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miércoles, 8 de abril de 2015

Tinkunaco 0492/15 - Re: Equipo Nizkor - Esp - Carta a los partidos politicos en contra de la impunidad y por la democracia

Equipo Nizkor Información
Impunidad
07abr15 - v) msjes.

Esp - Varias organizaciones solicitan a los partidos políticos españoles que adopten medidas concretas a favor de las víctimas republicanas del franquismo.


i) Carta abierta a los partidos políticos y organizaciones sociales del Estado español: contra la impunidad y por la democracia.
Version en Français
Es evidente que en los últimos años la sociedad española se ha sensibilizado por la situación de las víctimas de la represión franquista, lo que ha dado lugar al surgimiento de numerosas asociaciones relacionadas con estos hechos. A pesar de los años transcurridos, cualquiera que se acerca a esta cuestión se encuentra por parte del Estado con la dejación de la situación de las víctimas, de la memoria y de los derechos humanos.
Y es precisamente desde el discurso de derechos humanos desde donde se puede hacer frente a la situación concreta y exigir al Estado la justicia necesaria para poner fin a la desmemoria, dejación e impunidad a que se ha reducido esta cuestión de forma, muchas veces, intencionada.
En un momento en que los modelos de impunidad impuestos en otros países, como Argentina y Chile, han visto caer su legitimidad y su legalidad, creemos que es oportuno que el Estado Español, en parte responsable de dichos modelos, asuma su propia problemática, la que denominamos el "modelo español de impunidad", y ponga fin al mismo en forma democrática y con el respeto que todas las víctimas se merecen, pero teniendo muy claro que la finalidad es consolidar las libertades civiles y los derechos humanos.
Es necesario que se entienda que la justicia es lo contrario de la venganza. Es necesario que no se equipare, en un discurso perverso, el concepto de justicia al de venganza, pues ello posibilita que se considere el olvido como una de las bases del estado de derecho. Ninguna sociedad puede sobrevivir al desconocimiento de su propia historia, por horrible que ésta sea... Y es evidente es que el discurso de derechos humanos y libertades no se recuperó aún de la pérdida de ambos valores tras el golpe de estado franquista
A partir del 14 de abril de 2004, con la publicación del informe "La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas" y su Plan de Acción, dio comienzo el desarrollo de un discurso sobre las víctimas republicanas de la Guerra Civil, de la Segunda Guerra Mundial y de la dictadura franquista, discurso ausente en los partidos políticos y en la inmensa mayoría de las organizaciones sociales españolas.
Por primera vez se hicieron públicos documentos que permiten la categorización criminal del régimen franquista y de su participación, como parte de los Países del Eje, en la guerra de agresión nacionalsocialista que sufrieron la práctica totalidad de los países europeos, pero muy especialmente los países del Centro y del Este de Europa.
De especial importancia es la resolución 39 (I) de 12 de diciembre de 1946, que define al régimen franquista diciendo: "(a) En sus orígenes, naturaleza, estructura y conducta general, el régimen de Franco es un régimen fascista modelado sobre, y en gran medida establecido gracias a, la ayuda recibida de la Alemania Nazi de Hitler y la Italia Fascista de Mussolini."
Esta definición, unida a la actuación del fascismo español, nos permite afirmar que fue un régimen criminal y que sus crímenes permanecen impunes judicialmente en virtud de artificios legales pergeñados durante la denominada "transición".
En este sentido, es totalmente contrario al derecho internacional vigente que continúen en vigor leyes como la mal llamada "ley de amnistía", que fue en realidad el parapeto jurídico de los responsables franquistas de la comisión de crímenes contra la humanidad. En fechas más recientes, este marco de impunidad se ha visto complementado con la también mal llamada "ley de la memoria".
Este modelo legal de impunidad sancionado por el Congreso tiene diversos efectos prácticos en el ámbito legal, pero principalmente, ha supuesto la indefensión y exclusión de las víctimas republicanas y la declaración de legalidad del ordenamiento jurídico franquista.
Estas cuestiones, que no son menores, conforman una base de ilegitimidad sobre la que se asienta el régimen político actual. Este problema de fondo no puede superarse con voluntarismos frívolos tales como querer mirar sólo al "futuro promisorio", al tiempo que nos negamos a analizar el pasado, menos aún cuando ese voluntarismo pretende desconocer que el fascismo español está inmerso y es consecuencia de la historia europea.
No existe por tanto esa "excepción española" que permite comprender la democracia alemana, francesa, italiana e incluso la japonesa obviando su ruptura con los modelos legales nacionalsocialistas, fascistas o imperialistas.
Hoy no es discutible afirmar que el régimen fascista español cometió crímenes contra la población civil y que practicó el asesinato, el exterminio, la tortura, el sometimiento a esclavitud, la deportación, la persecución por motivos políticos, raciales y religiosos, así como el encarcelamiento arbitrario.
No obstante, esta constatación empírica, es rechazada por la práctica totalidad de los partidos políticos y de los tribunales, los cuales intentan crear un absurdo e inmoral sistema doctrinal que permita ocultar para siempre la historia del fascismo español.
Tampoco la posibilidad de una Comisión de la Verdad, en cualquiera de sus formas, constituye un mecanismo de respuesta al problema de la impunidad, sobre todo si se tiene en cuenta que las comisiones de la verdad no pueden suplir la obligación que pesa sobre el Estado de investigar, a través de su poder judicial, los crímenes del franquismo.
El 18 de noviembre de 2006, a raíz de un informe publicado por la Sección Española de Amnistía Internacional, la Presidenta de la Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo (AfarIIREP) se dirigía a esta organización en una carta pública, en la que dejaba claro su rechazo a la posibilidad de una Comisión de la Verdad en cualquiera de sus formas, y ello por tres cuestiones básicas: a) Porque en un estado de derecho lo que debe primar es el derecho a la justicia y esto no se consigue a través de una Comisión de la Verdad; b) Porque el derecho internacional aplicable en la jurisdicción europea obliga al cumplimiento de normas jurídicas que una Comisión de la Verdad no puede garantizar; c) Porque las Comisiones de la Verdad han significado en la práctica la configuración de modelos de impunidad.
El juez francés Louis Joinet estableció unos principios básicos sobre los modelos de impunidad que fueron discutidos, y como reconoce en la introducción de su informe final, contó con la crítica y el apoyo de las organizaciones que participaron en el "Seminario Internacional: Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos" realizado en Santiago de Chile en diciembre de 1996.
Por primera vez un documento de Naciones Unidas define la impunidad como "la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas".
Es con estos antecedentes que nos dirigimos a las organizaciones sociales y políticas, para que incluyan el discurso de las víctimas republicanas y el de la lucha contra la impunidad y tengan en cuenta los problemas reales existentes para buscar las alternativas prácticas que den solución a estos problemas.
Es el Estado quien ha de garantizar el derecho a la justicia, con todas las implicaciones que ello supone, como es el acceso a los archivos de la represión, a las causas de la muerte en los registros civiles, al respeto de la normativa forense en materia de exhumaciones de restos humanos (y no de restos antropológicos, que es como se ha tratado hasta el momento a las víctimas de ejecuciones judiciales y extrajudiciales cometidas por el régimen franquista). El Estado no puede declinar ni hacer dejación de sus obligaciones en materia de derecho penal internacional. Es indudable que en el caso del Reino de España la falta de responsabilidad penal de los autores de violaciones graves a los derechos humanos es absoluta y, por ende, el sistema de impunidad pergeñado durante la transición sigue incólume.
Y si dejamos que se implanten definitivamente los modelos de impunidad, corremos el riesgo cierto de perder las libertades que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos pretendió universalizar.
Los modelos de impunidad surgen con la pretensión de resolver el dilema que representan la democracia, las libertades y la expresión del uso racional de ambas, que son los derechos humanos. Les caracteriza la vanidad, que se plasma en "la presunción de gobernar hasta más allá de la tumba..., en la más insolente de todas las tiranías", como tan bien respondiera Thomas Paine a Edmund Burke.
Y esto es así porque como decía Jeremy Bentham "del poder de perdonar sin límites surge la impunidad de la delincuencia en todas sus formas, de la impunidad de la delincuencia en todas sus formas, la impunidad de todas la formas de maldad, de la impunidad de todas las formas de maldad, la descomposición de los gobiernos, de la descomposición de los gobiernos la descomposición política de la sociedad".
No se puede construir el futuro dando la espalda al pasado y restaurar la justicia significa devolver a las generaciones venideras la libertad, para lo cual es necesario obligar al mundo político a recuperar su conexión con las formas de vida éticas donde la fraternidad y la solidaridad ocupen su lugar. De lo contrario condenamos a las generaciones venideras a vivir en plena soledad y en un espacio vacío.
31 de marzo de 2014


