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martes, 12 de abril de 2011

Tinkunaco 0236/11 - Fwd: Declaración de principios - Círculo de Abogados Laboralistas de Córdoba

Círculo de Abogados Laboralistas de Córdoba 
Refundación - Declaración de Principios
Cien años de evolución atesora el Derecho del Trabajo. Desde sus primeros balbuceos legislativos hasta la realidad presente, ha pasado por cambios de distinta naturaleza y signo, desde su crecimiento aluvional a mediados del pasado siglo, hasta la ola neoliberal y desreguladora de los ’90 y los actuales intentos por recuperar el esencial sentido protectorio del trabajador subordinado que constituye su razón de ser.
La refundación del Círculo de Abogados Laboralistas de Córdoba, como continuidad del compromiso que hace un cuarto de siglo reuniera a un importante grupo de litigantes del fuero para mantener reflexiones en común y fijar posiciones en un ámbito de permanente disputa teórica y práctica, revela que la batalla de ideas en este campo constituye una actividad necesaria y constante.
La evolución de la legislación; el estado de la jurisprudencia y las condiciones materiales para la defensa de los derechos configuran objetivos de trascendencia similar, que exceden la posibilidad de abordaje individual y requieren el esfuerzo conjunto e institucionalizado de quienes comparten el compromiso con la visión histórica de un derecho laboral garantista y tuitivo.
Con ese propósito, el Círculo de Abogados Laboralistas de Córdoba pretende reunir a los abogados que en el ejercicio profesional han hecho preferente opción por el Derecho laboral visto éste como una herramienta que propende a la mejor calidad de vida de los trabajadores y a una mayor democratización en las relaciones sociales que genera el trabajo dependiente, reconociendo ante todo el valor fundante que en esta disciplina del Derecho tiene la tutela del trabajador.
Esta asociación se reconoce como ideológica y políticamente pluralista. Cobija en su seno a todas las expresiones del pensamiento político y se define como absolutamente independiente del Estado, de los partidos políticos y de las asociaciones sindicales.
Se reivindica como plenamente pluralista pero no neutral, ya que hace opción de bregar por el progreso del Derecho del Trabajo desde los intereses de los trabajadores como sujetos de atención preferente.
En ese marco, sus integrantes se proponen manifestarse en todos los espacios donde aquellos fines puedan perseguirse: opiniones doctrinarias, capacitación, conferencias, movilizaciones, posiciones públicas sobre temas trascendentes para la profesión y el Derecho del Trabajo, participación en Foros donde se debata tal problemática y, en fin, en todas aquellas manifestaciones que comprometan los derechos de los trabajadores y de sus organizaciones representativas.
A ese fin sus integrantes se darán un funcionamiento institucional cuya premisa liminar es jerarquizar la toma de resoluciones por el consenso de sus integrantes, antes de proceder a resolver las diferencias mediante el expediente de mayoría y minoría.
La defensa de los intereses de los abogados laboralistas será una preocupación permanente del Círculo, para reclamar por ante el Colegio de Abogados la defensa y promoción de su actividad profesional, así como para ejercer una celosa vigilancia sobre la ética en su ejercicio, rechazando tanto una visión meramente economicista de la abogacía cuanto todas las prácticas abusivas o corruptas susceptibles de desnaturalizar los elevados fines que en el presente pronunciamiento se proclaman.

Junta Promotora:
Allende Martín – Astegiano Nicolás- Baudino Clara – Biafore Eugenio – Cafure Simón
Carrión Manzanel Pablo – Ciaravino Luciano – Faure Hernán – Finello Verónica – Giletta Ricardo
Layún Camel Rubén – Layún Juan Carlos – Luque Oscar – Manavella Fernando – Medina Gustavo
Pérez Correa Cecilia – Reinaudi Luis

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