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lunes, 23 de julio de 2012

Tinkunaco 1.099/12 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
23 de julio de 2012
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Normativa Nacional
Resolución 66/12 . Ministerio del Interior y Transporte
BOLETÍN OFICIAL: 23/07/2012
Servicios de Transporte Público de Pasajeros. Modificación de la Resolución 13/09 del Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y Servicios. Niveles tarifarios.
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Disposición 35/12 . Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno
BOLETÍN OFICIAL: 23/07/2012
Cuota Hilton. Reglamento de Normas Básicas para la confección de Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
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Decisión Administrativa 510/12 . Jefatura de Gabinete
BOLETÍN OFICIAL: 23/07/2012
Administración Pública Nacional. Modificación de la distribución del Presupuesto General, ejercicio 2012.
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Jurisprudencia Nacional
M. L., A. M. s/ robo con armas en tentativa.
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL , SALA IV. 29/05/2012
Robo con armas. Portación de armas de guerra. Supresión de la numeración del arma. Concurso real de delitos. Destaca que las figuras de robo agravado por su comisión con arma de fuego (art. 166, inc. 2°, C. Penal), portación de arma de guerra sin la debida autorización legal (art. 189 bis C. Penal) y encubrimiento de la supresión de la numeración de la misma (art. 277, inc. 1°, apartado "c", del C. Penal) concurren todas ellas en forma real (art. 55 del C. Penal).
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Serrate, Jorge Federico C/ Nueva Chevallier S.A. y Otro S/ Accidente Ley Especial.
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, SALA IX. 20/04/2012
Accidentes del trabajo. Incapacidad permanente. Modo de establecer el porcentaje de incapacidad. Fórmula de Balthazar. Considera que cabe confirmar la sentencia de primera instancia, que en cuanto a los fines de determinar el porcentaje de incapacidad por las dolencias física y psicológica resultantes del accidente de trabajo, aplicó la fórmula "Balthazar".
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Normativa Provincial
Decreto 1187/12. CHACO
BOLETÍN OFICIAL: 13/07/2012
Se crea el Fondo Fiduciario denominado "Industria Textiles Chaco.
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Decreto 4/12. SAN JUAN
BOLETÍN OFICIAL: 11/07/2012
Dirección General de Rentas. Modificación al decreto 1667/1993, sobre el adicional denominado Fondo Estímulo.
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Jurisprudencia Provincial
Incidente de recusación planteado por el Dr. Gustavo Rodrigo Reynoso.
CAMARA EN LO PENAL, SALA II. PROVINCIA DE JUJUY. 28/06/2012
Recusación en el proceso penal. Supuesta connivencia entre el juez y el Fiscal. La Cámara en lo Penal rechazó el planteo formulado por la defensa con sustento en que el magistrado interviniente, antes de culminar una audiencia en la que declaraba un familiar de la víctima, insinuó con ademanes y señas al fiscal para que solicite un careo con otro testigo. Entendió que la frase "Sr. Fiscal, no se si usted quiere decir algo" no puede interpretarse con el sentido que le pretende adjudicar el recusante, sino que, es una pregunta que habitualmente se hace antes de culminar las audiencias.
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Y.P.F. S.A. c/ Municipalidad de Malagueño -Plena jurisdicción-.
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PRIMERA NOMINACION. 27/06/2012
Determinación impositiva municipal. Empresa que carece de local dentro del territorio del municipio. Se hace lugar a la demanda contencioso administrativa incoada por Y.P.F. S.A. en contra de la Municipalidad de Malagueño y se declara la nulidad de los actos administrativos que la obligaron al pago de la "Contribución por los Servicios de Inspección General e Higiene que inciden sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios". Siguiendo los lineamientos expresados por la CSJN, los magistrados determinaron que la obligación impuesta configura un impuesto y no una tasa, por lo cual, dicho municipio carece de facultades para exirgirla, habida cuenta que el art. 9, inc. b, de la ley 23.548 de "Coparticipación Federal de Recursos Fiscales" prohíbe que por vía de tasas retributivas de servicios se apliqu en gravámenes locales análogos a los nacionales distribuidos.
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ESSO SAPA c/ Gonzalez Daniel Vicente s/ Incidente (Excepto los tipificados expresamente).
CÁMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL, SALA I, AZUL. 12/06/2012
Quiebra indirecta. Plazo de prescripción. Se desestima la excepción de prescripción, ya que a la fecha en que se declaró la quiebra indirecta no había transcurrido el plazo bianual dispuesto por el art. 56 LCQ. El tribunal añade que, si las acciones se encontraban prescriptas con anterioridad por aplicación de la citada norma, las mismas no pueden renacer ante el decreto de quiebra.
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