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martes, 4 de agosto de 2015

Tinkunaco 1231/15 - Re: Bol - Organizaciones guaranis protestan ante lo que consideran un ataque del Gobierno


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    Equipo Nizkor Información
    Derecho Indígena
    03ago15 - vii) msjes.
    Bol - Evo Morales rompe con todas las organizaciones guaranís apoyándose en dirigentes ilegales y corruptos en un intento de legitimar leyes que son anticonstitucionales.


    i) La Nación Guaraní rechaza los Decretos 2195, 2298, 2366 por los que el Presidente Evo Morales elimina el derecho a consulta y quebranta principios básicos de la CPE.

    RESOLUCION Nº 1 DE LA MAGNA ASAMBLEA NACIONAL DE LA NACION GUARANI
    La Magna Asamblea de la Nación Guaraní de Bolivia, llevado a cabo en la localidad de Machareti los días 29, 30 y 31 de Julio del año en curso, con la participación de las 25 Capitanías Zonales, Consejos Departamentales de Chuquisaca, Tarija y Santa Cruz, Dirección Nacional de la APG, en uso y ejercicio de sus atribuciones otorgado por nuestra normas y procedimientos propios.
    CONSIDERANDO:
    Que, la Constitución Política del Estado Plurinacional, señala en su Art 2º, la libre determinación de los Pueblos Indígenas Originario y Campesinos, señalando en su exordio: "Dada la existencia pre colonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus Instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley". Norma que concuerda con lo establecido dentro del Numeral 4º del parágrafo II; del Art. 30º el cual señala entre los derechos esenciales: A la libre determinación y el ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión derechos constitucionales que la misma carta magna proclama como garantía y protección señalando cabalmente dentro del parágrafo III del Art. 30º, que "El Estado garantiza, respeta y protege los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos consagrados en esta Constitución y la ley".
    Que, al mismo tiempo el Articulo 290º en su parágrafo II, de la Constitución Política del Estado; define el ejercicio de la autonomía indígena originaria campesina como la expresión del derecho al autogobierno, estableciendo en su parte pertinente que: "El autogobierno de las autonomías indígenas originario campesinas se ejercerá de acuerdo a sus normas, instituciones, autoridades y procedimientos, conforme a sus atribuciones y competencias, en armonía con la Constitución y la ley".
    Que, el Artículo 4º de la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); norma que forma parte del Bloque de Constitucionalidad, en relación a los derechos de os pueblos indígenas, especifica el derecho a la autonomía de los pueblos indígenas que tiene como marco su derecho a la libre determinación, señalando concretamente: "Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno, en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos locales...". Así mismo la precitada declaración de la ONU; sobre derechos de los pueblos indígenas, reconoce el derecho de los Pueblos a conservar y reforzar sus instituciones sin que eso los prive de su derecho a participar de la vida política del Estado, por ser parte del mismo y tener igual derecho de los demás sectores o miembros de la sociedad boliviana, derechos que son de aplicación preferente dado el carácter benigno producido por el Articulo 256 de la Constitución Política del Estado de Plurinacional.
    Que, de igual manera el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado en nuestro país, a través de la Ley 3027, cuyas disposiciones tiener efecto vinculante para el Estado, establece como una obligación para nuestro Estado que: "Deberán adoptarse las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los pueblos interesados. Tales medidas especiales no deberán ser contrarias a los deseos expresados libremente por los pueblos interesados. El goce sin discriminación de los derechos generales de ciudadanía no deberá sufrir menoscabo alguno como consecuencia de tales medidas especiales".
    La Asamblea del Pueblo Guaraní, en sujeción a los preceptos legales establecidos dentro de la presente Resolución y bajo el mandato ordinario contando con el quórum correspondiente de la asamblea convocada para asumir determinaciones;
    RESUELVE:
    ARTICULO PRIMERO.-
    La Magna Asamblea Ordinaria determina Tomar Las acciones constitucionales de defensa y restitución de derecho de la nación guaraní a través de la ACCION POPULAR dirigida a lograr la protección inmediata y expedita de los derechos y garantías determinados por la Constitución Política del Estado donde establece y determina que la acción popular podrá interponerse durante el tiempo que subsista la vulneración o la amenaza a los derechos e intereses colectivos, no siendo necesaria, para su interposición, agotar la vía judicial o administrativa que pueda existir.
    ARTICULO SEGUNDO.-
    La magna Asamblea Ordinaria instruye al Directorio actual de la Nación Guaraní; Domingo Julián Torrico en su calidad de Presidente Nacional de la A.P.G, llevar adelante la acciones constitucionales mediante la ACCION POPULAR determinada.
    ARTICULO TERCERO.-
    La magna Asamblea Ordinaria a través de todos los hermanos y hermanas, autoridades de las Capitanías, autoridades departamentales de Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija se declaran ser parte activas de la Acción Popular en defensa de nuestras derechos que vulneran los Decretos 2195, 2298, 2366 emitido por el gobierno central.
    Es dado en Territorio de la Nación Guaraní, localidad de Machareti, a los 31 dias del mes de Julio del 2015.
    "POR LA NACION GUARANI"
    Nota: En la Asamblea estuvieron presentes y representadas todas las organizaciones guaranís del Estado Pulurinacional de Bolivia, las que adoptaron este documento por unanimidad.


    ii) La Nación Guaraní condena la actuación del Pte. Evo Morales, quien desconoce la CPE y las estructuras de las naciones y pueblos indígenas y advierte de vicio de nulidad en todo "acuerdo" por fuera de las mismas.

