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Información Derecho indígena
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08ene12 - xii)
msjes.
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Bol - El diario "El País" (Tarija)
encabeza un ataque racista en contra de los guaraníes de la APG Itika
Guasu, con el apoyo de la estatal YPFB Transporte SA y del Ministerio de
Hidrocarburos de Bolivia.
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i) YPFB Transportes SA y la mala fe.
Bol - YPFB
Transportes y la mala fe. (Asamblea del Pueblo Guaraní
Itika
Guasu - APG IG). Radio Nizkor,
08ene12. |
La Asamblea del Pueblo
Guaraní
Itika Guasu (APG IG) ha emitido un comunicado desmintiendo el
cálculo artificioso y falso en el que se basan ciertos medios
periodísticos de Tarija para decir que la APG IG ha bloqueado
las
negociaciones con la empresa YPFB Transporte SA al haber
reclamado
la cantidad de 20 millones de dólares.
En dicho comunicado la APG IG expone lo siguiente:
1) El Diario El País [de Tarija] ha publicado el 06 de enero
de
2012 información según la cual han tenido acceso a un documento
privado presentado por la APG IG a YPFB Transporte SA (ex Transredes
SA), el que presuntamente corresponde a un borrador enviado a
la
apoderada de YPFBT SA (ex Transredes SA) el 21 de marzo de
2011,
Señora Sintia Yáñez.
En relación con este documento, YPFBT SA (ex Transredes SA)
nunca
dio respuesta alguna, argumentando verbalmente que el
Ministerio de
Hidrocarburos había ordenado que no se negociara con la APG IG,
versión que se corresponde con la notificación realizada a la APG IG
por Petrobras Bolivia SA mediante carta [de 20may11] a esta
organización indígena. Por lo tanto, usar para información
pública
un documento que es un borrador y que no está en negociación es
una
prueba más de la manifiesta mala fe de la sucesora legal de
Transredes SA y del Diario "El País".
En la propuesta aprobada por la APG IG y que tiene el
carácter de
"borrador de acuerdo" - .. o documento de trabajo, tal cual se
conoce en la práctica legal y en la práctica de la industria
petrolera...-, se proponen tres precios:
- Uno para las hectáreas de ocupación que están definidas
exactamente y que se refiere a los campamentos provisionales
o de
trabajo e instalaciones fijas, y respecto de los cuales se
propone
un precio de 2.500 dólares por año y por hectárea.
- Los otros dos precios se refieren a las servidumbres de
ductos
y a las servidumbres de vías. En este sentido, y respecto a
lo que
corresponde al precio por kilómetro o fracción por año por
cada
servidumbre de ductos, así como el relativo a las
servidumbres de
vías, no se propuso precio alguno, por lo que se dejó abierto
para
la negociación.
Estos dos precios, pendientes de definición, son los precios
que
afectan al oleoducto, [Expansión Gasoducto Villa Montes Tarija
Fase
II]...
En este caso, la actuación de mala fe se da al manipular la
información de un documento privado de trabajo que nunca fue
discutido, haciendo un cálculo deliberadamente artificioso que
no
tiene sustento técnico alguno y que YPFBT SA (ex Transredes SA)
ha
preferido discutir con la prensa y no con la APG IG.
2) En cuanto a la compensación de la Fase I..., se trata de
un
acuerdo firmado por Transredes SA e incumplido y cuyo texto se
transcribe en el borrador de acuerdo presentado. Por lo tanto,
no es
una reclamación nueva, sino la confirmación del incumplimiento
por
parte de la empresa, al que YPFBT SA (ex Transredes SA) debe
hacer
frente...
Lo mismo ocurre con la Fase II, respecto de la cual
Transredes SA
(actual YPFBT SA) no consultó nunca con la APG IG y nunca se
llegaron a firmar contratos de servidumbre por la utilización
del
territorio propiedad de la APG IG...
3) Es del todo falsa la afirmación del actual presidente de
YPFBT
SA (ex Transredes SA), Luis Vincenti, y del consejero de YPFB,
Luis
Lafuente, efectuadas a diarios de la ciudad de Tarija en el
sentido
de que la negociación está bloqueada a causa de una reclamación
económica por parte de la APG IG de 20 millones de dólares..."
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ii) "Los detractores de la APG IG deben informarse mejor antes
de
pecar de ignorantes".
Bol - "Los
detractores de la APG IG deben informarse mejor antes de pecar
de
ignorantes". (Por Henrry Guardia). Radio Nizkor,
08ene12. |
"Producto de la campaña de
claro
contenido racista que de manera oficiosa se ha empeñado en
difundir
el Periódico El País de la ciudad de Tarija desde noviembre de
2011,
es que vemos azorados como se permiten opiniones de "expertos"
y
"especialistas" o de sectores "representativos" de la sociedad
civil
a pesar de que sus argumentos tengan como base la mentira, la
falsedad o simplemente la ignorancia, entendiendo ésta como el
desconocimiento de la ley.
Con un sugestivo titular y en páginas centrales El País de
Tarija, en su edición del 7 de Enero de 2012, con absoluta
falta de
ética deontológica a la que obliga al ejercicio del periodismo,
publica el absurdo cuestionamiento que hace Larrazabal (dirigente
máximo del autotransporte de Tarija)...
De manera cándida Larrazabal se pregunta "¿Tiene derecho
la
APG IG o cualquier empresa, ciudadano u organismo de cobrar
"servidumbres" al Estado boliviano para que éste pueda
construir
carreteras, gasoductos, oleoductos u obras de interés general?
Ese
el debate abierto tras conocerse la intención de la APG
IG/Nizkor de
cobrar tres tipos de servidumbre a YPFB por obras del gasoducto
GVT."
Y para información de este señor y al parecer para
información de
los "periodistas" de El País, la respuesta está en la Ley de
Hidrocarburos 3058 del 17 de mayo de 2005. El Capítulo IV de
esa Ley
precisamente versa sobre las "servidumbres", por lo mismo a la
pregunta del Sr. Larrazabal la respuesta está en la Ley no en
la APG
IG.
De todo esto, lo que sí está claro es que hay una campaña
contra
la APG Itika Guasu y lastimosamente, su origen es racista. Pude
constatar que existen periodistas, como uno que visitó la Sede de la
APG IG, hace unos días, que no soportan al indio y asumen que
por
ser "periodistas" les debemos pleitesía. Por lo menos ese fue
el
trato que recibimos ese día, cuando el citado señor preguntó
por mi
nombre con una actitud prepotente y airada.
Pues bien, guste o no, la APG IG tiene el respaldo jurídico
del
Máximo Tribunal de Bolivia...
[Q]uienes... afirmen que la APG IG es la obstaculizadora al
desarrollo energético de Tarija, simplemente quieren ocultar
detrás
de ello su abierta disconformidad con el Estado de Derecho y en
definitiva están en una franca actitud de desacato, ergo, de
comisión de delitos penales que algún momento tendrán que ser
dirimidos en sede judicial.
Seguramente los jueces no tendrán tantas dudas como ellos de
la
obligación de los funcionarios públicos de ejecutar las
sentencias y
cumplir con la ley. Aunque ésta "sólo" afecte a los indígenas
guaraníes de la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu."
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00:06:06 |
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iii) Puntualización a varios artículos de prensa y a Andrés
Soliz
Rada.
Bol -
Puntualización a varios artículos de prensa y a Andrés Soliz
Rada. (Equipo Nizkor, Asamblea del Pueblo Guaraní Itika
Guasu -
APG IG). Radio Nizkor,
05ene12. |
Ante la publicación de
varios
artículos periodísticos aparecidos en medios de Tarija, y más
recientemente algunos publicados en Bolpress firmados por
Andrés
Soliz Rada, que hacen mención a la APG IG y al Equipo Nizkor
nos
vemos en la obligación de aclarar:
Equipo Nizkor, Radio Nizkor y Derechos Human Rights nunca
han
recibido financiación de la Fundación Rockefeller, ni de George
Soros y son organizaciones con personalidad jurídica diferente a
"Human Rights", que es a la que acusa, valga el término, de
recibir
esa financiación...
- Equipo Nizkor es una organización internacional de
derechos
humanos cuya finalidad está explicada en detalle en la página
de
presentación del sitio web documental, que es además un sitio
de
referencia en lengua española al encontrarse entre los 10
primeros
del mundo en la especialidad de "derechos humanos". Es el
primero en
organizaciones civiles no financiadas por gobiernos. Radio
Nizkor
fue la primera radio online especializada en derechos humanos
creada
en el mundo... Nunca hemos recibido financiación de gobiernos,
ni de
empresas de ningún tipo...
- Es falsa la afirmación de que la APG IG busca "vetar la
ampliación del gasoducto Villamontes Tarija (GTV)" y, a pesar
de que
este derecho de veto está reconocido por el mismo Tribunal
Constitucional de Boliva en la Sentencia Constitucional
2003/2010-R
de 25 de octubre de 2010, notificada a la APG IG el 12 de abril
de
2011, la APG IG no ha hecho uso del mismo...
- Con relación al acuerdo firmado con Repsol Bolivia SA y la
APG
IG el 29 de diciembre de 2010, cabe mencionar que el mismo es
un
acuerdo entre una organización indígena y las empresas
operadoras de
la explotación del Pozo Margarita que se encuentra dentro de la
TCO
Itika Guasu, la cual es propiedad de la APG IG...