ANEXO
Propuesta de programa contra la impunidad y de fortalecimiento democrático
Proponemos a los partidos políticos del Estado español que asuman y promuevan el siguiente Plan de Acción, el cual refleja de una manera no exhaustiva las consecuencias de la impunidad española. En su elaboración se tuvo en cuenta la opinión de todos los actores sociales existentes a principios de 2004.
1. Ratificación de la "Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad".
2. Declarar por Ley la nulidad de todas las acciones legales del régimen franquista, haciendo mención expresa a las Resoluciones de las Naciones Unidas adoptadas por unanimidad por la Asamblea General de la ONU el 9 de febrero de 1946 [Res. 32(I)] y el 12 de diciembre de 1946 [Res. 39(I)], y a su carácter criminal según las normas de derecho internacional.
3. Declarar la nulidad de todos los juicios penales y militares por arbitrarios e ilegales, adoptando las medidas adecuadas para el resarcimiento proporcional y actualizado de las víctimas, así como la reconstrucción de los archivos penales y judiciales afectados.
4. Elaborar una ley de exhumaciones e identificación de víctimas que tenga en cuenta los tipos de delitos, el necesario conocimiento de la verdad y que fije los procedimientos acordes con el derecho internacional de derechos humanos.
Dicha ley ha de tener en cuenta además los diferentes tipos de enterramientos clandestinos, oficiales, etc. y resolver el caso de las fosas comunes producto del plan de exterminio, de los enterramientos ilegales y de las fosas comunes de las tropas regulares en los frentes de batalla.
5. Elaboración de un Manual de Antropología forense adaptado a las normas internacionales de derechos humanos, crímenes de guerra y a la situación histórica de la II República y del régimen franquista, que permita ordenar los desenterramientos en orden a la instrucción penal correspondiente en función del tipo de delitos y las víctimas, sean éstas civiles o soldados regulares en los frentes de batalla.
6. Normalización legislativa de los bancos de datos de ADN para la identificación de víctimas, procediendo al registro judicial de las muestras de los restos de las víctimas, así como las de los familiares que lo soliciten, y creando los parámetros de reconocimiento que surjan de la experiencia antropológico forense y sociológica.
7. Ley de reconocimiento de los campos de concentración y de trabajos forzados, y reconstrucción de los procesos seguidos en los mismos y de las víctimas.
8. Desclasificación y catalogación de todos los archivos diplomáticos, militares y de inteligencia hasta la instauración del régimen democrático.
9. Inventario, catalogación y reorganización, con medios adecuados a la tecnología actual, de los archivos penales, judiciales, carcelarios, militares, de inteligencia, municipales, etc., a nivel de todas las administraciones, adecuándolos a las normas del derecho a la verdad y a la justicia de las víctimas.
Se ha de reconocer el libre acceso y la obligación de colaboración judicial de los responsables de dichos archivos con las víctimas y sus familiares, organizaciones de víctimas, organizaciones de derechos humanos y con la justicia nacional o de otros países.
10. Reconstrucción de las listas de víctimas españolas en terceros países como consecuencia del régimen franquista, incluyendo especialmente a los denominados "niños de la guerra", y solicitando, si fuera necesario, la colaboración internacional, especialmente en el ámbito europeo, para lo que se contará con las organizaciones de exiliados o de organizaciones extranjeras que hayan colaborado con el exilio republicano. Se procederá a la regularización jurídica de los problemas de nacionalidad española derivados del exilio y de los que son consecuencia de la inscripción de españoles en registros de autoridades legítimas dela II República, otorgando el mantenimiento de la doble nacionalidad de los exiliados y de sus descendientes en todos los casos.
11. Reconstrucción de las listas de víctimas y represaliados desde el levantamiento franquista, de forma legalmente válida, otorgando el reconocimiento jurídico válido y teniendo especial cuidado con los menores, huérfanos y mujeres.
12. Adecuación de las normas de los registros civiles a efectos de la correcta determinación de las causas de muerte.
13. Establecer un inventario de los bienes saqueados, embargados o expoliados por motivos políticos, religiosos y de represalias.
14. Establecer una legislación que permita la recuperación e indemnización a cargo del estado, o de los responsables patrimoniales si existieran, de los bienes expoliados a personas físicas o legales por motivos políticos, religiosos o de represalias de cualquier tipo.
15. Legislación de reconocimiento de todos los militares que sirvieron lealmente a la II República, restableciendo su condición histórica y adecuando sus méritos reglamentarios a todos los efectos.
16. Legislación de reconocimiento de todos los militares y fuerzas irregulares de origen español que colaboraron con los países aliados en la resistencia contra los países del Eje y contra el régimen franquista, equiparándolos al reconocimiento jurídico, militar y social que se siguió en países como Francia.
17. Reconstrucción de los mandos de todas las organizaciones franquistas en el interior y el exterior de España, para facilitar el derecho a la verdad y el conocimiento de los perpetradores de los crímenes contra la humanidad.
18. Fijación de un sistema de resarcimiento económico actualizado, en términos actuariales y que se corresponda con la realidad económica y social española, a todo tipo de víctimas aún vivas, herederos y sus familias, así como adoptar las medidas necesarias para el reconocimiento social y cultural, para lo que se procederá a la localización, catalogación y declaración como patrimonio histórico de los lugares de memoria de la lucha en defensa de la República y de la represión franquista.
Este documento ha sido elaborado por el Equipo Nizkor después de conversaciones mantenidas con la Federación Asturiana Memoria y República.
Firman:
  • Amigos de los Republicanos Españoles en Región Parisina, Francia
  • Asociación Archivo Guerra y Exilio (AGE), España
  • Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH), Asturias, España
  • Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo (AfarIIREP), España
  • Asociación Verbo Xido.
  • Asociación Viguesa pola Memoria Histórica do 36, Vigo, Galicia
  • Comisión pola Recuperación da Memoria Histórica da Coruña
  • Derechos Human Rights, California, USA
  • Equipo Nizkor, Charleroi, Bélgica
  • Federación Asturiana Memoria y República, Asturias, España
  • Federación Estatal de Foros por la Memoria, España
  • Fundación Alexandre Bóveda
  • Grupo de Estudios de Derecho Internacional, Madrid, España


