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martes, 3 de marzo de 2015

Tinkunaco 0300/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

03 de Marzo de 2015

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Resolución 29/15 - Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo
B.O. 03/03/2015
Reglamento de Organización Interna de la Cuenca Matanza Riachuelo. Modificación de la Resolución N° 46/2014. Autoridades. Coordinación de ordenamiento territorial. Estructura organizativa.
 
Resolución 155/15 - Ministerio del Interior y Transporte
B.O. 03/03/2015
Programa de reordenamiento del sistema de transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional. Modificación de las Resoluciones N° 791/14 y Resolución 666/13. Compensaciones tarifarias.
 
Jurisprudencia Nacional
Recurso de hecho deducido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata en la causa Taranto, Jorge Eduardo s/ causa nº 14.969 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 19/02/2015
Crímenes de lesa humanidad. Guerra de Malvinas. Desestima el recurso de queja interpuesto por un centro de ex combatientes de la Guerra de las Islas Malvinas, contra la sentencia que había declarado extinta, por prescripción de la acción penal, una causa por la cual la recurrente solicitaba que se investigue la supuesta comisión de delitos de lesa humanidad por parte de oficiales y suboficiales contra soldados conscriptos durante la guerra de Malvinas en 1982. Entiende que el recurso no fue dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a tal, en función de lo establecido por el artículo 14 de la Ley n° 48.
 
Oficina Anticorrupción s/recurso de casación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - 27/02/2015
Ordena el embargo preventivo sobre los bienes de una empresa multinacional que fabrica y comercializa sistemas y servicios informáticos, por un monto de aproximadamente 82 millones de pesos, en virtud de un pedido de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en el marco de una causa por la cual se investigan las ganancias presuntamente obtenidas ilegítimamente por la empresa, en virtud de convenios firmados con la DGI hace más de quince años. Entiende que la medida dispuesta resulta, prima facie, idónea para asegurar, en caso de recaer condena por el delito imputado -administración infiel en perjuicio de la administración pública-, la oportuna restitución al Estado del importe dinerario que pudiera haber constituido un pago en exceso. Asimismo, afirma que resulta importante otorgarle a la eventua l pena un sentido de restablecimiento del equilibrio perdido, destinado a recuperar para la comunidad los activos obtenidos o utilizados en la comisión de delitos socialmente dañosos.
 
Sanguinetti, Esteban y otro s/privacion ilegal de libertad (Art. 144 Bis Inc. 1), damnificado Brizuela De Ledo, Marcela JUZGADO FEDERAL Nro 1 de SAN MIGUEL DE TUCUMAN - TUCUMAN - 13/02/2015
Resuelve no hacer lugar al pedido de citación a declaración indagatoria al actual jefe del ejército argentino, en el marco de una causa en la cual se lo investigaba por el supuesto encubrimiento de la privación ilegítima de libertad agravada y homicidio agravado de un soldado del servicio militar, cuando detentaba el cargo de oficial sumariante. Entiende que no se demuestra mínimamente de donde concluye el Sr. Fiscal que el oficial sumariante de un caso de deserción conocía o podía conocer la comisión de un delito en perjuicio del conscripto sumariado, ni tampoco de donde surge su deber especial de denunciar, pues su obligación se reduce a primera vista a labrar un acta en la que se describen hechos presuntamente no presenciados por el actuario. Concluye que el Ministerio Público realizó un análisis parcial, genérico y subjetivo, sin detal lar de modo fundado y con hechos concretos los extremos para configurar los ilícitos atribuidos.
 
Normativa Provincial
Decreto 95/15 de CORDOBA
B.O. 27/02/2015
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2015. Adhesión de la provincia a la prórroga para el ejercicio 2015 de las disposiciones de la Ley Nacional Nº 26.530.
 
Decreto 177/15 de SANTA FE
B.O. 27/02/2015
Programa de protección integral contra la violencia de género. Aprobación. Fundamentación. Destinatarios. Componentes. Ayudas económicas. Aportes para alojamiento temporario.
 
Jurisprudencia Provincial
Macchi Falú, Gerardo Indalecio vs. Provincia de Salta - Recurso de apelación CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 10/02/2015
Retroactividad del acto administrativo. Admite la concesión del beneficio al mérito artístico en forma retroactiva, desde la fecha de la imputación preventiva del gasto, y no desde la fecha del acto administrativo que lo otorgó. Advierte que la situación jurídica administrativa obtuvo dictamen favorable en el año 2000, pero recién se vio cristalizada en un instrumento legal dictado siete años después, comprobación que demuestra en el caso la concreta afectación del derecho de propiedad del actor, máxime cuando no surge menoscabo alguno a terceros ni al interés público. Asimismo, reconoce la naturaleza alimentaria del beneficio, por el cual se pretende retribuir a los artistas que reúnen los requisitos establecidos por la ley su aporte a la cultura provincial, y al mismo tiempo reparar las situaciones de descuido e indigencia que han padecido muchos de ellos, otorgándoles cuando son mayores de 55 años un ingreso que asegure su subsistencia y la de su familia.
 
Doctrina
Poder, Estado y Derechos Humanos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Autor: BENENTE, MAURO
El autor muestra la manera en que la Corte IDH conceptualiza los derechos humanos, reseñando de modo muy sucinto el denominado “control de convencionalidad“. Asimismo realiza una presentación de los lineamientos que brinda Michel Foucault para analizar las relaciones de poder, y finalmente, explicita una indagación crítica del modo en el cual la Corte Interamericana conceptualiza los derechos, situando casi de modo exclusivo el poder en el Estado.
 
Acordadas
ACORDADA Nº11 CAMARA NACIONAL DE CASACION EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 25/02/2015
En concordancia con la Acordada N° 1/2015 de la Cámara Federal de Casación Penal, interpreta los alcances del art. 9 de la Ley N° 26.371, dada la puesta en funcionamiento de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional a partir del 2 de marzo de 2015.

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