- [E]l Estado no participó de la negociación porque el
Ministro
de Hidrocarburos de entonces y actual presidente de YPFB SA,
Carlos
Villegas, informó por carta a la APG IG que no participarían en
la
negociación porque era una "cuestión entre privados", o sea,
que es
el Gobierno el que renuncia a estar presente en esta
negociación
dejando en indefensión a la APG IG en violación flagrante del
artículo 2 y 6 del "Convenio 169 de la OIT sobre pueblos
indígenas y
tribales en países independientes", que es parte del derecho
interno
de Bolivia desde el 11 de julio de 1991 mediante ley 1257.
- Dicho acuerdo cumple con las reivindicaciones históricas
de la
APG IG que no son otras que las que reclaman las organizaciones
indígenas bolivianas y de otros países latinoamericanos, que
formalmente están recogidas por la legislación interna
boliviana e
internacional...
- Es manifiestamente falsa la acusación de "fundamentalismo"
con
relación a la actuación de la APG IG, dado que sus actuaciones
han
estado y están enmarcadas en el uso de una estrategia jurídica
acorde con el estado de derecho, en defensa de derechos
legítimos y
legales.
Es evidente que existe una campaña en contra de la APG IG
que
tiene su raíz en un análisis racista... De esta interpretación
participa, entre otros, Andrés Soliz Rada con un discurso que
deja
de lado la legalidad, los derechos indígenas y la propia
Constitución Política del Estado y que está emponzoñado
ideológicamente por el racismo...
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00:12:25 |
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iv) La APG IG denuncia una campaña de hostigamiento en contra
de su
derecho a consulta.
Bol - La
APG IG denuncia una campaña de hostigamiento en contra de su
derecho
a consulta. (Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu - APG
IG).
Radio Nizkor, 17nov11. |
Ante diversas noticias
publicadas
en Tarija, especialmente en el periódico "Nuevo Sur", que hacen
relación a una campaña que tiene la intención de conminar a la
Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu a "autorizar" la
licencia
ambiental del gasoducto Expansión Gasoducto Villa Montes
Tarija
Fase II, la APG IG se ve en la obligación de aclarar una
serie
extremos, entre ellos:
- Dicha campaña está incitada por el Ministerio de
Hidrocarburos
y Medio Ambiente y por la empresa YPFB Transportes S.A. (ex
Transredes S.A.) con la intención de intimidar y coercionar
socialmente a nuestra organización con una interpretación que
sólo
podemos calificar de racista y que consiste en considerar que
son
los indígenas los que no permiten la instalación del
gasoducto.
- Esta campaña ignora que ha sido el propio Ministerio de
Hidrocarburos (MHE) el que ha ordenado a las empresas
Petrobras SA
y Transredes no negociar con nuestra organización, extremos
estos
documentados legalmente.
- La empresa YPFB Transportes SA es la continuación
jurídica de
Transredes SA y, por lo tanto, responsable jurídico de los
pasivos
ambientales y de lo que podríamos llamar los pasivos
derivados de
la violación de derechos indígenas. Este aspecto
incuestionable
jurídicamente es negado de hecho por los apoderados de YPFB
Transportes SA que continúan actuando con las mismas
prácticas
contrarias a los derechos de los pueblos indígenas con que
actuara
Transredes S.A. en la Fase I y II del gasoducto.
- El 9 de noviembre de 2011 se mantuvo una reunión a
solicitud
del MHE representado por el letrado Felipe Calisaya y el
responsable de medio ambiente Mauricio Tejeda. En esta
reunión el
letrado Felipe Calisaya no aportó avance alguno en la
posición de
las empresas Petrobras S.A. y YPFB Transporte S.A. (ex
Transredes
S.A.) y expuso la oposición de YPFB Transportes S.A. y del
propio
MHE a cumplir con la Sentencia Constitucional 2003/2010-R, a
la
que consideran "no aplicable" según los abogados de YPFB
Transportes S.A. Estas explicaciones no fueron avaladas por
documento alguno.
- La APG IG ha mantenido reuniones claramente infructuosas
con
el MHE el 26 de abril de 2011, el 10 de Junio de 2011 y el 21
de
julio de 2011 de la mayoría de las cuales existen actas
notariales
que demuestran que han actuado violando el principio de buena
fe,
el cual es condición necesaria para el derecho de consulta
que nos
asiste, tanto desde el punto de vista del derecho
internacional
sobre derechos indígenas, como desde el punto de vista del
derecho
interno boliviano, incluido el propio derecho constitucional,
ratificado, en nuestro caso, por la sentencia constitucional
2003/2010-R
- En cuanto a YPFB Transportes S.A., intentamos desbloquear
la
negociación necesaria entre nuestra organización y dicha
empresa
y, de hecho, se firmó un acta el día 25 de febrero de 2011
que
fijaba la agenda de negociación. No obstante, esta empresa no
cumplió ninguno de los puntos acordados en tal Acta e incluso
rechazó, sin tomarla en consideración, una propuesta de
convenio
preparada por nuestra organización
- Afirmar que la APG IG es la responsable de la demora en
el
proyecto del gasoducto es una falsedad que no se sostiene
fácticamente y que tiene la intención de intimidarnos y
humillarnos una vez más. En ninguna de las Fases del
gasoducto
hemos tenido información sobre el proyecto técnico del
gasoducto...
- Tanto el derecho de consulta como el derecho propietario
sobre
la TCO Itika Guasu son irrenunciables por parte de la APG IG,
no
sólo porque es un derecho que nos asiste, sino porque si lo
hiciéramos estaríamos cometiendo un delito...
Por todo lo expuesto, la APG IG hace un llamado a las
organizaciones sociales del Departamento de Tarija, para que se
dirijan a las autoridades competentes y los responsables de la
empresa YPFB Transporte SA a efectos de que cumplan con la
legalidad
y actúen de buena fe. |
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00:09:01 |
ESL/SPA |
v) YPFB
Transporte SA y la mala fe.
Comunicado de prensa desmintiendo el cálculo artificioso y
falso de
los 20 millones de dólares
1) El Diario El País [de Tarija] ha publicado el 06 de
enero de
2012 información según la cual han tenido acceso a un documento
privado
presentado por la APG IG a YPFB Transporte SA (ex Transredes SA), el
que
presuntamente corresponde a un borrador enviado a la apoderada de
YPFBT SA
(ex Transredes SA) el 21 de marzo de 2011, Señora Sintia Yáñez.
En relación con este documento, YPFBT SA (ex Transredes SA) nunca
dio
respuesta alguna, argumentando verbalmente que el Ministerio de
Hidrocarburos había ordenado que no se negociara con la APG IG,
versión
que se corresponde con la notificación realizada a la APG IG por
Petrobras
Bolivia SA mediante carta [de 20may11] a esta organización indígena.
Por
lo tanto, usar para información pública un documento que es un
borrador y
que no está en negociación es una prueba más de la manifiesta mala fe
de
la sucesora legal de Transredes SA y del Diario "El País".
En la propuesta aprobada por la APG IG y que tiene el carácter de
"borrador de acuerdo" -que es por tanto sólo un borrador de uso
interno
para una negociación o documento de trabajo tal cual se conoce en la
práctica legal y en la práctica de la industria petrolera, estando
pues
abierto a negociación de buena fe-, se proponen tres precios:
- Uno para las hectáreas de ocupación que están definidas
exactamente
y que se refiere a los campamentos provisionales o de trabajo e
instalaciones fijas, y respecto de los cuales se propone un precio
de
2.500 dólares por año y por hectárea.
- Los otros dos precios se refieren a las servidumbres de ductos
y a
las servidumbres de vías. En este sentido, y respecto a lo que
corresponde al precio por kilómetro o fracción por año por cada
servidumbre de ductos, así como el relativo a las servidumbres de
vías,
no se propuso precio alguno, por lo que se dejó abierto para la
negociación.
Estos dos precios, pendientes de definición, son los precios
que
afectan al oleoducto, [Expansión Gasoducto Villa Montes Tarija Fase
II]
dado que hasta donde se nos informó verbalmente -y suponiendo que se
nos
dijera la verdad- sobre las condiciones técnicas del proyecto, no hay
ninguna instalación fija prevista por YPFBT SA (ex Transredes SA) que
tenga implantación dentro de la TCO Itika Guasu.
En este caso, la actuación de mala fe se da al manipular la
información de un documento privado de trabajo que nunca fue
discutido,
haciendo un cálculo deliberadamente artificioso que no tiene sustento
técnico alguno y que YPFBT SA (ex Transredes SA) ha preferido discutir con
la prensa y no con la APG IG.
2) En cuanto a la compensación de la Fase I a que hace
referencia el mismo artículo, se trata de un acuerdo firmado por
Transredes SA e incumplido y cuyo texto se transcribe en el borrador
de
acuerdo presentado. Por lo tanto, no es una reclamación nueva, sino
la
confirmación del incumplimiento por parte de la empresa al que YPFBT
SA
(ex Transredes SA) debe hacer frente por ser el continuador legal de
las
actividades de Transredes SA y al hecho evidente de que la licencia
otorgada en aquel momento está viciada de nulidad.
