Normativa Nacional |
Decreto 266/16
B.O. 29/01/2016
Fenómeno
climático. Se declara el Estado de Emergencia Hídrica en el territorio
abarcado por el litoral y la región pampeana. Se instruye a la
Secretaría de Coordinación Interministerial de la Jefatura de Gabinete
de Ministros a llevar a cabo todas las negociaciones destinadas a lograr
financiamiento externo que permita adoptar en forma inmediata las
medidas necesarias para afrontar la situación crítica, tendientes a la
reparación de los daños producidos o que se puedan producir a futuro
como consecuencia del fenómeno climático.
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Jurisprudencia Nacional |
Incidente de excarcelación en autos: ‘Suris, Juan Ignacio, por asociación ilícita fiscal’
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES de BAHIA BLANCA - BUENOS AIRES - 11/11/2015
Prisión
preventiva. Deniega el recurso de casación interpuesto contra la
resolución que denegó la excarcelación del imputado en orden al delito
de
asociación ilícita fiscal en una causa en la que se investiga la
comercialización de facturas apócrifas. Advierte que no se verifican los
supuestos de procedencia que el presentante alega en base al Art. 456
del Código Procesal Penal de la Nación como tampoco la eventual
existencia de una cuestión federal. En cuanto al control de
convencionalidad advierte que los instrumentos internacionales avalan la
decisión adoptada, ya que autorizan la detención con intervención
judicial y conforme al derecho local, por un plazo razonable, como
sucede en el caso de autos (conf. arts. 75, inc. 22, Const. Nacional;
7:2, segunda parte, 7:3 a contrario sensu, 7:4, 7:5, 7:6, Convención
Americana de Derechos Humanos; 9:1, última parte, 9:2, 9:3, 9:4, Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos).
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Ikei, Miguel Ángel s/recurso de casación
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - Sala 04 - 22/12/2015
Contrabando
de exportación de divisas. Confirma la condena a dos años de prisión en
suspenso, en orden al delito de contrabando de exportación de divisas
en grado de tentativa, aplicada a quien intentó tomar un avión rumbo a
la ciudad de Santiago de Chile llevando en su mochila un total de
100.450 dólares en once fajos de billetes sin declarar en su mochila de
mano. Señala que los billetes de curso legal nacionales o extranjeros
son un objeto susceptible de ser importado o exportado y, en
consecuencia, constituyen mercadería en los términos del art. 10 del
C.A. por lo que, en el caso, el servicio aduanero resultó impedido o
dificultado en el control sobre la importación y/o exportación de
dinero. Advierte que el acusado ocultó o disimuló los billetes y sólo
admitió que llevaba el dinero una vez que fue por el mecanismo de rayos
X. Entiende que la espontaneida
d de la manifestación encontraba su límite en el momento previo de ser
sometido el bolso de mano al control rutinario de equipajes y no después
de que en su interior se detectó la mercadería cuya exportación por su
cantidad se encuentra prohibida.
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Recurso
de hecho deducido por la actora en la causa Bustamante de Martínez,
Idalina c/ Transportes Metropolitano Belgrano S.A. y otro s/ daños y
perjuicios
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 24/11/2015
Validez
de la sentencia. Votos incongruentes. Deja sin efecto el fallo de la
Cámara Civil que había rechazado por mayoría una demanda por daños y
perjuicios a raíz de un accidente ferroviario -en el que se produjo la
muerte del hijo de la actora- por considerar que la sentencia fue
arbitraria dado que los votos de la mayoría eran incongruentes. Uno de
los magistrados sostuvo que la empresa de trenes debía ser eximida de
responsabilidad por haber mediado culpa de la víctima, pues consideró
probado que el pasajero viajaba en el estribo del tren, mientras que el
restante entendió que no estaba probado que la víctima fuese pasajero
del tren y, por lo tanto, no existía relación causal que justificara la
responsabilidad de la empresa por el infortunio. Señala, adhiriendo al
dictamen de la Procuración General, que la validez de un fallo depende
no solamente de que la
mayoría convenga en la parte dispositiva sino que también exhiba una
sustancial coincidencia en los fundamentos. Asimismo, agrega que si bien
las decisiones de la Corte Suprema están en principio limitadas a los
planteos formulados por los litigantes, resulta insoslayable declarar la
inexistencia de aquellas sentencias que carecen de los requisitos
indispensables para ser consideradas un acto judicial válido.
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Normativa Provincial |
Ley 5448 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 19/01/2016
Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Se crea el Régimen de Adecuación de
Establecimientos Hospitalarios Privados en Seguridad Edilicia en los
establecimientos asistenciales, hospitales, hospitales pertenecientes a
las fuerzas armadas y de seguridad, clínicas y sanatorios, de gestión
privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Ley 10412 de ENTRE RIOS
B.O. 19/01/2016
Provincia
de Entre Ríos. Trabajadores Sociales. Se crea el Colegio de
Trabajadores Sociales de Entre Ríos. Fines y atribuciones. Inscripción
de la matrícula. Requisitos. Derechos y obligaciones de los
profesionales. Recursos económicos. Autoridades. Fiscalización. Se
deroga la Ley N° 7579.
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Jurisprudencia Provincial |
Rock S.R.L. y Yampey, Ricardo c/ S.A.D.A.I.C. s/ daños y perjuicios
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - CORRIENTES - 23/11/2015
Base
regulatoria. Rechaza el recurso interpuesto por los abogados actuantes
en
un juicio de daños y perjuicios tendiente a impugnar la regulación de
honorarios profesionales, fundado en que la decisión se apartaría de la
doctrina del Superior Tribunal de la Provincia de Corrientes y de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación al fijar como base regulatoria
para el cálculo de los emolumentos la suma de la planilla aprobada y no
el monto de la demanda. En ese sentido, el tribunal advierte que los
recurrentes no indican en qué carácter actuaron en el proceso, así como
tampoco realizan una crítica concreta de la sentencia de la Alzada que
refiere a la aplicación del decreto ley 100/00 provincial por la fecha
en que la labor se realizó.
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