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miércoles, 1 de agosto de 2012

Tinkunaco 1.082/12 - Comunicado carta Episcopado


COMUNICADO DE PRENSA
CARTA AL EPISCOPADO ARGENTINO
POR EL HOMICIDIO A MONS. ANGELELLI
Marilé Coseano, sobrina de Mons. Angelelli y Luis Miguel Baronetto, por el Centro Tiempo Latinoamericano, como querellantes en la causa judicial sobre el asesinato de quien fuera Obispo de La Rioja enviaron al Presidente del Episcopado Mons. José Arancedo un informe sobre los avances judiciales “que nos permiten hoy requerir el juicio a los imputados en base a las pruebas acumuladas en la investigación tramitada en el Juzgado Federal de La Rioja, a cargo del Dr. Daniel Herrera Piedrabuena.”
En la carta enviada el pasado 18 de julio se resumen las actuaciones desde que se solicitó la imputación a los militares y policías como autores mediatos de los delitos de lesa humanidad. El Juez actuante Daniel Herrera Piedrabuena hizo lugar a lo solicitado en cuanto a “tener por válida la promoción de la acción penal dispuesta el 3 de agosto de 1984 y demás actos de instrucción practicados” (fs. 599). De este modo valoró lo investigado por la justicia provincial de La Rioja, en esa fecha, es decir hace veintisiete años. En base a los testimonios obrantes el entonces Fiscal Dr. Miguel Ángel Romero, sostuvo que “del examen y valoración de las probanzas reunidas en autos al reiniciarse la investigación por la muerte del entonces Obispo de La Rioja Monseñor Enrique Ángel Angelelli y las lesiones sufridas por su acompañante, el ex sacerdote Sr. Arturo Aldo Pinto en el hecho ocurrido el día 4 de agosto del año 1976, a horas 15,00 aproximadamente, sobre Ruta Nacional Nº 38 a pocos kilómetros de la localidad de Punta de Los Llanos, en circunstancias en que el nombrado Obispo al comando de una camioneta marca “Fiat 125” Multicarga tras salir de la cinta asfáltica y derrapar y luego volcar; surge que dicho evento de tránsito no habría sido consecuencia del desinflado de un neumático o cualquier otro hecho fortuito, sino la resultante de un atentado para causar la muerte de los religiosos. Surge asimismo que dicha acción delictiva habría sido llevada a cabo con el concurso premeditado de dos o más personas. Consecuentemente el obrar de los partícipes en el suceso encuadra “prima facie” en los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y TENTATIVA DE HOMICIDIO CALIFICADO…”. A partir de esta solicitud del Fiscal Romero, el Juez Aldo Fermín Morales, dispuso diversas actuaciones judiciales y en base a elementos probatorios acumulados, el 19 de junio de 1986, resolvió dejar fijados los hechos, afirmando que “la muerte de Mons. Enrique Ángel Angelelli no obedeció a un accidente de tránsito, sino a un homicidio fríamente premeditado y esperado por la víctima”.
Con la validación de aquellas actuaciones fue posible salvar las dificultades ocasionadas por el paso del tiempo, principalmente por el fallecimiento de testigos cuyas declaraciones ya obran en el expediente. Entre las valoraciones efectuadas merecen destacarse las sucesivas declaraciones del único acompañante y sobreviviente el ex sacerdote Arturo Pinto, tantas veces denostado por interesados medios de prensa en manos de los beneficiarios del terrorismo de estado. Ha quedado consolidada la prueba para sostener la provocación del atentado criminal mediante la intervención del vehículo color claro que se interpuso a la camioneta que conducía Mons. Angelelli, ocasionando su vuelco fatal. Varios testimonios, incluidos los policías de la zona, ratificaron la existencia del vehículo siempre mencionado por el acompañante Arturo Pinto. Y el chapista que reparó la camioneta de Mons. Angelelli declaró que ésta “de color blanco hielo, tenía una mancha como si hubiese sido rozada por un auto blanco tiza”. Se avanzó en nuevas evidencias del atentado criminal, lo que condujo al Juez a tener por acreditado que fue un “homicidio por accidente de tránsito provocado”; y el juez resolvió el procesamiento por homicidio calificado en el caso de Mons. Angelelli, tentativa de homicidio en el de su acompañante Arturo Pinto, y asociación ilícita a los militares Jorge Rafael Videla, miembro de la Junta Militar, que usurpó el cargo de presidente de la Nación; Albano Eduardo Harguindeguy, que como ministro del interior tenía a su cargo la represión de los sectores religiosos; Luciano Benjamín Menéndez, ex comandante del 3er. cuerpo de ejército; Luis Fermando Estrella, vicecomodoro subjefe de la base aérea de Chamical; y al comisario Juan Carlos Romero, jefe del D 2 de la policía riojana. A todos se les estableció prisión preventiva, aunque salvo Videla, el resto lo hará en el régimen de detención domiciliaria, por razones de salud. Fue separado del proceso el militar Edilio Cristobal Di Cesare, ex jefe de policía de La Rioja, por “incapacidad mental”. Varios más, como el Teniente Coronel Osvaldo Pérez Battaglia, el Coronel Jorge Pedro Malagamba y Comodoro Lázaro Antonio Aguirre, que incluimos en nuestra solicitud como querellantes por su responsabilidad y participación en el atentado criminal son mencionados en la resolución, aunque excluidos del proceso por fallecimiento.
