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miércoles, 22 de octubre de 2014

Tinkunaco 1.454/14 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

22 de Octubre de 2014

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Normativa Nacional
Resolución 3686/14 - Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 22/10/2014
Modificación del Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales establecido por Resolución General N° 2.485. Operaciones. Exclusión. Permanencia.
 
Resolución 3685/14 - Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 22/10/2014
Régimen de información respecto de las operaciones de venta, compra, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones efectuadas y recibidas. Duplicados. Requisitos, plazos y condiciones.
 
Resolución 803/14 - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
B.O. 22/10/2014
Hidrocarburos. Variabilidad en el nivel de precios del petróleo crudo y sus derivados. Rango de retenciones en función del precio internacional. Modificación de la Resolución N° 394 del 15 de noviembre de 2007.
 
Resolución 11/14 - Comisión Arbitral de Convenio Multilateral del 18.8.77
B.O. 22/10/2014
Si.Fe.Re. Módulo para la Generación de Declaraciones Juradas para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen de Convenio Multilateral. Confección de volantes de pago.
 
Jurisprudencia Nacional
Eco de Los Andes S.A. c/ DNCI s/ Recurso Directo Ley 24.240, Art 45 CAMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - 22/08/2014
Lealtad comercial. Sanciones pecuniarias. Ratifica la multa, por infracción al artículo 9 de la ley 22.802, dispuesta por la Dirección Nacional de Comercio Interior contra una empresa que incluyó representaciones gráficas de frutas en el rótulo de los envases de sus productos de agua saborizada, generando confusión en cuanto a las características, naturaleza, origen, calidad, pureza y mezcla del producto. Considera que las infracciones a la Ley de Lealtad Comercial son formales y su verificación supone por sí la responsabilidad del infractor sin que se requiera la producción de un daño concreto, sino simplemente “pura acción” u “omisión”.
 
F., L. C. s/ nulidad y procesamiento CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - 29/08/2014
Amenazas. Rechaza el planteo de nulidad efectuado por el imputado respecto de las impresiones de una red social obtenidas durante la declaración de la víctima -que contenían mensajes dirigidos por aquél hacia ésta última- y, asimismo, confirma el procesamiento del encartado en orden a los delitos de coacciones y amenazas simples, ambas figuras reiteradas, en un caso de violencia de género. En cuanto a la nulidad pretendida, entiende que no se observa violación a ninguna garantía constitucional que amerite restarle eficacia al acto, habida cuenta que la propia damnificada titular de la cuenta de la red social brindó su consentimiento para la diligencia practicada. Con respecto al procesamiento, considera que la calificación legal adoptada es adecuada, por cuanto las frases vertidas por el indiciado fueron idóneas para atemorizar a la víctim a.
 
Normativa Provincial
Ley 7449 de CHACO
B.O. 01/10/2014
Se promueve el ejercicio legislativo. Creación del Parlamento Joven del Chaco. Participación ciudadana y compromiso directo de los jóvenes adolescentes en el sistema democrático. Se aprueba el Reglamento Orgánico del Parlamento. Derogación de la ley 4509.
 
Ley 5052 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 17/10/2014
Se modifica el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires. Estacionamiento y detención de vehículos. Estacionamiento en ocasión de eventos de concurrencia masiva y habitual en la franja horaria establecida.
 
Jurisprudencia Provincial
Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº 119/12 (Tribunal en lo Criminal Nº 2) T. del R. M. Exacciones ilegales. Ciudad SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - JUJUY - 06/10/2014
Facultades del querellante. Declara la nulidad de la condena impuesta a la encartada por el delito de exacciones ilegales, y resuelve ordenar su absolución. Advierte que la causa se elevó a juicio exclusivamente por el requerimiento efectuado por el Agente Fiscal, quien luego solicitó la absolución de la imputada por el beneficio de la duda. Si bien la parte querellante mantuvo la acusación en el debate, debió haberse manifestado en tal sentido en la etapa instructoria. En consecuencia, la acusación formulada por la querella no se ajusta a las previsiones contenidas en el código de rito, y en virtud de ello afecta la garantía del debido proceso y de la defensa en juicio de la imputada.
 
H.D.R. c/ I.S.S.N. S/ ACCION CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA de NEUQUEN - NEUQUEN - 02/09/2014
Discapacidad. Ordena a una obra social cubrir el tratamiento de ortopediatría, kinesiología, fonoaudiología, psicología, neurología, y pediatría, que requiere un menor con discapacidad, en un centro de salud que no es prestador directo. Refiere que, si bien la demandada sostuvo que posee prestadores que se encuentran capacitados para tratar la patología del menor, no acreditó tal circunstancia, cuando le correspondía la carga de la prueba de su afirmación. Máxime cuando la médica tratante del niño se expidió acerca de la conveniencia e idoneidad del tratamiento propuesto, por tratarse de un equipo interdisciplinario que aborda al paciente de manera integral.

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