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lunes, 2 de febrero de 2015

Tinkunaco 0149/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

02 de Febrero de 2015

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Ley 27108
B.O. 02/02/2015
Declaraciones oficiales. Se declara el 16 de agosto de cada año, el Día del Empresario Nacional.
 
Ley 27107
B.O. 02/02/2015
Declaraciones oficiales. Promoción del deporte. Se declara como Capital Nacional del Surf, a la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires.
 
Decreto 80/15
B.O. 02/02/2015
Nomenclatura Común del Mercosur. Rebaja arancelaria. Se adoptan las disposiciones de la Directiva N° 30 de 2014 de la Comisión de Comercio del Mercosur. Incorporación al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina.
 
Jurisprudencia Nacional
V.A.B. c/ Swiss Medical S.A. s/ amparo de salud CAMARA NAC. DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL FEDERAL - 23/12/2014
Amparo de salud. Confirma la sentencia que había ordenado una empresa de medicina prepaga a brindar la cobertura integral del tratamiento para la enfermedad -anorexia nerviosa de tipo restrictivo- que sufre una afiliada menor de edad. Señala que la ley 26.396, sobre Trastornos Alimentarios, establece una cobertura integral e interdisciplinaria para las personas que sufren trastornos alimenticios y que la misma queda incorporada al Plan Médico Obligatorio. Asimismo dispone que la prestación se lleve a cabo en la clínica solicitada por la actora, lo que había sido denegado por el a quo. Aduce que si bien el referido establecimiento no resulta ser un prestador de la demandada, no surge que ésta haya puesto a disposición algún centro especializado acorde a la patología de la paciente.
 
K. N. V. D. c/ L. J. s/ divorcio CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 31/10/2014
Confirma la sentencia que había decretado el divorcio vincular por culpa de ambos cónyuges por haber incurrido en la causal de injurias graves. La mujer adujo que, luego de celebrado el matrimonio, su cónyuge la sometió psicológica y físicamente a su voluntad habida cuenta que este se negaba a mantener relaciones sexuales sin motivo alguno y que, en algunas ocasiones, la obligaba a tenerlas de forma contraria a las máximas de su religión. Por su parte, el marido la reconvino por injurias graves y abandono voluntario y malicioso del hogar conyugal, siendo rechazada esta última causal. Considera que la esposa no ha demostrado su falta de consentimiento en las prácticas sexuales que pretende cuestionar y, en consecuencia, las imputaciones respecto de del accionar sexual de su marido constituyen injuria grave. No obstante, entiende que el esposo, al omitir la prestación el débito conyugal también incurrió en injurias graves contra su mujer.
 
Normativa Provincial
Ley 5213 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 20/01/2015
Régimen de Promoción para los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires. Autoridad de Aplicación. Beneficiarios. Requisitos para acceder al régimen.
 
Decreto 2110/14 de MENDOZA
B.O. 21/01/2015
Ministerio de Salud. Creación de la Red de Seguimiento de Recién Nacidos de Alto Riesgo. Jefe Coordinador. Objetivos. Autoridad de aplicación. Se reglamenta la ley 8734.
 
Jurisprudencia Provincial
Viberti, Carlos Arnaldo c/ Telecom Argentina y otros s/ ordinario, daños y perjuicios, otras formas de responsabilidad extracontractual CAMARA 5ta DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de CORDOBA - CORDOBA - 27/12/2014
Daños derivados de la colocación de postes de luz. Prescripción. Manifiesta que el plazo de prescripción aplicable al reclamo realizado por un ciudadano contra la municipalidad de Córdoba, por los supuestos daños causados por la colocación de postes de luz, no es decenal, sino bienal. En tal sentido, declara que, no se está ante una obra pública, no solo porque no engarzan en el concepto específico, sino también porque varios de ellos no han sido puestos ni por el Estado Nacional, ni Provincial, ni Municipal, sino por entes privados.
 
Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. nº B-286666/12 (Sala III - Cámara Civil y Comercial) Sumarísimo Fundado en ley 24.240: Castaño, Genara Rosalía c/ Mundo Tours S.R.L. ME & FE TOURS SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - JUJUY - 03/12/2014
Defensa del consumidor. Responsabilidad de las agencias de viaje. Resuelve que la agencia de turismo no debe responder por los daños y perjuicios derivados de la cancelación de un vuelo en razón del cese de las operaciones de la aerolínea, en su carácter de intermediaria en la compra y venta del pasaje aéreo. Si bien la actora invoca que la relación contractual se encuentra amparada por la Ley de Defensa del Consumidor (ley 24.240), se advierte que las cuestiones relativas al transporte aéreo de pasajeros se regulan por las normas del Código Aeronáutico, los tratados internacionales y, supletoriamente, por la ley mencionada. Asimismo, el art. 14 del decreto 2182/72 preceptúa que no mediando culpa, dolo o negligencia, las agencias de viaje quedan eximidas de toda responsabilidad frente al usuario, en tanto quedó demostrado que la demandada cumplió con el deber de información y colaboración que exige el principio de buena fe.
 
Doctrina
La necesidad de reforma del Código Penal Autor: FIGUEROA, FRANCISCO
La presente doctrina analiza las críticas y los desacuerdos principales que se le hacen al Anteproyecto de Código Penal de la Nación e intenta demostrar cómo, con frases genéricas y vacías de contenido jurídico, se logra desacreditar, sin más, el esfuerzo de prestigiosos juristas, para realizar una versión final del Anteproyecto que demandó años y que ahora es cuestionado a la ligera.
 

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