Lo mismo ocurre con la Fase II [conocida como 1b], respecto de la
cual
Transredes SA (actual YPFBT SA) no consultó nunca con la APG IG y
nunca se
llegaron a firmar contratos de servidumbre por la utilización del
territorio propiedad de la APG IG, ni se produjo compensación alguna,
por
lo que YPFBT SA (ex Transredes SA) como continuadora legal de
Transredes
SA debe hacer frente a las cantidades adeudadas y al hecho evidente
de que
la licencia otorgada en aquel momento está viciada de nulidad.
3) Es del todo falsa la afirmación del
actual
presidente de YPFBT SA (ex Transredes SA), Luis Vincenti, y del
consejero
de YPFB, Luis Lafuente, efectuadas a diarios de la ciudad de Tarija
en
el sentido de que la negociación está bloqueada a causa de una
reclamación
económica por parte de la APG IG de 20 millones de dólares. Esta
declaración, deliberadamente falsa, es parte de la campaña denunciada
por
la APG IG en su
comunicado
de 15 y 22 de noviembre de 2011, donde se detalla cuáles son la
razones del bloqueo, siendo además falso que la APG IG en su
propuesta de
negociación incluya la cifra mencionada.
4) Los documentos
"internacionales" que "El País"
menciona son normales y los adecuados al derecho indígena, la defensa
de
los derechos humanos, la práctica medioambiental y la legalidad
interna de
Bolivia y son los siguientes:
Normas internacionales, tratados, convenciones y acuerdos:
- i) Declaración Universal de Derechos Humanos;
- ii) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
- iii) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales;
- iv) Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer;
- v) Convenio (N. 169) de la Organización Internacional del
Trabajo
sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes;
- vi) Las Normas Internacionales del Trabajo (NIT) de la OIT;
- vii) La Iniciativa de Transparencia en Industrias Extractivas
(conocida por sus siglas en inglés "EITI");
- viii) El Pacto Mundial de las Naciones Unidas (Pacto Global);
- ix) Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas
Multinacionales;
- x) El Convenio sobre la Diversidad Biológica;
- xi) Las Directrices de la Asociación Internacional de
Productores de
Gas y Petróleo, incluido el Informe No. 2.74/265 de Agosto de 1997,
"Principles for impact assessment - The environmental and social
dimension";
- xii) El Pacto de San José de Costa Rica (Convención Americana
sobre
Derechos Humanos)
Normas y reglamentaciones nacionales
- i) Constitución Política del Estado;
- ii) Ley de Hidrocarburos de 17 de mayo de 2005;
- iii) Ley del medio Ambiente de 27 de abril de 1992;
- iv) Ley Agraria 3545 de "Reconducción Comunitaria de la Reforma
Agraria", modificatoria de la Ley 1715;
- v) Reglamentación de la Ley No. 1333 del Medio Ambiente,
Reglamento
de Prevención y Control Ambiental;
- vi) Reglamentación de la Ley No. 1333 del Medio Ambiente,
Reglamento
General de Gestión Ambiental;
- vii) Reglamentación de la Ley No. 1333 del Medio Ambiente,
Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica;
- viii) Decreto Supremo N° 29033 de 16 de febrero de 2007, por el
que
se promulga el "Reglamento de Consulta y Participación para
Actividades
Hidrocarburíferas".;
- ix) Decreto Supremo N° 29103 de 23 de abril de 2007, que el que
se
promulga el "Reglamento de Monitoreo Socio - Ambiental en
Actividades
Hidrocarburíferas dentro el Territorio de Los Pueblos Indígenas
Originarios y Comunidades Campesinas".
Este listado de normas fue incluido en el borrador antes de que el
Tribunal Constitucional notificara a la APG IG la
sentencia
2003/2010-R, hecho que sucedió el 12 de abril de 2011. Esta
notificación modifica el carácter de la negociación con YPFBT SA (ex
Transredes SA) y las obligaciones legales a las que viene obligada al
tener que ejecutar el mandato previsto en la Sentencia mencionada, por lo
que toda la propuesta de negociación, en caso de producirse, deberá
ser
adecuada a la sentencia constitucional.
Entre Ríos, 06 de enero de 2012
Asamblea del Pueblo Guaraní
Itika
Guasu
vi) Algunas
puntualizaciones a varios artículos de prensa y a Andrés Soliz
Rada.
Ante la publicación de varios artículos periodísticos aparecidos
en
medios de Tarija, y más recientemente algunos publicados en Bolpress
firmados por
Andrés
Soliz
Rada, que hacen mención a la APG IG y al Equipo Nizkor nos vemos
en la
obligación de aclarar:
1)
Equipo Nizkor, Radio Nizkor y
Derechos Human Rights
nunca
han recibido financiación de la Fundación Rockefeller, ni de George
Soros
y son organizaciones con personalidad jurídica diferente a "Human
Rights",
que es a la que acusa, valga el término, de recibir esa financiación.
Por
otra parte, es conocido y figura no sólo en nuestros sitios
documentales,
sino incluso en Wilkipedia, que Equipo Nizkor y Derechos Humans
Rights son
organizaciones hermanas desde su fundación, hecho que nunca ha sido
ocultado.
2) Para fundamentar, Andrés Soliz Rada, la cuestión de la
financiación
utiliza la página
http://www.derechos.net/links/res/funds.html
, que es parte de un dominio [
derechos.net] que está dedicado a
información especializada
para
organizaciones de derechos humanos e instituciones académicas y no
tiene
absolutamente nada que ver con la organización interna y/o la
financiación
de Equipo Nizkor o Derechos Humans Rights. Lo que en dicha página
figura
es una relación de fundaciones norteamericanas que financian
programas de
derechos humanos, especialmente a organizaciones de esa nacionalidad,
de
lo que no se puede deducir en forma alguna que son financiadores de
nuestra actividad.
3) Equipo Nizkor es una organización internacional de derechos
humanos
con actividad legalmente reconocida en España y Bélgica. Su finalidad
está
explicada en detalle en la
página de
presentación del sitio web documental, que es además un sitio de
referencia en lengua española al encontrarse entre los 10 primeros
del
mundo en la especialidad de "derechos humanos". Es el primero en
organizaciones civiles no financiadas por gobiernos. Radio Nizkor fue
la
primera radio online especializada en derechos humanos creada en el
mundo.
Derechos Human Rights es una
organización con
sede en
California, Estados Unidos. Nunca hemos recibido financiación de
gobiernos, ni de empresas de ningún tipo.
4) El acuerdo que mantenemos con la APG IG es perfectamente legal
y
adecuado a nuestra finalidad. Hemos asesorado a la APG IG y seguimos
haciéndolo en el campo específico del derecho indígena, derecho penal
internacional y libertades civiles y, como toda organización de derechos
humanos, nuestra actuación está protegida entre otras normas por la
"Declaración sobre
el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las
instituciones de
promover y proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales
universalmente reconocidos" que fue aprobada por la Asamblea
General
de la ONU el 08 de marzo de 1999.
5) Es falsa la afirmación de que la APG IG busca "vetar la
ampliación
del gasoducto Villamontes Tarija (GTV)" y, a pesar de que este
derecho de
veto está reconocido por el mismo Tribunal Constitucional de Boliva
en la
Sentencia
Constitucional 2003/2010-R de 25 de octubre de 2010, notificada a
la
APG IG el 12 de abril de 2011, la APG IG no ha hecho uso del mismo.
6) La APG IG nunca se opuso al gasoducto Villamontes Tarija. Lo
que
reclama y que se encuentra en la causa del bloqueo de las
negociaciones
son reivindicaciones reconocidas por la Constitución Política del
Estado
boliviano, por la legislación interna de Bolivia, y, recientemente,
por el
Tribunal Constitucional en la
ejemplar
sentencia mencionada con relación a los derechos indígenas. Se trata
básicamente de los siguientes derechos: el reconocimiento de su
derecho
propietario sobre la TCO Itika Guasu, el reconocimiento jurídico como
organización indígena por parte de YPFBT SA (continuadora jurídica de
Transredes SA), el derecho a consulta -lo que conlleva necesariamente
una
negociación directa con YPFBT SA y no con el Ministerio de
Hidrocarburos-,
el reconocimiento de los pasivos pendientes y no cubiertos por la
actuación de Tranredes SA que están debidamente documentados y, por
supuesto, la compensación económica que corresponda.
7) Es del todo falsa la afirmación del actual presidente de YPFBT
SA,
Luis Vincenti, y del consejero de YPFB,
Luis
Lafuente, efectuadas a diarios de la ciudad de Tarija en el sentido de
que la negociación está bloqueada a causa de una reclamación
económica por
parte de la APG IG de 20 millones de dólares. Esta declaración,
deliberadamente falsa, es parte de la campaña denunciada por la APG
IG en
su
comunicado
de 15 y 22 de noviembre de 2011, donde se detalla cuáles son la
razones del bloqueo, siendo además falso que la APG IG en su
propuesta de
negociación incluya la cifra mencionada.
