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miércoles, 27 de enero de 2016

Tinkunaco 0084/16 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional 
Boletín de Novedades Jurídicas miércoles 27/01/2016  
Normativa Nacional
Decreto 254/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Entre Ríos

Decreto 253/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Neuquén

Decreto 252/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Santa Fe

Decreto 251/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Chubut.

Decreto 250/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Mendoza.

Decreto 249/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Jujuy.

Decreto 248/16
B.O. 27/01/2016
Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas. Secretaría de Hacienda. Se dispone un adelanto financiero a la Provincia de Córdoba.

Resolución 17/16 - Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas
B.O. 27/01/2016
Sistema financiero. Banco Central de la República Argentina. Para el cálculo del Coeficiente de Estabilización de Referencia (C.E.R) se utilizará la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IPCBA).

Resolución 6/16 - Ministerio de Energía y Minería
B.O. 27/01/2016
Servicio Eléctrico Nacional. Se Aprueba la Reprogramación Trimestral de Verano para el Mercado Eléctrico Mayorista, correspondiente al período comprendido entre el 1° de febrero de 2016 y el 30 de abril de 2016. Se establecen precios de referencia estacionales de la potencia y energía. Cuadros tarifarios. Plan estímulo. Tarifa social.
Jurisprudencia Nacional
Obra Social Bancaria Argentina s/ concurso preventivo s/ incidente de verificación tardía y pronto pago por España Jurado y otros
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - Sala D - 29/12/2015
Verificación tardía. Prescripción abreviada. En el marco de un incidente de verificación tardía y pronto pago intentado por dos acreedores laborales deducido luego de más de un año de que la sentencia laboral quedó firme, admite la excepción de prescripción opuesta por la demandada dado que, considera, que el referido incidente fue deducido una vez transcurrido el plazo de prescripción abreviada del art. 56 de la LCQ. Advierte que los acreedores que optan por continuar el proceso de conocimiento (art. 21, LCQ) no quedan excluidos de la prescripción bianual (art. 56), de modo que desde la fecha de presentación en concurso del deudor les corre tal plazo a todos los acreedores. Señala que mientras se desarrolla el trámite de ese proceso individual existe una imposibilidad de hecho de presentarse a verificar -que podría extenderse más allá de los dos años-, razón por la cual se otorga un plazo de seis meses desde la firmeza de la sentencia y si el acreedor no se presenta a verificar en ese período complementario, en consecuencia, la acción estará prescripta.

L., T. E. s/ determinación de la capacidad
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - Sala B - 18/11/2015
Deja sin efecto la interdicción decretada respecto de una mujer que padece esquizofrenia residual y debilidad mental y dispone restringir su capacidad, designando como apoyo a su acompañante terapéutica en lo referido a la administración y disposición de los bienes que ha heredado de sus padres y ordenando la intervención necesaria de la curadora pública oficial, quien quedará constituida como su representante. Resalta que el Código Civil y Comercial afirma que la capacidad jurídica de la persona se presume, siendo sus limitaciones siempre de carácter excepcional y en beneficio de la persona (art. 31 incs. a y b) y, que el juez está habilitado a restringirla para determinados actos especificados en la sentencia. Determina que, en el caso, la capacidad de la mujer en cuestión se encuentra restringida en tanto no puede vivir sola sin asistencia permanente, no pu ede votar ni celebrar por sí actos jurídicos, debiendo contar con apoyo para la obtención de los recursos referidos a su salud y tratamiento.
Normativa Provincial
Ley 5466 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 11/01/2016
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Bienestar social. Protección del menor y la familia. Prevención de la violencia familiar y doméstica. Modificación de la ley 1688. Centros Integrales de Atención funcionarán bajo la órbita de los Centros Integrales de la Mujer (CIM). Funciones. Objetivos.

Ley 13524 de SANTA FE
B.O. 11/01/2016
Provincia de Santa Fe. Seguridad pública. Prórroga de la emergencia en materia de seguridad pública por el término de un año, dispuesta por la Ley 13.297. Se crea la Comisión de Seguimiento. Integración.
Jurisprudencia Provincial
T., A. E. c/C., N. C. s/Alimentos
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de NECOCHEA - BUENOS AIRES - 12/11/2015
Alimentos. Ordena a la ANSES que retenga el treinta por ciento de la pensión por invalidez que percibe el demandado y que transfiera dicho monto a sus hijos menores en concepto de alimentos. Advierte que surge acreditado que los niños se encuentran en situación de vulnerabilidad, pues su madre carece de recursos y no posee un trabajo estable, a lo que se suma la baja de la asignación universal por hijo (AUH) por la supuesta incompatibilidad con la pensión que recibe el demandado - quien hace varios años no convive con los niños-, por lo que resuelve notificar al Servicio Local de Protección y Promoción de los Derechos del Niño, al Sr. Defensor de Menores e Incapaces Federal y a la Asesoría de Incapaces, a fin de que arbitren las medidas necesarias a fin de proteger y restablecer los derechos de los alimentados.

Provincia del Chubut c/ M. O. D. s/Lesiones leves agravadas
JUZGADO PENAL de ESQUEL - CHUBUT - 14/12/2015
Violencia de género. Condena a cinco años de prisión efectiva al acusado por los delitos de lesiones agravadas por mediar violencia de género y amenazas en perjuicio de su ex pareja. Advierte que surge acreditado que las conductas imputadas tales como el hostigamiento, las agresiones, la violencia psicológica y económica, si bien no constituyen delitos autónomos, fueron constitutivas de violencia de género, en tanto representan actos tendientes a crear la situación de vulnerabilidad que luego posibilitaron la concreción de los delitos por los que fuera condenado el nombrado. Considera que aun pudiéndose conceder que la formación machista del encartado lo podrían haber condicionado en su comportamiento, las prohibiciones de acercamiento y contacto que se dispusieron, tanto desde el ámbito penal como desde su familia, indicaban claramente que sus agresiones físicas y verbales eran contrarias a derecho y, sin embargo, continuó hostigando a su ex pareja.

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