  • ii) El PSOE continúa con su farsa en relación con las víctimas de Mauthausen.
    Version en Français

    Marear la perdiz

    El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha registrado este 24 de marzo de 2015 una proposición no de ley en el Parlamento instando al Gobierno a conceder una condecoración oficial a los supervivientes de los campos de exterminio nazis. Gestos como éste serían de agradecer, si no fuera porque en 40 años de gobiernos democráticos, de los cuales ha estado gobernando el PSOE más de 20 años, (8 con mayoría absoluta) jamás han hecho nada por legislar algo a favor de las víctimas españolas del exterminio nacionalsocialista.
    Es evidente que es una reacción provocada por el reciente anuncio del Gobierno francés de conceder la Legión de Honor a los deportados españoles que no la han recibido aún. Pero una proposición no de ley no es más que un “brindis al sol” que, aunque fuera aprobada, no obliga al gobierno a su cumplimiento, de ahí su eufemístico apelativo.
    Los españoles en los campos de exterminio nazis eran identificados con el triángulo azul reservado para los apátridas, ya que Franco ordenó quitarles la nacionalidad y así siguen, porque a tal punto han sido ninguneados que ningún gobierno democrático les ha devuelto la nacionalidad española.
    Todos los que sobrevivieron tuvieron que adoptar la nacionalidad del país que generosamente les acogió (mayoritariamente Francia).
    Si bien el Sr. Zapatero ha sido el único presidente español que ha acudido a los actos oficiales en Mauthausen, en mayo de 2005, en el sesenta aniversario de la liberación del campo, fue una oportunidad perdida por lo improvisada y mal organizada. Ni siquiera estaba prevista en el protocolo del acto la presencia de Zapatero y luego tuvo una actitud vergonzosa y vergonzante incorporando a escondidas la bandera franquista y no haciendo el homenaje a las víctimas.
    En suma, el grupo del partido socialista que acompañaba al Sr. Zapatero actuó al margen del protocolo de las víctimas. Esta cuestión terminó cuando el PSOE tuvo que pedir perdón al parlamento por la organización de este evento. No era para menos, en la práctica el máximo organizador y quien “filtró” a los invitados no fue otro que Enric Marco, el gran impostor e integrante, en su época, de los servicios de inteligencia franquista.
    Dos años más tarde, al instrumentar la nueva ley de impunidad conocida como “Ley de Memoria Histórica” no se mencionó a las víctimas españolas en la II Guerra Mundial y es más, se negó la posibilidad de que hubiera un monumento dedicado a ellas, especialmente a las de Mauthausen.
    Ahora esta proposición no de ley del PSOE es una mera instrumentación oportunista para engañar a incautos o a aquéllos que desconozcan las desventuras de las víctimas del franquismo, a las que se les negó mediante la “ley de la memoria” existencia jurídica. En el caso de las víctimas republicanas de la II Guerra Mundial la situación es peor aún, pues se niega su mera existencia, de la misma manera que se niega la propia existencia y reconocimiento a la resistencia interna republicana conocida como “los guerrilleros antifranquistas”, a quienes se sigue registrando como “bandoleros”.
    El Partido Socialista Obrero Español tendrá algún día que pedir perdón a sus propios afiliados y al resto de la sociedad por estos desvaríos oportunistas que pretenden jugar con las víctimas de una forma frívola y manifiestamente cruel.
    Enlaces para más información:
    Comentario del Equipo Nizkor a otra proposición No de Ley del PSOE de diciembre de 2012
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/impuesp2.html

