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martes, 1 de abril de 2014

Tinkunaco 0418/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

01 de Abril de 2014

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Destacadas
Se realizará el Congreso Nacional del Digesto Jurídico Argentino
El 8 de abril se realizará el Congreso Nacional del Digesto Jurídico Argentino, organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Las actividades previstas darán comienzo a las 9 de la mañana en el salón Gaudí del hotel NH City & Tower, Bolivar 120, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En este Congreso se busca congregar a juristas, magistrados y abogados, para reflexionar sobre la importancia de la consolidación normativa que representa el Digesto Jurídico Argentino, así como el impacto que tiene en el presente y futuro de la Nación.
 
Normativa Nacional
Decreto 440/14
B.O. 01/04/2014
Se dispone la prórroga por el término de tres meses calendario a partir del 1° de abril de 2014 de los plazos previstos en la Ley Nº 26.860, de exteriorización voluntaria de tenencia de moneda extranjera.
 
Decreto 439/14
B.O. 01/04/2014
Autorización provisoria para la creación y el funcionamiento de la Universidad Salesiana, de la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, en la que se desarrollarán diversas carreras de grado.
 
Decreto 438/14
B.O. 01/04/2014
Autorización en forma definitiva al Instituto Universitario Escuela de Medicina del Hospital Italiano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos de la Ley de Educación Superior, a funcionar como institución universitaria privada.
 
Decreto 437/14
B.O. 01/04/2014
Reconocimiento definitivo para funcionar como institución universitaria privada, dentro del régimen de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y sus normas reglamentarias a la Universidad de Congreso, de la provincia de Mendoza.
 
Decreto 436/14
B.O. 01/04/2014
Reconocimiento a la Universidad Provincial del Sudoeste, creada por la Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 11.465, en los términos del artículo 69, inciso a) de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior.
 
Decreto 435/14
B.O. 01/04/2014
Se otorga reconocimiento a la Universidad Pedagógica de la provincia de Buenos Aires, creada por Ley Nº 13.511 de esa Provincia, en los términos del artículo 69, inciso a), de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior.
 
Resolución 28/14 - Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas
B.O. 01/04/2014
Procedimiento para la Importación de Petróleo Crudo Liviano. Modificación de la Resolución 1/14. Importación, de carácter excepcional, de petróleo crudo liviano para su refinación local. Gestión de cargamento. ENARSA.
 
Jurisprudencia Nacional
Havalon SRL s/ Concurso Preventivo s/ Incidente de apelación (Art. 250 CPCC) CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - 19/12/2013
Concurso preventivo. Cheque de pago diferido. Admite la medida de no innovar solicitada por la concursada a fin de que se ordene a una entidad financiera abstenerse de pagar cheques de pago diferido cuya libranza sea anterior a la fecha de presentación del proceso universal. Considera que interpretar literalmente lo dispuesto por el art. 54 de la ley de cheques implicaría consagrar un privilegio incompatible con las normas y principios del derecho concursal, al crear una indebida preferencia a favor del portador, violentando la pars conditio creditorum.
 
C., A. F. c/ R., C. V. s/ régimen de visitas CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 19/02/2014
Régimen de visitas. Abuelos. Concede un régimen de visitas, de acuerdo a un procedimiento gradual y con la intervención del Ministerio Público Pupilar, a la abuela paterna de dos menores, cuya progenitora se oponía al mismo alegando que ello implicaba someter a los niños a tener vinculación con la persona que negó los actos cometidos por el padre de los menores (denunciado por violencia y abuso y, posteriormente, sobreseído) en perjuicio de ellos. Entiende que no se advierten óbices indicadores de una situación de riesgo para los menores, que justifiquen denegar el régimen de contacto pedido y, por lo tanto, no corresponde negar a la actora el derecho de vinculación con sus nietos, ya que si bien existe alguna conducta reprochable en el padre, no puede ni debe perderse de vista que la abuela no se encuentra invalidada legalmente para hacer efectivos sus derechos.
 
Normativa Provincial
Ley 9487 de LA RIOJA
B.O. 25/03/2014
Zona de Emergencia y Desastre Agrícola Ganadero. Se declara debido a la sequía reinante en todo el territorio provincial, por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2013 al 11 de diciembre de 2014. Eximición de impuestos.
 
Ley 3342 de SANTA CRUZ
B.O. 27/03/2014
Homenaje. Se declara Feriado Provincial Permanente el día 27 de octubre de cada año, en conmemoración al aniversario del fallecimiento del ex Presidente de la Nación, Doctor Néstor Carlos KIRCHNER.
 
Jurisprudencia Provincial
Nieto, Ramón Eduardo y otros p.ss.aa. asociación ilícita, etc. Recurso de casación TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - CORDOBA - 31/03/2014
Riesgo para los fines del proceso. Confirma la prisión preventiva dispuesta contra un policía imputado por participar en una asociación ilícita destinada a cometer delitos vinculados con el comercio ilegal de automotores. Entiende que existen elementos de prueba que permiten sostener como probable su carácter de miembro de la banda delictiva y que, por tratarse de un funcionario policial, se advierten indicios concretos de que el encartado, en libertad, podría intentar entorpecer la investigación judicial.
 
Anzorena, Alejandro Roque y otros c/ Hernández Lilian Margot y otro (Ordinario) s/ accidente de tránsito CORTE DE JUSTICIA - SAN JUAN - 17/02/2014
Limitación recursiva. Derecho de defensa en juicio. Declara nula la sentencia que, apoyándose en el texto del artículo 315 in fine del CPC de la Provincia de San Juan, declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la citada en garantía contra la sentencia que admitió la legitimación para obrar del hermano de la víctima y difirió la procedencia del reclamo y su quantum en la sentencia definitiva. Considera que, el error del tribunal, radica en asimilar la resolución de primera instancia con aquellas que difieren el tratamiento de la excepción para el momento de dictar la sentencia definitiva, cuando –en rigor– la magistrada de primer grado se expidió positivamente sobre la legitimación activa del hermano de la víctima.
 

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