Decreto Nacional 1924/12.
BOLETÍN OFICIAL: 17/10/2012
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Secretaría de Asuntos Registrales. Organigrama. Se sustituye el anexo al artículo 1º del Decreto 1023/2012. |
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Cavallo, Domingo Felipe s/ recurso de queja. CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, SALA IV. 11/10/2012
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Injurias
vertidas por medio de la prensa. Inexistencia de delito. Improcedencia
del recurso de queja. Rechaza el recurso de queja interpuesto por un ex
funcionario público, en en marco de una querella mediante la cual éste
solicitó que se investigue, por el delito de injurias, a los
responsables de haber redactado un cable emitido por la agencia de
noticias Telam. La querella había sido desestimada por inexistencia de
delito y, además, el Tribunal no advierte la existencia de cuestión
federal en el caso. |
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Ley 8311. SAN JUAN
BOLETÍN OFICIAL: 12/10/2012
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Se declara el Estado de Emergencia Hídrica en la Provincia. |
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Decreto 1383/12. SAN JUAN
BOLETÍN OFICIAL: 11/10/2012
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Regulación de Servicios de Vigilancia, Custodia y Seguridad. Se amplia el plazo establecido en el art. 25 del decreto 649/2012. |
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Decreto 2734/12. SANTA FE
BOLETÍN OFICIAL: 15/10/2012
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Se
fija un Cargo Solidario del 5,7 % para los usuarios de la
infraestructura y servicios de agua potable y saneamiento de Aguas,
Santafesinas S.A., con destino a sustentar el Programa Solidario e
Integrador de Desagües Cloacales en la ciudad de Rosario. |
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F., R. D. o D. R s/ robo calificado por uso de arma blanca s/ recurso de inconstitucionalidad. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE. 17/09/2012
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Nulidad
de la condena penal por falta de audiencia de conocimiento personal. Se
sostuvo que al haber sido la Cámara quien condenó al imputado luego de
revocar la absolución dispuesta en primera instancia, le era
imprescindible tomar conocimiento directo y "de visu" del imputado en
algún momento del proceso, tal como prescribe el artículo 41, inciso 2
"in fine" del Código Penal. Es que, esta norma garantiza un mínimo de
contacto inmediato que resulta ineludible en un sistema de proceso penal
escrito. Asimismo, se concluyó que no obstaba a la sanción procesal que
el agravio no haya sido planteado por la parte defensiva, dado que al
ser la aludida audiencia imprescindible para garantizar al imputado el
derecho a ser oído por la autoridad jurisdicciona
l, integrando la garantía del debido proceso, ello autoriza la
declaración de nulidad de oficio. |
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G. P. G. c/ V. A. K. s/ materia a categorizar -incidente de reversión de tenencia. TRIBUNAL COLEGIADO DE INSTANCIA ÚNICA DEL FUERO FAMILIA N°3, LOMAS DE ZAMORA. 28/09/2012
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Reversión
de la tenencia. Dispone, a través de una medida cautelar, la
modificación del régimen de vida de los menores otorgando la custodia de
éstos a su padre, suspendiendo el contacto materno filial e imponiendo
una restricción de acercamiento respecto de aquéllos, del colegio al que
asisten y de los lugares que habitualmente frecuentan. El tribunal tuvo
en consideración el miedo, estrés y la presión en la que se encuentran
inmersos los niños, influenciados por su madre, quien ha demostrado la
falta total de cumplimiento de cada una de las medidas ordenadas, en
especial las atinentes a facilitar el contacto paterno filial,
manteniendo actitudes violentas, demostrando desprecio no sólo por las
normas, sino también por los der
echos de sus hijos. |
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el tribunal 3 de familia de Lomas es abusivo violento y vulnera los derechos constitucionales y supracontitucionales de los niños http://www.youtube.com/watch?v=MSImTngS4vM
ResponderEliminarhttp://www.youtube.com/watch?v=kFcdG5DzyEY
JUICIO POLITICO PARA JUECES ABUSADORES y MISOGINOS