    Carta del Equipo Nizkor y varias asociaciones a Naciones Unidas (2005)
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/kofiesp.html

    [Fuente: Archivo, Guerra y Exilio - AGE, Madrid, 24mar15]


    iii) La ley de Amnistía fue "una traición a las víctimas del franquismo".
    El 14 de abril de 2004 el Equipo Nizkor hacía público un informe titulado La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas. Una década después hay una finalidad cumplida: "crear conciencia" en torno a la Memoria Histórica. Y un "fracaso": el sistema, el Estado español, no asume "el problema de las víctimas republicanas del franquismo", declara el presidente del organismo internacional de derechos humanos, Gregorio Díaz Dionis, en una entrevista con eldiario.es Andalucía.
    La Guerra Civil fue "el inicio de la II Guerra Mundial" y en ese contexto hay que repasar el relato histórico, juzgar los delitos cometidos. "Usar la historia europea" para "arreglar" la propia. Pero no hay "voluntad política", dice Díaz Dionis -hijo de emigrantes canarios en Argentina-, y esto se subraya con la ley de Memoria, "verdadera ley de punto final" que "legitima" la dictadura. Es "lo que faltó a la ley de Amnistía" de 1977, según el equipo asociado a Derechos Human Rights y colaborador de la Organización Mundial contra la Tortura.
    Diez años del informe sobre impunidad franquista. ¿Qué pasó desde entonces?
    La intención fue crear conciencia en relación a la memoria, el problema de las víctimas republicanas en el franquismo. Eso se ha conseguido. El primer año distribuimos un millón de ficheros y prácticamente todas las asociaciones han asumido ese discurso.
    Conciencia sí, ¿y resultados?
    La socialización del discurso se consiguió, pero ese documento tiene un plan de acción: la sistematización de la casuística de las víctimas. Si tomas eso es un fracaso, ni uno sólo de esos puntos se ha resuelto.
    ¿La ley de Amnistía reproduce el modelo arquetípico de leyes de punto final?
    No. Es una ley franquista en la concepción y en la definición, un fenómeno jurídico muy perverso. Una ley de punto final es otra cosa. El caso de la amnistía española es único en el mundo, perverso: los presos por luchar contra Franco no habían cometido delito en el sistema democrático, se les amnistía y después los jueces usan esa ley para amnistiar a los victimarios.
    ¿Un pacto de silencio sellado en la transición?
    No diría pacto de silencio, fue muy explícito. Fue una traición a las víctimas de la República y a los valores democráticos en cualquier país. Es muy grave lo que ocurrió en la transición si uno lo analiza desde el punto de vista de las libertades civiles y de la historia de España.
    ¿Qué reconocimiento jurídico tienen las víctimas del franquismo?
    Ninguno. La ley de la Memoria lo dejó claro, legitima al régimen franquista, es la verdadera ley de punto final. No hay reconocimiento a las víctimas de ningún tipo.
    ¿Qué aportó a la reparación?
    Nada. La ley de la Memoria es lo que le faltó a la ley de Amnistía. Viene a decir que la legislación franquista no se anula, que es legítima y por tanto sigue en vigencia. Desde el punto de vista doctrinal es una ley complementaria a la ley de Amnistía y cierra hoy por hoy toda posibilidad de reconocimiento jurídico de las víctimas.
    ¿Habla de texto insuficiente o de traición a las víctimas?
    Para mí traición, no tengo la menor duda.
    Otros países juzgaron sus dictaduras. ¿Y España?
    Si España quiere arreglar el problema de las víctimas del franquismo tiene que usar la historia europea. Tendrían que anular todas las leyes, dar estatuto jurídico a las víctimas como en Francia, Italia, Alemania, Inglaterra, Rusia… Es muy simple. No se trata de inventar grandes cosas. La Guerra Civil española es el inicio de la II Guerra Mundial, no una excepción histórica. Si no asumimos eso, la lectura se pierde.
    ¿Es un obstáculo para hablar de democracia plena?
    Por supuesto, es como si se viviera en libertad condicional desde el punto de vista de los derechos civiles. Hay una parte enorme de la población a la que se negó el derecho a la justicia y el acceso a los tribunales. Y eso es una característica de un estado de excepción.
    Pero justicia no es venganza. ¿Qué secuelas jurídicas tendrían los culpables de delitos contra la humanidad?
    A esta altura autores de crímenes no deben quedar vivos. Desgraciadamente, ni víctimas tampoco. Pero eso no obvia que exista el reconocimiento de lo que ocurrió, de que las investigaciones en el caso de los crímenes que se cometieron se hagan e incluso que haya las reparaciones. Aquí hay problemas muy gordos pendientes, como por ejemplo, y no es el menor, todo el secuestro de bienes de republicanos en toda España, que se los confiscaron y jamás recibieron nada.
    ¿Qué le parece el 'suspenso' de Naciones Unidas a España en materia de Memoria Histórica?
    Que no tiene aplicación jurídica. Es el mismo dilema de siempre, queda bien pero no obliga a España a nada. No hay que sacarlo de contexto, si no parece que le va a dar resolución a las víctimas y no es cierto.
    ¿Y a quién avergüenza?
    A la comunidad internacional por lo menos. Lo que pasa es que la historia de España es muy conocida, un fenómeno estudiado y del que existe bibliografía en prácticamente todos los idiomas.
    ¿Para qué sirve entonces?
    Como campanazo a nivel del sistema de Naciones Unidas para decir: 'esto es lo que pasa en España'. Pero ojo, hay hipocresía. En Europa todo el mundo sabe lo que pasó. Lo saben desde el primer día.
    ¿Qué le parece el oscurantismo en torno a los archivos oficiales?
    ¿Los archivos españoles? Eso más que una rémora es una vergüenza. El ministerio de Exteriores tiene clasificados todos los documentos desde la guerra de Cuba hasta hoy… Sobran calificativos. Es una mentalidad oscurantista que se repite en los hechos diplomáticos.
    Andalucía tramita su propia ley memorialista, ¿conoce el anteproyecto?
    Lo conozco. No opinaré en concreto sobre el articulado, no recuerdo todo. El problema es que una autonomía no puede solucionar el problema. Tiene límites muy grandes.
    La Junta es la primera institución que asume de manera directa las exhumaciones pero el mapa de fosas está sembrado con miles de víctimas y el presupuesto es escaso.
    Problema presupuestario pero más que nada jurídico, de cómo se implementa eso. Desenterrar a las víctimas no es complicado. El problema es de voluntad política y no es real que no haya dinero. No la Comunidad Autónoma, que para eso no lo puede tener por definición, pero el Estado lo tiene. Y un juez sabe lo que tiene que hacer en una fosa, y la policía también.
    Y no lo hacen por…
    Por una orden. En el caso de la justicia es la Fiscalía General del Estado quien impide que eso ocurra. Jurídicamente está en la ley procesal penal.
    España, segundo país del mundo con más desapariciones forzadas sin esclarecer.
    Hay cientos de miles de ejecutados, y podemos hablar de millones de víctimas del franquismo sin justicia. Ése es el drama histórico y social de España. Si son muchos o pocos, ésa no es la cuestión. Si se abrieran los archivos las fosas están todas localizadas, inventariadas. Tanto el Ejército como la Guardia Civil tienen en sus archivos los datos de todo eso… que un ciudadano tenga que usar recursos propios para buscar una víctima que está en una carretera es una humillación. Es una irregularidad legal y un desprecio a sus derechos civiles. Eso es lo terrible.
    Un ejemplo: en el cementerio de Sevilla hay más de 3.000 ejecutados en fosas.
    Sevilla oculta muchos más crímenes de toda la etapa del franquismo. Toda la represión que salió de Sevilla hasta Extremadura es una de las marchas de la muerte más grandes que hubo en Europa. Ése es el drama y eso se oculta en los libros, se oculta a la población y se humilla a las víctimas que son herederos de esos que están ahí. Humilla a los vivos y a los muertos.
    ¿Y es herencia del franquismo que sean crímenes sin resolver?
    Obviamente. O no, es el franquismo vivo. La herencia sería que murió, y no murió. La prueba es que se respeta la legalidad del franquismo.
    [Fuente: El Diario, Sevilla, 15nov14]


