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jueves, 4 de junio de 2015

Tinkunaco 0792/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

04 de Junio de 2015

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Disposición 249/15 - Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 04/06/2015
Las “Aduanas Metropolitanas I” y “Aduanas Metropolitanas II” quedan comprendidas dentro del Régimen Económico Financiero vigente para las Direcciones Regionales Impositivas y Aduaneras, a partir del 15 de junio de 2015.
 
Jurisprudencia Nacional
L., R. E. c/ CPACF s/ daños y perjuicios CAMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - 20/05/2015
Sanciones del Colegio de Abogados. Rechaza una demanda promovida por un abogado contra el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, con el objeto de obtener un resarcimiento económico como consecuencia de haberlo suspendido en la matrícula por falta de pago. En el caso el letrado adujo que, tras un litigio judicial en el cual el CPACF reclamó períodos adeudados y culminó con una declaración de caducidad de instancia, el colegio profesional continuó manteniéndolo como inhabilitado, situación de la cual el reclamante tomó conocimiento -según manifestó- al promover una demanda judicial. Entiende que el actor, en su condición de profesional del derecho, tenía pleno conocimiento de la situación en la que se hallaba y debía actuar con un estándar de prudencia apropiado a la particular situación en la que se encontraba, y advierte que el hecho de haber figurado como inhabilitado no impidió su actuación posterior ni implicó una inmediata exclusión del ejercicio profesional.
 
Bartamian, Margarita Noemí y otros s/ medidas preliminares y de prueba anticipada CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 27/05/2015
Medidas preliminares. Determina la competencia de la Justicia en lo Civil en la tramitación de medidas preliminares tendientes a identificar a la persona que, mediante la utilización de un perfil falso en una red social de internet, remitió un mensaje agraviante a la solicitante. Considera que, dado que el objeto del juicio principal se relaciona prima facie con la interpretación de cuestiones vinculadas al régimen de responsabilidad civil extracontractual, el abordaje de la cuestión corresponde a dicho fuero, sin que obste a ello que los presuntos ilícitos tuvieran lugar en un medio interjurisdiccional, puesto que la actora expone que la medida solicitada no propende a la eliminación ulterior de contenidos que obran en bases de datos de internet sino, exclusivamente, a la reparación del perjuicio causado.
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Normativa Provincial
Ley 7566 de CHACO
B.O. 22/05/2015
Se crea el Programa de Primeros Auxilios en la provincia. Obligatoriedad de enseñanza en todos los niveles educativos, sobre primeros auxilios y técnicas de reanimación. Finalidad y objetivos. Alcances y contenidos.
 
Decreto 1281/15 de SANTA FE
B.O. 01/06/2015
Servicios de autotransporte de pasajeros. Permisionarios. Tasa anual. Prórroga del vencimiento. Requisitos
 
Jurisprudencia Provincial
Barboza, Diego Javier s/ Homicidio simple en concurso real con homicidio en grado de tentativa CAMARA DE APELACION Y GARANTIAS EN LO PENAL de AZUL - BUENOS AIRES - 18/05/2015
Revoca la sentencia que declaró la inconstitucionalidad de la ley 14.543 de la Provincia de Buenos Aires que establece el juicio por jurados. Advierte que la sanción por parte de la Provincia de una ley que contemple el juicio por jurados no afecta el sistema republicano ni la jerarquía de las constituciones, pues si bien las provincias dictan las suyas y conservan los poderes no delegados al gobierno central, entre ellos el de asegurar su administración de justicia, deben hacerlo en este caso “de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional”, tal como dispone el art. 5° de esa norma fundamental, y es precisamente en la parte dogmática de esta, en el art. 24, donde se alude a la promoción del juicio por jurados, debiéndose entender ello como un derecho para los justiciables. Ergo, aunque la Carta Magna provincial no menciona al juicio por jurados, no cabe interpretar que veda esa institución contenida en la Constitución Nacional en el capítulo de las “Declaraciones, Derechos y Garantías”.
 
Cravero, Elsa Élida c/ Sucesores de Miguel Ángel Martini -Societario Contencioso - Disolución de sociedad de hecho JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y FAMILIA de MARCOS JUAREZ - CORDOBA - 12/05/2015
Hace lugar a la demanda de declaración de disolución de sociedad de hecho y respectiva liquidación entablada por una mujer contra la sucesión de quien fuera su concubino durante más de cuarenta años. Manifiesta que se ha probado a más del concubinato la sociedad de hecho constituida por los integrantes de aquel, que con motivo de la ruptura de la relación concubinaria ha aflorado un desequilibrio manifiesto de la situación por la que atravesaba la actora, por cuanto, apoyados en la confianza propia del concubinato, la adquisición de bienes inmuebles durante dicho estado ha sido realizada a título personal por el difunto, cuando surge claro que éstas pertenecían a la sociedad de hecho existente. Refiere que si bien la relación afectiva y societaria se desarrolló de esa forma habida cuenta de producto de una raigambre cultural patriarcal, el lo analizado en un contexto de igualdad de género no resulta permisible, pues el sentenciante como operador jurídico tiene el deber de reparar tales conductas, bajo riesgo de inobservar los numerosos tratados internacionales que propenden a una sociedad más justa e igualitaria.
 
Doctrina
Consentimiento informado y derecho a la autonomía personal Autor: PROPATTO, ANAHÍ ELIZABETH
Este trabajo aborda la temática de la autonomía personal y el consentimiento informado del paciente respecto de los tratamientos médicos a recibir y el cambio de paradigma en la relación médico-paciente pasando de un modelo paternalista a un modelo autonomista.
 

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