8) Con relación al acuerdo firmado con Repsol Bolivia SA y la APG
IG el
29 de diciembre de 2010, cabe mencionar que el mismo es un acuerdo
entre
una organización indígena y las empresas operadoras de la explotación
del
Pozo Margarita que se encuentra dentro de la TCO Itika Guasu, la cual
es
propiedad de la APG IG. Este derecho propietario está reconocido por
el
INRA y ratificado por el
Tribunal
Constitucional. Se trata por tanto de un "acuerdo privado" que, para
más seguridad jurídica, se registró en su momento ante notario de fe
pública, no existiendo obligación legal alguna que obligue a su
publicación, de la misma forma que no existe esta obligación para una
contrato de servidumbre u otros tipos de contratos privados.
9) El señor Andrés Soliz Rada puede solicitar a la APG IG en su
Sede
Social de la ciudad de Entre Ríos, provincia de O´Connor, una
explicación
formal y de fondo de los términos del acuerdo, cosa que no ha hecho
en
ningún momento, a pesar de que conoce a dirigentes de esa
organización
ante los cuales se comprometió, en 2006, a prestar su apoyo en el
conflicto que mantenían con Repsol SA. De este modo seguramente le
explicarán que el Estado no participó de la negociación porque el
Ministro
de Hidrocarburos de entonces y actual presidente de YPFB SA, Carlos
Villegas, informó por carta a la APG IG que no participarían en la
negociación porque era una "cuestión entre privados", o sea, que es
el
Gobierno el que renuncia a estar presente en esta negociación dejando
en
indefensión a la APG IG en violación flagrante del artículo 2 y 6 del
"Convenio
169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países
independientes", que es parte del derecho interno de Bolivia
desde el
11 de julio de 1991 mediante
ley
1257.
10) Dicho acuerdo cumple con las reivindicaciones históricas de la
APG
IG que no son otras que las que reclaman las organizaciones indígenas
bolivianas y de otros países latinoamericanos, que formalmente están
recogidas por la legislación interna boliviana e internacional y que
están
detalladas específicamente por Tribunal Constitucional de Bolivia en
la
Sentencia
Constitucional 2003/2010-R de 25 de octubre de 2010, notificada a la
APG IG el 12 de abril de 2011, a lo que se agrega una serie de
acuerdos
sobre daños ambientales desde 1997 al 29 de diciembre de 2010.
11) Como consecuencia del mencionado acuerdo, se constituyó el
"Fondo
de Inversión Itika Guasu", tal cual lo informó la APG IG en un
comunicado de
15 de marzo de 2011 que fue publicado en nuestro sitio documental
y
distribuido en
español,
francés e
inglés
mediante nuestras listas de información el 7 de abril de 2011. Este
comunicado reúne todas las formalidades necesarias desde el punto de
vista
de las prácticas financieras, teniendo en cuenta que es un fondo
privado,
propiedad exclusiva de la APG IG, y que por lo tanto, sólo tiene que
responder internamente y de acuerdo a sus usos y costumbres. Este
comunicado fue "desconocido" por la prensa boliviana y especialmente
por
la de Tarija. Sin embargo, ahora se hace mención como si hubiera sido
un
"secreto" ocultado por la APG IG.
En el
comunicado
queda expresamente aclarado que el Fondo es propiedad de la APG IG y
que
su administración y disposición depende del "Consejo de Sabios",
institución tradicional de usos y costumbres guaraníes. Por lo tanto,
es
totalmente falsa la afirmación de que Repsol SA lo administra y le
"paga"
mensualmente a la organización indígena.
12) El Fondo está asesorado y gestionado por el Banco do Brasil,
institución bancaria y financiera propiedad del Gobierno do Brasil y
que
fue seleccionado por ser parte del Mercosur y por reunir las máximas
calificaciones de garantías financieras, mientras que no existía
ningún
banco boliviano que reuniera estos requisitos, no existiendo, además,
ningún Fondo de Inversión en Bolivia similar al fundado por la APG IG. Por
lo tanto, es falso que dicho fondo no cumpla con la legalidad.
13) Es manifiestamente falsa la acusación de "fundamentalismo" con
relación a la actuación de la APG IG, dado que sus actuaciones han estado
y están enmarcadas en el uso de una estrategia jurídica acorde con el
estado de derecho, en defensa de derechos legítimos y legales, como ha
confirmado
expresamente el Tribunal Constitucional del Estado Plurinacional, y,
en sus usos y costumbres.
14) Es evidente que existe una campaña en contra de la APG IG que
tiene
su raíz en un análisis racista por el cual su actuación es
"sospechosa" de
fines no declarados y que ponen en peligro al estado plurinacional y
que
el asesoramiento que recibe tiene una finalidad ilegal que es
"desmembrar"
Bolivia.
15) De esta interpretación participa, entre otros, Andrés Soliz
Rada
con un discurso que deja de lado la legalidad, los derechos indígenas
y la
propia Constitución Política del Estado y que está emponzoñado
ideológicamente por el racismo.
Este discurso niega toda posibilidad de actuación racional a las
comunidades indígenas que, como en este caso, son pre-existentes a la
propia existencia del estado Boliviano, negando a los indígenas su
condición de ciudadanos e incluso de poseedores de derechos y, por lo
tanto, les condena a la miseria, a no tener organizaciones legítimas que
por sí mismas ejerzan su representación y a mantener su estado de
esclavismo y servidumbre como el reflejado por la Comisión
Interamericana
de Derechos Humanos, en el
Informe
sobre las "Comunidades Cautivas: Situación del Pueblo Indígena Guaraní
y
formas contemporáneas de esclavitud en el Chaco de Bolivia" de 24
de
diciembre de 2009.
Entre Ríos, Charleroi y Madrid, 27 de diciembre de 2011
Asamblea
del Pueblo Guaraní Itika Guasu y Equipo Nizkor
vii) La
APG IG
denuncia campaña de hostigamiento en contra de su derecho a
consulta.
COMUNICADO DE PRENSA
Ante diversas noticias publicadas en Tarija, especialmente en el
periódico "Nuevo Sur", que hacen relación a una campaña que tiene la
intención de conminar a la Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu a
"autorizar" la licencia ambiental del gasoducto
Expansión
Gasoducto
Villa Montes Tarija Fase II, nos vemos en la obligación de
aclarar los
siguientes extremos:
1) Dicha campaña está incitada por el Ministerio de Hidrocarburos
y
Medio Ambiente y por la empresa YPFB Transportes S.A. (ex Transredes
SA)
con la intención de intimidar y coercionar socialmente a nuestra
organización con una interpretación que sólo podemos calificar de
racista
y que consiste en considerar que son los indígenas los que no
permiten la
instalación del gasoducto.
2) Esta campaña ignora que ha sido el propio Ministerio de
Hidrocarburos (MHE) el que ha ordenado a las empresas Petrobras SA y
Transredes no negociar con nuestra organización, extremos estos
documentados legalmente.
3) La empresa YPFB Transportes SA es la continuación jurídica de
Transredes SA y, por lo tanto, responsable jurídico de los pasivos
ambientales y de lo que podríamos llamar los pasivos derivados de la
violación de derechos indígenas. Este aspecto incuestionable
jurídicamente
es negado de hecho por los apoderados de YPFB Transportes SA que
continúan
actuando con las mismas prácticas contrarias a los derechos de los
pueblos
indígenas con que actuara Transredes S.A. en la Fase I y II del
gasoducto.
4) El 9 de noviembre de 2011 se mantuvo una reunión a solicitud
del MHE
representado por el letrado Felipe Calisaya y el responsable de medio
ambiente Mauricio Tejeda. En esta reunión el letrado Felipe Calisaya no
aportó avance alguno en la posición de las empresas Petrobras S.A. y
YPFB
Transporte S.A. (ex Transredes S.A.) a las que dice representar sin
que
conste el apoderamiento de las mismas y expuso la oposición de YPFB
Transportes S.A. y del propio MHE a cumplir con la Sentencia
Constitucional 2003/2010-R a la que consideran "no aplicable" según
los
abogados de YPFB Transportes S.A. Estas explicaciones no fueron
avaladas
por documento alguno.
5) La APG IG ha mantenido reuniones claramente infructuosas con el
MHE
el
26 de abril de 2011, el 10 de Junio de 2011 y el 21 de julio de
2011 de la mayoría de las cuales existen actas notariales que
demuestran que han actuado violando el principio de buena fe, el cual
es
condición necesaria para el derecho de consulta que nos asiste, tanto
desde el punto de vista del derecho internacional sobre derechos
indígenas, como desde el punto de vista del derecho interno
boliviano,
incluido el propio derecho constitucional, ratificado, en nuestro
caso,
por la sentencia constitucional 2003/2010-R
6) En cuanto a la continuadora legal de Transredes SA, YPFB
Transportes
S.A., intentamos desbloquear la negociación necesaria entre nuestra
organización y dicha empresa y, de hecho, se firmó un acta el día 25
de
febrero de 2011 que fijaba la agenda de negociación. No obstante,
esta
empresa no cumplió ninguno de los puntos acordados en tal Acta e
incluso
rechazó, sin tomarla en consideración, una propuesta de convenio
preparada
por nuestra organización. Una vez más, la mala fe y el
desconocimiento de
nuestros derechos marcan la actuación de esta empresa, actuación que
es
exactamente la misma llevada adelante por Transredes S.A.
