|
|
|
- INSTRUCTIVO PARA SUBIR BALANCES WEB A LA PÁGINA DEL INAES….UN NUEVO SERVICIO PARA SUSCRIPTORES DE DCyM.Este
es otro de los tantos que integran nuestro conjunto de prestaciones
exclusivas para suscripciones de las obras de nuestra editorial.
Fuente: DCyM Mas Información
- CURSO DE DINÁMICA ORGANIZACIONAL. NUEVA FECHA DE INICIO. Extendemos la fecha de inicio de nuestro nuevo Curso con motivo de los festejos del día del Empleado de Comercio.
Fuente: FUNDACIÓN BANIA Mas Información
|
|
|
|
|
- RESPONSABLES INSCRIPTOS, EXENTOS, NO
ALCANZADOS Y MONOTRIBUTO Y LA NUEVA MODALIDAD PARA PEDIR AUTORIZACION A
LA AFIP PARA IMPRIMIR COMPROBANTES. NUEVO RÉGIMEN DE INFORMACIÓN A
partir de la nueva norma, todos los inscriptos en la AFIP, Inscriptos,
exentos, no alcanzados y responsables del monotributo, deberán pedir
autorización previa a la AFIP antes de imprimir las facturas o
documentos similares para operar.
Fuente: Derecho Cooperativo y Mutual Ver Noticia Completa
|
|
|
|
|
Resoluciones AFIP-DGI:
>> N° 3676/14
Servicio
“Trabajo en Blanco”. Constancia del Trabajador y Certificado Digital de
Ingresos Laborales (CDIL). Resolución General Nº 2.702. Su sustitución.
>> N° 3673 y 533/14
Ley
Nº 26.970. Régimen de regularización de deudas por aportes de
trabajadores autónomos y cotizaciones previsionales fijas de
contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (RS).
>> N° 3674/14
Pago
de dividendos o distribución de utilidades. Retención con carácter de
pago único y definitivo. Resolución General Nº 740. Su sustitución.
>> N° 3675/14
Impuestos a los Servicios de Comunicación Audiovisual. Nueva versión del programa aplicativo.
>> N° 3668/14
Procedimiento.
Impuesto al Valor Agregado. Régimen especial para la emisión y
almacenamiento electrónico de comprobantes originales. Operaciones que
no dan lugar al cómputo del crédito fiscal. Régimen informativo. Su
implementación. Resolución General Nº 74. Resolución General Nº 2.485,
sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
Leyes Congreso:
>> N° 26970
Los
Trabajadores Autónomos Inscriptos ó No en el Sistema Integrado
Previsional Argentino (Sipa), y los Sujetos Adheridos al Régimen
Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Rs), en adelante
Monotributistas, que hayan Cumplido a la fecha o Cumplan la edad
Jubilatoria prevista en el Articulo 19 de la Ley 24.241 dentro del Plazo
de dos (2) Años desde la Vigencia de la Presente, podrán Regularizar
sus Deudas Previsionales conforme el Régimen especial establecido en la
presente Ley. |
|
|
|
|
- 29-09-2014# Charla UIF: Manual de procedimiento
Mas Información
- 30-09-2014# Curso Experto en Cooperativas y Mutuales que otorgan Préstamos - Segundo Cuatrimestre
Mas Información
- 02-10-2014# Curso de Cooperativas - Segundo Cuatrimestre
Mas Información
|
|
|
|
|
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario