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lunes, 15 de abril de 2019

Tinkunaco 612/19 - Revista El Emilio - No se puede tapar el Sol con las manos

No se puede tapar el Sol con las manos


La Rioja, Argentina, UNASUR-CELAC, EL EMILIO, Derechos Humanos

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Por Delfor “Pocho” Brizuela-Secretario de Derechos Humanos de la Pcia. de La Rioja,
El paupérrimo y vergonzante veredicto del tribunal oral federal de La Rioja en el juicio de causas acumuladas, conocido como Mega Causa II, da la impresión que estamos asistiendo, a la restauración de la impunidad encubierta, con fallos y desarrollos de audiencias, donde el valor probatorio del testimonio desgarrador de las víctimas, es relativizado y colocado en un cono de sombras de duda y desconfianza.
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Esta nueva y peligrosa impronta, de algunos tribunales federales penales, como en este caso, parece adaptarse a la realidad de los tiempos que corren, animados por un sentido lábil, liviano y cargado de un relativismo insípido, que le ha impreso el gobierno nacional, a los derechos humanos, especialmente en lo concerniente a las políticas públicas de Memoria-Verdad y Justicia.
En primer lugar hay un claro retroceso y regresión, con el amparo y la complicidad de los poderes dominantes y hegemónicos, desde manifestaciones públicas de funcionarios, indiferencia y nula difusión, con la lógica del cerco mediático, de muchisimas de los canales  de comunicación masiva, pasando por la inacción o relajamiento de instancias de  compromiso institucional, como el respaldo a la Unidad Fiscal de Lesa humanidad, la comisión Interpoderes de Seguimiento de las causas de Lesa Humanidad y los diversos programas y estrategias administrativas, que potenciaban y jerarquizaban una politica de estado.
Todo esto está reducido a una minima expresión o brilla por su ausencia.
En segundo lugar, el Negacionismo,  puesto en la cancha, por actores encumbrados del gobierno de Cambiemos, y varios de los sectores que representa  Macri, caracterizados por sus posiciones reaccionarias y procesistas, e incluso antidemocráticas, que encuentran el clima propicio para mostrarse activos en militar el olvido, o la justificación, a veces solapada, a veces manifiesta, del Terrorismo de Estado, que por supuesto lo verbalizan con algún eufemismo, para sepultarlo como palabra y como concepto. 
Van en esta linea argumental, dichos impregnados de causalidad y desprovistos de una pretendida ingenuidad: “los derechos humanos son un curro”, ” lo que pasó en la guerra sucia”,  “no hubo un plan sistemático, hubo excesos”, ” Lo de los 30000 desaparecidos  no es cierto”, ” reunión de familiares de genocidas con autoridades nacionales”…..
La tercera consideración, es la permisividad de los tribunales, en distintos juicios de lesa humanidad, del cual una muestra más, es el último realizado en La Rioja; respecto a la insistente batería de preguntas de las defensas de los imputados, respecto a la militancia y actividad política de los testigos víctimas, invirtiendo la naturaleza del juicio, que no juzga a lxs testigxs, sino, como es obvio, lo hace con los imputados.
A esto se suma, que en varias de las absoluciones, casi masivas, de la Mega Causa II, la razón esgrimida, es el beneficio de la duda, que es un principio válido en los procesos penales, pero que en causas de Lesa humanidad tiene que ver con la valoración del tribunal, de la prueba testimonial que tiene una envergadura probatoria especial, pues se trata de víctimas de un plan sistemático, que se ocupó en su accionar, de borrar y desaparecer pruebas documentales.
Por eso, el testimonio de la víctima, unidos al de otras víctimas, guardando coherencia interna, es prueba irrefutable, y de acuerdo al veredicto, desconociendo aún los fundamentos, todavía no provistos, parece que no.
Finalmente, se infiere, cuestión que quedará confirmada con el acceso a los fundamentos en general, y las razones de los votos de cada miembro del tribunal, en particular; que se ha usado de criterio exculpatorio y absolutorio, la polémica doctrina del “error de prohibición”, que en los hechos enjuiciados, constituye la vigencia de una Obediencia Debida tácita, legislación inexistente, por haber sido anulada de nulidad absoluta, por ser un atajo jurídico viciado de impunidad manifiesta.
Es escandaloso, desde lo ético y jurídico, que alguien torture, provoque tormentos, allane, detenga personas, porque su superior no se lo prohibió expresamente y entonces, el sujeto de la acción, a todas luces aberrante y delictual, tenga la presunción de que es licito: Esto es una barbaridad, desde cualquier punto de vista.
Gracias a la historia  y a la lucha del pueblo, especialmente de los genuinos y ejemplares organismos de DDHH, la adversidad, provocada por los “bolsones” de impunidad que subsiten, incluso en la Justicia, ha sido motivo, y lo será en este caso, para redoblar el compromiso y recorrer los caminos judiciales e institucionales, incansablemente, hasta agotar las instancias, para que los pilares de Memoria- Verdad y Justicia no cedan, al derrumbe que quieren consumar los fantasmas del Olvido, la complicidad y la impunidad.
Pues la Memoria, la Verdad y la Justicia, lo que no tienen, es remedio.

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