7) El día 11 de noviembre de 2011 hemos recibido en nuestra sede
social
de Entre Ríos, previa solicitud de entrevista, a Dino Beltrán,
Secretario
de Hidrocarburos, Marcela Maldonado, Encargada Ambiental Secretaría
de
Hidrocarburos de la Gobernación y al señor José Larrazábal, Ejecutivo
Departamental de la Federación Departamental del Auto Transporte "15 de
Abril".
Debido a las afirmaciones del señor Dino Beltrán sobre la
situación del
balance energético de la ciudad de Tarija, que inducían a pensar que
la
APG IG está bloqueando dicho desarrollo, existió la necesidad de
contestar
en forma firme y contundente, pero dentro de las exigencias del
Estado de
Derecho, para desmentir todos y cada uno de los puntos expuestos en
los
que la APG IG, como ya hemos dicho, no tiene responsabilidad alguna;
teniendo en cuenta además que la relaciones con la Gobernación de
Tarija
son prácticamente inexistentes, no habiendo ésta contestado nunca a
los
requerimientos y/o solicitudes de información de la APG IG.
Al señor José Larrazábal, Ejecutivo de Auto Transporte "15 de
Abril",
se lo dejó participar como oyente en la entrevista para que pudiera
constatar de primera mano que las exigencias que presentó por escrito
a
nuestra organización partían de supuestos totalmente irreales.
A ambos se les explicó que la negociación que incluye la
aprobación de
la licencia ambiental está bloqueada por el comportamiento irregular
de
YPFB Transportes S.A. y que en dicha negociación sólo existen dos
partes:
La APG IG y la empresa adjudicataria. Mientras no decida YPFB
Transportes
S.A. comenzar una negociación seria y responsable nuestra
organización no
puede hacer más de lo que ya ha hecho con total y absoluta buena fe.
8) Por lo tanto, afirmar que la APG IG es la responsable de la
demora
en el proyecto del gasoducto es una falsedad que no se sostiene
fácticamente y que tiene la intención de intimidarnos y humillarnos
una
vez más. En ninguna de las Fases del gasoducto hemos tenido
información
sobre el proyecto técnico del gasoducto, siendo además obvio que la
responsabilidad del mismo recae en la empresa adjudicataria y en las
autoridades que tendrían que obligar a la empresa a cumplir con la
ley.
9) El derecho de consulta está recogido en la actual constitución
del
Estado y, en nuestro caso, ratificado expresamente por el Tribunal
Constitucional en la causa
Sedeca vs. APG IG. Negar la
ejecución de
esta sentencia no sólo es una grave violación del derecho, sino que
significa en la práctica afirmar que no tenemos ningún derecho
propietario
sobre la Tierra Comunitaria de Origen y que las leyes internas y las
sentencias constitucionales no son de aplicación a los indígenas.
10) Tanto el derecho de consulta como el derecho propietario sobre
la
TCO Itika Guasu son irrenunciables por parte de la APG IG, no sólo
porque
es un derecho que nos asiste, sino porque si lo hiciéramos estaríamos
cometiendo un delito.
11) Por todo lo expuesto, hacemos un llamado a las organizaciones
sociales del Departamento de Tarija, para que se dirijan a las
autoridades
competentes y los responsables de la empresa YPFB Transporte SA a
efectos
de que cumplan con la legalidad y actúen de buena fe. Esa es la única
solución a la situación actual, dejando bien aclarado que como
organización indígena no tenemos responsabilidad técnica alguna en el
diseño del gasoducto y en el evidente retraso del mismo.
Texto agregado el 22 de noviembre.
12) Las declaraciones realizadas por el Presidente de YPFB
Transportes
S.A. (ex Transredes S.A.), Fernando Vincenti Vargas, con
posterioridad a
nuestro comunicado del día 15 de noviembre de 2011, faltan a la
verdad,
son difamatorias y parten, como ya hemos afirmado, de un análisis
racista
del conflicto. Son una prueba palmaria de que no tiene intención
alguna de
llegar a un acuerdo, en violación flagrante del artículo 6.2 del
Convenio
169 y de que actúa con manifiesta mala fe, lo que al violar esta
condición
necesaria provoca la nulidad de todo intento de aplicar el derecho a
consulta.
13) En cuanto a las entrevistas concedidas por nuestra
organización en
nuestra Sede Social de Entre Ríos los días 9 y 11 de noviembre de
2011,
sólo debemos aclarar que la estrategia seguida en las mismas fue
establecida previamente por el Directorio de nuestra organización al
menos
un mes antes de su concreción y que, como está documentado en la
correspondencia previa, no tenían condición de "consulta" o "asamblea
informativa". Por tanto, el protocolo de las mismas discurrió tal cual lo
previsto por nosotros, o sea, respondiendo punto por punto a las
propuestas ilegales o falsas que se nos hacían como corresponde a una
entrevista concedida dentro de nuestra demostrada buena fe.
14) Los comentarios que se hacen sobre lo ocurrido en estas
entrevistas
ocultan que en ambas estuvieron presentes los Mburuvichas Zonales y
los
Mburuvichas Comunales que componen la APG IG, responsables del
departamento jurídico, técnicos del departamento de proyectos y de la
comisión de inspección jurídica. Estuvo presidida por el responsable de
Recursos Naturales. Querer buscar un "culpable" en un asesor
extranjero es
una característica más del análisis racista que estamos denunciando,
según
el cual, los indígenas somos ignorantes y estúpidos y no sabemos lo
que
hacemos cuando tenemos una estrategia que no cumple lo previsto por
los
inteligentes y lúcidos representantes del MHE, esto es, el letrado
Felipe
Calisaya y el responsable de medio ambiente Mauricio Tejeda, así como
por
Dino Beltrán, Secretario de Hidrocarburos, Marcela Maldonado,
Encargada
Ambiental Secretaría de Hidrocarburos de la Gobernación y el señor
José
Larrazábal, Ejecutivo Departamental de la Federación Departamental
del
Auto Transporte "15 de Abril", con el agravante de que sus propuestas
eran
y son contrarias a la CPE y a la sentencia constitucional
2003/2010-R.
15) Con relación a nuestros asesores es obvio que está dentro de
nuestro poder de autonomía como asociación indígena el contar con
asesores
legales, económicos, notariales, medioambientales y de otras
especialidades, que se corresponden a nuestra estrategia jurídica a
largo
plazo, contando además con el asesoramiento de organizaciones de
derechos
humanos, universidades y especialistas en derecho penal
internacional,
mercantil internacional y medioambiental internacional, para lo cual
no
tenemos que pedir autorización a ninguna empresa y tampoco al
Gobierno
nacional o departamental.
Entre Ríos, 15 y 22 de noviembre de 2011
Never Barrientos, Presidente APG IG; Florentino Zeballos,
Vicepresidente APG IG; Benildo Vaca, Resp. RRNN APG IG; Gregorio
Barrientos, Resp. Educación APG IG; Zacarías Cuellar, Resp.
Infraestructura APG IG; Ángela Tagüe, Resp. Salud APG IG y Fernando
Cuellar, Resp. Producción APG IG
viii) Los
detractores de la APG IG deben informarse mejor antes de pecar de
ignorantes.
Producto de la campaña de claro contenido racista que de manera
oficiosa se ha empeñado en difundir el Periódico El País de la ciudad
de
Tarija desde noviembre de 2011, es que vemos azorados como se
permiten
opiniones de "expertos" y "especialistas" o de sectores
"representativos"
de la sociedad civil a pesar de que sus argumentos tengan como base
la
mentira, la falsedad o simplemente la ignorancia, entendiendo está
como el
desconocimiento de la ley.
Con un sugestivo titular y en páginas centrales El País de Tarija,
en
su edición del 7 de Enero de 2012, con absoluta falta de ética
deontológica a la que obliga al ejercicio del periodismo, publica el
absurdo cuestionamiento que hace Larrazabal (dirigente máximo del
autotransporte de Tarija) a una supuesta demanda de la APG IG y de
Nizkor.
De manera cándida Larrazabal se pregunta
"¿Tiene derecho la
APG
IG o cualquier empresa, ciudadano u organismo de cobrar
"servidumbres" al
Estado boliviano para que éste pueda construir carreteras,
gasoductos,
oleoductos u obras de interés general? Ese el debate abierto tras
conocerse la intención de la APG IG/Nizkor de cobrar tres tipos de
servidumbre a YPFB por obras del gasoducto GVT." (ver El
País,
Tarija - Bolivia 7 Enero de 2012).
Y para información de este señor y al parecer para información de
los
"periodistas" de El País, la respuesta está en la Ley de
Hidrocarburos
3058 del 17 de mayo de 2005. El Capítulo IV de esa Ley precisamente
versa
sobre las "servidumbres", por lo mismo a la pregunta del Sr.
Larrazabal la
respuesta está en la Ley no en la APG IG.
Del mismo modo, para los periodistas de El País, la respuesta a su
comentario de que
"Ese el debate abierto tras conocer la intención
de la APG IG/NIZKOR" también está en la Ley 3058, en el
Capítulo
IV, (y es un solo artículo el que tienen que leer de la Ley), que en
su
artículo 128 explicita de manera clara a qué se refiere eso de las
servidumbres, por lo que antes de aventurarse a emitir juicios de
valor,
debieron por lo menos haber investigado o haberse asesorado aunque
sea
precariamente.
