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lunes, 17 de marzo de 2014

Tinkunaco 0353/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

17 de Marzo de 2014

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Destacadas
Encuentro regional sobre prácticas para el acceso a la Justicia
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Cooperación Internacional Jurídica y en Sistemas Judiciales, invita al Encuentro Regional para el Intercambio de Buenas Prácticas en materia de Acceso a la Justicia de UNASUR, que tendrá lugar los días 17 y 18 de marzo de 2014 de 9.30 a 18.30 hs en el auditorio “Manuel Belgrano” del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, sito en Esmeralda 1218, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicho evento contará con la participación de Ministros y Vice Ministros de Justicia de los Estados miembros de UNASUR.
 
Normativa Nacional
Decreto 297/14
B.O. 17/03/2014
Prórroga del Régimen administrativo para la inscripción de nacimientos de niños recién nacidos y de hasta doce años de edad, en los casos en que no hubiese sido inscripto su nacimiento o cuya inscripción estuviese aún en trámite.
 
Resolución 51/14 - Administración Nacional de Seguridad Social
B.O. 17/03/2014
Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR). Acceso y permanencia a la prestación. Requisitos relacionados con la condición sanitaria y educativa de los sujetos comprendidos.
 
Jurisprudencia Nacional
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal c/ Poder Ejecutivo Nacional ley 26.773 s/ acción declarativa CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 11/03/2014
Reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo. Constitucionalidad. Desestima la queja por denegación de recurso extraordinario federal interpuesta contra la sentencia que rechazó in límine la acción declarativa de inconstitucionalidad planteada contra la Ley 26.773 por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Considera que el recurrente no cumplió con los recaudos previstos por el art. 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 que establece que la queja deberá interponerse mediante un escrito de extensión no mayor a diez (10) páginas de veintiséis (26) renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor de 12).
 
Tomaselli, Marcelo Javier s/ causa nº 3535/5 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 11/03/2014
Femicidio. Rechaza un recurso extraordinario contra la sentencia que condenó a prisión perpetua a quien asesinó a su esposa en el año 2011, en la ciudad de General Pico, Provincia de La Pampa, unos días después de haber salido de la cárcel donde se encontraba cumpliendo una condena por el delito de violación. El imputado había obtenido la libertad por aplicación de la figura penal del avenimiento en virtud del perdón otorgado por la propia víctima, figura actualmente derogada por el Congreso Nacional.
 
Normativa Provincial
Ley 4825 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 13/03/2014
Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Patrocinadores y benefactores. Porcentaje del impuesto sobre los ingresos brutos que podrán destinar para financiar la realización de actividades promovida.
 
Decreto 559/14 de SANTA FE
B.O. 12/03/2014
Ley de Fiscalía de Estado. Se aprueba la reglamentación parcial de la ley 11.875.
 
Jurisprudencia Provincial
Defensora de los Derechos del Niño y Adolescente E/R de los menores C.M.E; C.L.S.; G.M.A. Y B.O.M c/ Provincia Del Neuquén S/ acción de amparo CAMARA DE TODOS LOS FUEROS de ZAPALA - NEUQUEN - 26/02/2014
Vivienda Digna. Hace lugar al reclamo promovido por la Defensora de los Derechos del Niño y Adolescente tendiente a hacer efectiva la operatividad del derecho a una vivienda digna de los menores representados, quienes se encontraban en situación de vulnerabilidad extrema. Entiende que las medidas de acción positiva adoptadas por el Estado no resultaron suficientes para concretar el mandato constitucional que impone asegurar a los niños en grave estado de vulnerabilidad el acceso a una vivienda adecuada, atento a que la provista por el municipio local no satisface los estándares mínimos de salubridad, higiene y seguridad necesarios para preservar la salud e integridad física, psíquica y moral de aquéllos.
 
Loyo Fraire, Gabriel Eduardo s/ presentación TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - CORDOBA - 12/03/2014
Cese de prisión preventiva. Condenados sin sentencia firme. Luego que la CSJN admitiera la queja, declarara procedente el recurso extraordinario federal y ordenara el reenvío de la causa para un nuevo juzgamiento, se dispuso el cese de la prisión preventiva dispuesta a los condenados por sentencia no firme en orden a los delitos estafas reiteradas. El máximo tribunal sostuvo que (al adherir al dictamen del procurador general) sostener que la gravedad de los delitos que se imputan justificaría, por sí misma, la prisión preventiva, no se conforma a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre esta materia. Señaló que se restó relevancia a las condiciones personales de los imputados, y al comportamiento que tuvieron en el marco del proceso. Asimismo “obiter dictum” dispone las directrices que deben regir a futuro en la aplicación de la presunción de peligrosidad procesal, según la doctrina judicial que surgida a raíz del dictado de la sentencia en el caso por la CSJN.
 

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