En la carta se valoran los aportes del obispado riojano quien por decisión de Mons. Roberto Rodriguez se constituyó en querellante, como la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja. Se destaca lo actuado que permitió revertir la larga historia de impunidad, por las maniobras judiciales y políticas con las que se buscó ocultar el crimen. “A lo que contribuyó el silencio de importantes miembros de la jerarquía eclesiástica de entonces que aceptaron las explicaciones oficiales, sin peticionar la investigación de lo sucedido ni promover acciones tendientes a esclarecer las verdaderas circunstancias de la muerte del hermano en el episcopado Mons. Enrique Angelelli, que fueron sospechadas de homicidio apenas provocado el “accidente de tránsito”. Fundamos esta aseveración, tanto en la documentación obrante en la causa, de la correspondencia entre Mons. Angelelli y la Comisión Ejecutiva del Episcopado en los días previos a su homicidio, como en lo declarado por el propio imputado ex general Jorge Rafael Videla en este expediente, al relatar su encuentro con el Nuncio Apostólico Pio Laghi: “…sin hesitar me respondió: Presidente, la Iglesia tiene asumido que el fallecimiento de Mons. Angelelli, fue producto (sic) por un accidente; Ud. puede dormir tranquilo respecto de este asunto”. Asimismo el testimonio judicial de Aurelio Ortiz, entonces secretario del obispo asesinado, al manifestar que el Cardenal Raúl Francisco Primatesta, presente en La Rioja durante el velatorio de Mons. Angelelli, ante varios testigos expresó: “Vamos a aceptar la teoría del accidente para que nos dejen investigar tranquilos”. Investigación que nunca se conoció, ni se sabe que se haya realizado. Tampoco nada al respecto se encuentra agregado en el expediente. Y sería de fundamental importancia que de existir dicha investigación efectuada entonces por el episcopado argentino, sea aportada a la causa judicial que se tramita en La Rioja.”
El procesamiento dictado en noviembre del 2011 por el juez Federal de La Rioja señala las irregularidades del sumario inicial, firmado en forma coactiva por el empleado policial, que ahora ha revelado nuevos detalles. Menciona también en el lugar del hecho, a las pocas horas del “accidente”, la presencia de un “capitán Maggi” y del comisario “La Bruja” Romero, jefe del D2 riojano, ahora procesado, quienes apartaron de las primeras actuaciones a los policías del lugar. Como parte de las maniobras para ocultar el atentado también ha sido considerado el sumario “paralelo” realizado por la policía de la ciudad de La Rioja, ajena al escenario de los hechos, ese mismo día; y que fuera entregado en original a Mons. Carmelo Giaquinta, y aportado a la causa por los querellantes del obispado riojano.
El paso del tiempo y las deliberadas trabas, ocultas o explícitas, impidieron la individualización de otros autores, inmediatos o mediatos, entre ellos los cómplices civiles que alentaron el crimen. Varios de los individualizados no podrán ser juzgados por haber fallecido o por “incapacidad mental”, como el mayor Edilio Di Cesare. Otros cuatro - Menéndez, Harguindeguy, Estrella y Romero - cumplirán la prisión preventiva en sus domicilios. Estas secuelas de la impunidad pueden agravarse si se demora la elevación juicio, toda vez que las estrategias de las defensas de los imputados se asientan en obstaculizar el proceso mediante cadenas de apelaciones, que les permitan ganar tiempo, mientras los criminales siguen envejeciendo sin las merecidas condenas.
Este largo trámite judicial debe concluir por parte del Juzgado interviniente con la elevación a juicio, para que el Tribunal Oral Federal juzgue a los asesinos, aplicándoles la pena correspondiente a cumplir en cárcel común, sin los privilegios que gozaron en tantos años de impunidad. No queremos que los principales autores de estos delitos se vayan a la tumba sin pagar sus crímenes. Varios de ellos ya no podrán ser juzgados y condenados, a pesar de las evidencias probatorias, porque han fallecido. Otros han sido apartados del proceso por problemas de salud. Para que realmente haya justicia, el proceso debe concluir con la condena de los asesinos. Y así también reparar una deuda a la memoria histórica del Obispo Angelelli, al que no sólo le arrebataron la vida, sino que “también le robaron la muerte”, como dijo en su momento Mons. Esteban Hesayne.
Esa es nuestra solicitud y exigencia. Solicitamos que también sea de las máximas autoridades del episcopado argentino… Esperamos que esta información sirva a todos los miembros de la Conferencia Episcopal que Ud. preside; y podamos contar con sus mejores aportes para que la justicia cumpla su cometido. Beneficioso será también para la comunidad eclesial a la que entregó su vida Mons. Angelelli y de un modo especial  la que le tocó apacentar en la diócesis de La Rioja.
Córdoba, 27 de julio de 2012
Marilé Coseano y Luis Miguel Baronetto
Querellantes en la causa judicial sobre el homicidio de Mons. Angelelli
Contacto: Cel. 0351-155634934

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