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domingo, 31 de enero de 2016

Tinkunaco 0106/16 - Re: Corrientes: Se presentara el Libro " La inconclusa Ley de Medios" y Charla Debate "Defender la Ley de Medios es Defender la Democracia"

Se presentará en Corrientes el libro “La inconclusa ley de Medios. La historia menos contada”, con la presencia de su autor el periodista Néstor Piccone .

Al finalizar se desarrollara una Charla Debate Abierta “ Defender la Ley de Medios es defender la Democracia”.
Este próximo Martes 2 de Febrero a las 20 hs en la Asamblea Ciudadana ubicada en Avenida Costanera y San Lorenzo ; se llevara a cabo en la ciudad de Corrientes , la presentación del Libro “ La Inconclusa Ley de Medios “ con la presencia de su autor el Periodista Nestor Piccone integrante de la Coalición por una Comunicación Democrática.

Al finalizar la misma se llevara a cabo una Charla Debate “ Defender La Ley de Medios es Defender la Democracia “ , sobre el futuro de la comunicación democrática en la Argentina, ante la embestida contra una ley que fue ampliamente debatida en todo, el país antes de su sanción por parte del Congreso.

Se invita a participar a trabajadores de prensa , estudiantes de comunicación social , organizaciones comunitarias , movimientos sociales y políticos , gremios y a la ciudadanía en general.

La actividad es organizada por la CTA , ATE , Frente de Trabajadores de la Cultura , SUTECO-CTERA , Resistiendo con Aguante , Dalia Canteloro ( Delegada Afsca) , Cooperativa de Trabajo de Cultura y Comunicación Ava Ñe e , La Diplomatura en Ley de Medios Audiovisuales , Frente Cultural Unidos y Organizados , Asamblea Ciudadana , Democracia Cristiana , La Campora , Partido Comunista , Partido de la Victoria , Movimiento Universitario de Izquierda , Movimiento Evita , FTV , MILES , Octubres , Nuevo Encuentro , Frente Transversal .

“La inconclusa ley de Medios. La historia menos contada”

La Obra es una reivindicación de la construcción colectiva de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y una interpelación a la matriz comercial de la comunicación argentina.

La Ley de Medios es algo más que una ley. En su momento actuó como catalizador de diferentes deseos de la sociedad y de los gobernantes e inclusive se convirtió en una causa nacional para los jóvenes que se iniciaron en la política en la primera década del siglo XXI.

Se construyó para garantizar el derecho a la información y a la libertad de expresión. Fue una iniciativa de la sociedad civil que el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner potenció con un coraje que ningún otro gobernante había exhibido al convertirla en política de Estado y al romper con el temor a los medios.

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sintetiza deseos y demandas de diferentes sectores sociales, culturales, políticos y económicos.

En esta historia, tal vez la menos contada de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, se reconocen personajes y sectores, disciplinas y culturas, metodologías y experiencias que hasta el día del cierre de este libro continúan en la reescritura permanente del texto de esa batalla cultural que, como la revolución, parece (y es) un sueño eterno.

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual cabalga sobre dos objetivos primordiales: desmonopolizar y promover la multiplicidad de voces. A contrapelo del mito fundacional de la radiodifusión argentina, monta una estructura que interpela la concepción comercial de la comunicación, por la que se considera una mercancía sujeta a los vaivenes del mercado.
Una ley no cambia las relaciones de fuerza de una sociedad, pero, en el caso que nos ocupa, sirvió para desnudar el dispositivo técnico, económico y político que tiene, en los medios, el más sofisticado escenario de relaciones de poder.

La ley tampoco modifica las relaciones de poder. Pero desde su gestación a través del mecanismo participativo de construcción demostró su eficiencia para denunciar, cuestionar e interpelar al poder que rige las relaciones sociales, económicas, políticas y culturales surgidas en la sociedad neoliberal.

NESTOR PICCONE UN MILITANTE DE LA COMUNICACIÓN.

