Twitter

jueves, 21 de mayo de 2015

Tinkunaco 0714/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

21 de Mayo de 2015

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Ley 27135
B.O. 21/05/2015
Aprobación del Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno Nacional y la República de Cote d Ivore, suscripto en Buenos Aires el 5 de febrero de 2014.
 
Ley 27132
B.O. 21/05/2015
Declaración de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios.
 
Resolución 44/15 - Administración General de Puertos
B.O. 21/05/2015
Aprobación del Procedimiento para el “Tratamiento de Reclamos de Usuarios de las Terminales Portuarias”. Recomendación a la Gerencia de Organización y Sistemas para que proceda a la elaboración de los Documentos Operativos necesarios.
 
Jurisprudencia Nacional
EN - M Economía y FP c/ Citibank y otros s/ proceso de conocimiento JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL Nro 12 - 18/05/2015
Resuelve hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el Estado Nacional y, en consecuencia, ordena a la sucursal argentina de un banco norteamericano que se abstenga de realizar cualquier acto en cumplimiento del acuerdo suscripto entre la entidad financiera y los holdouts, homologado por el juez Thomas Griesa el 20 de marzo de 2015, así como de tomar cualquier decisión que implique abandonar la custodia de títulos de bonos argentinos del canje de la deuda pública. Advierte que la determinación, por parte de la entidad bancaria, de desvincularse de la referida custodia a través del mencionado acuerdo, ha sido instrumentada y enmarcada en el ámbito de un proceso judicial, en cuyo seno ha recibido la pertinente homologación, y ello podría implicar la traslación a la jurisdicción argentina de los efectos de decisiones judiciales emitidas en el extranjero. Además, entiende que se encuentra configurado de manera suficiente el peligro en la demora, toda vez que el acuerdo ha tenido comienzo de ejecución, habida cuenta que el banco demandado rescindió contratos de custodia con agentes financieros europeos sin haberse sujetado al procedimiento regulado por la normativa argentina para cesar como adherente al sistema de depósitos colectivos.
 
Methanex Chile Limited c/ Petrobras Energía S.A. (Argentina) s/ medida precautoria CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - 09/04/2015
Rechaza el pedido de anotación de litis en la Secretaría de Energía de la Nación, efectuado por una empresa productora y proveedora de energía con sede en Chile, para hacer constar la existencia de un litigio con una empresa petrolera con sede en nuestro país, que se encuentra sometido a arbitraje internacional. Entiende el tribunal es competente para resolver en el caso sin que obste a ello el hecho de que la legislación aplicable al fondo del litigio sea la del Estado de Nueva York. Sin embargo, decide no asumir dicha competencia habida cuenta que la pretensora no ha demostrado que iniciado el procedimiento y hallándose constituido el tribunal arbitral, exista una urgencia tal que justifique asumir, aún con ciertas limitaciones temporales y cognoscitivas, la competencia atribuida de modo voluntario a los árbitros. Asimismo considera que no se aprecia en qué forma la medida intentada podría funcionar para garantizar el cobro de los daños y perjuicios que se dicen reclamados en el juicio arbitral.
 
Normativa Provincial
Ley 7554 de CHACO
B.O. 11/05/2015
Salud pública. Creación del Programa Provincial de Prevención de la Ceguera en la Infancia por Retinopatía del Prematuro en el ámbito de la Dirección Maternal Infantil. Objetivos. Se crea la Unidad Coordinadora del Programa de Prevención de la Ceguera en la Infancia por Retinopatía del Prematuro.
 
Ley 10357 de ENTRE RIOS
B.O. 05/05/2015
Sistema de elecciones internas denominadas primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias. Se modifican diversos artículos de la ley 9659. Supresión del artículo 18 de la mencionada norma.
 
Jurisprudencia Provincial
Sisnero, Mirtha Graciela; Caliva Lia Verónica vs Ahynarca SA – Tadelva y otros – Amparo – Recurso de apelación CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 14/05/2015
Cupo femenino. Confirma la procedencia del amparo colectivo tendiente a que se asegure el cese de la discriminación por razones de género en la contratación de personal femenino como choferes del transporte público de pasajeros. Dispone que las empresas de transporte deberán especificar los requisitos técnicos y modalidad de evaluación, conforme a pautas que aseguren igualdad de oportunidades de empleo y un único criterio de selección, para la postulación de las mujeres en un registro único. Para contratar choferes, las demandadas se remitirán al listado de postulantes, debiendo incorporar dos mujeres por cada hombre, comenzando por mujeres, hasta alcanzar cada una de las empresas, como mínimo, un treinta por ciento de mujeres en la composición de su planta de conductores.
 
P. M. A. c/ G. F. P. A s/ Divorcio vincular no contencioso JUZGADO DE FAMILIA 2da NOMINACION de CORDOBA - CORDOBA - 06/05/2015
Interés superior del niño. Teniendo en cuenta el interés superior del niño y que ambos progenitores se encuentran en similares condiciones de hacerse cargo de éste, dispone que el cuidado personal del niño será compartido y con residencia principal en el domicilio paterno, toda vez que el menor manifestó su expresa voluntad de permanecer más tiempo con su padre y con su hermano. Asimismo dispone que de ninguna manera la condición sexual de la progenitora puede ser considerada como elemento determinante a la hora de resolver un pedido de cambio de guarda, pues este aspecto de su vida, hace a un área de su privacidad que en nada puede influenciar al analizar en abstracto la mejor capacidad para ejercer el cuidado de su hijo.
 
Doctrina
El acceso a la justicia y la inclusión Autor: BARBIERI, PABLO CARLOS
Acceso a la justicia es una expresión que puede tener variados significados. Sea el que elijamos, lo cierto es que se trata de un derecho de todos los habitantes de la Nación y, en verdad, un medio de fortalecimiento de la administración de Justicia y de la democracia como sistema de gobierno. Desde esta premisa, el autor realiza una reflexión, para luego formular algunas conclusiones que intentan convertirse en un modesto aporte a dicha temática.

No hay comentarios:

Publicar un comentario