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Los disfraces de la peligrosidad: La pena del delito común contra la propiedad
Eugenio Raúl Zaffaroni
Revista Derechos en Acción
Año 3, No. 6 (verano 2017/2018)
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Resumen: La culpabilidad es el conectivo entre el injusto y la pena y, por ende, el concepto más esencialmente penal de la teoría del delito, donde ninguna otra rama del derecho puede acudir en ayuda del penalista, salvo el constitucional, que las nutre a todas. En los últimos años, si bien se afirma casi con unanimidad que la pena debe tener la medida de la culpabilidad, el concepto de culpabilidad se dispersa en múltiples acepciones, lo que muestra el desconcierto de la doctrina penal. No se pretende en el reducido espacio de una exposición detallar estos ensayos conceptuales, sino solo sobrevolarlos con el objeto de verificar las hipótesis de que todos ellos configuran diferentes esfuerzos constructivos que tienden (a) a disfrazar de culpablidad a la vieja peligrosidad positivista (b) o a conceptos con pareja funcionalidad policial; (c) constatar que esta discusión adquiere relevancia práctica casi por entero en los casos de reiteración de delitos contra la propiedad. Por último, (d) se plantea si es posible compatibilizar la culpabilidad con le ética, al menos en cierta medida.
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Los derechos humanos como límites al poder económico en el contexto de globalización
Carlos R. Asúnsolo Morales
Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano
2017
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Resumen: La concepción tradicional de los derechos humanos se construye en torno a la idea de que son límites al poder público. Dicha concepción excluye las relaciones en el ámbito privado, por lo que, hasta la fecha, no se ha teorizado lo suficiente sobre la idea de los derechos humanos como límites a los poderes económicos. Las tensiones que se generan entre el proceso de globalización económica y el ejercicio de los derechos humanos en América Latina exigen buscar vías de fundamentación que nos permitan ampliar el alcance de los derechos como instrumentos para limitar el poder económico. |
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Los derechos de los pueblos indígenas y el derecho a un medio ambiente sano: Derechos humanos considerados parcialmente en la reforma constitucional en materia energética en México
Rubén Cardoza Zúñiga
Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano
2017
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Resumen: En diciembre de 2013 fue aprobada la “reforma energética” en México; mediante la implementación de esta reforma se pretende obtener beneficios económicos, sin embargo, los costos sociales y medioambientales pueden ser muy altos, ya que tanto el medio ambiente como los intereses de los grupos indígenas son factores que han sido considerados de forma parcial en la implementación de la reforma energética, lo que implica que algunos derechos humanos relacionados con el medio ambiente y los grupos indígenas se encuentran en un estado de vulnerabilidad frente a las actividades económicas que el Estado mexicano pretende realizar a través de empresas particulares o empresas productivas del Estado. |
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Un derecho jurisprudencial: La propiedad colectiva y la Corte Interamericana
Sebastián López Escarcena
Revista de Derecho Universidad Católica del Norte
Año 24, No. 1 (2017)
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Resumen: Son trece las sentencias condenatorias dictadas a la fecha por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por incumplimiento de los derechos comunales que el artículo 21 del Pacto de San José de Costa Rica le reconoce a los pueblos indígenas y tribales. Han pasado catorce años desde que se fallara la primera de estas decisiones judiciales. Es de presumir que a Nicaragua, Guatemala, Surinam, Paraguay, Ecuador, Colombia, Panamá y Honduras se les van a unir otros estados, también parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por violar los derechos colectivos que protege esta disposición convencional, uno de los cuales es el de propiedad indígena y tribal. Estos derechos han sido elaborados a partir de una interpretación evolutiva y pro homine, donde el diálogo judicial y la coordinación con el derecho internacional extra interamericano y el derecho comparado juegan un papel central. El debido respeto de estos derechos requiere conocer bien la jurisprudencia judicial de donde emanan. Este trabajo ofrece una sistematización de las obligaciones internacionales que establece el artículo 21 del mencionado tratado, y de los principios jurídicos que las fundamentan, con el fin de favorecer el cumplimiento de una disposición bastante más compleja de lo que su simple lectura permite anticipar. |