    Resolución de la Magna Asamblea Ordinaria de la Nación Guaraní
    La Nación Guaraní de Bolivia condena la actuación del Presidente Juan Evo Morales Ayma, quien viene desconociendo la CPE y las estructuras de las naciones y pueblos indígenas.
    La Magna Asamblea de la Nación Guaraní como máxima autoridad del pueblo Guaraní, reunida en la localidad de Machareti, manifiesta lo siguiente:
    Nos sentimos ofendidos y traicionados con la actitud del Gobierno Nacional, conocedor de la estructura organizativa del Pueblo Guaraní, al llevar adelante un acuerdo con personas guaraní que no son reconocidas como autoridades legítimas, ni legales, ni tampoco han sido delegadas por nuestras organizaciones para representar la Nación Guaraní.
    Ante estos hechos:
    RESUELVE:
    PRIMERO.-
    Desconocer los actos públicos propiciados por la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia el 30 de julio de 2015, en la Comunidad de Ñaurenda de la TCO Itika Guasu, e invalidar todo acuerdo, documentación y cualquier acto jurídico que se hayan generado en dicho acto dado que desconoce la jurisdicción indigena originaria y territorial de cada una de las organizaciones guaranís de Bolivia.
    SEGUNDO.-
    Declarar y recordar que cualquier acuerdo y acto jurídico que de los actos públicos mencionados pudiera derivarse, es nulo de pura nulidad como consecuencia de que la representación alegada por parte de los guaranís presentes en tales actos se basa en la usurpación de autoridad, falsedad material e ideológica y en el uso de instrumentos falsificados, todos ellos delitos tipificados en el Código Penal vigente.
    TERCERO.-
    Denunciar y ratificar públicamente que el Sr. Hugo Arebayo Corimayo ha sido castigado con las más altas sanciones por usos y costumbres por la Asamblea del Pueblo Guaraní de Itika Guasu el 2012, no pudiendo este señor ser o fungir cualquier cargo de representación guaraní a ningún nivel, ni en nuestra jurisdicción indígena, ni ante ninguna instancias del Estado Plurinacional en supuesta representación del pueblo guaraní.
    CUARTA.-
    La participación del Señor Celestino Rojas en el acto del 30 de julio de 2015 en la comunidad de Ñaurenda de la TCO Itika Guasu, es a título meramente personal, pues las autoridades comunales del Concejo de Capitanes de Chuquisaca, no autorizaron ni delegaron, su representación en esta actividad, ni autorizaron la firma de documentación o acuerdo alguno, propiciada por la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia.
    QUINTA.-
    Consideramos que los presentes como Celestino Rojas, Bonifacio Rivera en el acto mencionado han cometido una falta grave y el más grave delito posible en nuestra jurisdicción indígena originaria tal es el de traición a nuestro pueblo y a sus autoridades.
    La Magna Asamblea de la Nacion Guaraní ratifica que las autoridades legalmente establecidas son las presentes en la Gran Asamblea Ordinaria de la Nación Guraní, en la localidad de Machareti, los días 29, 30,31 de Julio del 2015 y ninguna otra persona puede asumir la representación del Pueblo Guaraní, más que las autoridades presentes en nuestra máxima instancia de decisión.
    Es dado en territorio guaraní de Machareti, a los 31 días del mes de Julio del 2015
    "POR LA NACION GUARANI"
    Nota: En la Asamblea estuvieron presentes y representadas todas las organizaciones guaranís del Estado Pulurinacional de Bolivia, las que adoptaron este documento por unanimidad.


    iii) Organizaciones guaranís rechazan nueva legislación que anula el derecho a consulta, los sitios protegidos y utiliza doctrina de seguridad nacional.

    RESOLUCION DE LA NACION GUARANI
    En la comunidad Indígena de Caraparicito, de la TCO Alto Parapeti, Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, la Nación Guaraní en pleno con la presencia de los consejos de Capitanes Guaraní de Santa Cruz, Chuquísaca y Tarija APG Nacional, Capitanía y Comunidades, responsable de relaciones internacionales y cooperación de la COICA y el Presidente de la CCNAGUA reunidos en Magna Asamblea nacional, en fecha 17 y 18 de Junio del 2015 en instalaciones del salón de reuniones de la comunidad de Caraparicito.
    Previo análisis los Decretos Supremos No. 2195, que regula de manera porcentual de los recursos de compensación, el DS No.2298 que modifica la consulta y participación de los PIOs en actividades Hidrocarburiferas establecidos inicialmente en el D.S. No. 29033, el D.S. No. 2366 que autoriza las actividades hidrocarburiferas en áreas protegidas y el D.S. No. 2368 que establece un procedimiento para declarar ductos de Interés nacional.
    Consideramos;
    Que; La Constitución Política del Estado, establece que los pueblos Indígenas tenemos derecho a ser consultados mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevea medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco se respetara y garantizara el derecho a la CONSULTA PREVIA, OBLIGATORIA, REALIZADA POR EL ESTADO, DE BUENA FE Y CONCERTADA, respecto a la aplicación en el territorio que habitan.
    Que; Nuestro estado Boliviano a suscrito los convenios internaciones respecto a los derechos de los Pueblos Indígenas; Convenio 169 de la OIT ratificado por ley No. 1257 y la declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas ratificada por la ley No. 3760, los cuales establece la obligatoriedad de su aplicación y cumplimiento, respecto a la consulta
    RESUELVE.-
    PRIMERO - Declarar que los decretos promulgados son atentatorios y vulneran el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados y participar en la toma de decisiones que afecten sus territorios. Identificando INDICIOS DE INCONSTITUCIONALIDAD.
    SEGUNDO: Paralizar a partir de la fecha todos los procesos relacionados con los Decretos observados por la nación Guaraní.
    TERCERO: Se convoca a las autoridades competentes de; Ministerio de Hidrocarburos y Energía, Medio Ambiente e YPFB y al Defensor del Pueblo a una reunión con carácter de urgencia para abordar la demanda de la nación guaraní en fecha 1 y 2 de Julio del 2015 en la ciudad de Camiri-Casa Grande de la Nación Guaraní.
    Es dado en la comunidad de Caraparicito, a los dieciocho días del mes de Junio del dos mil quince años.
    "POR LA AUTO DETERMINACION DE LA NACION GUARANI"
    [Fuente: Consejos de Capitanes Guaraní de Santa Cruz, Chuquisaca, Tarija y APG Nacional, Capitanía y Comunidades de la TCO Alto Parapeti, Comunidad Caraparicito, 17 y 18jun15]