Su primer trabajo fue el diario Pionero del Municipio Urbano de la Costa. Años 80 al 82 del siglo pasado.
Hizo la Comunicación de la Central de Trabajadores Argentinos desde su nacimiento hasta 1999.

Fue Gerente de Noticias en Radio Nacional y Director argentino de TeleSUR en Caracas, Venezuela. Co fundador de la Coalición por una Radiodifusión Democrática desde el año 2003 y hoy sigue participando en la coordinación de la Coalición (ahora por una Comunicación) Democrática donde militan por la definitiva aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Es profesor en el Instituto Mariano Etchegaray de Ciudad Evita, La Matanza.

Tinkunaco 0105/16 - Re: [VIENTOSUR] Boletín semanal de VIENTO SUR

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25 de enero de 2016. Red. A l´Encontre y Echo d´Iran
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Nuevo estatus y estrategia independentista

25 de enero de 2016. Iker Casanova
"La primavera ha venido, nadie sabe cómo ha sido…» recitábamos de pequeños en la escuela para celebrar la llegada de esa estación, sin saber que esos versos de apariencia infantil eran el inicio de un poema del gran Machado. Al igual que la primavera (...) Leer más
Túnes. Cinco años de la "primavera árabe"

¿Retorno a la "normalidad"?

25 de enero de 2016. Santiago Alba Rico
[Cuando se cumplen cinco años tras la revolución del 14 de enero en Túnez, traemos a nuestras páginas dos artículos de Santiago Alba Rico, para situar el punto en el que se encuentra el proceso, tunecino y regional. Redacción] Cinco años después de (...) Leer más
Tribuna VIENTO SUR

El fantasma de la recesión

25 de enero de 2016. Manuel Gari
En el Foro Económico Mundial celebrado los días 20 a 23 de enero en Davos-Klosters (Suiza) ha vuelto a cundir el pesimismo sobre las perspectivas económicas para el año 2016 y sobre todo para 2017. En la 45ª edición del popularmente conocido como (...) Leer más




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en el próximo número... El número 144 saldrá en febrero. El Plural estará dedicado a “La refundación de Europa en la post-crisis griega”, será coordinado por Daniel Albarracín y contará con las colaboraciones de Francisco Louça, Eric Toussaint, Sergi Cutillas, Tom Kucharz, Alejandro Ramírez y Daniel Albarracín. También publicaremos una entrevista de Begoña Zabala al expreso vasco Iker Moreno sobre la tortura, un artículo de Ángeles Ramírez sobre inmigración, pobreza y yihadismo, análisis de las crisis políticas abiertas en Argentina, a cargo de Claudio Katz, y de Venezuela, de Roberto Montoya, y una aportación de Marc Casanovas sobre la actualidad del pensamiento de Daniel Bensaïd. Además, recordaremos la experiencia de la lucha contra el ascenso del nazismo en Alemania con ocasión del reciente 70 aniversario de los juicios de Núremberg.

Tinkunaco 0104/16 - #RevolucionDeLaAlegría - No los dejaron transitar por Plaza de Mayo por tener una remera de Cristina

http://www.diarioregistrado.com

Politica // ¿Democracia?

No los dejaron transitar por Plaza de Mayo por tener una remera de Cristina

Los policías alegaban que era una orden del Ministerio de Defensa y que por eso esta gente no podía transitar por la Plaza de Mayo con una remera de Cristina que decía "No fue Magia". El impedimento dictatorial quedó registrado en imágenes.



El portal Sin Censura realizó esta denuncia que podés ver claramente en el video. Al parecer en la Argentina de Macri no se puede circular libremente si vas identificado con una remera que haga referencia al kirchnerismo.

El policía cumple la orden impuesta que dice viene directamente del Ministerio de Defensa. Situaciones así no se vivían en el país desde la última dictadura civico-militar.

