El Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba, en cumplimiento de lo resuelto por la CSJN en el caso “F.,A.L.” dictó un protocolo o guía de abortos no punibles para que los establecimientos sanitarios obren en consecuencia.
Un ciudadano dedujo una acción de amparo tendiente a la no
aplicación de dicho protocolo, razón por la que se sustancia una causa
donde se dictó una medida cautelar.
En ese contexto APP se presentó en la causa como “amigo del tribunal” aconsejando el rechazo del amparo.
Se adjunta el amicus para los interesados.
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