    iv) Declaración (18nov06) puntualizando la declaración de Amnistía Internacional Sección Española sobre la cuestión de la nulidad de los juicios sumarísimos y las Comisiones de la Verdad.
    La Asociación de Familiares y Amigos de Represaliados de la II República por el Franquismo (afarIIREP), debe su fundación al objetivo básico de conseguir con su actuación la nulidad de los juicios del franquismo y el reconocimiento jurídico de todas las víctimas de este régimen.
    En relación con este objetivo:
    1) Hemos tomado nota de la publicación del documento de Amnistía Internacional Sección Española: “Víctimas de la Guerra Civil y el Franquismo: no hay derecho” de noviembre de 2006 y de su posición de revisar las sentencias del franquismo.
    2) Nos alegra que Amnistía Internacional Sección Española haya avanzado en sus análisis jurídicos con relación a nosotros, las víctimas del franquismo, evolución notoria con relación a su primer documento.
    3) No obstante, dada la repercusión pública del mencionado documento y el desconcierto que ha provocado en muchos de nuestros asociados y en otras asociaciones de víctimas, afarIIREP se ve en la obligación de puntualizar, para mayor claridad conceptual, algunas cuestiones, sin que esto signifique un desprecio al derecho a la diversidad de opiniones que claramente marca nuestro accionar como asociación,
    Por todo ello, declaramos lo siguiente:

