectiva del bien jurídico, ya que ese peligro se proyecta sobre los “trabajadores” indeterminados, como colectivo, al que se somete a condiciones de inseguridad.

Los arts. 316 y 317 tienen como objeto jurídico la protección de la vida y la salud de los trabajadores como colectivo.
El delito consiste en la generación de peligro para la vida y la salud, cuyo titular no es, a diferencia de lo que ocurre en el caso de los arts. 142 y 152 CP (homicidio y lesiones) cualquiera, sino los trabajadores en cuanto que tales.

El objetivo del delito previsto en el art. 316 CP consiste en evitar que por parte de los responsables de la actividad laboral, se permita el incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales, no facilitando a los trabajadores los medios necesarios para que desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, constituyendo el "resultado" típico de este ilícito penal la puesta en peligro efectivo y grave de la vida, la salud o la integridad física de los trabajadores.

Para que se perfeccione el elemento objetivo del tipo deviene necesario que concurran las siguientes circunstancias:

a) Infracción de las normas sobre prevención de riesgos laborales.
b) La no facilitación de los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas.
c) Que de ello se derive un peligro grave para la vida, la salud o la integridad física de los trabajadores.
Resulta incontestable que los empresarios o titulares de la empresa son los posibles sujetos activos del delito, pero no solo ellos, sino también, desde una perspectiva penal, los administradores y encargados del servicio a los que se refiere el art. 318 del CP. Finalmente el elemento normativo del tipo se refiere a “…la infracción de las normas de prevención de riesgos laborales…” lo que permite calificar el delito como tipo penal en blanco, de suerte que es la infracción de la normativa laboral la que completa el tipo, bien entendido que no bastaría cualquier infracción administrativa para dar vida al tipo penal, porque esta exige, en adecuado nexo de causalidad, que la norma de seguridad infringida debe poner en “peligro grave su vida, salud o integridad física” lo que nos envía aquellas infracciones graves de la normativa laboral que lleven consigo tal creación de grave riesgo.
Son muchas y variadas las dudas interpretativas que suscitan estos preceptos, particularmente el art. 316, cuya redacción ha sido calificada por algunos como “endiablada”, por contener en su enunciado numerosos problemas jurídicos.
No obstante los artículos 316 y 317 del Código Penal se configuran como:
1.- Delitos de peligro.
2.- Tipos penales en blanco.
3.- Delitos de omisión.
4.- Delitos especiales.
Con estos caracteres, la conducta típica consiste en un no hacer, en “no facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene necesarias”. Con la expresión “no facilitar”, debe entenderse no sólo la ausencia de facilitación de los medios materiales, sino también, el prescindir del proceso educativo y formativo adecuado. En consecuencia se puede afirmar que el término “facilitar”, o mejor “no facilitar”, ha de ser interpretado en un sentido amplio, por lo que no basta con el mero suministro del material adecuado y necesario para la seguridad del trabajador, sino que además se precisa un proceso previo de formación e instrucción sobre el uso y los riesgos que de dicho uso se derivan.
En relación al sujeto activo, el mismo art. 316 establece que será de aplicación lo que el mismo dispone a “quienes estando legalmente obligados” provoquen la situación de peligro.
Esto nos lleva directamente al art. 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, según el cual el obligado a la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales es el empresario. Y este concepto incluye, sin distinciones, al empresario principal, al contratista, subcontratista, ETT o empresa usuaria, ya que todos son empresarios. Y en cuanto tales, todos ellos pueden ser autores del delito del art. 316.
Por tanto podemos apuntar como presupuestos esenciales, la existencia de:
A. Posición de garantía, es decir, deber de actuar u obligación legal.
B. Dominio del hecho –como criterio general delimitador de la autoría- en esta materia, capacidad de dar órdenes vinculantes; de mando, en definitiva.
C. Omisión de la conducta esperada por el derecho: la adopción de las medidas o acción determinada que habría evitado el resultado lesivo o el riesgo concreto para la salud de los trabajadores, se presentan, “prima facie”, como los tres niveles de exigencias mínimas que nos permiten acercarnos a la determinación de los sujetos activos, cuestión que, pese a todo y en cualquier caso, no dejará de plantear problemas
El cúmulo de “obligaciones legales” que desde la normativa de prevención de riesgos laborales se establece, apunta al empresario como primer y principal obligado.
El artículo 14.4 in fine de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, viene a establecer que el deber de protección del empresario es irrenunciable e intransferible, pues el hecho de que existan otros sujetos, distintos del empresario, que también tengan obligaciones o cumplan funciones en materia de seguridad y salud en el medio de trabajo, no exime a aquél del cumplimiento de los deberes que le son propios en esta materia.
Con este mandato la Ley evita que mediante una delegación de funciones se produzca una desresponsabilización del empresario.
Sin embargo, esta afirmación de principio no puede significar que siempre y en todo caso él sea el responsable penal único o último del ilícito penal, sea de riesgo o de resultado lesivo, ni que pueda evitar la de otros sujetos, bien compartiéndola con él, bien incluso, excluyendo la suya propia.
