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miércoles, 14 de octubre de 2015

Tinkunaco 1661/15 - INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas miércoles 14/10/2015  
Normativa Nacional
Resolución 650/15 - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
B.O. 14/10/2015
Modificación del Régimen de Percepción y Distribución de Honorarios Judiciales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Sustitución del Anexo I de la Resolución N° 138 del 7 de diciembre de 2007

Resolución 8/15 - Inspección General de Justicia
B.O. 14/10/2015
Sistemas de Capitalización y Ahorro para Fines Determinados. Aprobación de una reforma integral a los fines de adaptar la normativa a la jurisprudencia administrativa actual. Entrada en vigencia.
Jurisprudencia Nacional
Inc Ejecución de sentencia en autos Srt de la Unc SA c/ Cablevision SA s/ amparo ley 16.986
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES - Sala A de CORDOBA - CORDOBA - 09/10/2015
Servicios de Comunicación Audiovisual. Ordena a una empresa de televisión por cable incorporar las señales CBA24n y Canal 10 a la grilla que ofrece a todos sus afiliados en Córdoba, tanto para aquellos que pagan un servicio básico analógico como para quienes cuentan con el pack digital, en las frecuencias que la reglamentación AFSCA determine. Considera que para un efectivo y fiel cumplimiento de lo decidido en la instancia anterior resulta necesario adecuarlo a la normativa vigente, es decir, a la resolución que dispone el orden de la grilla de programación conforme lo informado por AFSCA, debiéndose ubicar la señal LV80TV CANAL 10 entre las señales 9 y 11 de la grilla junto al resto de los canales de televisión de aire de la ciudad y la señal CBA24N en el orden N° 16, lugar que corresponde a la señal universitaria de la región.

M. L., N. E. c/ D. B. A. s/ alimentos
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 92 - 15/09/2015
Alimentos entre cónyuges. Desestima la petición de cese de la obligación alimentaria para con su ex esposa efecuada por el alimentante con fundamento en la entrada en vigor del Código Civil y Comercial que eliminó el divorcio por causales subjetivas. Refiere que los derechos amparados por garantías constitucionales constituyen una excepción a la aplicación inmediata de la ley. En tal sentido, señala que cuando existe una sentencia que determina la inocencia de un cónyuge en la separación o divorcio, no puede ser modificada por la entrada en vigencia de un Código que no sanciona la culpabilidad ni el dolo en materia matrimonial, porque los alimentos del inocente integran su derecho de propiedad constitucional que no puede ser alterado por una ley posterior.

N. C. I. c/ Obra Social del Personal de Farmacia s/ Daños y perjuicios
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL - Sala 01 - 11/08/2015
Obras sociales. Falsificación de firma. Rechaza la demanda deducida contra una obra social por una afiliada que reclamó la restitución de aportes y contribuciones y un resarcimiento por daño moral, argumentando que falsificaron su firma para el traspaso de institución y que dicho acto trajo aparejado que los aportes tuvieran por destino una organización diferente de aquélla por la que había optado verdaderamente. Considera que la actora se limitó a declarar que falsificaron su firma en un formulario de traspaso y que ello le generó un perjuicio evidente, pero más allá de esas afirmaciones, no fue ofrecida prueba concreta tendiente a demostrar tales extremos.
Normativa Provincial
Ley 20 de CHUBUT
B.O. 25/09/2015
Aeroclubes instalados en la jurisdicción de la provincia del Chubut. Se establecen las condiciones que deberán reunir para realizar los vuelos. Se deroga el artículo 2° de la Ley VI N° 1 (antes Ley N° 554).

Decreto 1331/15 de CHUBUT
B.O. 01/10/2015
Personal de entes autárquicos y descentralizados. Decisiones colectivas que propicien un incremento salarial. Se establece que todo acto administrativo deberá contar previamente con la autorización expresa por parte del Gobernador.
Jurisprudencia Provincial
D., G. A. Vs. Instituto Provincial de Vivienda s/ recurso de apelación
CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 01/10/2015
Declara la nulidad de las resoluciones del I.P.V. de Salta que dejan sin efecto la adjudicación a la actora de una vivienda social argumentando que en dos inspecciones de habitabilidad del domicilio se habría constatado la ausencia de habitantes en el hogar. Considera que no resulta razonable la medida adoptada por el organismo provincial, pues no ha ponderado el certificado de discapacidad por retraso mental grave del hijo de la accionante y que tanto la Constitución Provincial como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo consagran el derecho de las personas con discapacidad a un nivel adecuado de protección social, lo que incluye alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a la mejora continua de sus condiciones de vida y de acceso a programas de vivienda pública.
Doctrina
Los derechos reales en el Código Civil y Comercial
Autor: ROSAS, CAROLINA VANESA
En el presente trabajo se pretende dar un panorama general acerca de la regulación de los derechos reales en el Código Civil y Comercial y proporcionar una primera aproximación a su estudio, señalando nuevas cuestiones metodológicas en su regulación, poniendo de relieve las principales novedades en la materia, de manera tal de lograr una visión global del tema y dejando planteadas inquietudes que se irán resolviendo con el correr del tiempo.

Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado.
Es libre y gratuito.    descargar

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