Tinkunaco 0103/16 - Policía sirve y protege #RevolucionDeLaAlegría

Barrio de Flores, 26/01/2016, 18:00 hs, los pibes salen tranquilos de su trabajo, pero no tenían en cuenta que su piel es demasiado oscura para ser tolerada



 
https://twitter.com/romerodiario/status/693785090053279744


Tinkunaco 0102/16 - Daniel Moyano - Trece cuentos

www.elortiba.org 



Trece cuentos





Tinkunaco 0101/16 - Notas agrupadas

 
 
 


 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Este gobierno está comprometido en conseguir que el que cobre un sueldo del estado se lo gane



Raúl Dellatorre
Ajuste, pérdida de ingresos y empleos en riesgo. El tarifazo eléctrico significará un recorte de hasta el trece por ciento en la capacidad de compra de sectores de bajos ingresos

“Traerá recesión e inflación”. Emanuel Álvarez Agis, ex Viceministro de Economía, y las consecuencias del aumento

Ni el interior se salva. La repercusión en las provincias

Un tweet de CFK

Eduardo Febbro
“Francisco usa la diplomacia de la plegaria”. Constance Colonna-Cesari, ensayista y vaticanista francesa, autora de En los secretos de la diplomacia vaticana

José Pablo Feinmann
Esclavos blancos y esclavos negros. El pensamiento político de los Estados Unidos

Irina Hauser
Huevos y bombachas. El cerco judicial de Morales para acorralar a Sala

Una misa por Milagro. Homilía de los curas en opción por los pobres

Raúl Kollmann

El camino al deterioro. Los encuestadores empiezan a ver un desgaste en la imagen del nuevo gobierno

Edgardo Mocca
¿Honestidad en lugar de patriotismo?

Horacio Verbitsky
Plan canje. Hasta que reabra el Congreso, sigue abierto el libro de pases

El derribo de la ley

Algunos todavía, otros ya no

Lopérfido de Mitre

Tinkunaco 0100/16 - José Pablo Feinmann - Peronismo. Filosofía política de una obstinación argentina

http://www.pagina12.com.ar

José Pablo Feinmann
Peronismo
Filosofía política de una obstinación argentina



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http://www.pagina12.com.ar/especiales/archivo/peronismo_feinmann/CLASE121.pdf

http://www.pagina12.com.ar/especiales/archivo/peronismo_feinmann/CLASE122.pdf

http://www.pagina12.com.ar/especiales/archivo/peronismo_feinmann/CLASE123.pdf

http://www.pagina12.com.ar/especiales/archivo/peronismo_feinmann/CLASE124.pdf

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sábado, 30 de enero de 2016

Tinkunaco 0099/16 - Libro - Las deudas abiertas en América Latina

http://bvsde.org.ni/clacso



Paula Lucía Aguilar
Sofía Argüello Pazmiño
Mauricio Follari Gorra
Francisca Gutiérrez
Alejandra Iervolino Carrió
Daniel Munevar Sastre
Florencia Partenio
Leandro Rodríguez Lupo
Luiz Sertório Teixeira


Tinkunaco 0098/16 - Lavaca - Libro - Sin patrón. Fábricas y empresas recuperadas por sus trabajadores

https://materialsdifusio.files.wordpress.com

Lavaca

Fábricas y empresas recuperadas por sus trabajadores

Tinkunaco 0097/16 - Lavaca - Ni derechos ni humanos

http://www.lavaca.org



La campaña de Burson-Masteller para la dictadura argentina. Hace dos meses un equipo de investigadores encontró en la cancillería los documentos que prueban en qué consistió el trabajo de esta agencia para ocultar los crímenes de la dictadura. Detallan qué hicieron, quiénes y por cuánto.






La campaña ideada por Burson-Marsteller revela los alcances de las llamadas “relaciones públicas”. Un plan destinado a controlar periodistas y opinión pública.  

