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viernes, 9 de octubre de 2015

Tinkunaco 1635/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas viernes 09/10/2015  
Normativa Nacional
Resolución 973/15 - Superintendencia de Servicios de Salud
B.O. 09/10/2015
Los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en las Leyes N° 23.660 y N° 23.661 deberán requerir a sus establecimientos sanitarios especializados en técnicas de reproducción medicamente asistida de alta complejidad, propios y/o contratados, el cumplimiento de la Resolución N° 1305/2015 del Ministerio de Salud de la Nación.

Resolución 840/15 - Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
B.O. 09/10/2015
Creación del Programa Nacional de Gestión Integral de PCBs que se desarrollará bajo la órbita de la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Resolución 1722/15 - Ministerio de Salud
B.O. 09/10/2015
Ejercicio de la medicina, la odontología y las actividades de colaboración. Clasificación de las infracciones, emergentes de la trasgresión a la Ley N° 17.132, sus modificatorias, complementarias y reglamentarias. Graduación.

Resolución 990/15 - Universidad Nacional de Buenos Aires
B.O. 09/10/2015
Aprobación de los términos del “Acta Acuerdo Paritario” del sector docente, suscripta con la Asociación Docente de la Universidad de Buenos Aires (ADUBA). Convenio Colectivo para los Docentes.
Jurisprudencia Nacional
P., N. y otros c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ ordinario
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nro 10 - 05/10/2015
Condena a un banco a indemnizar los daños y perjuicios sufridos por los titulares de una caja de seguridad como consecuencia del robo cometido por boqueteros en una sucursal de la entidad el 3 de enero de 2011, haciendo referencia a los arts. 1.413, 1.093 y 1.752 del Código Civil y Comercial de la Nación. Señala que la circunstancia de contar con las medidas de seguridad exigidas por cierta normativa del BCRA, no es un hecho de por sí suficiente a los fines de eximir de responsabilidad a la entidad demandada, dado que el objeto del contrato de caja de seguridad es justamente alejar o eludir, por más espectacular que sea el robo, el peligro que implica la posibilidad de que el mismo acontezca. Refiere que mediante el contrato de caja de seguridad el banco asume una función de custodia que es concebida como una obligación de resultado, de modo tal que, ante el i ncumplimiento de la obligación, aquel únicamente podrá excusarse si prueba la existencia de un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor que, considera, no se ve configurado por el acontecimiento de un robo pues, justamente, evitar dicho modo de privación es el fin último del contrato. Entiende que una interpretación diferente privaría de sentido útil al contrato, pues eximiría al banco de su básica obligación de custodia de lo depositado.

Ballesteros, Guadalupe Gloria Soledad c/ La Caja de Ahorro y Seguro S.A. s/ Despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 02 - 11/08/2015
Despido. Abandono de trabajo. Enfermedad inculpable. Comunicación electrónica. Hace lugar a un reclamo por despido injustificado, incoado por una trabajadora considerada incursa en la figura de abandono de trabajo durante el padecimiento de una enfermedad comunicada a su empleador a través de un correo electrónico. Considera que pese a haber indicado la accionante que retomaría sus tareas habituales y entregaría los certificados médicos pertinentes, no se presentó a trabajar por continuar enferma, y no puede dejar de destacarse que teniendo conocimiento la empleadora de la situación de enfermedad de la trabajadora, razones de buena fe le imponían efectuar un nuevo requerimiento a la accionante a fin de justificar inasistencias y concurrir a trabajar, previo a extinguir el vínculo laboral por abandono de trabajo.
Normativa Provincial
Ley 5351 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 06/10/2015
Día del Crítico Gastronómico. Se instituye el día 14 de septiembre de cada año, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se establece la comunicación al Ministerio de Cultura.

Ley 2957 de NEUQUEN
B.O. 25/09/2015
Se faculta a instituciones educativas en jurisdicción del Consejo Provincial de Educación (CPE) de la provincia del Neuquén, a utilizar el propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de cada institución. Escuela Produce. Creación de cooperativas escolares, en el marco de la Ley Nacional 20.337.
Jurisprudencia Provincial
Cohen Diego Edgardo contra GCBA y otros sobre medida cautelar autónoma
CAMARA DE APEL. CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CIUDAD AUT. DE BS. AS. - Sala 01 de CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 29/09/2015
Llamado a concurso. Publicación. Rechaza la medida cautelar intentada por un médico de planta permanente de un Hospital de la Ciudad tendiente a lograr la suspensión de un concurso interno en marcha para cubrir diversos cargos argumentando que no fue informado oportunamente lo que le imposibilitó presentarse en tiempo y forma. Considera no configurada la verosimilitud del derecho alegado, ni la existencia de una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, pues la publicación de la convocatoria se realizó de acuerdo con lo establecido en el decreto GCBA 282/96 el cual dispone que el llamado a concurso para la carrera de los profesionales de la salud deberá ser exhibido en la cartelera del establecimiento durante tres días hábiles.

XXX s/ amparo constitucional
JUZGADO DE GARANTIAS DE 2da NOMINACION de SALTA - SALTA - 09/09/2015
Derecho a la salud. Principio pro homine. Hace lugar al amparo interpuesto contra una obra social a fin de que se la condene a otorgar una prótesis importada necesaria para la intervención quirúrgica de la rodilla izquierda de la actora, quien padece artritis reumatoidea, enfermedad que afecta sus articulaciones, generando una reducción de la movilidad de todo su cuerpo. Advierte que el médico tratante sostuvo la necesidad de brindar una prótesis con las características técnicas requeridas la que, por sus condiciones anatómicas y de conformación, podrían mejorar considerablemente la movilidad de la rodilla y en consecuencia impactar positivamente en la calidad de vida de la afiliada, a lo que se suma que la accionante se ha sometido anteriormente a una operación de la otra rodilla, en la que se le colocó una prótesis de idénticas características, todo ello con excelentes resultados. En consecuencia, y teniendo en cuenta que el derecho a la salud es un derecho esencial y fundamental del ser humano que debe ser interpretado de manera maximizadora, debe hacerse lugar a la intervención quirúrgica que sea más beneficiosa para la persona afectada, conforme el principio pro – homine.
Doctrina
Derecho Penal Internacional (volumen 1)
Autor: RICO, MARTÍN
El autor describe instituciones y organismos internacionales, y realiza un análisis de los diversos planteamientos respecto de la evolución de la jurisdicción universal del Derecho Penal Internacional. Y luego de referirse a los elementos introductorios de ésta disciplina, a su evolución histórica y los cambios brutales sufridos por nuestra aldea global, plantea la definición de crímenes contra la humanidad, analizando las similitudes y diferencias existentes entre diversos instrumentos internacionales y los mecanismos de implementación de juzgamientos contemplados en dichos cuerpos legales.

Ya está disponible el Tomo II del Código Civil y Comercial Comentado.
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