Aunque en la realidad, lo cierto es que frecuentemente sí resulta complicado dilucidar las responsabilidades de los teóricos y posibles implicados, dado que el propio empresario o empleador, principal y primer obligado por la normativa laboral, trata de crear un entramado o tela de araña de mandos interpuestos o intermedios en la pretensión –casi siempre vana, también es preciso decirlo, en salvaguarda de la mejor jurisprudencia- de soslayar y excluir su propia responsabilidad.
Es por ello que uno de los problemas habituales en los procedimientos penales que se incoan para la persecución y, en su caso, castigo de estos delitos, es la determinación del grado de implicación –dolosa o imprudente, según el tipo de delito de riesgo o resultado de que se trate- de los posibles sujetos concurrentes en esas conductas, tarea que no deja de ser controvertida por la aplicación de distintas normativas, casi todas extrapenales, que sin embargo y en todo caso tienen que ceder la primacía insoslayable al principio de culpabilidad (art. 5º C.P.) que preside la aplicación de la norma penal y que en absoluto puede ser desplazado por mor de aquéllas dificultades probatorias de la imputación personal de estos hechos, debiendo evitarse, por tanto, acusaciones colectivas indiscriminadas que podrían encontrar cierto apoyo en su provisionalidad, y mucho menos pretender “ab initio” una suerte de atribución de responsabilidad objetiva en la esperanza y confianza de que sea el órgano judicial al dictar sentencia quien depure la responsabilidad penal personal ya con sujeción estricta al principio de culpabilidad.
CONCLUSIÓN
Parece básico intensificar la actividad de inspección y control de los centros de trabajo, que debería ser permanente y concentrarse en las actividades de alto riesgo. Las cifras de la siniestralidad y los relatos que encontramos en las sentencias sugieren que una visita de control por personal especializado, en funciones de policía administrativa, de obras, talleres y otros lugares de trabajo, permitiría detectar inmediatamente fuentes de riesgo intolerables y mediante la paralización de la actividad se alcanzaría de manera pronta el objetivo propuesto. Porque impediría que los trabajadores se vieran obligados a laborar en condiciones indecentes y porque supondría un perjuicio económico para la empresa incumplidora, disuasorio de la conveniencia de invertir en medios de seguridad. En el origen del siniestro se encuentra, casi siempre, la necesidad de obtener beneficios con los menores gastos, desplazando mediante fenómenos de subcontratación los riesgos a las empresas más débiles, cuyos empleados tienen una situación vulnerable, por la precariedad, la amenaza de desempleo, la ausencia sindical y la individualización de sus relaciones laborales. Por lo tanto, es una estrategia de política empresarial.
Si hasta hace pocos años era difícil encontrar Sentencias penales condenatorias por incumplir la normativa laboral en materia de riesgos laborales, actualmente la situación ha cambiado y son numerosas las sentencias que condenan a personas y empresas por la comisión de delitos contra los derechos de los trabajadores, en su vertiente del derecho a que se apliquen las medidas de prevención y seguridad en el trabajo. El Derecho penal del trabajo ya no es un nicho al que nadie pone flores el día de difuntos, como sugirieron hace años los profesores BAYLOS y TERRADILLOS
No hay duda que esto es expresión de esa conciencia social a la que me refería, pero tambien de las denuncias que se vienen realizando desde diversos ámbitos sociales y sindicales contra lo que es una extendida sensación de impunidad frente a los incumplimientos, que en la mayoría de los casos de saldan con multas de escasa cuantía y que la mayoría de las veces ni siquiera se hacen efectivas. Hasta el punto que resulta rentable arriesgarse a esas multas y no implantar las medidas de seguridad obligatorias.
Pero desde el momento en que hablamos de delito y de sanción penal, la situación cambia porque se traslada a la sociedad y a los responsables la verdadera naturaleza y entidad de la falta de medidas de seguridad en el trabajo, una naturaleza delictiva que se enjuicia en el orden penal. Y que lleva aparejadas penas de privación de libertad.
Porque no olvidemos que las sanciones en el Derecho Penal tienen un objetivo claro: la prevención del delito.
(1) Cita del Magistrado Ramón Sáez Valcárcel en “Morir en el Trabajo”.
Por Antônio Garcia Martins é adrogado de Comissões Obreiras, na Espanha.
Link: http://www.alal.com.br/materia.asp?cod_noticia=6038

(*) Luiz Salvador é advogado trabalhista e previdenciarista em Curitiba-Pr, Ex-Presidente da ABRAT (www.abrat.adv.br), Presidente da ALAL (www.alal.com.br), Representante Brasileiro no Depto. de Saúde do Trabalhador da JUTRA (www.jutra.org), assessor jurídico de entidades de trabalhadores, membro integrante, do corpo técnico do Diap, do corpo de jurados do TILS – Tribunal Internacional de Liberdade Sindical (México), da Comissão Nacional de Relações internacionais do CF da OAB Nacional e da Comissão de “juristas” responsável pela elaboração de propostas de aprimoramento e modernização da legislação trabalhista instituídas pelas Portarias-MJ 840, 1.787, 2.522/08 E 3105/09, E-mail: luizsalv@terra.com.br, site: www.defesadotrabalhador.com.br

La Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas agradece su participación.
A Associa�ão Latino-americana de Advogados Trabalhistas agradece a sua participa�ão.
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Tinkunaco 0202/11

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