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viernes, 18 de diciembre de 2015

Tinkunaco 1556/15 - La justicia de Mendoza decretó la constitucionalidad de la Ley antiminera 7722

diariochilecito.com.ar



Sin actividad a cielo abierto 



Los ambientalistas y el pueblo mendocino festejan un triunfo que llevó 8 años de lucha incansable. La Suprema Corte de Mendoza decretó la constitucionalidad de la “ley del pueblo” 7722, la misma prohíbe el uso de sustancias tóxicas como el cianuro, el mercurio y el ácido sulfúrico en la minería a cielo abierto.

Es una batalla que comenzó con algunos defensores del agua, un recurso muy necesario para un terreno desértico como el nuestro, que derivó luego en asambleas que a fuerza de voluntad lograron plantarse ante compañías multinacionales.

La norma, en su artículo primero estipula que: "A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo".

De todas maneras, las empresas interesas en realizar este tipo de actividad en suelos mendocinos les queda un recurso más para lograr su cometido: apelar el fallo a la Corte Suprema de la Nación.

El reciente episodio sucedido en la mina Veladero en San Juan habría sido uno de los factores determinantes en la decisión del máximo tribunal mendocino.

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