Acá se pueden descargar libremente los archivos, en formato .zip (114.9Mb).

viernes, 29 de enero de 2016

Tinkunaco 0096/16 - Re: [BoffSemanal] ¿Pueden las religiones ayudar a superar la crisis ecológica

¿Pueden las religiones ayudar a superar la crisis ecológica

2016-01-29


Por primera vez después de años, los 192 países se pusieron de acuerdo en la COP 21 de París, a finales de 2015, en que el calentamiento global es un hecho y que todos, de forma diferenciada pero efectiva, deben aportar su colaboración. Cada saber, cada institución y especialmente aquellas organizaciones que más mueven a la humanidad, las religiones, deben ofrecer lo que está en su mano. De no ser así, corremos el peligro de llegar con retraso y de enfrentarnos a catástrofes como en los tiempos de Noé.
 
Obviando el hecho cada religión o iglesia tiene sus patologías, sus momentos de fundamentalismo y de radicalización hasta el punto de haber crueles guerras religiosas, como hubo tantas entre musulmanes y cristianos, lo que se pide ahora es ver de qué forma, a partir de su capital religioso positivo, estas religiones pueden llegar a convergencias más allá de las diferencias y ayudar a enfrentarse a la nueva era del antropoceno (el ser humano como un meteoro rasante amenazador) y la sexta extinción masiva que ya está en curso desde hace mucho tiempo y se acelera cada vez más.

Tomemos como referencia las tres religiones abrahámicas.

Primero, veamos la contribución del judaísmo. La Biblia hebrea es clara al entender la Tierra como un don de Dios y que nosotros hemos sido colocados aquí para cuidarla y guardarla. “La Tierra es mía y vosotros sois huéspedes y forasteros” (Lv 25,23). No podemos, como ningún huésped normal haría, ensuciarla, romper sus muebles, estropear su jardín o matar a sus animales domésticos. Pero nosotros lo hemos hecho. Por eso existe la tradición de Tikkum Olam, de la “regeneración de la Tierra”, como tarea humana por los daños que le hemos causado. Hay también sentido de responsabilidad frente a los no humanos. Así antes de comer, cada uno debe alimentar a sus animales. No se puede tirar el nido de un pájaro que está cuidando a sus pichones. “Dominar la Tierra” (Gn 1,28) debe ser entendido a la luz de “cuidar y guardar” (Gn 2,15), como quien administra una herencia recibida de Dios.

El cristianismo heredó los valores del judaísmo. Pero le añadió datos propios: el Espíritu Santo fijó su morada en María y el Hijo en Jesús. Con eso asumió de alguna forma todos los elementos de la Tierra y del universo. La Tierra es entregada a la responsabilidad de los seres humanos, pero éstos no tienen un derecho absoluto sobre ella. Son huéspedes y peregrinos y deben cuidar de ella. San Francisco de Asís introdujo una actitud de fraternidad universal y de respeto a cada uno de los seres, hasta a las hierbas silvestres. Por ser el Dios cristiano un ser relacional, pues es Trinidad de Personas siempre relacionadas entre sí, el propio universo y todo lo que existe es también relacional, como tan bien lo expresó el Papa Francisco en su encíclica.

El islam sigue las huellas del judaísmo y del cristianismo. También para él la Tierra y la naturaleza son creación de Dios, y han sido entregadas a la responsabilidad del ser humano. En el Corán se dice que tenemos nuestra morada aquí y por un corto tiempo podemos disfrutar de sus bienes (Sura 2,36). El Altísimo y Misericordioso nos da señales a través de la riqueza y la diversidad de la naturaleza que nos recuerdan constantemente su misericordia, con la cual dirige el mundo (Sura 45,3). La entrega confiada a Alá (islam) y la propia jihad (lucha por la santidad interior) implican cuidar de su creación. Hoy muchos musulmanes han despertado a lo ecológico y de Singapur a Manchester pintaron sus mezquitas todas de verde.

Hay unos puntos convergentes en estas tres religiones: entender la Tierra como don y herencia y no como objeto para ser usado simplemente a su voluntad, como lo entendió la modernidad. El ser humano es responsable de lo que recibió, debiendo cuidarla y guardarla (haciéndola fructificar y dándole sostenibilidad); él no es dueño sino cuidador. La Tierra con su riqueza remite continuamente a su Creador.

