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martes, 15 de enero de 2013

Tinkunaco 0074/13 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

Novedades SAIJ

 11 DE ENERO DE 2013

                 [1]

 Ley 26829
 B.O. 11/01/2013

                Se aprueba el Convenio de Sede entre la República Argentina y la
Organización Iberoamericana de Juventud.

 Ley 26827
 B.O. 11/01/2013

                Se crea el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

 Ley 26801
 B.O. 11/01/2013

                Se crea el Instituto Nacional de la Música.Fomento de la actividad
musical en general y la nacional en particular

 Decreto 10
 B.O. 11/01/2013

                Se crea el Programa de Mejoramiento de Infraestructura Ferroviaria en
Municipios.

 Decreto 9
 B.O. 11/01/2013

                Se ratifica el Contrato para el suministro de emu, repuestos,
herramientas, documentación técnica, servicios técnicos y
capacitación técnica, celebrado entre el Ministerio del Interior y
Transporte y CSR QINGDAO SIFANG CO., Ltd.; empresa estatal de la
República popular China.

 Decreto 2666
 B.O. 11/01/2013

                Se aprueba la reglamentación de los Anexos II, IV y V. de la ley
26.394 de derogación del Código de Justicia Militar y modificación
del Código penal y Código procesal Penal de la Nación.

 Decisión Administrativa 1/13 - Jefatura de Gabinete de Ministros
 B.O. 11/01/2013

                Distribución del Presupuesto de Gastos y Recursos de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

 Marino, Jorge s/ Recurso de Casación
 CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - 31/10/2012

                Oposición del Ministerio Público Fiscal. Entiende que habiéndose
corroborado la calidad de funcionario público del encausado y su
presunta participación en la comisión del delito achacado en el
ejercicio de sus funciones, resulta de aplicación al caso la exclusión
prevista en el séptimo párrafo del art. 76 bis CP y, a partir de ello,
encontrando sustento la oposición manifestada por el fiscal en un
obstáculo legal presente en las particulares circunstancias del caso,
resulta debidamente fundada y supera el examen de logicidad, teniendo
por ello un carácter vinculante que impide al tribunal suspender el
ejercicio de la acción pública por mandato del art. 120 CN. Y señaló
que lo que la ley no otorga al tribunal es la facultad de conceder la
suspensión sin el consentimiento fiscal y aun cuando el tribunal puede
anular e l dictamen del representante de la vindicta pública por falta
de logicidad o fundamentación, lo que no puede hacer es suplir su
consentimiento, en razón de su carácter de titular del ejercicio de la
acción pública.

 Bayarri, Juan Carlos c/ Club Portugues Asoc. Civil s/ Despido
 CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 19/10/2012

                Considera que la prestación de tareas por parte del actor en el
establecimiento de la demandada y el hecho que no se haya probado que
prestara tareas en relación de dependencia para otro sujeto distinto de
la accionada, trae aparejado la aplicación para esta última del art.
23 de la L.C.T. incumbiéndole a la parte demandada desvirtuar la
presunción que dimana de la norma en cuestión, circunstancia que no se
verificó, en virtud de no haber aportado a la causa elemento alguno que
permita corroborar la existencia del pretendido y distinto empleador.

 Ley 4386/12 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
 B.O. 03/01/2013

                Se modifica la ley 3009 de Educación al Consumidor.

 Decreto 3899/12 de SANTA FE
 B.O. 07/01/2013

                Se establece el calendario impositivo para el año fiscal 2013.

 Ordinario por daños y perjuicios: M.N. Por la menor G.A.M. y su nieta
J.M.M.
 CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL - JUJUY - 12/12/2012

                Daños y perjuicios. Abuso sexual. Víctima menor de edad. Se ordena
indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a la víctima menor de
edad a raíz del abuso sexual al que fue sometida por el accionado. El
tribunal entiende que no existe duda respecto de la obligación del
condenado de indemnizar a la menor, en virtud de encontrarse debidamente
acreditado que el mismo ha lesionado dolosamente derechos fundamentales
de la misma, invadiendo su intimidad y su derecho a la libertad sexual.

 G., S. C c/ L., D s/ alimentos, abreviado
 CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO - CORDOBA - 13/12/2012

                Obligación de cubrir alimentos a un hijo no biológico. Se ordena al
ex concubino pagar una cuota alimentaria a favor de la hija de su ex
pareja, con la que convivió casi siete años. El fundamento de la
medida radica en que ofreció a la menor el trato de hija durante el
tiempo que duró la convivencia y aún después de que cesó la misma,
no sólo en la relación individual dentro del seno familiar, sino
también a nivel escolar y social, y que, todas éstas vivencias han
contribuido a formar en la menor su personalidad e identidad como hija
del demandado, identidad que se encuentra tutelada por el art. 75 inc.
22 de la Constitución Nacional.



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