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viernes, 12 de junio de 2015

Tinkunaco 0829/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

12 de Junio de 2015

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Decreto 1067/15
B.O. 12/06/2015
Creación de la Subsecretaria de Protección de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad en el ámbito de la Secretaria de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
 
Resolución 3779/15 - Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 12/06/2015
Régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales que respalden todas las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras y de las señas o anticipos que congelen precios, efectuadas en el mercado interno.
 
Resolución 926/15 - Secretaría de Transporte
B.O. 12/06/2015
Se aprueba la actualización de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA), en el marco de lo establecido por la Resolución N° 257/2009 de la Secretaría de Transporte.
 
Disposición 24/15 - Tesorería General de la Nación
B.O. 12/06/2015
Emisión de Letras del Tesoro en pesos con vencimiento 18 de Agosto de 2015 por un importe de pesos valor nominal cinco mil millones ($ VN 5.000.000.000).
 
Jurisprudencia Nacional
Díaz, Ramón Ángel s/ recurso de casación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - 29/04/2015
Confirma la sentencia que condenó, en orden al delito de recepción y acogimiento de persona mayor de edad, mediando situación de vulnerabilidad, engaño, coerción, con fines de explotación sexual, a una pareja que, mediante la utilización de violencia y abusando del estado de indefensión de la víctima, que se había trasladado desde la localidad de Orán, en la Provincia de Salta, hasta Comodoro Rivadavia, en la Provincia de Chubut, la sometieron haciéndola ejercer la prostitución desde el mes de diciembre de 2011 hasta febrero de 2012. Asimismo, rechaza el planteo de los imputados, relativo a que la decisión de una persona de ejercer su derecho al trabajo sexual queda dentro del ámbito de su privacidad, del ejercicio de su libre determinación y no debe ser materia de criminalización, pues se trata de hechos producidos por medio de violencia física y psíquica, que tipifican en el art. 145 bis CP (según ley 26.364) y afectaron gravemente la libertad y dignidad de la víctima, reducida a la condición de “cosa u objeto” comercial.
 
Fernández, Yolanda Elizabeth Maria del Pilar c/ Galeno Argentina S.A. s/ Despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 20/03/2015
Acción de derecho común. Enfermedad profesional. Telefonistas. Hace lugar a una acción fundada en derecho común por enfermedad profesional contra una empresa de medicina prepaga, incoada por una operadora de call center a la que sus tareas le causaron una reacción vivencial anormal neurótica depresiva y una disfonía por hiato longitudinal. Considera que el espacio reducido donde trabajaba la actora junto a otros compañeros, a los cuales la demandada les proporcionó instrumentos de trabajo que funcionaban deficientemente, ocasionaron que todos debiesen elevar su voz constantemente uno por sobre otro, contribuyendo de esta forma a conformar un ambiente laboral ruidoso.
 
Normativa Provincial
Ley 5261 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 10/06/2015
Ley contra la discriminación. Objeto. Autoridad de aplicación. Definición. Acciones afirmativas. Prevalencia normativa. Medidas de protección contra la discriminación. Acciones judiciales. Sentencia. Prevención de actos discriminatorios.
 
Ley 10366 de ENTRE RIOS
B.O. 01/06/2015
Promoción y regularización de la actividad ladrillera. Se Crea el Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales. Organización de una base de datos. Autoridad de aplicación. Objetivos. Funciones. Mesa de la Actividad Ladrillera. Responsabilidad y promoción. Financiamiento. Formulario de Declaración Jurada de Datos.
 
Jurisprudencia Provincial
Santillán, Ivana Valeria vs. Instituto Provincial de la Vivienda - amparo - recurso de apelación CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 04/06/2015
Violencia familiar. Hace lugar a la acción de amparo y ordena al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Salta que entregue a la actora la tenencia precaria de una vivienda, sin la necesidad de la firma de su ex marido. Advierte que la accionante informó al organismo demandado la problemática de su situación familiar y la conflictiva relación con su anterior pareja, que desembocara en la promoción del divorcio contencioso por injurias graves, configuradas básicamente por episodios de violencia doméstica. En consecuencia, debe respetarse el “statu quo” existente y valorarse las desventajas de someter a los niños a las vivencias de un traslado de hogar, situación en alto grado tensionante al incrementar la presión que ejerce sobre ellos la conflictiva relación entre sus padres, lo que resultará perjudicial para su crecimiento personal y conspirará en definitiva contra la normativa convencional y constitucional que los tutela.
 
Riquelme Abdon, Miguel s/ homicidio culposo TRIBUNAL DE IMPUGNACION de NEUQUEN - NEUQUEN - 29/05/2015
Confirma la pena por homicidio culposo impuesta al imputado que encontrándose en estado de ebriedad atropelló con su vehículo a un niño, provocándole lesiones que derivaron en su muerte. Manifiesta que la sentencia no ha violado el principio que impide la doble valoración, tal como lo sostuvo la defensa, ya que mencionó que existían circunstancias objetivas que exigían un mayor cuidado y responsabilidad por parte del imputado, como lo fue, el horario y lugar del hecho -tránsito fluido a las 8:00 am en plenos ingresos laborales y estudiantiles- alcohol en sangre, habitualidad en la localidad de tránsito peatonal por las arterias ante la ausencia veredas delimitativas, que casi atropelló a dos adolescentes previamente, insistencia de sus compañeros para que dejara de manejar, y aumento de la velocidad.
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Doctrina
Las tutelas procesales diferenciadas en los procesos contencioso - administrativos Autor: CABRAL, PABLO OCTAVIO
Aborda la justicia administrativa legítima siguiendo el camino de la nueva ley de medidas cautelares; reconociendo expresamente la justiciabilidad de los derechos sociales y protege en forma diferenciada a sectores socialmente vulnerables.

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