Normativa Nacional |
Decreto 228/16
B.O. 22/01/2016
Declaración de “emergencia de seguridad pública” en la totalidad del
territorio nacional con el objeto de revertir la situación de peligro
colectivo creada por el delito complejo y el crimen organizado. Operativo
Fronteras. Fortalecimiento del Control de Puertos, Hidrovías y Mar Argentino.
Reglas de Protección Aeroespacial. Creación del Gabinete de Seguridad Humana.
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Decreto 230/16
B.O. 22/01/2016
Designación a partir del 21 de enero de 2016 del Subprocurador del Tesoro de la Nación.
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Resolución 5/16 - Secretaría de Hacienda
B.O. 22/01/2016
Deuda Pública. Se establece que la determinación de la Tasa Variable de Bonos
del Tesoro Nacional se realice en función de las tasas de interés implícitas
de las “Letras del BCRA en pesos”. Bonos comprendidos.
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Jurisprudencia Nacional |
Quiroga, Javier y Otros c/ González, Raúl Ramón s/ Daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala D - 03/11/2015
Responsabilidad
precontractual. Rechaza la demanda de daños y perjuicios deducida por
dos personas que llevaron
a cabo gestiones tendientes a celebrar un contrato de locación
comercial, por la frustración del referido contrato. Considera que no
puede tenerse por acreditado que las
tratativas hubiesen avanzado al grado de haber generado en los
actores la legítima expectativa de celebrar el contrato con el
demandado, ya que recién el día en que debió haberse firmado los
accionantes intentaron efectuar modificaciones en el inmueble, sin
autorización expresa del dueño de la propiedad.
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Paillalef, Jairo Raúl Maripi s/ homicidio agravado (art. 80 inc. 8)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 22/12/2015
Homicidio
agravado. Rechaza el recurso interpuesto por la defensa del imputado
contra la sentencia que lo condenó a la pena de 20 años de prisión
en orden al delito de homicidio agravado de un miembro de las fuerzas de
seguridad pública, policiales o penitenciarias (art. 80 inc. 8, C.P.).
El
encartado está acusado de haber asesinado a un subcomisario que intentó
detenerlo cuando pretendía llevarse un ciervo faenado ilegalmente dentro
del
baúl de su automóvil en la localidad de Pilcaniyeu, en la Provincia de
Río
Negro. Entiende que el recurso deducido es inadmisible habida cuenta que
el
apelante no dio cumplimiento al recaudo establecido por el artículo 7°
inc.
a del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.
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Normativa Provincial |
Ley 5089 de RIO NEGRO
B.O. 04/01/2016
Ley de regulación de las medidas de seguridad y de control en la realización
de espectáculos públicos consistentes en el lanzamiento o quema de fuegos
artificiales o artificios pirotécnicos. Prohibiciones. Autorizaciones.
Requisitos. Zonas de seguridad. Plan de seguridad y de emergencia. Seguro de
responsabilidad civil por daños materiales y personales.
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Ley 1068 de TIERRA DEL FUEGO
B.O. 11/01/2016
Se declara la emergencia del sistema de seguridad social de la provincia por
el lapso de dos (2) años. Se disponen las medidas orientadas a la
regularización integral de la situación de crisis actual. Se crea el Fondo
Solidario para el pago de jubilaciones. Se suspende por el plazo de la
emergencia, la aplicación de la Ley provincial 855. Consolidación de deudas
y creación del fideicomiso para el desarrollo habitacional. Se deroga la ley
676.
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Jurisprudencia Provincial |
Fisco
de la Provincia De Corrientes C/ Sucesión de Miranda Gallino, Adolfo
y/o Titular del Adrema K1-00021-3 y/o Q.R.R. S/ Apremio
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL - Sala 04 de CORRIENTES - CORRIENTES - 09/12/2015
Preferencia de pago. Considera que los honorarios del apoderado del
ejecutante,
devengados por la actuación previa a la subasta, deben pagarse con
preferencia
al crédito de aquél. Refiere que si bien se discute si tales emolumentos
quedan
comprendidos en el concepto “costas de la ejecución”, aun cuando se los
excluya
de tal definición conservan una preferencia de pago frente al crédito del
acreedor ejecutante, pues, conforme a lo dispuesto por el art. 3900 del
Código
Civil, los honorarios y los gastos producidos en el trámite de un juicio
tienen
privilegio sobre el crédito en cuyo interés se han hecho.
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Scarini Gustavo Fabián contra GCBA sobre amparo
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nro 15 de CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 28/12/2015
Subsidio vitalicio. Admite el recurso interpuesto por un ex combatiente
tendiente a que se declare la inconstitucionalidad de la Cláusula
Transitoria
Segunda de la ley nº 1075 de la Ciudad de Buenos Aires, respecto del plazo
máximo estipulado a los efectos de acceder al subsidio mensual y vitalicio.
Advierte que el beneficio se otorga en reconocimiento a la participación del
actor en el conflicto bélico de las Islas Malvinas, mérito que no puede
tener
fecha de caducidad, sumado a que la perentoriedad de la fecha para solicitar
el
beneficio carece de razonabilidad, por cuanto el universo de potenciales
beneficiarios se encuentra consolidado ante el cese del conflicto bélico en
el
año 1982 y, por lo tanto, no existe posibilidad de que se incremente.
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