    iv) En menos de 60 días Morales firmó tres decretos que atacan los derechos indígenas y la CPE.
    En menos de 60 días, el presidente Evo Morales promulgó tres decretos supremos para garantizar a YPFB y a los operadores privados la exploración y explotación hidrocarburífera en las 22 áreas protegidas nacionales. El Gobierno afirma que la Constitución le ampara, mientras los pueblos indígenas anuncian resistencia.
    El presidente Morales promulgó el 18 de marzo de 2015, el decreto que modifica la ley de consulta previa a pueblos indígenas en proyectos de explotación.
    La norma otorga poder al Ministerio de Hidrocarburos para emitir la primera convocatoria a los pueblos indígenas a una reunión informativa y si no hay respuesta escrita fijará metodología y cronograma de consulta.
    Pero si aun así los pueblos indígenas rechazan la consulta, ese ministerio tiene la opción de emitir una resolución administrativa informando de todos los esfuerzos realizados para cumplir con la consulta previa.
    Dicha resolución será comunicada a los indígenas que viven en las reservas y será incorporada en el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental para continuar con el trámite de obtención de la licencia ambiental.
    Sin embargo, este procedimiento no toma en cuenta el artículo 352 de la Constitución, que dispone la consulta libre, previa e informada. "En las naciones y pueblos indígenas originario campesinos (la consulta) tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios".
    Luego el Jefe de Estado, el 20 de mayo aprobó el decreto 2366 que permite el desarrollo de actividades hidrocarburíferas de exploración en las diferentes zonas y categorías de áreas protegidas.
    Dicha norma del Órgano Ejecutivo señala que las empresas que desarrollen actividad, obra o proyecto hidrocarburíferos en áreas protegidas destinarán el 1% del monto de inversión para que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua realice el fortalecimiento de la zona intervenida.
    El último decreto 2400, del 10 de junio, complementa el Reglamento Ambiental para el sector hidrocarburos. La norma fue promulgada por el vicepresidente Álvaro García Linera, cuando el presidente Morales se encontraba de gira por Europa.
    Este decreto incorpora los límites máximos permisibles para descargas líquidas en cuerpos de agua, emisiones atmosféricas y contaminantes hidrocarburíferos en suelos. "Los volúmenes que establece son altos, como para que las petroleras no sean sancionadas cuando exista un daño ambiental", advirtió ayer la jefa de bancada del PDC en Diputados, Norma Piérola
    El procurador, Héctor Arce, afirmó que la norma es "simplemente una interpretación de lo que manda la Constitución y el pueblo boliviano tiene derecho a utilizar sus recursos naturales para construir un Estado social".
    También dijo que el uso de los recursos naturales no debe ser condicionado por intereses "mezquinos" y "sectarios" cuando existen países que generan la mayor contaminación.
    Piérola informó que el MAS en la Asamblea ya aprobó varios contratos de exploración y explotación en áreas reservadas, sin tomar en cuenta lo que establece la Constitución, de que toda actividad en zonas protegidas debe ir a consulta previa. "Un tercio del TIPNIS ya fue entregado a una empresa petrolera", denunció.
    El presidente de la Subcentral del TIPNIS, Emilio Noza, señaló que los indígenas "resistirán" cualquier "intento de forzar su proyecto extractivista y destructor de la vida".
    [Fuente: Página Siete, La Paz, 20jun15]