De todo esto, lo que sí está claro es que hay una campaña contra
la APG
Itika Guasu y lastimosamente, su origen es racista. Pude constatar
que
existen periodistas, como uno que visitó la Sede de la APG IG, hace
unos
días, que no soportan al indio y asumen que por ser "periodistas" les
debemos pleitesía. Por lo menos ese fue el trato que recibimos ese día,
cuando el citado señor preguntó por mi nombre con una actitud
prepotente y
airada.
Pues bien, guste o no, la APG IG tiene el respaldo jurídico del
Máximo
Tribunal de Bolivia: el Tribunal Constitucional, que emitió una
Sentencia
que obliga a propios y extraños a respetar a los guaraníes de Itika
Guasu,
como propietarios de la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu, y
como
propietarios tienen pues el mismo derecho que cualquier "blanco" para
exigir lo que por ley corresponde; en este caso: Servidumbres,
indemnizaciones, compensaciones, resarcimientos, etc. Y eso aunque no
sea
del agrado del Sr. Tablada Defensor del Pueblo de Tarija (quien
emitió
posturas que dan vergüenza a propios y extraños y que lo colocan
fuera del
discurso de derechos civiles) o del Señor Andrés Soliz Rada (viejo
militante anti imperialista que ahora ve al imperio ya no en el país
del
norte sino en la APG Itika Guasu) o de los periodistas del periódico
El
País, Esa Sentencia constitucional es la única norma legal válida que
afecta a la TCO Itika Guasu que, obviamente, se debe respetar y cumplir.
Por todo ello, quienes como Dino Beltrán, Secretario de
Hidrocarburos
de la Gobernación de Tarija; José Larrazabal dirigente de los
transportistas de Tarija; José Luis La Fuente miembro del directorio
de
YPFB en representación de Tarija o Fernando Vincenti Presidente de
YPFB
Transportes S.A. (continuadora legal de Transredes S.A) afirmen que
la APG
IG es la obstaculizadora al desarrollo energético de Tarija,
simplemente
quieren ocultar detrás de ello su abierta disconformidad con el
Estado de
Derecho y en definitiva están en una franca actitud de desacato,
ergo, de
comisión de delitos penales que algún momento tendrán que ser
dirimidos en
sede judicial.
Seguramente los jueces no tendrán tantas dudas como ellos de la
obligación de los funcionarios públicos de ejecutar las sentencias y
cumplir con la ley. Aunque esta "sólo" afecte a los indígenas
guaraníes de
la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu.
Entre Ríos, 7 de enero de 2012
Henrry Moisés Guardia Mérida,
Antropólogo y Técnico de la APG IG
**ENGLISH**
ix) Some remarks regarding several news articles published in
the
press in Tarija and stataments by the former Hydrocarbons Minister,
Andres
Soliz Rada.
Bol- Some
remarks regarding several news articles published in the press
in
Tarija and stataments by Andres Soliz Rada. (Equipo Nizkor,
Assembly of the Guaraní People of Itika Guasu - APG IG). Radio
Nizkor, 05Jan12. |
In light of several
newspaper
articles published in the press in Tarija, and more recently,
some
published by Bolpress undersigned by Andrés Soliz
Rada, that mention the APG IG and Equipo Nizkor, we find
ourselves obliged to clarify the following points:
Equipo Nizkor, Radio Nizkor and Derechos Human Rights ave
never
received funding from the Rockefeller Foundation, nor from
George
Soros, and are organisations that have a different legal
personality
from that of "Human Rights", which entity is accused -as he
himself
put it- of having received this funding...
- Equipo Nizkor is an international human rights
organisation
whose objectives are laid out in detail on our "about us" page
of
the documentation website, which is, moreover, a reference site
in
the Spanish language that has been included among the top 10 in
the
world in the specialised field of "human rights". It is the
first
among civil organisations not to be funded by a government.
Radio
Nizkor was the first online radio specialised in human rights
to be
created in the world... We have never received funding from any
government, nor from any company or corporation.
- It is false to state that the APG IG seeks to "veto the
Extention of the Villamontes-Tarija Gas Pipeline" and, despite
this
right to veto being recognised by the Bolivian Constitutional
Court
in its Constitutional Judgment 2003 of October 25th, 2010
(notified
to the APG IG on April 12th, 2011), the APG IG has not
exercised
this right...
- egarding the agreement signed between Repsol Bolivia SA
and the
APG IG on 29 December 2010, it should be mentioned that it
constitutes an agreement between an indigenous organisation and
the
companies active in the exploitation of the Margarita gas field
located on the Itika Guasu TCO, which is the property of the APG
IG...
- [T]he State did not take part in the negotiations because
the
then-Ministry of Hydrocarbons and current president of YPFB SA,
Carlos Villegas, informed the APG IG in a letter that it would not
participate in the negotiations because they constituted a
"matter
between private parties", in other words, it was the Government
that
renounced being present in these negotiations, thereby leaving
the
APG IG defenseless in flagrant violation of articles 2 and 6 of
the
ILO Convention 169 on Indigenous and Tribal Peoples in
Independent
Countries, which is part of Bolivian domestic law since July
11,
1991 by way of Law No. 1257.
- Said agreement complies with the historic demands of the
APG
IG, which demands are no different from those of other
indigenous
organisations in Bolivia and other Latin American countries and
from
those provided for under international law and Bolivian
domestic
law...
- It is clearly false to accuse the APG IG of
"fundamentalism" in
relation to its actions, as they have been and are carried out
in
the framework of a legal strategy in conformity with the rule
of
law, in defense of legitimate and legal rights.
It is clear that there is a campaign against the APG IG that
is
founded in a racist analysis... ndrés Soliz Rada, among others,
shares this interpretation with a discourse that leaves by the
wayside, legality, indigenous rights and the Political
Constitution
of the State itself, and is ideologically poisoned by racism...
|
File name |
Real Media format |
Mp3 format |
Duration |
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apgig10 |
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00:11:58 |
ENG |
x) The APGIG Condemns the Campaign of Intimidation in respect
of its
Right to Consultation.
Bol - The
APGIG Condemns the Campaign of Intimidation in respect of its
Right
to Consultation. (Assembly of the Guaraní People of Itika
Guasu
- APG IG). Radio Nizkor,
16Dec11. |
In light of various press
articles published in Tarija, Bolivia, particularly in the
newspaper
"Nuevo Sur", concerning a campaign intended to intimidate the
Guarani People of the Itika Guasu into "authorising" the
environmental licence in connection with the Second Phase of
the
Extension of the Villamontes-Tarija Gas Pipeline, we find
ourselves
obligated to clarify the following points:
- The said campaign has been incited by the Ministry of
Hydrocarbons and the Environment (MHE) and the company YPFB
Transportes S.A. (formerly Transredes SA) with the objective
of
intimidating and coercing our organisation with an
interpretation
of the situation that we can only described as racist and
which
blames the indigenous peoples for not permitting the
installation
of the gas pipeline.
- This campaign ignores the fact that it was the MHE itself
that
forbade the companies Petrobras SA and Transredes from
negotiating
with our organisation, a fact which is legally documented.
- YPFB Transportes SA is the corporate successor of
Transredes
SA and therefore, is legally responsible for the latter's
environmental liabilities and other liabilities resulting
from the
violation of indigenous rights. This point is legally
indisputable
but nevertheless denied by the official representatives of
YPFB
Transportes SA who continue to engage in the same practices
that
violate the rights of the indigenous peoples as did the
former
Transredes S.A. in Phase I and II of the gas pipeline.
- On November 9th, 2011, a meeting was held at the request
of
MHE represented by the lawyer Felipe Calisaya and the
environmental representative Mauricio Tejeda. During this
meeting,
Felipe Calisaya did not alter or amend in any respect the
original
position of these companies but instead set out the
opposition of
YPFB Transportes S.A. and of the MHE itself to compliance
with the
constitutional judgment 2003/2010-R, which they consider
"inapplicable" according to the lawyers of YPFB Transportes
S.A..
The explanation for this position was not supported by a
single
document.
- The APG IG held clearly unproductive meetings with the
MHE on
April 26th, 2011, June 10th, 2011 and July 21st, 2011. Most
of
these meetings are documented with notarial minutes that
demonstrate that the MHE has acted in violation of the
principle
of good faith. This is an essential requirement of our right
to
consultation from both the perspective of international law
regarding indigenous rights, and from that of domestic
Bolivian
law, including constitutional law, which has been ratified in
this
case by the constitutional judgement 2003/2010-R.
- With reference to YPFB Transportes S.A., we attempted to
put
into motion the necessary negotiations between our
organisation
and YPFB Transportes S.A. and, in fact, an official document
was
signed on February 25th, 2011 outlining the negotiation
agenda.
Despite this, YPFB did not comply with any of the points
agreed
upon in the official document, and even refused to give due
consideration to a proposed agreement drafted by our
organisation.
- Any statement that the APG IG is responsible for the
delay in
the gas pipeline project is a falsehood that is unsupported
by the
facts and is intended to intimidate and humiliate us once
again.
In neither Phase of the gas pipeline did we receive
information
concerning the technical plans for the pipeline...
