Normativa Nacional |
Resolución 973/15 - Superintendencia de Servicios de Salud
B.O. 09/10/2015
Los
Agentes del Seguro de Salud comprendidos en las Leyes N° 23.660 y N°
23.661 deberán requerir a sus establecimientos sanitarios especializados
en técnicas de reproducción medicamente asistida de alta complejidad,
propios y/o contratados, el cumplimiento de la Resolución N° 1305/2015
del Ministerio de Salud de la Nación.
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Resolución 840/15 - Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
B.O. 09/10/2015
Creación
del Programa Nacional de Gestión Integral de PCBs que se desarrollará
bajo la órbita de la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y
Prevención de la Contaminación de la Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
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Resolución 1722/15 - Ministerio de Salud
B.O. 09/10/2015
Ejercicio
de la medicina, la odontología y las actividades de colaboración.
Clasificación de las infracciones, emergentes de la trasgresión a la Ley
N° 17.132, sus modificatorias, complementarias y reglamentarias.
Graduación.
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Resolución 990/15 - Universidad Nacional de Buenos Aires
B.O. 09/10/2015
Aprobación
de los términos del “Acta Acuerdo Paritario” del sector docente,
suscripta con la Asociación Docente de la Universidad de Buenos Aires
(ADUBA). Convenio Colectivo para los Docentes.
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Jurisprudencia Nacional |
P., N. y otros c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ ordinario
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nro 10 - 05/10/2015
Condena
a un banco a indemnizar los daños y perjuicios sufridos por los
titulares de una caja de seguridad como consecuencia del robo cometido
por boqueteros en una sucursal de la entidad el 3 de enero de 2011,
haciendo referencia a los arts. 1.413, 1.093 y 1.752 del Código Civil y
Comercial de la Nación. Señala que la circunstancia de contar con las
medidas de seguridad exigidas por cierta normativa del BCRA, no es un
hecho de por sí suficiente a los fines de eximir de responsabilidad a la
entidad demandada, dado que el objeto del contrato de caja de seguridad
es justamente alejar o eludir, por más espectacular que sea el robo, el
peligro que implica la posibilidad de que el mismo acontezca. Refiere
que mediante el contrato de caja de seguridad el banco asume una función
de custodia que es concebida como una obligación de resultado, de modo
tal que, ante el i
ncumplimiento de la obligación, aquel únicamente podrá excusarse si
prueba la existencia de un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor que,
considera, no se ve configurado por el acontecimiento de un robo pues,
justamente, evitar dicho modo de privación es el fin último del
contrato. Entiende que una interpretación diferente privaría de sentido
útil al contrato, pues eximiría al banco de su básica obligación de
custodia de lo depositado.
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Ballesteros, Guadalupe Gloria Soledad c/ La Caja de Ahorro y Seguro S.A. s/ Despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 02 - 11/08/2015
Despido.
Abandono de trabajo. Enfermedad inculpable. Comunicación electrónica.
Hace lugar a un reclamo por despido injustificado, incoado por una
trabajadora considerada incursa en la figura de abandono de trabajo
durante el padecimiento de una enfermedad comunicada a su empleador a
través de un correo electrónico. Considera que pese a haber indicado la
accionante que retomaría sus tareas habituales y entregaría los
certificados médicos pertinentes, no se presentó a trabajar por
continuar enferma, y no puede dejar de destacarse que teniendo
conocimiento la empleadora de la situación de enfermedad de la
trabajadora, razones de buena fe le imponían efectuar un nuevo
requerimiento a la accionante a fin de justificar inasistencias y
concurrir a trabajar, previo a extinguir el vínculo laboral por abandono
de trabajo.
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Normativa Provincial |
Ley 5351 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 06/10/2015
Día
del Crítico Gastronómico. Se instituye el día 14 de septiembre de cada
año, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se establece la comunicación
al Ministerio de Cultura.
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Ley 2957 de NEUQUEN
B.O. 25/09/2015
Se
faculta a instituciones educativas en jurisdicción del Consejo
Provincial de Educación (CPE) de la provincia del Neuquén, a utilizar el
propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de cada
institución. Escuela Produce. Creación de cooperativas escolares, en el
marco de la Ley Nacional 20.337.
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Jurisprudencia Provincial |
Cohen Diego Edgardo contra GCBA y otros sobre medida cautelar autónoma
CAMARA DE APEL.
CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS. - Sala 01 de CIUDAD DE
BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 29/09/2015
Llamado
a concurso. Publicación. Rechaza la medida cautelar intentada por un
médico de planta permanente de un Hospital de la Ciudad tendiente a
lograr la suspensión de un concurso interno en marcha para cubrir
diversos cargos argumentando que no fue informado oportunamente lo que
le imposibilitó presentarse en tiempo y forma. Considera no configurada
la verosimilitud del derecho alegado, ni la existencia de una
arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, pues la publicación de la
convocatoria se realizó de acuerdo con lo establecido en el decreto GCBA
282/96 el cual dispone que el llamado a concurso para la carrera de los
profesionales de la salud deberá ser exhibido en la cartelera del
establecimiento durante tres días hábiles.
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XXX s/ amparo constitucional
JUZGADO DE GARANTIAS DE 2da NOMINACION de SALTA - SALTA - 09/09/2015
Derecho a la salud. Principio pro homine. Hace lugar al amparo interpuesto
contra una obra social a fin de que se la condene a otorgar una prótesis
importada necesaria para la intervención quirúrgica de la rodilla izquierda de
la actora, quien padece artritis reumatoidea, enfermedad que afecta sus
articulaciones, generando una reducción de la movilidad de todo su cuerpo.
Advierte que el médico tratante sostuvo la necesidad de brindar una prótesis con
las características técnicas requeridas la que, por sus condiciones anatómicas y
de conformación, podrían mejorar considerablemente la movilidad de la rodilla y
en consecuencia impactar positivamente en la calidad de vida de la afiliada, a
lo que se suma que la accionante se ha sometido anteriormente a una operación de
la otra rodilla, en la que se le colocó una prótesis de idénticas
características, todo ello con excelentes resultados. En consecuencia, y
teniendo en cuenta que el derecho a la salud es un derecho esencial y
fundamental del ser humano que debe ser interpretado de manera maximizadora,
debe hacerse lugar a la intervención quirúrgica que sea más beneficiosa para la
persona afectada, conforme el principio pro – homine.
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Doctrina |
Derecho Penal Internacional (volumen 1)
Autor: RICO, MARTÍN
El
autor describe instituciones y organismos internacionales, y realiza un
análisis de los diversos planteamientos respecto de la evolución de la
jurisdicción universal del Derecho Penal Internacional. Y luego de
referirse a los elementos introductorios de ésta disciplina, a su
evolución histórica y los cambios brutales sufridos por nuestra aldea
global, plantea la definición de crímenes contra la humanidad,
analizando las similitudes y diferencias existentes entre diversos
instrumentos internacionales y los mecanismos de implementación de
juzgamientos contemplados en dichos cuerpos legales.
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Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado. Es libre y gratuito.
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