Estos valores son fundamentales hoy, pues la tradición científico-técnica trata a la Tierra como mero objeto de explotación, situándose fuera y por encima de ella. Somos Tierra (Gn 1,28). Por eso hay un parentesco con ella, nuestra sustentadora.

Además, todas las religiones desarrollan actitudes que actualmente son imprescindibles: el respeto por la Tierra y por todo lo que ella contiene, pues las cosas son muy anteriores a nosotros y tienen valor por sí mismas; la veneración ante el Misterio del universo. Respeto y veneración no solo al Corán o a la hostia consagrada, sino a todos los seres, pues son sacramentos de Dios. Esta actitud impone límites al poder dominador que está hoy poniendo en peligro el equilibrio de la Tierra y amenazando nuestra supervivencia. La irracionalidad científico-técnica debe conocer límites éticos, impuestos por la propia vida que quiere seguir viviendo y mantener su identidad. Si no, ¿a dónde iremos? Seguramente no a la montaña de las bienaventuranzas sino al valle de lágrimas.    

Tinkunaco 0095/16 - Minería - Derrame de cianuro: un niño es el primer contaminado en Jáchal

http://www.elsol.com.ar



Minería
Se trata de un menor al que se le realizaron análisis de sangre y se le detectó arsénico y mercurio.


río Jachal


El derrame de cianuro que se produjo el año pasado en la mina Veladero en San Juan trajo sus consecuencias. Este viernes, desde la Asamblea Jáchal No se Toca informaron que un niño es el primer contaminado.

"Se trata de un menor de edad cuya identidad será preservada, a quién a través de análisis se le detectó arsénico y mercurio en sangre", publicaron en su cuenta de Facebook. 
En octubre, según un estudio realizado por la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo) se produjo una grave contaminación con metales pesados en dosis de hasta un 1400% por encima de los valores tolerables. Aquel derrame había provocado el despido de la cúpula de la sede de la minera Barrick en Argentina.

Tinkunaco 0094/16 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 
Boletín de Novedades Jurídicas viernes 29/01/2016  
Normativa Nacional
Decreto 266/16
B.O. 29/01/2016
Fenómeno climático. Se declara el Estado de Emergencia Hídrica en el territorio abarcado por el litoral y la región pampeana. Se instruye a la Secretaría de Coordinación Interministerial de la Jefatura de Gabinete de Ministros a llevar a cabo todas las negociaciones destinadas a lograr financiamiento externo que permita adoptar en forma inmediata las medidas necesarias para afrontar la situación crítica, tendientes a la reparación de los daños producidos o que se puedan producir a futuro como consecuencia del fenómeno climático.
Jurisprudencia Nacional
Incidente de excarcelación en autos: ‘Suris, Juan Ignacio, por asociación ilícita fiscal’
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES de BAHIA BLANCA - BUENOS AIRES - 11/11/2015
Prisión preventiva. Deniega el recurso de casación interpuesto contra la resolución que denegó la excarcelación del imputado en orden al delito de asociación ilícita fiscal en una causa en la que se investiga la comercialización de facturas apócrifas. Advierte que no se verifican los supuestos de procedencia que el presentante alega en base al Art. 456 del Código Procesal Penal de la Nación como tampoco la eventual existencia de una cuestión federal. En cuanto al control de convencionalidad advierte que los instrumentos internacionales avalan la decisión adoptada, ya que autorizan la detención con intervención judicial y conforme al derecho local, por un plazo razonable, como sucede en el caso de autos (conf. arts. 75, inc. 22, Const. Nacional; 7:2, segunda parte, 7:3 a contrario sensu, 7:4, 7:5, 7:6, Convención Americana de Derechos Humanos; 9:1, última parte, 9:2, 9:3, 9:4, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

