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viernes, 19 de julio de 2013

Tinkunaco 1069/13 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

19 de Julio de 2013

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Resolución 103/13 - Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
B.O. 19/07/2013
Sistema Nacional de Aeropuertos. Modificación del Régimen de Sanciones por Infracciones a las disposiciones legales y reglamentarias, aprobado por la Resolución Nº 80 de fecha 22 de mayo de 2013.
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Disposición 262/13 - Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
B.O. 19/07/2013
Régimen Jurídico del Automotor. Normas administrativas y de procedimiento relativas a los trámites registrales. Uso obligatorio de elementos de seguridad para la formación de cada Legajo B que se utiliza para archivar la documentación.
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Jurisprudencia Nacional
C., A. y otros s/ estafa prescripción
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 05/06/2013
Prescripción del delito de administración fraudulenta. Rechaza la excepción de prescripción de la acción penal deducida por la defensa referida a que deben tratarse los hechos en forma independiente, pues conforme se advierte de la doctrina sentada en el fallo “Pompas”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que el delito de defraudación por administración fraudulenta tiene en mira la totalidad de la gestión involucrada en el manejo del patrimonio, por lo que los diversos episodios infieles no implican reiteración, no multiplican el delito que sigue siendo único e inescindible.
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F. del R. s/ ser tenida por querellante
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 05/06/2013
Querella. Admite como parte querellante a la copropietaria integrante de un consorcio, dado de las constancias de la causa surge que es directamente ofendida por el episodio denunciado, ha sufrido un perjuicio patrimonial y, además, cumplimentó los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal de la Nación. Sostiene que, cada copropietario es particularmente damnificado por la parte proporcional que debe aportar para reparar el daño sufrido por el consorcio.
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Normativa Provincial
Ley 14513 de BUENOS AIRES
B.O. 04/07/2013
Excepción del pago de tasas registrales. Expedición de segundos o ulteriores testimonios de escrituras públicas, cuando los solicitantes sean habitantes de las Ciudades de La Plata, Berisso y Ensenada. Plazo.
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Ley 4576 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 17/07/2013
Se instituye la segunda semana del mes de agosto de cada año como "Semana de la Prevención contra el Síndrome Urémico Hemolítico (S.U.H)".
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Ley 3321 de SANTA CRUZ
B.O. 16/07/2013
Impuesto de sellos. Se modifican las alícuotas sobre la transferencia de automotores, en el marco de la ley 3252.
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Jurisprudencia Provincial
Legajo De Apelación en autos: Boo, Hector Jose S/ Sucesión
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - CORRIENTES - 09/05/2013
Administración de la Sucesión. Revoca la sentencia que había otorgado la administración compartida del acervo hereditario a la heredera testamentaria y a la cónyuge supérstite del causante. Entiende que resulta prudente conferirle la administración exclusiva a ésta última, quien ostenta mejor derecho, en virtud de lo dispuesto por el art. 709 del CPCC de Corrientes. Señala que el tribunal de alzada no pudo válidamente brindar razones plausibles y concretas de porqué la cónyuge supérstite del caso no sería persona idónea para la administración de todo el acervo.
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IPAUSS c/ Provincia de Tierra del Fuego AeIAS s/ apremio
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - TIERRA DEL FUEGO - 10/07/2013
Déficit presupuestario previsional. Rechaza la demanda de apremio incoada por el ente previsional de la Provincia de Tierra del Fuego contra el gobierno provincial, tendiente a obtener el cobro de los fondos destinados a cubrir el déficit relativo al cumplimiento de las obligaciones previsionales a su cargo. Advierte que el certificado cuya deuda se pretende ejecutar no ha satisfecho el procedimiento específico previsto en el art. 31 de la ley 486 local, que prevé la interpelación al ministerio de economía por un plazo no menor a 90 días corridos. En efecto, la normativa no contempla un procedimiento para cubrir gastos y deudas corrientes del organismo, sino que se trata de un mecanismo que procura asegurar el cumplimiento irrestricto de la previsión presupuestaria, sometiendo la vía ejecutiva a una condición de cono cimiento taxativa.
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Doctrina
La prescripción vis a vis el "plazo razonable" en el derecho administrativo sancionador. Notas sobre la doctrina de la especial sujeción
Autor: GARCÍA ROSSI, MAGDALENA
Aborda la temática de la prescripción vis a vis en el derecho administrativo sancionador, su evolución jurisprudencial y analiza la doctrina de la especial sujeción. Manteniendo un constante diálogo entre el derecho nacional y el derecho regional de los derechos humanos.
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Otras NOvedades
Comunicación "A" 5447. Banco Central de la República Argentina "Operatoria CEDIN"
El Banco Central establece las condiciones de operatoria de los Certificados de Depósito para Inversión: CEDIN. Suscripción. Emisión. Distribución. Endoso. Cambio. Pago. Recomendaciones a los usuarios.
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