- Both the right to consultation, as well as the property
rights
over the Itika Guasu TCO are inalienable from the APG IG, not
only
because it is a right to which we are entitled, but also
because
if we were to renounce these rights, we would be ourselves
breaching the law...
- With reference to our consultants, it is obvious that it
is
within our right of autonomy as an indigenous association to
have
legal, economic, notarial, environmental or other specialised
consultants for our long-term legal strategy, as well to be
advised by other human rights organisations, universities and
specialists in international criminal law, international
commercial law and international environmental law, and that
we
have no obligation to request permission from any company or
from
the national or departmental governments.
For all the above-stated reasons, we call upon the social
organisations in the Department of Tarija to contact the
relevant
authorities and the management of YPFB Transporte SA to ensure
that
they comply with law and act in good faith.
|
File name |
Real Media format |
Mp3 format |
Duration |
Language |
apgig8 |
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00:11:43 |
ENG |
xi) Some
remarks regarding several news articles and statements by the former
Hydrocarbons Minister, Andrés Soliz Rada.
In light of several newspaper articles published in the press in
Tarija, and more recently, some published by Bolpress undersigned by
Andrés
Soliz
Rada, that mention the APG IG and Equipo Nizkor, we find
ourselves
obliged to clarify the following points:
1)
Equipo
Nizkor,
Radio Nizkor and
Derechos Human Rights
have
never received funding from the Rockefeller Foundation, nor from
George
Soros, and are organisations that have a different legal personality
from
that of "Human Rights", which entity is accused -as he himself put
it- of
having received this funding. On the other hand, it is known and
appears
not only in our documentation sites, but also on Wikipedia, that
Equipo
Nizkor and Derechos Human Rights have been sister organisations since
their foundation, which fact has never been concealed.
2) In order to support his accusations regarding the issues of
funding,
Andrés Soliz Rada uses the webpage
http://www.derechos.net/links/res/funds.html,
which is part of a domain [
derechos.net] that is dedicated to
specialised information
for
human rights organisations and academic institutions and has
absolutely no
connection with the internal organisation and/or the funding of
Equipo
Nizkor or Derechos Human Rights. The information found on said page
is an
account of North American foundations that finance human rights
programmes, particularly of North American organisations on the basis
of
which, it is not possible to deduce in any way that they fund our
activities.
3) Equipo Nizkor is an international human rights organisation
whose
activities are legally recognised in Spain and Belgium. Its
objectives are
laid out in detail on our
"about us"
page of
the documentation website, which is, moreover, a reference site in
the
Spanish language that has been included among the top 10 in the world
in
the specialised field of "human rights". It is the first among civil
organisations not to be funded by a government. Radio Nizkor was the
first
online radio specialised in human rights to be created in the world.
Derechos Human Rights is an
organisation based in
California, United States. We have never received funding from any
government, nor from any company or corporation.
4) The agreement between us and the APG IG is perfectly legal and
adequate in light of our objectives. We have advised the APG IG and
we
continue to do so in the specific fields of indigenous rights,
international criminal law and civil liberties and, as in the case of
any
human rights organisation, our actions are protected,
inter
alia,
by the
"Declaration
on the Right and Responsibility of Individuals, Groups and Organs of
Society to Promote and Protect Universally Recognized Human Rights
and
Fundamental Freedoms", adopted by the UN General Assembly
Resolution
53/144 on 8 March 1999.
5) It is false to state that the APG IG seeks to "veto the
Extention of
the Villamontes-Tarija Gas Pipeline (GTV)" and, despite this right to
veto
being recognised by the Bolivian Constitutional Court in its
Constitutional
Judgment 2003/2010-R of 25 October 2010 (notified to the APG IG
on
April 12 2011), the APG IG has not exercised this right.
6) The APG IG has never opposed the Villamontes-Tarija gas
pipeline.
What it claims and what also accounts for the standstill in
negotiations
are demands recognised by the Constitution of the State of Bolivia,
and by
its domestic legislation, and, recently, by the Constitutional Court
in
the
exemplar
judgment aforementioned in relation to indigenous rights. It is
basically a question of the following rights: the recognition of the
APG
IG's property rights on the Itika Guasu Original Community Territory
(TCO), legal recognition by YPFBT SA (corporate successor of
Transredes
SA) of the APG IG as an indigenous organisation, the right to
consultation
-which necessarily implies direct negotiation with YPFBT SA and not
with
the Ministry of Hydrocarbons (MHE)-, the recognition of pending
liabilities, not covered by Transredes SA, which are duly documented,
and,
of course, the corresponding economic compensation.
7) The statement made by the current president of YPFBT SA, Luis
Vincenti, and YPFB advisor,
Luis
Lafuente, according to which the negotiations are blocked because of a
monetary claim by the APG IG for 20 million dollars, is entirely
false.
This statement, deliberately false, is part of the campaign denounced
by
the APG IG in its
communiqué
dated November 15 and 22, 2011, where the indigenous organisation
explains the reasons for the blocked negotiations; the statement is
also
false that the APG IG included in its negotiation proposal said
quantity.
8) Regarding the agreement signed between Repsol Bolivia SA and
the APG
IG on 29 December 2010, it should be mentioned that it constitutes an
agreement between an indigenous organisation and the companies active in
the exploitation of the Margarita gas field located on the Itika
Guasu
TCO, which is the property of the APG IG. This property right is
recognised by INRA (Bolivia's National Institute for Agrarian Reform)
and
ratified by the
Constitutional
Court. It is, therefore, a "private agreement", which, for
increased
legal security, was duly registered before a notary public. There is
no
legal obligation for its publication just as there is no obligation
for an
easement contract or any other type of contract.
9) Mr. Andrés Soliz Rada may request from the APG IG at its
headquarters in the city of Entre Ríos, O'Connor province, a formal
and
in-depth explanation of the terms of the agreement, which he has
never
done despite the fact that he knows the leaders of the organisation
to
whom he promised, in 2006, to provide his support in their conflict
with
Repsol SA. In this way, the APG IG will certainly explain to him that
the
State did not take part in the negotiations because the then-Ministry
of
Hydrocarbons and current president of YPFB SA, Carlos Villegas,
informed
them in a letter that it would not participate in the negotiations
because
they constituted a "matter between private parties", in other words,
it
was the Government that renounced being present in these
negotiations,
thereby leaving the APG IG defenseless in flagrant violation of
articles 2
and 6 of the
"ILO
Convention 169 on Indigenous and Tribal Peoples in Independent
Countries", which is part of Bolivian domestic law since July 11,
1991
by way of
Law
No.
1257.
10) Said agreement complies with the historic demands of the APG
IG,
which demands are no different from those of other indigenous
organisations in Bolivia and other Latin American countries and from
those
provided for under international law and Bolivian domestic law, as
well as
specifically detailed by the Bolivian Constitutional Court in the
Constitutional
Judgment 2003/2010-R of October 25 2010, notified to the APG IG
on 12
April 2011, to which a number of agreements on environmental damages
between 1997 and 29 December 2010 should be added.
11) As a result of the above-mentioned agreement, the Itika Guasu
Investment Fund was established as was communicated by the APG IG in
a
communiqué
dated 15 March 2011 that was published on our documentation site and
distributed in
Spanish,
French
and
English
through our information lists on 7 April 2011. Said communiqué meets all
necessary formal requirements from the point of view of financial
practices, taking into consideration that it is a private fund,
exclusively owned by the APG IG, and hence, any responsibilities must
be
dealt with internally and according to the Itika Guasu's uses and
customs.
This communiqué was "unknown" to the Bolivian media and particularly
to
the media in Tarija. Nevertheless, now it is being mentioned as if it
had
been a "secret" concealed by the APG IG.
The
communiqué
expressly clarifies that the Fund is property of the APG IG and that
its
administration and disposal depends on the "Council of Sages", a
traditional institution of uses and customs. As such, the statement
that
Repsol SA administers the fund and "pays" the indigenous organisation
on a
monthly basis is entirely false.
12) The Fund is managed and advised by the Banco do Brasil, a
banking
and financial institution property of the Government of Brazil. This
bank
was chosen for being part of Mercosur and meeting the highest
qualifications for financial guarantees, while no Bolivian bank met
these
requirements, nor was there a single Investment Fund in Bolivia
similar to
that established by the APG IG. Therefore, it is false to state that
said
Fund does not comply with the law.
13) It is clearly false to accuse the APG IG of "fundamentalism"
in
relation to its actions, as they have been and are carried out in the
framework of a legal strategy in conformity with the rule of law, in
defense of legitimate and legal rights, as was expressly confirmed by
the
Constitutional Court of the Plurinational State, and, according to
its
uses and customs.
14) It is clear that there is a campaign against the APG IG that
is
founded in a racist analysis according to which the APG IG's
behaviour is
"suspect" of undeclared intentions, that it puts the plurinational
state
in danger, and that the advice they receive has the illegal intention
to
"dismember" Bolivia.
15) Andrés Soliz Rada, among others, shares this interpretation
with a
discourse that leaves by the wayside, legality, indigenous rights and
the
Political Constitution of the State itself, and is ideologically
poisoned
by racism.