Ikei, Miguel Ángel s/recurso de casación
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - Sala 04 - 22/12/2015
Contrabando de exportación de divisas. Confirma la condena a dos años de prisión en suspenso, en orden al delito de contrabando de exportación de divisas en grado de tentativa, aplicada a quien intentó tomar un avión rumbo a la ciudad de Santiago de Chile llevando en su mochila un total de 100.450 dólares en once fajos de billetes sin declarar en su mochila de mano. Señala que los billetes de curso legal nacionales o extranjeros son un objeto susceptible de ser importado o exportado y, en consecuencia, constituyen mercadería en los términos del art. 10 del C.A. por lo que, en el caso, el servicio aduanero resultó impedido o dificultado en el control sobre la importación y/o exportación de dinero. Advierte que el acusado ocultó o disimuló los billetes y sólo admitió que llevaba el dinero una vez que fue por el mecanismo de rayos X. Entiende que la espontaneida d de la manifestación encontraba su límite en el momento previo de ser sometido el bolso de mano al control rutinario de equipajes y no después de que en su interior se detectó la mercadería cuya exportación por su cantidad se encuentra prohibida.

Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Bustamante de Martínez, Idalina c/ Transportes Metropolitano Belgrano S.A. y otro s/ daños y perjuicios
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 24/11/2015
Validez de la sentencia. Votos incongruentes. Deja sin efecto el fallo de la Cámara Civil que había rechazado por mayoría una demanda por daños y perjuicios a raíz de un accidente ferroviario -en el que se produjo la muerte del hijo de la actora- por considerar que la sentencia fue arbitraria dado que los votos de la mayoría eran incongruentes. Uno de los magistrados sostuvo que la empresa de trenes debía ser eximida de responsabilidad por haber mediado culpa de la víctima, pues consideró probado que el pasajero viajaba en el estribo del tren, mientras que el restante entendió que no estaba probado que la víctima fuese pasajero del tren y, por lo tanto, no existía relación causal que justificara la responsabilidad de la empresa por el infortunio. Señala, adhiriendo al dictamen de la Procuración General, que la validez de un fallo depende no solamente de que la mayoría convenga en la parte dispositiva sino que también exhiba una sustancial coincidencia en los fundamentos. Asimismo, agrega que si bien las decisiones de la Corte Suprema están en principio limitadas a los planteos formulados por los litigantes, resulta insoslayable declarar la inexistencia de aquellas sentencias que carecen de los requisitos indispensables para ser consideradas un acto judicial válido.
Normativa Provincial
Ley 5448 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 19/01/2016
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se crea el Régimen de Adecuación de Establecimientos Hospitalarios Privados en Seguridad Edilicia en los establecimientos asistenciales, hospitales, hospitales pertenecientes a las fuerzas armadas y de seguridad, clínicas y sanatorios, de gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ley 10412 de ENTRE RIOS
B.O. 19/01/2016
Provincia de Entre Ríos. Trabajadores Sociales. Se crea el Colegio de Trabajadores Sociales de Entre Ríos. Fines y atribuciones. Inscripción de la matrícula. Requisitos. Derechos y obligaciones de los profesionales. Recursos económicos. Autoridades. Fiscalización. Se deroga la Ley N° 7579.
Jurisprudencia Provincial
Rock S.R.L. y Yampey, Ricardo c/ S.A.D.A.I.C. s/ daños y perjuicios
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - CORRIENTES - 23/11/2015
Base regulatoria. Rechaza el recurso interpuesto por los abogados actuantes en un juicio de daños y perjuicios tendiente a impugnar la regulación de honorarios profesionales, fundado en que la decisión se apartaría de la doctrina del Superior Tribunal de la Provincia de Corrientes y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al fijar como base regulatoria para el cálculo de los emolumentos la suma de la planilla aprobada y no el monto de la demanda. En ese sentido, el tribunal advierte que los recurrentes no indican en qué carácter actuaron en el proceso, así como tampoco realizan una crítica concreta de la sentencia de la Alzada que refiere a la aplicación del decreto ley 100/00 provincial por la fecha en que la labor se realizó.