    v) Las pretensiones del Cartel Ferrufino-Arebayos convierten en ilegales las licencias ambientales.
    En el departamento de Tarija todo puede ocurrir porque el extravío de la legalidad está institucionalizado. ¿Dónde si no se ha visto que las determinaciones del Tribunal de Garantías sean objeto de debate?. O lo que es peor, que las Sentencias Constitucionales del Estado Plurinacional no sean aplicadas ni respetadas porque las mismas son objeto de "sesudas" interpretaciones para evitar su ejecución?.
    Por eso afirmamos que en Tarija todo, absolutamente todo, puede ocurrir. Y ahora nos remitimos a los ejemplos patéticos de la actuación gubernamental a través del Ministerio de Hidrocarburos y Energía.
    ¿Cómo accedemos a la información?
    Pues bien, en un afán eminentemente político-electoral, desde el año pasado se ha intentado suplantar las autoridades indígenas legales y legítimas de la Asamblea de Pueblo Guaraní Itika Guasu (APG IG). Para ello la estructura estatal no ha dudado un solo instante en proporcionar los recursos necesarios a tal fin, con el devoto apoyo del entonces Ejecutivo Seccional de Desarrollo de la Provincia O'Connor y hoy subgobernador, Walter Ferrufino. Desde instancias estatales y locales se pusieron en marcha funcionarios públicos, vehículos también de propiedad estatal y bastante flujo económico de dudosa procedencia, para conformar una organización paralela a la APG IG, pero también a otras organizaciones guaraníes, incluidas instancias tales como el Concejo de Capitanes Guaraní de Tarija. Es decir, desde todos los niveles ejecutivos del Estado, vulnerando la legalidad y la propia Constitución, se puso en marcha un plan de creación de "estructuras indígenas" falsas, a las que se otorga apariencia de legalidad y a las que se pretende convertir en parte contractual con el Estado y empresas varias.
    Este despliegue de energías, que tiene por único objetivo desbaratar la organización de pueblo guaraní y así disolver su derecho propietario a la tierra, ha llevado el emblema de "proceso de cambio" como coartada ideológico-política. De ete modo se ha pretendido tener luz verde en las estructuras estatales del departamento, tal es así que amplificados en su publicidad por el periodismo tarijeño, grandes titulares anunciaban que el Gobernador Lino Condori y el propio Presidente Evo Morales respaldaban la injerencia política partidista en asuntos orgánicos indígenas. Lo que en realidad se gritaba a los cuatro vientos es que desde el Estado se estaba impulsando la insubordinación al orden legal, la subversión del estado derecho, la desobediencia y el desacato a deciones del Tribunal Constitucional y de la Jurisdicción Indígena Originaria, muy en contra de lo que establece la CPE en su artículo 179 inciso II, que dice: La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originario campesina gozarán de igual jerarquía. Por lo mismo, las determinaciones emanadas de la misma son de cumplimiento obligatorio, así lo dice el Artículo 192 de la CPE.
    Así, en su pretendido afán de "legalización y legitimación", los propulsores de esta ilegal finalidad, llegaron al Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija y, aprovechando que en el interior del mismo se encuentran como vocales viejos amigos, como es el caso del Presidente Nolberto Gallardo (quien primero trabajó en CERDET, al igual que el Secretario de Cámara Marín Gutiérrez, otro ex funcionario del CERDET), el Clan Arebayo se dedicó prácticamente a empapelar el TED de Tarija, a tal punto de que los mismos se "creyeron" que la suma de papeles les daba la legalidad, por lo menos así lo expresó de manera pública ante la Asamblea de Autoridades del Pueblo Guaraní el 16 de enero de 2015 el entonces Presidente del TED de Tarija, Nolberto Gallardo.
    Es de esa institución estatal, el Órgano Electoral, a través del cual pudimos hacernos de copias simples de las actuaciones del Clan Arebayo en complicidad directa con el Ministerio de Hidrocarburos y de donde sabemos a ciencia cierta cómo ha sido el modus operandi de unos y otros para viciar de nulidad el licenciamiento ambiental de actividades petroleras de interés estratégico para el departamento y el país.
    Las contradiciones legales y oficiales
    Resulta que al Gobierno de Evo Morales le han contado el cuento de que el Derecho a la Consulta Previa es perjudicial porque frena el desarrollo, y, si lo frena, perjudica el Proceso de Cambio. Una burda manera de impedir que los derechos indígenas se respeten, pero no sólo eso, de que la CPE se aplique.
    Lo que no le han contado, por ejemplo, es que en el año 2007 cuando fungía como Ministro de Hidrocarburos y Energía el que en vida fue Carlos Villegas, la APG IG y el señor Villegas se enfrentaron a Mario Cossío, Oscar Montes y Roberto Ruiz Wass Berner -sí, ha leído usted bien, Ruiz Wass Berner-, para que estas autoridades se avinieran a derecho y, en su relación con la empresa Transredes, respetaran las leyes y el derecho a la Consulta Previa, misma que se llevó a cabo en tiempos extraordinarios y concluyó de manera exitosa, con la presencia del entonces Viceministro de Desarrollo Energético, Jorge Ruiz. Esto pasó en Agosto de 2007 y permitió que se ejecutara la Ampliación del Gasoducto Margarita-Palos Blancos y la Primera Fase del llamado GVT (Gasoducto Villamontes-Tarija).
    Este ejemplo pone de manifiesto que el problema no es el Proceso de Consulta, no es el Reglamento de Consulta, no son las compensaciones, como todavía lo cree el actual ministro Luis Alberto Sánchez, sino que el problema está en los operadores del Estado y en la actitud de las empresas. En el caso del Proceso de Consulta citado como ejemplo, mientras la APG IG había presentado más de 50 observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, los personeros del Ministerio no habían hecho más que dos o tres y, con una total pereza, se sometían a las inconductas de Transredes.
    Tanto así que el propio Ministro Villegas tuvo que intervenir para que sus operadores, como Jhon Vargas, Tadeo Guaraní y otros, se "pusieran las pilas". Está claro que Transredes quería que fracasara la consulta, por eso mismo la actitud del Viceministro en un céntrico Hotel de Tarija permitió que se llegara a un acuerdo, porque de eso se trata la consulta: del consentimiento y de llegar a un acuerdo.
