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miércoles, 3 de abril de 2013

Tinkunaco 0499/13 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

03 de Abril de 2013

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Destacadas
Rossi, Pablo Ariel c/ Estado Nacional - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y otros s/ amparos y sumarísimos
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 26/03/2013
Traspaso de los fondos de las AFJP. Constitucionalidad. Declara, de conformidad con los argumentos expuestos por la Procuradora General, la validez constitucional del traspaso a la ANSES de los fondos previsionales depositados en las AFJP. Señala que si bien la cifra contenida en la cuenta de capitalización de quien reclamaba el derecho de propiedad de esos fondos pertenecía al afiliado y no a la administradora, lo cierto es que el objetivo principal de cualquier régimen previsional es cubrir las contingencias de vejez, muerte o incapacidad de los trabajadores que se jubilan, de conformidad con lo impuesto por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
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Normativa Nacional
Decreto 309/13
B.O. 03/04/2013
Cancelación de los servicios de deuda con organismos financieros internacionales y de deuda externa oficial bilateral con reservas de libre disponibilidad.
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Resolución 3454/13 - A.F.I.P.
B.O. 03/04/2013
Modificación de la Resolución General 2.889. Adhesión de los operadores a la Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (I.S.T.A.).
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Resolución 5/13 - Agencia de Administración de Bienes del Estado
B.O. 03/04/2013
Estructura organizativa de segundo nivel operativo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
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Jurisprudencia Nacional
Aversa, Adrián Jorge y otros s/ procesamiento
CAMARA NAC. DE APELAC. EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - 05/03/2013
Procedimiento policial. Validez de actas policiales. Declara la validez del procedimiento policial en una causa en la que se dispuso el procesamiento de varios imputados en orden al delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Señala que las actas confeccionadas por los funcionarios policiales son consideradas instrumentos públicos, en los términos del art. 979, incs. 1 y 4 del Código Civil, y hacen plena fe, en tanto no sean argüidas de falsas por acción civil o criminal, de la real ocurrencia de los hechos que el funcionario exprese como cumplidos por él mismo o como pasados en su presencia.
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Normativa Provincial
Ley 10203 de ENTRE RIOS
B.O. 22/03/2013
Vivienda única y familiar del deudor . Se prorroga el alcance de la ley 10.144 que suspende ejecuciones hipotecarias. Monto del avalúo fiscal
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Ley 10202 de ENTRE RIOS
B.O. 22/03/2013
Creación de un Juzgado de Familia y Penal de Menores, con asiento en la ciudad de Nogoyá.
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Decreto 1443/12 de LA PAMPA
B.O. 22/03/2013
Estatuto del Trabajador de la Educación. Se aprueba la reglamentación de la ley 1124.
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Jurisprudencia Provincial
Bellinzona, José Luis c/ Rojas San Luis S.A. y o. Daños y Perjuicios, Recurso de queja
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - SAN LUIS - 06/03/2013
A.R.T. Extensión de la responsabilidad. Se resuelve extender a la aseguradora de riesgos del trabajo la condena impuesta a la empresa demandada, en razón del accidente sufrido por un empleado que recibió tratamiento por parte de la A.R.T. y fue enviado nuevamente a trabajar pese a sus dolencias, agravándose las mismas y produciéndose la lesión definitiva que constituye el presente reclamo. El tribunal entiende que la falta de asesoramiento, control y ejecución por parte de la A.R.T. sumado al hecho de no haber aportado ningún elemento probatorio que acredite haber cumplido con su obligación de prevenir el siniestro hacen que sea solidariamente responsable con la demandada por los daños padecidos por el trabajador.
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Marcel, Esther Noemí c/ Asociación Cuerpo de Bomberos Voluntarios de C. de Areco y ot. s/ Daños y perjuicios
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de MERCEDES - BUENOS AIRES - 20/03/2013
Incumplimiento de un contrato de lotería. Cláusula obscura o engañosa. Se condena a la entidad organizadora de una rifa a responder por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de entregarle el premio mayor, un vehículo automotor, a quien resultó poseedora del billete con el número que coincidió con el ganador en el sorteo de la Lotería Nacional del 10 de marzo de 2007. El texto impreso en las rifas “Última jugada de Marzo de 2007 la Lotería Nacional” no resulta obscuro ni dudoso, por lo que si en dicho mes sólo se desarrolló una única jugada, el sorteo que correspondió al mes de marzo coincide con los requerimientos del contrato de lotería.
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