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Violencia transfronteriza de género y mujeres indígenas refugiadas de Guatemala
Lynn Stephen
Revista CIDOB d' afers internacionals
No. 117 (2017)
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Resumen: Este artículo examina la violencia de género estructural que sufren las mujeres y las niñas indígenas refugiadas de Guatemala. Para ello, se emplea un marco analítico interseccional transfronterizo y se utilizan las declaraciones incluidas en las solicitudes de asilo y las entrevistas realizadas a 24 mujeres y niñas indígenas, complementadas con 60 entrevistas a jueces, activistas, abogados y defensores que trabajan en y para los tribunales guatemaltecos especializados en violencia de género. La política económica integrada de Estados Unidos, México y América Central, así como las políticas militares, comerciales y de inmigración de la región, son el marco más amplio en el que ha evolucionado la violencia de género y son parte integrante de las vidas de las mujeres y las niñas indígenas que huyen hoy de Guatemala. |
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Introducción: Violencia de género y relaciones internacionales
Alison Brysk
Revista CIDOB d' afers internacionals
No. 117 (2017)
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Resumen: La violencia contra las mujeres (según la OMS, una de cada tres mujeres sufre violencia de género en el mundo) es una cuestión tanto de seguridad global como de derechos humanos. El impacto que estas violaciones de la seguridad humana tiene sobre el desarrollo, los conflictos, la salud pública y los flujos transnacionales es tan importante, que estas merecen ser estudiadas desde la perspectiva de las relaciones internacionales. La investigación académica sobre los vínculos entre el desarrollo neoliberal y la inseguridad, la respuesta a esta violencia a través de la movilización de las organizaciones internacionales para exigir reformas legales y de las políticas públicas, así como sobre el surgimiento de los movimientos sociales transnacionales, contribuye y enriquece la comprensión de las dinámicas y la dirección que toma la globalización y el bienestar de más de 1.000 millones de las habitantes de nuestro planeta. |
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El feminicidio en América Latina: ¿Vacío legal o déficit del Estado de derecho?
Celeste Saccomano
Revista CIDOB d' afers internacionals
No. 117 (2017)
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Resumen: La escalada de homicidios violentos de mujeres cometidos por hombres en las dos últimas décadas en América Latina ha obligado a muchos países de la región a tipificar el crimen de homicidio de género como «feminicidio» (o «femicidio»). Su objetivo era concienciar y disminuir así el número de feminicidios cometidos cada año; sin embargo, aunque la tasa de feminicidio disminuyó en muchos países, volvió a aumentar en los años siguientes. En este estudio, se ha generado un conjunto de datos sobre la tasa de feminicidio entre 2000 y 2014 y se ofrece un análisis de los factores de influencia. Se constata que la criminalización (o tipificación) del feminicidio no es significativa para predecir la tasa de feminicidio; en cambio, niveles bajos del Estado de derecho y la falta de representación de la mujer en organismos de toma de decisiones, como los parlamentos nacionales, aparecen como los factores más relevantes para explicar la variación de las tendencias en feminicidios.
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El informe de la CIDH sobre estándares interamericanos de derechos de los migrantes, refugiados y otras personas en situación de movilidad
Felipe González Morales
Anuario de Derecho Público
2017
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Resumen: Recientemente, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó un Informe sobre estándares interamericanos acerca de personas en situación de movilidad. Dichas personas corresponden a los colectivos de migrantes, refugiados, apátridas, víctimas de trata y desplazados internos. Se trata de un conjunto de colectivos que, desde el año 2012, se encuentran agrupados en una misma Relatoría Temática de la Comisión. En este artículo se analizarán —de manera sintética— los principales aspectos cubiertos en dicho informe. |
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