Comunicado de prensa 188/17
Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer
22 de noviembre de 2017
Llamamiento
conjunto de la Relatora Especial de la ONU sobre Violencia contra la
Mujer y mecanismos globales y regionales sobre derechos de las mujeres
para erradicar la violencia de género contra las mujeres, con enfoque en
acoso sexual y violación, así como para actualizar los planes
nacionales de acción en línea con la nueva recomendación general No. 35
del Comité CEDAW sobre la violencia de género contra la mujer
Washington D.C. / Ginebra - Antes del Día Internacional de la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la Relatora Especial de las
Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, sus causas y
consecuencias, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra
la Mujer (CEDAW), el Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra la
mujer en la legislación y en la práctica, la Relatora Especial sobre
los Derechos de las mujeres en África de la Comisión Africana de
Derechos Humanos y de los Pueblos, la Relatora sobre los Derechos de las
Mujeres de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de
Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará
(MESECVI) y el Grupo de Expertas del Consejo de Europa en la Lucha
contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica
(GREVIO), * como expertos clave a nivel mundial y regional en derechos
de las mujeres, piden la intensificación de los esfuerzos para la
implementación de instrumentos internacionales y regionales sobre la
violencia de género contra las mujeres, a través de planes de acción
nacional actualizados y fortalecidos, en línea con la nueva
recomendación general de la CEDAW No. 35 sobre la violencia de género
contra la mujer.
La ley internacional de derechos humanos prohíbe estrictamente la
violencia de género, incluidas todas las formas de violencia sexual
contra la mujer, incluida la Declaración sobre la Eliminación de la
Violencia contra la Mujer (DEVAW), la Convención sobre la eliminación de
todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) , y tratados
regionales, tales como: la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém
do Pará); el Protocolo a la Carta Africana de Derechos Humanos y de los
Pueblos sobre los Derechos de las Mujeres en África (Protocolo de
Maputo); y el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha
contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica
(Convenio de Estambul).
La violencia de género contra mujeres y niñas, incluidas todas las
formas de violencia sexual, acoso sexual y violación, es una pandemia
mundial y una grave violación de los derechos humanos. Se estima que una
de cada tres mujeres ha experimentado violencia sexual durante su vida y
dos de cada tres mujeres han experimentado violencia física y / o
sexual por parte de una pareja íntima.
A pesar de las mejoras en la sensibilización colectiva sobre la
prohibición de todas las formas de violencia de género, incluida la
violencia sexual, el acoso sexual y la violación, las mujeres de todo el
mundo siguen siendo víctimas de agresiones sexuales, violaciones,
amenazas o toques inapropiados, al menos en uno o más casos en su vida y
la mayoría de estos casos rara vez llegan a la atención pública, o son
llevados ante la justicia. Muchas víctimas experimentan una
revictimización debido a una cultura que generalmente las culpa a través
de los medios y una sociedad que tiende a estigmatizarlas, lo cual les
impide denunciar.
En este sentido, los mecanismos abajo firmantes celebran la adopción, en
julio de 2017, por parte del Comité de la CEDAW, de la recomendación
general No. 35 sobre violencia de género contra la mujer, actualizando
la recomendación general No. 19 de 1992.
La recomendación general No. 35 sobre la violencia de género declara la
prohibición de la violencia de género contra la mujer como una norma
reconocida del derecho internacional consuetudinario y proporciona una
hoja de ruta mundial integral que debe implementarse a nivel nacional.
Como resultado, los Estados tienen el deber de armonizar y aplicar su
legislación nacional de acuerdo con la orientación concreta
proporcionada por la recomendación general No. 35 y otros instrumentos
internacionales y regionales pertinentes.
En este sentido, los mecanismos abajo firmantes también celebran la
adopción, en mayo de 2017, por parte de la Comisión Africana de Derechos
Humanos y de los Pueblos, de las nuevas Directrices para Combatir la
Violencia Sexual y sus Consecuencias en África. Las Directrices son
herramientas regionales prácticas para combatir la violencia de género,
incluida la violencia sexual, y complementan, de manera efectiva y
oportuna, la recomendación general CEDAW No. 35.
Por lo tanto, los expertos instan a los Estados a adoptar y aplicar
estas normas a nivel nacional mediante la adopción de la nueva
generación de planes de acción nacionales para la eliminación de la
violencia de género, incluidas todas las formas de violencia sexual,
basadas en la recomendación general No.35 e instrumentos regionales
relevantes.
Todos los Estados, partes interesadas y medios de comunicación deberían
trabajar juntos para combatir la cultura del acoso sexual y la
violación.
El monitoreo del trabajo a nivel global y regional muestra que existe
una impunidad generalizada en la violencia sexual y la violación. Con
demasiada frecuencia, las legislaciones nacionales no se ajustan a las
normas internacionales sobre la prohibición de la violación y la
comprensión de la violencia sexual como una violación del derecho a la
integridad física y psicológica. Los casos de violación tienen las tasas
más altas de sobreseimiento y la tasa de absolución es muy alta. Al
mismo tiempo, los sistemas de prevención y protección son, en gran
medida, inadecuados o inexistentes. El resultado es la ocultación y el
subregistro de violaciones y otras formas de violencia de género contra
las mujeres, así como la estigmatización y la revictimización de las
víctimas.
Los expertos instan a los Estados, a la sociedad civil y a otras partes
interesadas a intensificar y ampliar de manera urgente y significativa
sus acciones para prevenir y erradicar la violación y el acoso sexual y
la violencia contra mujeres y niñas en todo el mundo. Todos los actores
deben garantizar que todas las mujeres y niñas estén protegidas contra
la violación y todas las formas de violencia sexual, al:
- Asegurar que la ausencia de consentimiento
sea el componente central de la definición de los actos incriminados de
abuso sexual (violación, violación conyugal, relación / violación en una
cita, todas las formas de acoso sexual) y tener en cuenta la relación
de poder entre perpetrador y víctima;
- Asegurar la recogida de datos de todas las
formas de violencia de género por parte de la oficina nacional de
estadística, la institución encargada de monitorear los homicidios
relacionados con el género o el observatorio de violencia de género
contra la mujer; **
- Reconocer que en los países devastados por
la guerra y los conflictos, la violencia sexual se utiliza como arma de
guerra y tomar las medidas apropiadas para proteger a las mujeres contra
la violencia;
- Modificar las legislaciones y erradicar las
costumbres y prácticas que toleran la violación, la violencia sexual y
la discriminación contra la mujer;
- Proporcionar protección efectiva contra la
violación y la agresión sexual y garantizar la provisión de un sistema
de justicia sensible al género para las supervivientes de violación;
- Proveer refugios adecuados y centros de
crisis, órdenes de protección y servicios para supervivientes de
violación y víctimas de todas las formas de violencia sexual, incluyendo
certificados médicos gratuitos y acceso a servicios de cuidado sexual y
reproductivo, anticoncepción de emergencia, otros tratamientos y
aborto;
- Integrar formaciones sensibles al género de
oficiales judiciales y policiales y otros funcionarios públicos para
aumentar el número de denuncias de violación y todas las formas de
violencia de género y abordar la estigmatización y revictimización
posterior de los supervivientes;
- Asegurar que todos los casos de violencia
contra la mujer sean efectivamente investigados y que los responsables
sean enjuiciados sin impunidad.
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