    • 4) No apoyamos, ni apoyaremos, ninguna postura jurídica que signifique otra cosa que la total nulidad de los juicios de los tribunales franquistas y ello, no sólo por considerar que es la única forma de hacer justicia en estos casos, sino porque nos asiste el derecho, toda vez que no hay ninguna duda jurídica de la ilegalidad del régimen franquista, tanto a nivel del derecho interno español como del derecho internacional, y muy especialmente en el ámbito de la jurisprudencia europea. Recordamos que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su decisión de 17 de enero de 2006 en el caso Kolk y Kislyiy versus Estonia, ha resuelto sobre la imprescriptibilidad de los crímenes contra la humanidad y su aplicación retroactiva, considerando de aplicación en jurisdicción ordinaria – en el marco de una serie de disposiciones y principios de carácter internacional- la Resolución 95 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, adoptada el 11 de diciembre de 1946, expresamente allí donde dice: "La Asamblea General ... confirma los principios de Derecho Internacional reconocidos por el Estatuto del Tribunal de Nuremberg y las sentencias de dicho Tribunal...".
      De la misma manera y por lo mismos motivos, es de aplicación la resolución 39(I) de la Asamblea General de 12 de diciembre de 1946, la cual califica al régimen franquista al afirmar taxativamente que “En sus orígenes, naturaleza, estructura y conducta general, el régimen de Franco es un régimen fascista modelado sobre, y en gran medida establecido gracias a, la ayuda recibida de la Alemania Nazi de Hitler y la Italia Fascista de Mussolini”.
    • 5) Como consecuencia, toda pretensión de revisar “errores de hecho o de derecho” no tiene soporte alguno en el derecho internacional; es más, significa ir contra el mismo. Pero más grave aún, a nuestro entender, es que esta vana pretensión persigue el considerar legales las decisiones judiciales de un régimen ilegal.
    • 6) Nos llama poderosamente la atención que, contrariamente a la conocida costumbre de Amnistía Internacional para este tipo de informes consistente en tomar en consideración de manera especial lo que solicitan las asociaciones de víctimas, éstas no hayan sido tenidas en cuenta en el mencionado informe. Esperamos sinceramente que este error sea rectificado.
    • 7) Tampoco aceptamos la posibilidad de una Comisión de la Verdad en cualquiera de sus formas, y ello por tres cuestiones básicas: a) Porque en un estado de derecho lo que debe primar es el derecho a la justicia y el debido reconocimiento jurídico de las víctimas, y esto no se consigue a través de una Comisión de la Verdad.
      b) Porque el derecho internacional aplicable en la jurisdicción europea obliga al cumplimiento de normas jurídicas que una Comisión de la Verdad no puede garantizar. En este sentido rechazamos además todo concepto de lo que se ha dado en llamar “justicia transicional” por ser contrario al derecho a la justicia.
      c) Porque las Comisiones de la Verdad han significado en la práctica la configuración de modelos de impunidad, como en el caso de El Salvador y Guatemala, por mencionar sólo dos ejemplos flagrantes que los propios documentos de Amnistía Internacional han puesto en evidencia en numerosas oportunidades.
    • 8) Porque como organizaciones de víctimas defendemos que sea de aplicación en la jurisdicción ordinaria el derecho internacional vigente y de obligado cumplimiento por los estados, y que los tribunales apliquen la figuras de crímenes contra la humanidad en los casos de crímenes graves contra los derechos humanos, como ha sido reconocido por el Tribunal Europeo de derechos humanos en su decisión de 17 de enero de 2006 y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos mediante sentencia de 26 de septiembre de 2006, abriendo paso así a la jurisdicción ordinaria para el enjuiciamiento de este tipo de crímenes cuya prohibición prevé el derecho internacional en vigor. Consideramos además que esta normativa es un elemento indispensable en la lucha consecuente contra los modelos de impunidad en todo el mundo y, no apoyamos, ni apoyaremos, ningún sistema de “excepción jurídica” o de “justicia transicional” que entrañan categorías contrarias a la defensa de los derechos humanos y las libertades civiles y que sólo pretenden limitar la acción de la justicia y lograr la impunidad de los perpetradores.
    • 9) Ratificamos, como lo hemos hecho en otras oportunidades, el documento fundacional de nuestras reivindicaciones conocido como “La cuestión de la impunidad en España y los crímenes franquistas” de 14 de abril de 2004 y que contiene la fundamentación jurídica necesaria y suficiente para el caso concreto de la víctimas del franquismo. En este documento figura además un “plan de acción” que reúne las demandas de la práctica totalidad de las asociaciones de víctimas del Estado español, demandas que no se agotan en la nulidad de los juicios del franquismo.
    • 10) Ratificamos la declaración complementaria “Entre la cobardía moral y la ilegalidad”, de 1 de septiembre de 2006, una respuesta pormenorizada al actual proyecto de ley gubernamental y que contiene trece declaraciones anexas.
    Declaración que hacemos en Madrid a los dieciocho días del mes de noviembre de 2006
    Ana Viéitez Gómez, Presidenta

    Organizaciones que adhieren a esta declaración.

    • Adellís asociación - sociocultural, Silleda, Pontevedra
    • Agrupación de Guerrilleros de Levante y Aragón (AGLA), Pepe Ginés, secretario
    • Amigos de los caídos por la libertad (1939 – 1945), Memoria histórica de la región de Murcia, Floren Dimas Balsalobre, presidente regional.
    • Asemblea Republicana de Vigo, Cerlso X. López Pazos, presidente
    • Asociación Cultural "O Meigallo" de Cuntis, Marcos Seixo Pastor, Galicia
    • Asociación de Familiares y Amigos de Asesinados y Enterrados en Margallón, Olga Alcega Madurga, presidenta.
    • Asociación General de Estudios de Memoria Histórica Antifranquista AGEMHA, Francisco Martínez López, Vicepresidente.
    • Asociación Guerra - Exilio y Memoria Histórica de Andalucía AGEMHA, Manuel Velasco Haro, Presidente
    • Asociación Memoria Histórica Asturiana, Víctor Luis Alvarez, presidente.
    • Asociación de Familiares y Amigos de “Fallecidos” y Represaliados en la Prisión Central de Valdenoceda” (Burgos), José Maria González Díaz-Medino, presidente.
    • Asociación para a Dignificación das Vítimas do Fascismo, Manuel Sarille Lenceiro e Claudio Rodríguez Fer, presidentes.
    • Asociación por la Memoria Histórica de Miranda de Ebro, Carlos Bajo Diez, presidente.
    • Associació por Memòria als immolats per la Llibertad a Catalunya, Pere Fortuny
    • Asociación Guerra-Exilio y Memoria Histórica Antifranquista (AGEMHA), José Murillo Murillo, Presidente
    • Asociación Manuel Azaña,Félix Rodríguez Sanz, secretario.
    • Asociación para la creación del Archivo de la Guerra Civil, las Brigadas Internacionales, los Niños de la Guerra, la Resistencia y el Exilio Español. AGE (Archivo Guerra y Exilio), Adelina Kondratieva, Presidenta y Dolores Cabra, secretaria general.
    • Asociación para a Dignificación das Vítimas do Fascismo, presidida por Manuel Sarille Lenceiro y Claudio Rodríguez, Galicia
    • Asociación Republicana Irunesa "Nicolás Guerendiain"
    • Ateneo Republicano de Galicia - ARGA
    • Ateneo Republicano de Vallecas, Madrid
    • Círculo Republicano Zamorano (CIRZA), Cándido Ruiz González, presidente.
    • Colectivo Despage (Desaparecidos de la Guerra Civil y el Exilio Republicano), Antonio Cruz González
    • Colectivo Republicano de Euskal Herria-Euskal Herriko Talde Errepublikanoa (CREH-EHTE), Iñaki Valentín, secretario.
    • Colectivo Republicano de Redondela.
    • Comisión por la Memoria de Villagarcia de Arosa, Galicia
    • Comisión pola Recuperación da Memoria Histórica da Coruña.
    • Equipo Nizkor, Gregorio Dionis, presidente.
    • Foro por la Memoria de Aragón, Manuel Gil Prieto, presidente
    • Fundación Luis Bello, José Esteban, presidente.
    • Izquierda Republicana - Isabelo Herreros, secretario general
    • Liga Aragonesa de Mutilados e Inválidos de la Guerra Civil Española 1936/39, Juan Luís Serrano Calleja, presidente
    • Memoria y Libertad, Tomás Montero Aparicio
    • Revista cultural A Taboada, Cuntis e Moraña, Marcos Seixo Pastor, Galicia


