Ley 26855
B.O. 27/05/2013
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Procedimiento
para la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura.
Modificación de las leyes 24.937, 11.672, 19.362, 17.928, 23.853, 24.156
y 26.376. |
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Decreto 577/13
B.O. 27/05/2013
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Convocatoria
para la elección de candidatos a Consejeros de la Magistratura en forma
conjunta y simultánea con las elecciones primarias, abiertas,
simultáneas y obligatorias el día 11 de agosto y convocatoria al
electorado de la Nación para que el día 27 de octubre proceda a elegir
Consejeros del Consejo de la Magistratura. |
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Adriana Reisfeld, Diana Wassner y Jorge Lew sobre queja por retardo de justicia en autos "Galeano, Juan José s/ causa nº 8997
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 22/05/2013
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Retardo
de justicia. Irregularidades en la causa Amia. Derecho a la sentencia.
Admite una denuncia por retardo de justicia y ordena la remisión del
expediente a la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal para que
se dicte sentencia a la brevedad, en el marco de un proceso en el que se
investigan irregularidades cometidas en la causa Amia. Señala que la
situación ocasionada por la dilación de más de cinco años incurrida para
resolver un recurso, por excusaciones de magistrados y dificultades en
la integración de la Sala actuante, afecta la garantía constitucional de
defensa en juicio, la cual incluye el derecho a obtener un
pronunciamiento dentro de un plazo razonable. |
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Merlo, Roxana Gabriela c/ Romauma S.R.L. y Otro s/ Despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 24/04/2013
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Enfermedad
profesional. Esbozos nodulares. Hace lugar a la demanda incoada por una
trabajadora que persigue la reparación por incapacidad padecida como
consecuencia de la sobrecarga del uso de la voz durante sus tareas en un
local comercial. Considera que la disfonía funcional detectada y por
ende el porcentaje de incapacidad, son consecuencia de la prestación de
servicios a favor de la demandada. Agrega que al no contar la
trabajadora con servicio alguno propio de la LRT, corresponde
responsabilizar directamente a su empleador por el daño inferido, pero
también a la socia gerente quien debía velar por el debido cumplimiento
de la legislación vigente en seguridad e higiene para la protección de
la integridad psicofísica de la actora. |
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Ley 7213 de CHACO
B.O. 08/05/2013
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Ley
de promoción y capacitación en las técnicas de reanimación
cardiopulmonar básicas. Adhesión de la provincia a la ley Nacional
26.835. |
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Ley 8355 de SAN JUAN
B.O. 20/05/2013
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Adhesión de la provincia a la ley 26.839 que declara el aceite de oliva Argentino como alimento nacional. |
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Ojeda,
David Emanuel y otro s/ Homicidio reiterado doblemente agravado en
conc. ideal c/ robo agravado por uso de arma en conc. real c/ incendio
doloso en grado de tentativa
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - TIERRA DEL FUEGO - 10/04/2013
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Homicidio
criminis causae. Condena en orden al delito previsto en el art. 80
inciso 7º, del Cód. Penal a quienes ingresaron a la vivienda de una
pareja de ancianos de 70 y 72 años de edad, sustrajeron varios bienes de
aquéllos y les causaron la muerte mediante numerosas puñaladas. Señala
que el ingresar violentamente a la casa, tomar un cuchillo de la cocina,
dirigirse hacia las víctimas y ultimarlas para sustraer distintos
objetos habidos en la vivienda, muestran un accionar conciente y
concertado de los imputados, con un ánimo de obrar en común, en que
ambos enjuiciados atacaron y coordinaron sus acciones. Añade que los
homicidios fueron fruto de una decisión preordenada a facilitar,
consumar y ocultar el desapoderamiento de distintos bienes propiedad de
los ancianos. |
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Rosales
Urtiaga, Geraldine, Santiago, María Eugenia, Acosta, Magdalena y otro
c/ Poder Judicial, Tribunal Superior de Justicia, Amparo
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL DE 49va NOMINACION de CORDOBA - CORDOBA - 17/04/2013
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Concurso
de antecedentes y oposición. Se Rechaza la medida cautelar innovativa
intentada por un grupo de abogados a fin de que se ordene al Tribunal
Superior de Justicia de Córdoba, posibilitar la participación de los
actores en el llamado a concurso instrumentado en el Acuerdo Nº 22
Serie “A” a los fines de cubrir los cargos de meritorios definitivos,
interinos, suplentes o contratados en el área jurisdiccional. El
magistrado entiende que la exclusión que realiza el mencionado acuerdo
respecto de quienes hayan finalizado o egresado de la carrera de
abogacía no luce arbitraria ni ilegal, y se encuentra vigente desde hace
más de doce años, de modo que no se advierte que frente al impedimento a
concursar para ingresar al Poder Judicial impuesto a los amparistas, se
consagre al propio tiempo un derecho a otros abogados
a participar en dicho concurso, lesionando de tal modo el derecho a la
igualdad. |
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