Washington,
D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha estado
siguiendo la marcha de la situación de la independencia del poder
judicial a través de sus diversos mecanismos durante los últimos años,
así como a través del seguimiento de su
visita in loco a Honduras de diciembre de 2014.
La CIDH tiene conocimiento de que los miembros de la Junta Nominadora
deben designarse y asumir funciones el 1 de septiembre de 2015. Después
de esa fecha, la Junta Nominadora deberá comenzar un proceso de
designación y selección de 45 candidatos incluidos en una lista que se
presentará el 23 de enero de 2016 ante el plenario del Congreso. Luego,
el Congreso seleccionará 15 de los 45 candidatos, el 25 de enero de
2016, para desempeñar funciones como jueces de la Suprema Corte durante
el período de 2016-2023. Durante su visita
in loco, la Comisión
se enteró de varias situaciones que podrían afectar la imparcialidad e
independencia del poder judicial y desde entonces ha recibido
información sobre las preocupaciones de la sociedad civil en cuanto a
la transparencia del inminente proceso de nombramiento de la Suprema
Corte. Entre las preocupaciones se incluye la politización del proceso a
través de la selección y nombramiento de candidatos que podrían
favorecer intereses sectoriales y no aquellos de la mayoría de la
sociedad hondureña.
En este sentido, la Comisión destaca su informe de 2013:
Garantías
de Independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el
fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las
Américas, en el cual se detallan las garantías que deben observarse
en los procedimientos de nombramiento y selección judicial. La CIDH
destacó en el informe que el objetivo de cualquier proceso de selección y
nombramiento de operadores debe ser seleccionar candidatos basándose en
mérito personal y titulación profesional, tomando en cuenta la
naturaleza singular y específica de las tareas a realizarse. Con ese
fin, la Comisión considera que es esencial contar con criterios
objetivos, preestablecidos, para examinar y evaluar a los candidatos, a
fin de evitar el uso de criterios discrecionales de las personas o
entidades que participan en el proceso de selección. El proceso de
selección también debe garantizar la igualdad de acceso a posiciones,
respetando el principio de igualdad y no discriminación, de manera que
cualquier persona que piense que, él o ella, cumple con los requisitos
pueda solicitar la posición. Asimismo, el público, las organizaciones de
la sociedad civil y otras partes interesadas deben tener la oportunidad
de ver los criterios de selección, cuestionar a los candidatos y
expresar su inquietud o su apoyo.
En el ejercicio de su mandato de promover la observancia y protección de
los derechos humanos y teniendo en cuenta el papel fundamental que los
operadores de justicia juegan para garantizar el acceso a la justicia y
preservar el estado de derecho, la CIDH insta encarecidamente al Estado
de Honduras a que supervise la observancia, por parte de la Junta
Nominadora, de estos estándares mínimos establecidos de acuerdo al
derecho internacional de los derechos humanos a fin de garantizar la
independencia del poder judicial. Una vez que los jueces, especialmente
aquellos de la Suprema Corte, asumen funciones, el Estado debe
ofrecerles capacitación profesional, tomar medidas para garantizar su
independencia de los otros poderes del gobierno y garantizar su
seguridad de presiones externas, incluidas las amenazas y represalias
dirigidas directamente a su persona o a sus familias.
En vista de lo anterior, la CIDH insta al Estado de Honduras a
garantizar transparencia y una extensa participación civil y la
supervisión de su próximo proceso de selección de jueces de la Suprema
Corte de Justicia, así como la independencia y seguridad de los
operadores de justicia que sean seleccionados.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los
derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA
en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes
que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y
no representan sus países de origen o residencia.
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