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martes, 16 de octubre de 2012

Tinkunaco 1.692/12 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
16 de octubre de 2012
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Normativa Nacional

Resolución 533/12 . Ministerio del Interior y Transporte
BOLETÍN OFICIAL: 16/10/2012
Se establece a la Dirección General de Gestión Informática como organismo de administración de la información generada por el Sistema Unico de Boleto Electrónico (S.U.B.E.).
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Resolución 4/12 . Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas
BOLETÍN OFICIAL: 16/10/2012
Se prorroga el plazo para la presentación del Formulario de Información del Mercado de Gas Natural Comprimido.
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Jurisprudencia Nacional

Fleiderman, Silvina Roxana y otro c/ Banco Río de la Plata S.A. s/ ordinario.
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, SALA D. 05/06/2012
Mutuo hipotecario. Recompensa sobre capital. Acuerdo de descubierto. Obligaciones del Banco. Buena fe contractual. Confirma una sentencia que había condenado a una entidad bancaria a abonar, a los actores una suma en concepto de recompensa sobre el capital entregado, en base a un contrato de mutuo hipotecario convenido entre las partes. El banco se había negado a abonar dicho concepto, alegando una mora de los actores en el cumplimiento del mutuo y éstos, a su vez, sostenían que el atraso había sido originado por que la entidad suspendió, en forma sorpresiva, un acuerdo de descubierto. Señala que, "si bien el banco tiene derecho a modificar su decisión de autorizar un descubierto, y en consecuencia, de modificar o cancelar tal permiso, la buena fe contractu al exige que para no generar un perjuicio al usuario, el proveedor del servicio notifique en forma fehaciente, no sólo su vencimiento, sino también su entrada en vigencia (para los casos de renovación automática)".
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R., P. M. s/ art. 157 bis.
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL , SALA V. 28/09/2012
Violación de secretos. Actos preparatorios. Inexistencia de delito. Desestima una acción, en orden al delito de violación de secretos, por inexistencia de delito. En el caso, se investigó la presunta comisión del delito en la que habría incurrido el integrante de una empresa, al ofrecer, por correo electrónico y a cambio de dinero, información confidencial referente a fórmulas de fragancias cuya comercialización es el objeto de negocio de la misma. Señala que, el tipo penal mencionado, se consuma con la revelación del secreto a un tercero extraño no obligado a guardarlo, y que el accionar del imputado no implicó el suministro concreto de las fórmulas pertenecientes a la empresa, sino tan solo el ofrecimiento de es a posibilidad, circunstancia que sólo constituye un mero acto preparatorio para consumar la eventual revelación del secreto.
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Del Río, Jorge c/ Banco de la Nación Argentina s/ Despido.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 09/10/2012
Cambio de lugar de trabajo. Considera que existió un ejercicio razonable del "ius variandi" (Art. 66 de la Ley 20.744) por parte del empleador, toda vez que del contrato suscripto entre las partes, se desprende que la designación del agente en el exterior fue temporaria y sujeta a que pudiera disponerse el retorno al país o su traslado a otro destino en el extranjero, en virtud de un mejor servicio o de necesidades internas de la demandada. Y que en este sentido, el cambio del lugar de trabajo formó parte de las condiciones del contrato en razón de su objeto. En consecuencia, el traslado debió entenderse como un evento normal en el desarrollo del vínculo contractual, previsto para atender a la buena marcha y organización de la empresa.
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Normativa Provincial

Ley 4315. CIUDAD DE BUENOS AIRES
BOLETÍN OFICIAL: 12/10/2012
Se crea el Programa de Financiamiento en el Mercado Local.
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Ley 13287. SANTA FE
BOLETÍN OFICIAL: 15/10/2012
Se declara Capital Provincial de la Industria Agroalimentaria a la localidad de Bombal del departamento de Constitución.
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Jurisprudencia Provincial

Ordinario por daños y perjuicios: Arias Tomás Alberto c/ Dávila Sardinas Ilda.
CÁMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE JUJUY, SALA I. 28/09/2012
Daños y perjuicios. Exceso de legítima defensa. Se responsabiliza al propietario de la vivienda desde la cual se arrojaron los ladrillos que lesionaron al actor, quien se encontraba con un grupo de jóvenes frente a dicho inmueble. La Cámara señala que si bien la conducta de uno de los jóvenes aparece como ilegítima, en tanto pretendió acceder por escalamiento a la vivienda del demandado, la misma fue repelida por una patada y un ladrillazo que hizo que aquél cayera a la vereda. No obstante ello y pese a que nadie más intentó escalar, se continuaron tirando ladrillos, sin ni siquiera mirar a dónde, lo cual implicó un uso irracional y desproporcionado del medio empleado para impedir el hecho que asustaba.
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c/c González, Luis Miguel, Recurso de Casación.
CORTE DE JUSTICIA DE SALTA. 25/09/2012
Piratas del asfalto. Cambio de la calificación del hecho. La Corte de Justicia de Salta incrementó la condena impuesta a quien, junto con un grupo de menores, amedrentó a los conductores de un camión que transportaba mercaderías para apoderarse de ellas. Si bien el imputado fue condenado por hurto, el tribunal cambió la calificación del hecho a robo, puesto que entendió que realizar el ademán de poseer un arma configura la violencia requerida en las personas por el ilícito en cuestión.
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Otras NOvedades

Prisión perpetua para los imputados de la masacre de Trelew
A cuarenta años del hecho, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a cadena perpetua a tres ex marines por el fusilamiento de varios guerrilleros en la Base Almirante Zar, de Chubut en 1972.
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Eventos, Congresos y Convenciones

Congreso Nacional de Derecho Procesal Garantista.
Los días 18 y 19 de octubre se realizará en el Colegio de Abogados de Azul, organizado por la Facultad de Derecho, el XII Congreso Nacional de Derecho Procesal Garantista.
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