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Quilpe S.A. s/ inconstitucionalidad. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 09/10/2012
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Tasas
municipales. Seguridad e higiene. Efectiva prestación del servicio.
Revoca una sentencia del Tribunal Superior de la Provincia de La Rioja
que había rechazado una demanda de inconstitucionalidad deducida con el
objeto de impugnar la pretensión fiscal de la municipalidad de la ciudad
capital de la mencionada provincia, respecto de la tasa por inspección
de seguridad e higiene, habida cuenta de que no se acreditó que el
servicio relacionado con la tasa en cuestión haya sido efectivamente
prestado a la actora. En ese sentido, señala que la efectiva prestación
de un servicio individualizado en el contribuyente, es un elemento
esencial para justificar la validez de la imposición de una tasa
municipal. |
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V., C. R. s/ nulidad - lesiones. CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL , SALA VII. 26/09/2012
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Cuestiones
de competencia. Materia discutible. Nulidad procesal. Improcedencia.
Rechaza un planteo de nulidad pretendido por la defensa contra las actas
de intimación del hecho y de suspensión del juicio a prueba llevadas a
cabo ante la Justicia Penal Contravencional y de Faltas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. La causa se había iniciado ante el citado
fuero, a raíz de una investigación en orden a los delitos de lesiones
leves agravadas por el vínculo (art. 92 C.P.) y amenazas simples (art.
149 bis primer párrafo C.P.), -éste último de competencia local-
ampliándose la imputación en orden al delito de desobediencia (art. 239
C.P.). Señala que, del propio trámite, surge que la cuestión de
competencia se debat
ió en diversas oportunidades, extremo revelador de que, en rigor,
resultó materia discutible y, por lo tanto, no implicó irregularidad ni
conllevó vicio alguno. |
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Pérez Sosa, Jaime s/ recurso de casación. CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, SALA I. 22/08/2012
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Pena
privativa de la libertad. Prisión perpetua. Constitucionalidad.
Sostiene que no es posible afirmar que la pena de prisión perpetua pueda
calificarse como cruel, inhumana o degradante, máxime cuando las penas
privativas de la libertad siguen siendo el eje central de todos los
sistemas legales vigentes. Asimismo, resalta que la aplicación de penas
perpetuas no obsta a la posibilidad de resocialización del condenado,
dado que, dentro del sistema penitenciario, la ley 24.660 procura una
adecuada reinserción social del condenado. Por otra parte, señala que el
instituto de la libertad condicional posibilita al condenado salir del
encierro por resolución judicial antes del término de la condena
cumpliendo determinados requisitos. Además, el art. 17 d
e la ley 24.660 permite a aquellos condenados a prisión perpetua, una
vez cumplidos quince años de la pena, incorporarse al régimen de
semilibertad y salidas transitorias. El voto concurrente agrega que no
es posible inferir que la pena de prisión perpetua sea incompatible con
lo dispuesto en el art. 75 inc. 22 de la CN y que la única restricción
admitida en la aplicación de ese tipo de pena, es la que emana del art.
37 de la Convención sobre los Derechos del Niño. |
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Ley 2673. LA PAMPA
BOLETÍN OFICIAL: 19/10/2012
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Se instituye con carácter de documento obligatorio, la Libreta Sanitaria de Adultos Mayores. |
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Decreto 2810/12. SANTA FE
BOLETÍN OFICIAL: 22/10/2012
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Ejercicio de la enfermería. Se aprueba la reglamentación de la ley 12.501. |
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c/c Jaime, Jorge Esteban s/Recurso de Inconstitucionalidad. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE SALTA. 20/09/2012
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Libertad
condicional. Declaración de reincidencia. La Corte de Justicia de Salta
rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 14 del Código Penal
de la Nación motivado por la resolución que denegó el beneficio de
libertad condicional. El Tribunal entendió que la declaración de
reincidencia no afecta la garantía del "non bis in idem", pues lo que
aquel prohíbe es la nueva aplicación de pena por el mismo hecho pero no
impide que la condena anterior surta efectos respecto del tratamiento
que se considere adecuado para aquellos supuestos en los que el
individuo incurriese en una nueva infracción penal u otras consecuencias
jurídicas. |
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De Biase Humberto Camilo juez civil y comercial de Santo Tomé s/ mal desempeño de sus funciones. JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES. 16/10/2012
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Destitución
de magistrados por mal desempeño. Se condenó a un juez a cargo de un
juzgado en lo civil y comercial, por admitir en numerosas causas,
medidas cautelares por reclamos salariales incoadas por agentes de las
fuerzas de seguridad nacional contra el Estado Nacional Argentino. El
Jurado sostuvo que el magistrado violó de manera reiterada la
competencia judicial, porque si bien un juez puede a&uac
ute;n siendo incompetente acoger una cautelar, el acusado con su
proceder creó un "shoping" legal al hacer lugar a 61 amparos que se
multiplicaban dado la cantidad de actores que figuraban en las
demandas.Asimismo manifestó que era clara su incompetencia, dado que, la
demandada era el Estado Nacional, los actores pertenecen a las fuerzas
de seguridad nacional, y tenían domicilio en todo el país. |
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Jornada de Capacitación
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El
día miércoles 24 de octubre el Colegio de Abogados de Quilmes invita a
todos los profesionales a la Jornada de Capacitación "De que hablamos
cuando hablamos de personas con discapacidad". |
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