    v) El cónsul en San Petersburgo homenajea a los fascistas españoles que sitiaron Leningrado.
    Un gran ramo de rosas conformando los colores de la bandera española, colocada sobre el campo de batalla nevado de Krasny Bor, situado a 38 kilómetros al sureste de San Petersburgo, es el homenaje rendido el pasado día 10 por ex combatientes, familiares y nostálgicos de la dictadura franquista, a los voluntarios de la División Azul que, junto al ejército nazi, fueron derrotados por las tropas soviéticas en febrero de 1943, en el cerco cruel cerco a la población civil de Leningrado, durante la Segunda Guerra Mundial.
    Entre los participantes de este homenaje con motivo del 72 aniversario de la batalla de Krasni Bor, se encontraba, según confirman fuentes de la Fundación División Azul, el vigente cónsul general de España en San Petersburgo, Juan Antonio Martínez-Cattáneo, quien accedió al cargo a mediados de 2014, tras finalizar su destino diplomático en Colombia.
    En los documentos públicos de la propia Fundación División Azul y a través de foros y webs de ideologías similares, se pone de manifiesto la implicación del diplomático español destinado en Rusia Martínez-Cattáneo en la exaltación de la "heroicidad y la memoria de los caídos" de la División Azul, una unidad de voluntarios y veteranos del bando nacional formado por más de 10.000 hombres, que fue creada ad-hoc en 1941 para combatir "el comunismo", bajo las órdenes supremas de Adolf Hitler, quien acababa de lanzar la invasión de la Unión Soviética en la llamada Operación Barbarroja.
    En las informaciones hechas públicas por la Fundación División Azul, se afirma que Juan Antonio Martínez-Cattáneo, cónsul español en San Petersburgo nos indicó que no faltarían unas rosas en los campos de Krasny Bor el 10 de febrero y fiel a su palabra así cumplieron varios españoles. Honor a los "caídos". En la misma web un empresario afirma haber acabado de regresar "de Piter y he conocido personalmente al cónsul, un caballero español de los de toda la vida. Es un orgullo ser español con tan altísima representación en aquellos lares. Viva España".
    No hay que olvidar que el cerco a Leningrado forma parte de los episodios más crueles del nazismo y sus aliados del Eje. Hitler, ante la imposibilidad de tomar la ciudad fuertemente protegida por las tropas soviéticas, ordenó sitiarla con el propósito de liquidar a su población, casi tres millones de habitantes. Su intención no era otra que matar de hambre a los civiles esperando su rendición, y así lo hicieron durante más de 900 días, entre el 8 de septiembre de 1941 y el 27 de enero de 1944.
    Durante esos dos años y medio largos Leningrado se convirtió en una gigantesca jaula, casi un campo de exterminio. El balance de esa cruel acción del ejército nazi -que contó con el apoyo entusiasta de los fascistas españoles de la División Azul-, le costó la vida a más de un millón de civiles, o lo que es igual, a más de la tercera parte de la población de la ciudad sitiada.
    Aún los supervivientes y los descendientes de aquellos 900 días de angustia guardan con horror en su memoria histórica aquel episodio de la II Guerra Mundial, donde sus habitantes, para sobrevivir, no tuvieron más opción que recurrir a la antropofagia y el canibalismo como única vía para poder alimentarse y subsistir.
    Por esa razón resulta inquietante que un miembro del cuerpo diplomático del Estado español, con misión en la legación consular de San Petersburgo, haya tenido la ocurrencia de homenajear a quienes fueron parte activa de aquel acto de crueldad extrema en guerra contra la población civil.
    Padre falangista y divisionario
    El padre del cónsul, Antonio Martínez-Cattáneo, fallecido en 1995, fue teniente de Artillería que se sumaría a la sublevación contra la República en Pamplona, tras viajar desde Inglaterra donde estudiaba. Años más tarde se alistaría como voluntario en la División Azul. Militaba en Falange Española Tradicionalista y de las JONS y llegó a ser Gobernador Civil y Jefe Provincial del Movimiento en León.
    El 2 de mayo de 1966 Antonio Martínez-Cattáneo forma parte de la junta fundacional de "Fuerza Nueva Editorial" junto a Blas Piñar, como presidente; y Angel Ortuño, ex miembro de la División Azul y delegado provincial de sindicatos en Valencia, entre otros.
    [Fuente: Por Joan Cantarero, Público, Madrid, 15feb15]


    Más Información:
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/impu/
    Legislación franquista
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/impu/#legis

    Decreto-Ley (rectificado) de 18 de abril de 1947 sobre
    represión de los delitos de bandidaje y terrorismo
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/dlbandi1.html

    Ley sobre concesión de un crédito para satisfacer los gastos que ocasione
    la publicación de parte de las actuaciones de la Causa General
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/leycredito.html

