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martes, 4 de febrero de 2014

Tinkunaco 0130/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

04 de Febrero de 2014
Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal
 

Normativa Nacional
Resolución 174/14 - Comisión Nacional de Regulación del TransporteB.O. 04/02/2014
Sistema Ferroviario. Se establece la obligatoriedad de la colocación en cabinas de conducción de trenes a tracción eléctrica o diesel de un sistema de Registrador de Eventos como así también un velocímetro. Requisitos.
 
Jurisprudencia Nacional
N. R., J. M. s/ nulidad. Desobediencia CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 30/10/2013
Declaración testimonial. Decreta la nulidad de la declaración testimonial de quien, en oportunidad de declarar como testigo en una causa seguida por el delito de desobediencia, dio una indicación acerca de su calidad de imputado en la misma. Considera que, en función de la coacción moral que entraña el juramento de decir verdad en el marco de una declaración testimonial, se ha verificado una afectación a la garantía que proscribe la autoincriminación forzada que la torna inválida.
 
C. C. F. c/ General Tomas Guido S.A. s/ Despido CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 20/11/2013
Despido con causa. Insultos proferidos a un superior jerárquico. Considera justificado el despido con causa de un trabajador que le faltó el respeto a su superior jerárquico en la vía pública. Manifiesta que dicha conducta, sumada a las agresiones dirigidas hacia aquél durante la sustanciación del sumario administrativo, configuran la injuria que justifica el despido en los términos del art. 242 de la LCT. Agrega que el comportamiento observado por el dependiente ha implicado un incumplimiento a los deberes que ponen a su cargo los arts. 62 y 63 de la L.C.T.
 
Normativa Provincial
Ley 7345 de CHACOB.O. 20/01/2014
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Se establece un Programa de Regulación dirigido a la gestión y tratamiento de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Objetivos. Autoridad de aplicación.
 
Ley 4809 de CIUDAD DE BUENOS AIRESB.O. 27/12/2013
Se aprueba la ley de Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2014. Total de los gastos corrientes y de capital.
 
Ley 10279 de ENTRE RIOSB.O. 07/01/2014
Se establece la realización a nivel provincial de un Programa Provincial de uso de la madera en todas las construcciones del Estado. Inclusión de mayor de madera en construcciones escolares, centros de salud, entre otras.
 
Jurisprudencia Provincial
G. J. C s/ petición de habeas corpus TRIBUNAL DE CASACION PENAL de LA PLATA - BUENOS AIRES - 16/01/2014
Caso Grassi. Habeas Corpus. Rechaza la acción de habeas corpus interpuesta por un sacerdote condenado en orden al delito de abuso sexual (sentencia no firme) tendiente a revisar la prisión preventiva dispuesta en su contra. Refiere que la medida cautelar dictada es ajustada a los estándares fijados por la Comisión y Tribunal Interamericanos y que no puede deducirse de ella que se haya aplicado un criterio subjetivo peligrosista, ni que su fin sea evitar un escándalo social o se haya dispuesto como un anticipo de pena, menos aún que haya sido dictada autosatisfactivamente sin requerimiento fiscal. En tal sentido agrega que, el pedido fiscal y su aceptación por el Tribunal Oral interviniente y posteriormente por la Cámara de Apelaciones, encuentra fundamento en el aumento del peligro procesal de fuga, interpretado como un nuevo debilitamient o de las posibilidades judiciales de obtener la absolución y por lo tanto, esta circunstancia, atento a la amenaza cada vez más concreta que se aplique la alta pena impuesta, (15 años de prisión) asigna mayor entidad al pronóstico posible de fuga.
 
Villagra, Rosa Enriqueta y otros CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL COMUN de CONCEPCION - TUCUMAN - 06/12/2013
Denuncia de venta. Responsabilidad civil. Confirma la responsabilidad concurrente atribuida al titular registral de un automotor por los daños y perjuicios derivados del accidente que protagonizó el comprador del vehículo, quien al momento del siniestro no había realizado la transferencia del bien. Refiere que la eximente de responsabilidad del titular opera únicamente si comunica la venta al registro de la propiedad automotor y no cuando acredite por otro medio haber transferido la guarda del bien. En tal sentido agrega que, del juego armónico del art. 27 del Dec. ley 6582/58 -modificado por la ley 22.977- con el artículo 1113 del Código Civil, el titular registral del automotor no responde si ha acreditado la culpa de la víctima o la de un tercero por quien no debe responder y que, el único caso en el que considera "tercero" al adquirente o a quienes de este último hubieren recibido el uso, la tenencia o posesión del automotor, es cuando haya anoticiado la tradición al registro.

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