    El Gobierno de Evo Morales sabe muy bien cuál fue la actitud de la empresa Transredes, por lo que poco podría aportar en el análisis. Queda claro que, tanto en Tarija como en Santa Cruz, esta empresa ha jugado roles protagónicos aprovechándose de la mala información que le ha transmitido al Gobierno de Evo y que consiste básicamente en afirmar que el problema del desarrollo energético en Bolivia está en el derecho a la consulta.
    La prueba de que quieren endilgar a los indígenas culpas ajenas queda reflejada en los "procesos de consulta" que, para la TCO Itika Guasu, han efectuado al Clan Arebayo. Estas supuestas "consultas" han tenido lugar tanto durante la gestión del Ministro Sosa como la del actual Ministro Sánchez. En realidad estamos frente a una política de estado que no reconoce, y menos aún entiende, el derecho a la consulta previa. Y como evidencia palpable basta con analizar y constatar lo sucedido en el TIPNIS.
    Para muestra un botón: Caso Petrobras
    Resulta que la empresa PETROBRAS, famosa hoy por su corrupción, ha comenzado un "proceso de consulta" con el Documento de Divulgación, redactado como se lo demandaban los gobiernos neloliberales. Por lo mismo, su Evaluación Ambiental no era prolija y de ser sometida a Consulta Previa debería cuanto menos hacerse en condiciones de igualdad, más aún si estamos en la Revolución Democrática Cultural donde los indios no son ni de primera ni de segunda, sino iguales.
    Este requerimiento fue expresado de forma clara a la autoridad competente para el proceso de consulta y, como no podía ser de otra manera, desde el Ministerio de Hidrocarburos, esa vez con Luis Fernando Vincenti (2009) al frente, se crearon las condiciones propicias para que se llevara adelante el proceso como debía ser.
    Ministros van, ministros vienen... Y es precisamente un Ministro que se nutrió de técnicos tarijeños que fueron fichas claves del Gobierno de Sánchez de Lozada -como es el caso de la señora María Cristina Arellano de Frank, Directora de Medio Ambiente primero, y Viceministra de Medio Ambiente después, en el Gobierno de Sánchez de Lozada- quien inicialmente ordena que el proceso de consulta en la TCO Itika Guasu se realice desconociendo la existencia de la Sentencia Constitucional 2003/2010-R, misma que versa precisamente sobre un conflicto con una empresa adjudicataria durante el Gobierno de Mario Cossío y que deja claro qué significa la Consulta Previa, así como a quiénes se consulta y cuándo se consulta.
    Pues bien, ni cortos ni perezosos, los funcionarios del Ministerio de Hidrocarburos Juan Carlos Salinas Quispe, Crispin Mamani Quispe y Varinia Rodas Llanos, en Acta Notarial de 26 de abril de 2011, ante el reclamo de que se cumpla y aplique la Sentencia Constitucional referida, argumentaron que: "Con respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional, se aclara que se refiere al proceso entre la empresa PETROSUR y SEDECA, basada en la Resolución 1/08 de 29 de febrero de 2008 pronunciada por la Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia de la Prov. O'Connor de la Corte Superior de Distrito Judicial de Tarija". A claras luces estos subalternos del Ministerio manifestaron su desacato a una Sentencia Constitucional que exhortaba a todos los poderes públicos a cumplir con el derecho a consulta.
    A pesar de ser Ministro, Viceministro, Director, no de un gobierno neloliberal, sino del Gobierno encabezado por el "compañero" Presidente Evo Morales Ayma, desde el Ministerio de Hidrocarburos se razona con la cabeza del neoliberalismo tantas veces atacado, asumiendo que la consulta previa es perjudicial, instruyendo a los subalternos a que no se debe respetar la Sentencia Constitucional 2003/2010-R que versa precisamente sobre este derecho (y que, por otro lado, en el conflicto del TIPNIS el propio Vicepresidente Alvaro García Linera la utilizó como referente doctrinal cuando asumió defensa), todo ello con el único afán de construir en el imaginario colectivo, y en especial en el Presidente Evo, que los indios del Itika Guasu son perversos, malos bolivianos, busca pegas, busca platas, cuando en realidad ante lo que se está es ante el debate entre el ejercicio efectivo de los derechos indígenas o su mera proclamación retórica, algo que precisamente la nueva CPE pretendió superar.
    Triunfó no obstante lo segundo. Prueba de ello es que auspiciaron la creación de una organización falsa y paralela, y, con el ministro Sosa de principal aval, llevaron adelante un llamado "proceso de consulta" con el Clan Arebayo. Para estupor de cuantos actúan de buena fe, estos "meritocráticos" funcionarios públicos, léase, el Viceministro Lic. Franklin Molina Ortiz, el Director de Gestión Sociambiental Xavier Barriga Sinisterra y Luis Eduardo de los Ríos Colodro alias "Yayo", viciaron de nulidad el proceso, no sólo porque actuaron de mala fe, no sólo porque indujeron sin derecho alguno a decidir a quién consultan y cómo consultan, existiendo una Sentencia Constitucional de por medio, no sólo porque la APG IG y la APG Nacional han impugnado el proceso, sino porque han llegado incluso a violar los derechos de los niños al recurrir a su participación "oficial" en la toma de decisiones, bajo una supuesta "aplicación de Usos y Costumbres" y, de este modo, plasmar el acuerdo de quienes ni en la jurisdicción indígena ni en la civil ordinaria tienen aún capacidad de obrar. Estos malos funcionarios públicos, no pueden ser buenos ni por casualidad, en el intento de favorecer y conformar al Clan Arebayo, han aceptado y avalado que menores de edad, menores no emancipados, sean parte de la toma de las decisiones, y este hecho está protocolizado por Notario de Fe Pública en el Acta de Consulta de Noviembre de 2014.
    Si los funcionarios públicos, porque tal es el carácter del Ministro, Viceministro y demás contratados, actúan así: ¿por qué entonces pretenden achacar a los indios lo perjudicial de la consulta?. ¿No están acaso los Directores, Viceministros y Ministros obligados por ley, por Constitución, a respetar y hacer respetar la ley?. ¿Qué clase de técnicos y de autoridades acompañan a Evo Morales en el proceso de cambio si son incapaces de poner freno a aberraciones como ésta?.
    Algún día tendrán que depurarse las responsabilidades y tendrá que pagarse el daño económico que le están haciendo al Estado, porque de otorgarse la Licencia Ambiental mediante este "proceso de consulta" van a viciar también la licencia y, la cadena es interminable. Eso lo saben todos, pero al parecer no se lo dicen al Presidente Evo.
    [Fuente: Por Henrry Moisés Guardia Mérida, Guaye, 11jul15]


