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lunes, 1 de julio de 2019

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Cuándo un coordinador laico puede celebrar la Cena del Señor

El día 18/06/19, pensando en el Sínodo Panamazónico de octubre, escribimos sobre el deseo del Papa Francisco de ordenar sacerdotes a casados, especialmente indígenas, para los lugares distantes de la Amazonia. Será un sacerdote de estilo indígena, seguramente, distinto del tradicional.
En los sitios sin asistencia de sacerdotes, hay coordinadores de comunidades eclesiales de base que ya están presidiendo las celebraciones de la Cena del Señor. No están ordenados pero nadie dirá que Cristo no está ahí presente en la Palabra, en la comunidad y en su celebración.
La cuestión no es sólo intraeclesial católica, también es ecuménica. Las Iglesias que salieron de la Reforma celebran en sus comunidades la Cena del Señor con pastores no ordenados. ¿Cuál es el valor de estas celebraciones? ¿Estará realmente Cristo presente ahí bajo las especies del pan y del vino?
Trataremos de responder en ambos casos positivamente, fundados en una vasta documentación histórico-teológica que no puede ser aducida aquí, pero que se encuentra en el libro Eclesiogénesis: la reinvención de la Iglesia, Editora Record 2008, p. 165-188.
La afirmación básica, definida por el Concilio Vaticano II, es: «La celebración del Sacrificio Eucarístico es el centro y la cumbre de toda la vida de la comunidad cristiana» (Christus Dominus, nº 30). Los fieles desean la eucaristía. ¿Se les puede negar por el hecho de no tener un ministro ordenado en su medio? Los coordinadores de las comunidades hacen todo lo que un ordenado hace: ¿por qué no pueden consagrar? Lo normal sería que fueran ordenados, pero no lo son porque no son célibes.
La investigación rigurosa sobre el tema concluyó que ha habido dos fases: en el primer milenio del cristianismo la ley básica era «quien preside la comunidad, preside también la eucaristía; podía ser un obispo, un presbítero, un profeta, un doctor, un confesor o un simple coordinador». Era impensable que una comunidad se quedase sin eucaristía por la carencia de un obispo o de un sacerdote. Entraba entonces el coordinador de la comunidad, como ocurre en nuestras comunidades hoy día. El nexo era el coordinador de la comunidad y la celebración de la eucaristía.
En el segundo milenio se dio un cambio. Las disputas entre el Imperium y el Sacerdotium desplazaron el tema de la comunidad en favor del tema del poder sagrado. Los Papas reivindicaron el poder sagrado por encima del poder imperial. Este poder sagrado viene por la vía del sacramento del Orden. El nexo es ahora quién tiene el poder sagrado y quién no lo tiene. Sólo quien es ordenado tiene el poder de consagrar. El laico queda excluido aun siendo coordinador. Ahora hay un orden laical y otro sacerdotal.
Con referencia a las celebraciones eucarísticas de las Iglesias cristianas no romano-católicas se parte del hecho de que en ellas se celebra la Cena del Señor por los ministros aceptados por las respectivas comunidades. La validez de esta celebración no viene del sacramento del Orden, vía imposición de las manos hecha por el obispo sobre el fiel laico, que pasa entonces a ser sacerdote con poder de consagrar. Para los evangélicos, el poder de celebrar se deriva de la fe y de la fidelidad a la doctrina apostólica acerca de la presencia del Señor en la celebración de la sagrada Cena. Lo mismo podríamos decir de las celebraciones en las comunidades eclesiales de base: la fe apostólica en la real presencia de Cristo en el pan y en el vino bendecidos por el coordinador o por un grupo de coordinadores, conferiría el poder de consagrar. Cristo estaría presente ahí.
Otro polo de comprensiónse funda en el valor del bautismo tomado en su integralidad. Es doctrina común que el bautismo es la puerta de entrada de todos los sacramentos, y contendría seminalmente a todos los demás. Por el bautismo todos los fieles participan del único sacerdocio realmente válido que es el de Cristo. El sacramento del Orden no es el sacramento del obispo o del sacerdote. Es el sacramento de la Iglesia como comunidad de los fieles. Si alguien es ordenado en el sacramento del Orden es para el servicio de la comunidad, para su coordinación y animación espiritual. No existe un frente a frente: por un lado el fiel, sacerdote común, sin poder sacramental ninguno y por otro el sacerdote ordenado con todos los poderes. Lo que existe es una comunidad, toda ella sacerdotal y profética, que especifica las funciones sin que una disminuya a las otras, una de consagrar y coordinar, otra de interpretar los textos sagrados, de responsabilizarse de los cánticos, de visitar a los enfermos, etc.
Además es doctrina común que, después del sacerdocio de Cristo, no puede haber ningún otro sacerdocio a título propio. Por eso es Cristo quien consagra. El sacerdote no consagra. Él tiene el poder de representar, de hacer visible en la comunidad a Cristo invisible. Él no sustituye a Cristo.
En una comunidad bien organizada hay un sacerdote o un pastor con esta función. Pero cuando falte y sin culpa de la comunidad, el coordinador puede asumir esta función de representación de Cristo. Esta situación hoy en día es bastante frecuente; de ahí la importancia de reconocer la validez de las celebraciones de los pastores y de los coordinadores laicos.      

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