    Decreto por el que se aumentan los servicios dependientes
    del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y
    del Comunismo en un Juzgado de Comunismo
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decrmason3.html

    Ley sobre reforma de la de Responsabilidades Políticas
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/leyrrp.html

    Ley sobre organización sindical del Movimiento:
    Sindicatos Nacionales de F.E.T. y de las J.O.N.S.
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ley11jul41.html

    Ley para la seguridad del Estado de 29 de marzo de 1941
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/leyseg.html

    Decreto por el que se designa el personal que ha de constituir
    el Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decrmason2.html

    Decreto que desarrolla la Ley de 1 de marzo de 1940 de
    represión de la Masonería y el Comunismo
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decrmason1.html

    Decreto por el que se nombra Caballero de la Orden Imperial del Yugo y
    las Flechas al Excmo. Sr. Paul Schmidt, Ministro Plenipotenciario y Jefe
    del Departamento de Prensa del Ministerio de Asuntos Exteriores del Reich
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decr12mar41.html

    Decreto por el que se nombra Caballero de la Orden Imperial del Yugo y
    las Flechas, otorgándole la Gran Cruz, al Excmo. Sr. Ettore Muti, Minsistro
    Secretario del Partido Fascista de Italia y Cónsul General de las M.V.S.N.
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decrmuti.html

    Decreto por el que se constituye el Tribunal especial a que se
    refiere el artículo 12 de la Ley de 1 de marzo de 1940 sobre
    represión de la Masonería y del Comunismo
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decrmason.html

    Decreto concediendo amplias facultades al Fiscal del Tribunal Supremo para
    proceder a instruir "Causa general" en la que se reúnan las pruebas de los
    hechos delictivos cometidos en todo el territorio nacional durante la dominación roja
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decr26abr40.html

    Orden dictando normas de depuración y comprobación de antecedentes de
    los periodistas liberados desde los primeros momentos del Movimiento Nacional
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ord25abr40.html

    Ley sobre represión de la masonería y del comunismo
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/leymason.html

    Orden dictando normas por la depuración de la conducta
    política y social de los Arquitectos
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ord28feb40.html

    Orden extendiendo a los Colegios Oficiales de Odontólogos las normas
    de depuración dictadas para los Colegios de Médicos
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ord27nov39.html

    Ley sobre bienes de los antiguos sindicatos marxistas y anarquistas
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/leybien.html

    Orden de 6 de octubre de 1939 dando normas para la depuración, por
    los Colegios de Médicos, de la conducta político-social de sus miembros
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/franco8.html

    Decretos nombrando Caballeros de la Orden Imperial de Fechas Rojas,
    otorgándoles la Gran Cruz, al Excmo. Sr. Arturo Bochini, Jefe de la
    Policía italiana y al Excmo. Sr. Heinrich Himmler, Reichfürer S.S.
    y Jefe de la Policía alemana
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decr19may39.html

    Ley sobre invalidez de las actuaciones practicadas por funcionarios
    extraños al Movimiento Nacional
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ley8may39.html

    Normas para el paso de las fronteras españolas y modelo de solicitud
    de autorización para entrar en España
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/franco9.html

    Orden sobre depuración de funcionarios y creación de la Comisión
    Superior Dictaminadora de los expedientes de depuración
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ord23mar39.html

    Ley fijando normas para la depuración de funcionarios públicos
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ley14feb39.html

    Ley de Responsabilidades Políticas
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/respol.html

    Orden constituyendo una comisión encargada de demostrar la ilegitimidad
    de los poderes actuantes en la República Española en 18 de julio de 1936
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/orden21dic38.html

    Decreto concediendo el título de Gran Caballero y el Collar de la
    "Gran Orden Imperial de las Flechas Rojas" al Führer Canciller de
    la Nación Alemana, Adolfo Hitler
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/decr04oct37.html

    Orden dictando normas sobre depuración de Bibliotecas públicas
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/ord17sep37.html

    Documentos relativos a la ONU y la cuestión de España
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/impu/#onu

    Documentos relativos al Caso KL Mauthausen, Sachsenhausen y Flossenbürg
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/klm/

    Documentos relativos a la cuestión monárquica
    http://www.derechos.org/nizkor/espana/impu/#monarquia

    Documentos en audio de Radio Nizkor sobre impunidad en España
    http://www.radionizkor.org/impuesp/
    En el aniversario de la "Ley de la Memoria": la impostura e inmoralidad
    de una proposición no de ley del Grupo Parlamentario Socialista
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (22m 31ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#impostura
    Conferencia de prensa del Equipo Nizkor, AfarIIREP y AGE en Madrid
    sobre la situación de las víctimas del franquismo
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (39m 32ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#prensa
    A dos años de promulgada la denominada "Ley de la Memoria"
    ésta se revela como ineficaz y manifiestamente ilegal
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (06m 45ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#lmh1
    Más de 70 asociaciones consideran aberrante la llamada
    "Ley de la Memoria" aprobada por el Congreso.
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (05m 30ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#aberrante
    Programa especial de Radio Sí (Bruselas) sobre la cuestión
    de las víctimas del franquismo
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (02h 13m 44ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#radiosi
    El modelo de impunidad español y las víctimas del franquismo
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (58m 51ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#gdd
    Comentario sobre el conflicto entre las familias de las víctimas
    de Mauthausen y el Gobierno español.
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (09m 15ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#cueto
    Varias organizaciones lanzan el documento: "La cuestión de la
    impunidad en España y los crímenes franquistas"
    de Mauthausen y el Gobierno español.
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (11m 56ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#es1
    Presentan el "Plan de Acción" en contra de la impunidad en España.
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (06m 55ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#es2
    Several organizations propose a "Plan of Action" on behalf
    of the victims of the Francoist repression.
    [Radio Nizkor Audio File] (06m 44ss) [ENG]
    http://www.radionizkor.org/impuesp/#espeng2


    Impunidad en España y crímenes franquistas

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