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Tinkunaco 0093/16 - Re: Declaración del Secretario de Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja

Declaración de Délfor "Pocho" Brizuela, Secretario de Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja. 




Los dichos de Lopérfido son una ofensa jamás escuchada en un funcionario de una gestión que se precie de democrática. 

Esas fueron las palabras con que definió el Secretario de DDHH de la Provincia de La Rioja, a las sorpresivas y ofensivas declaraciones del Secretario de Cultura del Gob. de la CABA, poniendo en duda el número de desaparecidos y el sentido del reclamo legítimo y justo de madres, familiares, hijos y el colectivo de organismos de DDHH. 

Parece mentira, continuó Pocho, que a esta altura del desarrollo institucional de políticas que reflejaron luchas de organismos que durante décadas, con una ejemplar actitud ética, con seriedad y dedicación, recolectaron valiosa y precisa información, con reclamos adentro y fuera del país, con apoyo de instituciones públicas y privadas, con respaldo jurídico y, sobreponiéndose a miles de adversidades, representando el único interés de las víctimas del terrorismo de Estado que bregaron y bregan por memoria, verdad y justicia.  

Frente a esto, agrega, no puede Lopérfido maltratar de este modo a las víctimas, a los organismos y a la propia democracia con expresiones hirientes y despreciativas que parecen buscar la justificación y en el fondo la impunidad a los crímenes de lesa humanidad del terrorismo de Estado que asoló nuestro país del 76 al 83.

Finaliza Brizuela, afirmando y convocando a que todas las fuerzas democráticas estemos atentas para evitar que se debiliten y diluyan las grandes conquistas en materia de derechos humanos, que supimos conseguir y que Lopérfido ofende y desprecia, terminó.

jueves, 28 de enero de 2016

Tinkunaco 0092/16 - Escritos sobre Cicerón y su obra

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Escritos sobre Cicerón y su obra






Tinkunaco 0091/16 - Marco Tulio Cicerón - Obras Completas

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Obras Completas de Cicerón




CICERÓN














CICERÓN - Filípicas (portada)















Tinkunaco 0090/16 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 
Boletín de Novedades Jurídicas jueves 28/01/2016  
Normativa Nacional
Resolución 7/16 - Ministerio de Energía y Minería
B.O. 28/01/2016
Ministerio de Energía y Minería. Se instruye al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), para que efectúe, a cuenta de la Revisión Tarifaria Integral (RTI), un ajuste del valor agregado de distribución en los cuadros tarifarios de EDENOR S.A. y EDESUR S.A. Régimen tarifario de transición. Criterios para la determinación de la tarifa social. Beneficiarios. Facturación mensual del servicio público. Plan de ahorro de energía eléctrica. Se deja sin efecto el Programa de Uso Racional de la Energía Eléctrica (PUREE). Se deroga la Resolución N° 32/2015 de la ex Secretaría de Energía y la Resolución N° 2000/2005 del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Jurisprudencia Nacional
C., Ariel Máximo; C., Emanuel s/ Hábeas Corpus
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES de - SANTA FE - 25/01/2016
Traslado de detenidos. Rechazan un habeas corpus interpuesto a favor de los presuntos integrantes de una banda dedicada al narcotráfico conocida como “Los Monos” a raíz de su traslado a cárceles federales de Neuquén y Rawson. Los imputados afirmaron que dicha decisión agravaba sus condiciones de detención al alejarlos de sus familias y colocarlos en una situación angustiante. No obstante, el tribunal advierte que se trata de una acción intentada contra una sentencia judicial firme, que dispuso su procesamiento y prisión preventiva, por lo que corresponde que el tratamiento de esta cuestión sea llevado ante el juez competente en la causa.

