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miércoles, 2 de diciembre de 2015

Tinkunaco 1503/15 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES JURIDICAS

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Sistema Argentino de Información Jurídica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Boletín de Novedades Jurídicas miércoles 02/12/2015  
Normativa Nacional
Decreto 2657/15
B.O. 02/12/2015
Se aprueba la reglamentación de la Ley N° 27.201, sobre Ente Nacional de Desarrollo Deportivo. Persona jurídica de derecho público no estatal, destinado a gestionar y coordinar: en lo nacional, una estructura de administración, coordinación y apoyo al deporte y la actividad física. Norma complementaria de la Ley N° 20.655.

Decreto 2656/15
B.O. 02/12/2015
Universalización del deporte y la actividad física para la formación integral de la población. Creación de mecanismos que permitan el fomento de prácticas de competencias deportivas y la actividad física. Generación de relaciones armoniosas en las diversas modalidades de deportes. Se reglamentan diversos artículos de la ley 20.655.

Decreto 2525/15
B.O. 02/12/2015
Monumentos y Lugares Históricos. Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos. Autoridad de Aplicación. Se reglamenta la Ley N° 12.665. Derogación del Decreto N° 84.005/41.
Jurisprudencia Nacional
Granillo Ocampo, Raúl Enrique y otros s/ peculado
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL - 01/12/2015
Peculado. En el marco de una causa judicial en la que se investiga el pago de sobresueldos a funcionarios durante la década del 90, rechaza los planteos de prescripción y violación del plazo razonable y, consecuentemente, condena a la pena de prisión en orden al delito de peculado al ex presidente, al ex Ministro de Economía y a quien fuera Ministro de Justicia. Asimismo absuelve por dicho delito a la ex funcionaria María Julia Alsogaray por aplicación de la garantía que prohíbe la doble persecución penal –non bis in ídem-.

L., C. A. c/ CPACF s/ Ejercicio de la abogacía Ley 23187 Art 47
CAMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 05 - 18/11/2015
Abogados. Confirma la sanción disciplinaria, consistente en un llamado de atención, aplicada por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal a un letrado que efectuó una denuncia patrocinando a una mujer con la cual mantenía una relación de convivencia y luego se presentó por derecho propio a manifestar que la denuncia efectuada distaba de la verdad de los hechos. Considera que el deber de confidencialidad abarca no sólo el secreto confiado, sino también aquel que el abogado haya conocido en el desempeño de su actividad. Entiende que no resulta atendible el argumento del letrado acerca de que al momento de la presentación del escrito por derecho propio la relación con su patrocinada había finalizado, pues dicha circunstancia no lo autorizaba a difundir determinados aspectos vinculados con la denuncia efectuada.
Normativa Provincial
Ley 5386 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 26/11/2015
Se crea el Programa Observatorio Malvinas Argentinas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fortalecimiento de la defensa de los derechos e intereses nacionales sobre las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.

Decreto 345/15 de TUCUMAN
B.O. 30/11/2015
Inmuebles clasificados como urbanos consolidados, urbanos potenciales, urbanos por uso del suelo y rurales. Se dispone un aumento del porcentual de la valuación fiscal vigente, a partir del 1° de enero de 2016.
Jurisprudencia Provincial
Usuarios y Consumidores Unidos c/ AMX Argentina S.A. s/ acción colectiva
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nro 2 de SAN NICOLAS - BUENOS AIRES - 17/11/2015
Litispendencia. Costas. En una causa en la que se peticiona la declaración de nulidad, invalidez o inexistencia del "cargo por gestión de cobranza", admite el allanamiento efectuado por una asociación de defensa del consumidor a la excepción de litispendencia interpuesta por la empresa accionada. No obstante, impone las costas a la firma demandada, pues en el intercambio epistolar se la interpeló expresamente para que denuncie la existencia de procesos por la misma causa o razón, y su silencio indujo a que la actora impetre la presente demanda colectiva, produciendo un desgaste de la jurisdicción innecesario.

Arevalo, Luis y otros s/ encubrimiento agravado, etc, recurso de casación
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - CORDOBA - 13/11/2015
Duración del proceso penal. Rechaza la solicitud de sobreseimiento por violación a la garantía de la duración razonable del proceso - más de siete años - peticionada por un oficial de policía imputado en orden al delito de homicidio calificado, por ser quien, junto a otros oficiales, habría provocado la muerte de un joven que estaba bajo su custodia. Refiere que el recurrente arguye de manera dogmática y sin fundamento que los criterios establecidos jurisprudencialmente por la CSJN respecto a la complejidad del asunto, la actuación del Tribunal y el comportamiento del acusado no resultarían aplicables al caso. Añade que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que el Estado debe investigar y responder, si fuera el caso, por los actos y omisiones de cualquiera de sus agentes realizados al amparo de su carácter oficial que violen la Convención Americana.
Doctrina
Descansos: situaciones particulares
Autor: BENÍTEZ, NATALIA
En este trabajo se analiza la figura jurídica de los descansos haciendo foco en situaciones particulares en las cuales surgen dudas acerca de si esos descansos comprenden la jornada, si devengan horas extras, o bien situaciones que al momento de suceder, pueden dificultar la resolución de la cuestión.

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