    vi) APG organizada por Walter Ferrufino apoya a Evo para explorar en parques.
    Dirigentes de la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG) Itika Guazú firmaron ayer una declaración de apoyo al presidente Evo Morales, en la que permiten la exploración y explotación de recursos naturales en áreas protegidas, pero es una dirigencia "paralela", según el expresidente de la APG, Celso Padilla.
    La declaración de apoyo se firmó en la comunidad de Ñaurenda, en el marco del encuentro nacional del pueblo guaraní y el encuentro con Morales fue transmitido por Bolivia TV. El firmante es el dirigente Hugo Arebayo, quien declaró que alrededor de 37 comunidades apoyan la actividad hidrocarburífera en áreas protegidas.
    Sin embargo, Padilla afirmó que se trata de una dirigencia "paralela" cuya autoridad está legitimada sólo por cuatro comunidades y que el presidente legítimo de la APG Itika Guazú es Neber Barrientos.
    "Lo que está haciendo (Morales para convencer al pueblo guaraní) es elegir a autoridades truchas para que le aplaudan y para que firmen ese tipo de declaraciones donde están de acuerdo con los decretos y de acuerdo con las consultas (para explorar en parques), pero son gente del Gobierno y así están trabajando", afirmó Padilla.
    Según Morales, la declaración de apoyo "es un hecho histórico para el pueblo guaraní" y "sin ningún intermediario", en alusión a las ONG, por lo que es necesario acelerar y facilitar los procesos de consulta para beneficiar a los pueblos guaraníes.
    Por su parte, el presidente de YPFB, Guillermo Achá, agradeció el respaldo del pueblo guaraní y dijo que los beneficios retornarán en proyectos productivos.
    Desde ayer, en Sucre, la APG sostiene un encuentro con el Ministerio de Justicia y el Tribunal Agroambiental en el que analizan el paquete de decretos de explotación de recursos naturales, la justicia indígena comunitaria y los problemas de territorialidad, informó Padilla.
    Los decretos debatidos por la APG son el 2195, sobre exploración, explotación e industrialización de los recursos naturales estratégicos; el 2298, de la consulta pública a los pueblos indígenas; el 2366 sobre las actividades petroleras en áreas protegidas y el 2368 que establece los mecanismos para la construcción y operación de ductos.
    Padilla informó que la cita termina mañana y que mantienen su rechazo al paquete de decretos por considerar que los perjudican directamente y que vulneran la Constitución Política del Estado.
    Por otra parte, hoy concluye otra reunión de la APG, que se desarrolla en la capitanía de Macharetí, donde se debate exclusivamente el paquete de decretos cuestionados.
    La APG busca alianza con guaraníes de seis países
    La Asamblea del Pueblo Guaraní (APG) busca consolidar una alianza con guaraníes de Ecuador, Perú, Colombia, Paraguay, Brasil y Argentina, quienes también sufren la vulneración de sus derechos por la actividad extractiva, según el expresidente de la APG, Celso Padilla. "Estamos buscando la forma de realizar la alianza con los hermanos indígenas que están pasando por los mismos problemas", afirmó.
    Según el investigador del Centro Latinoamericano de Ecología Social (Claes) de Uruguay, Eduardo Gudynas, el extractivismo, que forma parte de la economía de la totalidad de los países de América del Sur, tiene como una de sus características la vulneración de derechos humanos de mujeres y de pueblos indígenas.
    En una investigación realizada por Georgina Jiménez del Centro de Documentación e Información de Bolivia (Cedib), 37 territorios indígenas de cinco regiones del país son afectados por la ampliación de la frontera petrolera impulsada por el Gobierno actual. De ese total, 18 son de la región del Chaco, donde en su mayoría habita el pueblo guaraní.
    Gobierno trabaja método de consulta a indígenas
    El Gobierno trabaja en una metodología de consulta a pueblos indígenas en zonas donde se realizarán tareas de exploración y explotación hidrocarburífera, informó ayer a ANF el viceministro de Autonomías Indígena, Originario, Campesinas, Gonzalo Vargas.
    Dijo que en el marco de la norma vigente, en los territorios donde existen pueblos indígenas y se desarrollarán actividades hidrocarburíferas, se prevé la construcción de metodologías de participación, para establecer qué pueblos serán consultados.
    Según una nota de prensa de Yacimientos Petrolíferos Fiscales de Bolivia (YPFB), para agosto está la firma de dos acuerdos de compensación, uno con la Central de Comunidades Campesinas de Culpina, en Chuquisaca, y otro con la Central Campesina de El Sena y San Lorenzo, en Pando.
    El pasado 15 de junio se firmó el primer acuerdo de compensación entre BG Bolivia con la Central Campesina de la provincia Cercado y O'Connor, de Tarija, para el proyecto hidrocarburifero "Sísmica 2D, Área Huacareta Sur".
    Para hoy está prevista la firma del segundo acuerdo en relación al proyecto "Sísmica 2D, área Huacareta Centro" también con la Central Campesina de O'Connor.
    El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 2366, por el cual se dispone de actividades de exploración y explotación hidrocarburífera en áreas protegidas, que a su vez pueden ser territorios indígenas, y minimizó los impactos socioambientales que se ocasionarán.
    Los procesos de consulta y participación a los pueblos indígenas, originarios y campesinos para obtener la licencia ambiental destinada a proyectos hidrocarburíferos se prologaban por 90 días; pero con las modificaciones al Decreto Supremo 29033, tendrán un plazo límite de entre 45 a 60 días.
    Antes de la modificación del decreto, el plazo para la consulta era de tres meses.
    El Decreto 29574 en su Artículo 2 señala que "el acta de entendimiento deberá contemplar un cronograma de ejecución de la consulta y participación no mayor a dos meses, a partir de la fecha de suscripción del mismo".
    Con el Decreto 2298 se flexibilizó aún más el proceso de consulta, al punto de convertirlo en un documento administrativo ante un notario de fe pública.
    Cedib: es imposible explorar sin daño ambiental
    El Centro de Investigación e Información Bolivia (Cedib), a través del investigador Jorge Campanini, alertó que no es posible la exploración hidrocarburífera con "cero" impacto ambiental, porque independientemente de la tecnología que se emplee, el trabajo deriva en la exploración sísmica y perforación, que implica la apertura de zanjas y detonaciones dinamiteras que rompen no sólo el ecosistema ambiental sino también afectan a los territorios indígenas, reportó ANF.
    Hace unos días, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y la empresa Geological Electomagnetics Exploration (GEM) firmaron un contrato para la adquisición de datos electromagnéticos de la tierra en el área exploratoria Aguaragüe Norte, con la aplicación del método de Análisis de Emisión Electromagnética Espontánea de la Tierra (Aeeet) (3D) en un área de 586 kilómetros cuadrados, con un potencial de 1,5 trillones de pies cúbicos (TCF) de gas. Se dijo que tendrá "cero" impacto ambiental.
    En entrevista con ANF, Campanini dijo que es muy difícil pensar en cero impacto ambiental en exploración hidrocarburífera, pues si bien no conoce a profundidad la tecnología a emplearse en Aguaragüe, "necesariamente" se debe hacer sísmica para cuantificar el yacimiento.
    "Quizás es posible que con la tecnología empleada puedan tener una intervención mínima, pero sí o sí, necesariamente para tener certeza que es comerciable ese yacimiento se debe hacer sísmica y perforaciones", explicó el especialista en temas energéticos.
    Hablar de sísmica, dijo, es hablar de impacto socioambiental, porque se abre brechas y se desmontan varios kilómetros de bosque que generan fracturas en el territorio. "En el caso del Bloque Río Beni, se abrirán zanjas de casi 1.300 kilómetros lineales distribuidos en varias líneas de 60 a 80 kilómetros. (…). Entonces, abres brechas, perforas -dependiendo la geología- generalmente 15 metros de profundidad y realizas detonaciones (con dinamita)", indicó.
    En el caso de los parques nacionales, las zanjas atraviesan muestras biológicas importantes, así como ecosistemas frágiles o zonas de transición, explicó Campanini.
    [Fuente: Los Tiempos, Cochabamba, 31jul15]