Contreras, Alejandro Rubén c/ Limpido S.A. y otro s/ despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 08 - 23/12/2015
Cuestiones de competencia. Forum conexitatis. Declara la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para conocer en un reclamo por accidente de trabajo ley especial 24.557 y considera que se encuentra firme la aptitud del fuero para entender en la acción por despido acumulada. El actor invocó que el distracto fue discriminatorio ya que fue dispuesto por la empleadora como consecuencia de su estado de salud y, a su vez, adujo clandestinidad de su remuneración, extremo que resultaría necesario para determinar el quantum indemnizatorio con sustento en la ley 24.557, razones por la cuales no sería aconsejable escindir las pretensiones deducidas. Finalmente agrega que la admisión del forum conexitatis posibilita la sustanciación ante un mismo magistrado de causas relacionadas entre sí, y su aplicación constituye una causal de excepción a las reglas generales que determinan la competencia, lo que importa admitir el desplazamiento de un juicio a favor de otro juez, con fundamento en la conveniencia de concentrar ante un solo tribunal todas las acciones que se hallen vinculadas por la misma relación jurídica.

Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, Garages y Playas de Estacionamiento del Chaco c/ Estado Nacional (ANSSAL) s/ acción de amparo y medida cautelar
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 01/12/2015
Elección de obra social. Revoca el fallo que había declarado la inconstitucionalidad de la Resol. 37/1998 de la Superintendencia de Servicios de Salud, en tanto prescribe que las obras sociales no pueden ser elegidas en ámbitos territoriales no contemplados en sus estatutos registrados. En el caso, se reclamaba que la citada normativa impedía a los afiliados del sindicato actor optar por la Obra Social del Personal de la Estaciones de Servicios, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos de la Provincia de Santa Fe, puesto que su ámbito territorial -contemplado en su estatuto registrado- no comprende a la Provincia de Chaco. Señala, adhiriendo al dictamen de la procuradora Fiscal, que lo establecido en la norma tiende a asegurar que la lejanía o la distancia impidan una adecuada prestación del servicio de salud a los afiliados. En tal sentido, sostiene que el derecho de libre elección de obra social no ha sido conculcado a partir del dictado de la resolución 37/1998, pues no se ha probado que la norma altere la sustancia de ese derecho, sino que se limita a reglamentar su ejercicio con el objeto de resguardar el goce efectivo de las prestaciones de salud.
Normativa Provincial
Ley 5463 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 13/01/2016
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Creación del Sistema Integrado de Indicadores de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes cuya finalidad es proveer información integral, relevante, mensurable, confiable y oportuna sobre la situación de la niñez y adolescencia en la Ciudad de Buenos Aires. Principios rectores. Objetivos. Autoridad de aplicación. Difusión. Presupuesto.

Ley 8845 de TUCUMAN
B.O. 13/01/2016
Provincia de Tucumán. Ministerio de Interior. Creación del Programa de Formación y Ayuda Social denominado "TUCUMAN MANOS A LA OBRA", tendiente a la inclusión de beneficiarios afectados a la formación y capacitación laboral. Autoridad de aplicación. Beneficiarios del Programa. Duración.
Jurisprudencia Provincial
A.M. B. en nombre y representación de su hijo menor c/ T. J. I. s/ alimentos
CAMARA DE APELACIONES - Sala CIVIL Y COMERCIAL de GUALEGUAYCHU - ENTRE RIOS - 30/11/2015
Quantum de la cuota de alimentos. Resuelve elevar la cuota alimentaria a cargo del demandado en favor de su hijo menor de edad. Advierte que el alimentante impugnó el monto que fuera establecido, fundado en su presunta condición de monotributista y su trabajo como motoquero haciendo trámites y mandados, lo que no se condice con el patrimonio denunciado (un inmueble alquilado como taller mecánico, cuatro departamentos y tres motocicletas). En consecuencia, resulta razonable presumir en contra de la posición del renuente, en cuanto a que sus ingresos deben ser claramente mayores a los reconocidos. No obstante, no corresponde el establecimiento de un parámetro de mantenimiento del valor de la cuota alimentaria, el que no fue solicitado por la interesada ni al accionar ni al expresar agravios, por lo que su tratamiento excede la competencia del tribunal.

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