This discourse denies the indigenous communities - which preexist,
as
in this case, the state of Bolivia's very own existence -, any
possible
rational behavior, thereby denying indigenous peoples as citizens and
also
holders of rights, and therefore, condemns them to misery, to not
have
legitimate organisations to represent them but instead to maintain
their
state of slavery and servitude as is reflected in the
Inter-American
Commission on Human Rights report "Captive Communities: Situation of
the
Guaraní Indigenous People and Contemporary Forms of Slavery in the
Bolivian Chaco" of 24 December 2008.
Entre Ríos, Charleroi and Madrid, 27 December 2011
Assembly
of the
Guarani People of Itika Guasu and Equipo Nizkor
xii) The
APGIG
Condemns the Campaign of Intimidation in Respect of its Right to
Consultation.
Press Release
In light of various press articles published in Tarija,
particularly in
the newspaper "Nuevo Sur", concerning a campaign intended to
intimidate
the Guarani People of the Itika Guasu into "authorising" the
environmental
licence in connection with the Second Phase of the Extension of the
Villamontes-Tarija Gas Pipeline, we find ourselves obligated to
clarify
the following points:
1) The said campaign has been incited by the Ministry of
Hydrocarbons
and the Environment (MHE) and the company YPFB Transportes S.A.
(formerly
Transredes SA) with the objective of intimidating and coercing our
organisation with an interpretation of the situation that we can only
described as racist and which blames the indigenous peoples for not
permitting the installation of the gas pipeline.
2) This campaign ignores the fact that it was the MHE itself that
forbade the companies Petrobras SA and Transredes from negotiating
with
our organisation, a fact which is legally documented.
3) YPFB Transportes SA is the corporate successor of Transredes SA
and
therefore, is legally responsible for the latter's environmental
liabilities and other liabilities resulting from the violation of
indigenous rights. This point is legally indisputable but
nevertheless
denied by the official representatives of YPFB Transportes SA who
continue
to engage in the same practices that violate the rights of the
indigenous
peoples as did the former Transredes S.A. in Phase I and II of the
gas
pipeline.
4) On November 9th, 2011, a meeting was held at the request of MHE
represented by the lawyer Felipe Calisaya and the environmental
representative Mauricio Tejeda. During this meeting, Felipe Calisaya,
-
who claims to represent the companies Petrobras S.A. and YPFB
Transportes
S.A. (formerly Transredes SA), although there appears to be no
relevant
power of attorney giving him such authority - did not alter or amend
in
any respect the original position of these companies but instead set
out
the opposition of YPFB Transportes S.A. and of the MHE itself to
compliance with the constitutional judgment 2003/2010-R, which they
consider "inapplicable" according to the lawyers of YPFB Transportes
S.A..
The explanation for this position was not supported by a single
document.
5) The APG IG held clearly unproductive meetings with the MHE on
April 26th, 2011, June 10th, 2011 and July 21st,
2011.
Most of these meetings are documented with notarial minutes that
demonstrate that the MHE has acted in violation of the principle of
good
faith. This is an essential requirement of our right to consultation
from
both the perspective of international law regarding indigenous
rights, and
from that of domestic Bolivian law, including constitutional law,
which
has been ratified in this case by the constitutional judgement
2003/2010-R.
6) With reference to the legal successor of Transredes SA, YPFB
Transportes S.A., we attempted to put into motion the necessary
negotiations between our organisation and YPFB Transportes S.A. and,
in
fact, an official document was signed on February 25th, 2011
outlining the
negotiation agenda. Despite this, YPFB did not comply with any of the
points agreed upon in the official document, and even refused to give due
consideration to a proposed agreement drafted by our organisation.
Once
again, the company's behaviour is marked with bad faith and a denial
of
our rights, just as in the case of the former Transredes S.A..
7) On November 11th, 2011, in response to a request for an
interview,
we met at our headquarters in Entre Rios with Dino Beltrán, Secretary
of
Hydrocarbons, Marcela Maldonado, Environmental Representative of the
Hydrocarbons Secretariat of the Regional Government and Mr. José
Larrazábal, executive regional representative of the Federación
Departamental del Auto Transporte "15 de Abril".
Due to the statements made by Mr. Dino Beltrán regarding the
energy
balance in the city of Tarija that implied that the APG IG was
blocking
the development of the gas pipeline, it was necessary to reply firmly
and
emphatically, but according to the Rule of Law, to refute each and
every
point expressed, and to demonstrate that the APG IG is not
responsible for
this situation; it should also be remembered that relations with the
Government of Tarija are practically non-existent as they have failed
to
comply with any of the APG IG's requirements and/or requests for
information.
Mr. José Larrazábal, executive representative of Auto Transporte
"15 de
Abril" was permitted to participate in the meeting as an observer so
that
he could verify first hand that the demands that he made in writing
to our
organisation were based on completely false assumptions.
It was explained to both men that the negotiation which includes
the
granting of the environmental license, was blocked because of the
extraordinary behaviour of YPFB Transportes S.A. and that there can
be
only two parties to the negotiation: the APG IG and the contractor
company. Until YPFB Transportes S.A. decides to begin negotiating
seriously and responsibly, our organisation cannot do more than what
it
has done so far in absolute good faith.
8) Therefore, any statement that the APG IG is responsible for the
delay in the gas pipeline project is a falsehood that is unsupported by
the facts and is intended to intimidate and humiliate us once again.
In
neither Phase of the gas pipeline did we receive information
concerning
the technical plans for the pipeline, which obviously is the
responsibility of the contractor company and the authorities whose
duty it
is to ensure that the company acts in accordance with the law.
9) The right to consultation is set out in the Constitution of the
State itself and, in our case, expressly confirmed by the Constitutional
Court in the case
Sedeca vs. APG IG. Refusing to implement
this
judgment is not only a serious violation of law, but also means in
practice that we have no property rights over our Original Community
Territory (TCO) and that the domestic laws and the constitutional
judgment
are not applicable to indigenous peoples.
10) Both the right to consultation, as well as the property rights
over
the Itika Guasu TCO are inalienable from the APG IG, not only because
it
is a right to which we are entitled, but also because if we were to
renounce these rights, we would be ourselves breaching the law.
11) For all the above-stated reasons, we call upon the social
organisations in the Department of Tarija to contact the relevant
authorities and the management of YPFB Transporte SA to ensure that
they
comply with law and act in good faith. This is the only solution to
the
current situation, given that, as an indigenous organisation, we are
clearly not technically responsible for the planning of the gas
pipeline
or for its obvious delay.
Additional Points from November 22nd
12) The statements made by the President of YPFB Transportes S.A.
(formerly Transredes S.A.), Fernando Vincenti Vargas, after we had
already
released our communiqué dated November 15th 2011, are completely
false and
defamatory and are based, as we have already mentioned, on a racist
analysis of the conflict. They constitute clear proof that he has no
intention to reach an agreement, in flagrant violation of article 6.2
of
the Convention 169 and has been acting in obvious bad faith, which
necessarily leads to the nullity of all attempts to apply the right
to
consultation.
13) With respect to the interviews given by our organisation at
our
headquarters in Entre Rios on the 9 and 11 of November 2011, we only
need
to clarify that the strategy followed was previously established by
our
organisation's Board at least one month before the interviews took
place
and that, as documented by previous correspondence, they were neither
a
"consultation" nor an "informative assembly". As such, the protocol
in
these meetings proceeded exactly as foreseen, that is to say we
responded
point by point to all of the illegal or false proposals that were
presented to us as is to be expected in an interview given pursuant
to our
demonstrated good faith.
14) The comments made regarding what occurred during these
interviews
fail to reveal that the APG IG Zonal and Communal Mburuvichas,
members of
the legal department, employees from the project department and the
commission of legal supervision were present at both interviews. They
were
presided by the member of the board responsible for Natural
Resources. To
attempt to assert blame for the situation on a foreign advisor is
just one
more manifestation of the racist analysis which we denounce,
according to
which we as indigenous peoples are ignorant and stupid and do not
know
what we are doing simply because we have a strategy that does not
match
the expectations of the intelligent and clear-thinking
representatives of
the MHE - these being the lawyer Felipe Calisaya and the
environmental
director Mauricio Tejeda, as well as Dino Beltrán, Secretary of
Hydrocarbons, Marcela Maldonado, environmental representative of the
Regional Hydrocarbons Secretariat, and Mr. José Larrazábal,
Departmental
Executive of the Federación Departamental del Auto Transporte "15 de
Abril". Their attitude is further exacerbated by the fact that their
statements are contrary to the CPE and the constitutional judgment
2003/2010-R.
15) With reference to our consultants, it is obvious that it is
within
our right of autonomy as an indigenous association to have legal,
economic, notarial, environmental or other specialised consultants
for our
long-term legal strategy, as well to be advised by other human rights
organisations, universities and specialists in international criminal law,
international commercial law and international environmental law, and
that
we have no obligation to request permission from any company or from
the
national or departmental governments.
Entre Rios, November 15th and 22nd, 2011
Never Barrientos, President APG IG; Florentino Zeballos,
Vice-president APG IG; Benildo Vaca, Natural Resources Representative
APG
IG; Gregorio Barrientos, Education Representative APG IG; Zacarías
Cuellar, Infrastructure Representative APG IG; Ángela Tagüe, Health
Representative APG IG and Fernando Cuellar, Production Representative
APG
IG
Derechos
Humanos en Bolivia
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