    vii) Guaraníes preparan amparo contra decretos de exploración.
    Tras el ampliado que realizaron sus afiliados entre el miércoles y el viernes pasados, la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG) prepara la presentación de una Acción Popular que buscará, mediante un amparo constitucional, la anulación de tres decretos supremos que autorizan la exploración y explotación de recursos naturales en áreas protegidas y territorios indígenas, informó ANF.
    La magna asamblea se realizó en Macharetí, Chuquisaca, para analizar los tres decretos que, según los dirigentes indígenas, "vulneran los derechos" de los guaraníes y de los pueblos indígenas bolivianos en general.
    Esos decretos son el 2366, que posibilita la exploración y explotación de hidrocarburos en áreas protegidas; el 2195, relacionado con la exploración, explotación e industrialización de recursos naturales estratégicos; y el 2298, que se refiere a sistemas de consulta a los pueblos indígenas. Los guaraníes creen que estos decretos violan la Constitución Política del Estado porque alientan la explotación petrolera en sus territorios.
    Otra facción de los guaraníes, autodenominada APG Itika Guasu (APG-IG), que es simpatizante del gobierno, recibió al presidente Evo Morales la semana pasada en Naurenda, Tarija, y dijo que respalda los tres decretos. El Presidente dijo que ellos "serán compensados" por la actividad petrolera y que debe "acelerarse" el proceso de consulta previo.
    La APG no ha establecido cuándo se presentará la Acción Popular destinada a demandar la anulación de los decretos mencionados. La CPE establece que "[l]a Acción Popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por esta Constitución".
    El 1 de julio, el defensor del Pueblo, Rolando Villena, presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) un recurso de inconstitucionalidad en contra del Decreto 2195 de compensación a indígenas por los impactos ambientales de la explotación minera e hidrocarburífera, con el argumento de que viola el derecho a la libre determinación.
    La asamblea de Macharetí contó con representantes de 25 capitanes zonales guaraníes de Tarija, Chuquisaca y Santa Cruz. Además de pedir la Acción Popular, rechazaron el acuerdo firmado en Ñaurenda por la APG-IG.
    En Macharetí, los guaraníes recordaron todos los artículos de la CPE y normas de las NNUU que tienen fuerza de ley en el país, que defienden su derecho "a la autonomía, autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales".
    Acción Popular
    Anulación
    La Asamblea del Pueblo Guaraní se celebró en Macharetí, Chuquisaca, para analizar tres decretos .
    Hidrocarburos
    El Decreto 2366 posibilita la exploración y explotación de hidrocarburos en áreas protegidas.
    Industria
    La industrialización de los recursos naturales registrados está contemplada en el Decreto 2195.
    Consulta
    El Decreto 2298 se refiere a los sistemas de consulta a los pueblos indígenas.
    Facción
    Otro grupo guaraní, autodenominado APG-IG, respaldó los tres decretos.
    Acción
    La Constitución Política del Estado detalla las situaciones de aplicación de la Acción Popular.
    [Fuente: Página Siete, La Paz, 03ago15]


