Resolución 227/12 . Ministerio de Industria
BOLETÍN OFICIAL: 10/07/2012
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| Programa
Nacional de Apoyo al Empresariado Joven. Programas "Capital Semilla" y
"Aprendiendo a Emprender" . Convocatoria a la presentación de proyectos. |
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Resolución 226/12 . Ministerio de Industria
BOLETÍN OFICIAL: 10/07/2012
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| Programa
Nacional de Apoyo al Empresariado Joven. Reglamento Operativo del
Programa "Capital Semilla" y "Aprendiendo a Emprender" de la Unidad de
Seguimiento y Control de los Proyectos Beneficiarios de la Unidad
Ministro. |
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Amitrano, Atilio Claudio s/ recurso de casación. CAMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, SALA II. 09/05/2012
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| Coacción.
Violencia contra la mujer. Rechaza un recurso de casación interpuesto
por la defensa de un condenado por el delito de coacción. Señala que
debe rechazarse el agravio relativo a que fuera el testimonio de la
víctima el elemento de juicio determinante de la imputación, pues la
sentencia integró el testimonio de la víctima a través de un confronte
crítico, sin fragmentar las pruebas, ni analizarlas de manera aislada.
Además, sostiene que, en casos reveladores de violencia contra la mujer,
el Estado argentino tiene compromisos asumidos en las convenciones
internacionales. |
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Ley 7723. SALTA
BOLETÍN OFICIAL: 05/07/2012
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| Se modifica el Código Fiscal de la Provincia Decreto Ley Nº 9/75. |
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Ley 8160. SAN JUAN
BOLETÍN OFICIAL: 04/07/2012
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| Ejercicio Profesional de Licenciados, Técnicos y Guías en Turismo. Modificación de la ley 8080. Creación de un Registro. |
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Decreto 2187/12. SALTA
BOLETÍN OFICIAL: 05/07/2012
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| Se establece el acceso libre y gratuito al Boletín oficial de la provincia de Salta vía internet desde el 14 de Agosto de 2012. |
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Durante Eduardo Adrián y otros c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ pretensión cesación de via de hecho administrativa. JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO N°1 DE LA PLATA. 06/07/2012
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Empleados
públicos de la Provincia de Buenos Aires. Desdoblamiento del aguinaldo.
El juez federal Luis Federico Arias admitió la medida cautelar
peticionada por varios trabajadores provinciales y Asociaciones de
Trabajadores, y ordenó al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos
Aires a abonar el sueldo anual complementario a la totalidad de los
trabajadores dependientes del Estado Provincial, asegurando su
percepción de acuerdo a la legislación vigente, dentro del plazo de
cinco días de notificada la sentencia. El magistrado sostuvo que el pago
fraccionado que anunció el gobierno carece de ley o acto administrativo
que le sirva de sustento, afectando con ello el derecho de propiedad de
naturaleza alimentaria. Asimismo agregó que la Administración del Poder
Ejecutivo se debe desarrollar de acuerdo a las prescripcione
s de la Ley de Presupuesto correspondiente al presente ejercicio, ya
que no se advierte la existencia de factores extraordinarios que afecten
la recaudación ni los gastos susceptibles de alterar la previsión que
el mismo Poder Ejecutivo ha tenido en cuenta al momento de presentar la
estimación de recursos y gastos ante la legislatura local.
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