    Más Información:
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/infomain.html
    La APG IG notifica a Cristian Inchauste sobre ilegalidad de actuaciones de YPFB Transporte
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig208.html

    Evo Morales engañó a los guaranís de Tarija e integró a la ultraderecha racista en el MAS
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1171.html

    Evo Morales engañó a los guaranís de Tarija e integró a la ultraderecha racista en el MAS
    [Fichero Audio de Radio Nizkor] (07m 36ss) [ESL/SPA]
    http://www.radionizkor.org/bolivia/index.html#tarija1

    El TED departamental tuvo que aceptar la orden de respetar la
    asamblea departamental de organizaciones guaranís
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1310.html

    Acuerdo marco de Tentapiau entre la APG IG y el Gobernador electo del Departamento de Tarija
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig209.html

    Acta que refleja el voto del 80% de las comunidades de la TCO Itika Guasu en
    contra de la acción fraudulenta de Hugo Arevayo y Walter Ferrufino
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig196.html

    Abraham Espinoza, el kapanga de Walter Ferrufino, detenido en la paz
    en flagrancia, se encuentra alojado en Chonchocorito
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1255.html

    La organización criminal racista de Walter Ferrufino
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1093.html

    Resolución suspendiendo temporalmente al Primer Capitán Grande
    de la Zona Karapari Francisco Dino Ortiz Vasquez
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1087.html

    Acta fraudulenta de usurpación de autoridades elegidas por usos y costumbres
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1092.html

    El Tribunal Supremo Electoral inhabilita al candidato
    indígena de Walter Ferrufino y Bass Werner
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/tarija1053.html

    ¿Alguien sabe dónde está el Ministerio Público del Departamento de Tarija?
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/fiscal17.html

    Las organizaciones guaranís del Departamento de Tarija apoyan a la
    APG IG y sancionan el comportamiento de Justino Zambrana Cachari
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig194.html

    Organizaciones nacionales e internacionales indígenas ratifican el apoyo
    a las autoridades legítimas y legales de la APG IG.
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig190.html

    Comunicado a la opinión pública sobre las arbitrarias
    decisiones de la Gobernación de Tarija
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig178.html

    Declaración en defensa de la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu.
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig174.html

    La sabiduría del Mburuvicha histórico.
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig173.html

    Don Justino Zambrana y la falsificación de la representación indígena originaria
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig170.html

    El racista Walter Ferrufino avanza en su campaña organizada
    para lograr la fractura y disolución de la APG IG
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig162.html

    Texto de la denuncia contra Walter Ferrufino por coacción,
    intimidación, campañas de difamación, usurpación de funciones
    con la finalidad de destruir la APG IG
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig160.html

    La APG IG confirma las sanciones contra técnicos de Walter Ferrufino
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig158.html

    Los indios y Evo
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig152.html

    Acta de sanción condenatoria por usos y costumbres contra
    grupo dirigido por Walter Ferrufino
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig156.html

    Acta de sanción condenatoria en la jurisdicción indígena originaria
    en contra de Rene y Anastasio Arebayo, técnicos de Walter Ferrufino
    http://www.derechos.org/nizkor/bolivia/doc/apgig155.html


    Bolivia:
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