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El comercio
electrónico y la OMC
Deborah James
ALAI
AMLATINA, 17/11/2017.- A
principios de la década de 1990,
las empresas transnacionales (ETN) agrícolas, de servicios,
farmacéuticas y
manufactureras consiguieron acuerdos en la Organización Mundial
del Comercio -OMC-
en cada uno de esos sectores que les aseguraron el derecho a
esas empresas de
participar en los mercados en condiciones ventajosas, al mismo
tiempo que la
capacidad de los gobiernos de reglamentar y moldear sus
economías se veía
mermada y restringida. Las
materias
acordadas reflejaban la agenda empresarial corporativa de ese
momento.
Hoy las
corporaciones empresariales
más grandes de todas también están procurando asegurarse
derechos y
perpetuarlos a través de acuerdos comerciales, incluso en la
OMC, que a su vez
maniatan la reglamentación de interés público. Pero ahora, las cinco
empresas más grandes son
todas de un mismo sector –el de tecnología–; y todas son de un
solo país:
Estados Unidos. Google,
Apple, Facebook,
Amazon y Microsoft, con apoyo de otras empresas y los gobiernos
de Japón,
Canadá y la UE (y algunos países en desarrollo alineados con
éstos), están
intentando reinventar las normas de la economía digital del
futuro tratando de obtener para ello un
mandato dentro de la OMC[1] para
negociar normas vinculantes rotuladas como de
“comercio electrónico”.
Sin
embargo, las normas que
pretenden establecer abarcan mucho más que lo que la mayoría de
nosotros
entendemos por “comercio electrónico”. Su
primera prioridad es asegurarse el libre acceso al recurso más
valioso hoy en
día en el mundo: los datos, que son el nuevo petróleo. Quieren que se les permita
hacerse de los
miles de millones de datos que producimos a diario como humanos
interconectados
digitalmente, trasladar o transferir esos datos a cualquier
lugar que les
plazca, y guardarlos en servidores en cualquier lugar de su
elección, que en la
mayoría de los casos es Estados Unidos. Eso pondría en riesgo la
privacidad y la
protección de los datos en todo el mundo, dado que en Estados
Unidos se carece
de protección jurídica para los datos.
Después
pueden procesar esos datos
y transformarlos en inteligencia artificial que puede empacarse
y venderse a
terceros para obtener enormes ganancias, de manera semejante a
las rentas
derivadas de las patentes monopólicas. Quien
posea los datos controlará el mercado en la economía del futuro.
Estas empresas ya son
blanco de muchas
críticas por su comportamiento monopólico y oligopólico, que se
vería reforzado
si logran lo que están proponiendo en la OMC.
Piensen
nomás en Google, que es hoy
el mayor recaudador de ingresos por publicidad gracias a su
capacidad de análisis
y re-embalaje de nuestros datos. Y
en
Uber, que es la empresa de transportes más grande del mundo,
aunque no cuenta
con una flota propia de automóviles y sus conductores no figuran
en su nómina
de empleados. Su activo
más valioso es
la gigantesca cantidad de datos que posee acerca de cómo la
gente se mueve en
las ciudades. Su tamaño
y la ventaja que
le da ser el primer operador del mercado, sumado al ejército de
abogados con
que cuenta, puede eliminar o sencillamente comprar y absorber a
la competencia
en cualquier parte del mundo. Los
trastornos que Uber ha ocasionado en el sector del transporte
pronto se harán
ver en prácticamente cualquier sector de la economía que uno
pueda imaginar. Todo lo
que se pueda decir hoy sobre las
consecuencias de esto para el empleo y los trabajadores y
trabajadoras
probablemente se quede corto.
Otra
norma clave a la que aspiran
estas mega-corporaciones habilitaría a las empresas de servicios
digitales a
operar y obtener ganancias dentro de un país sin necesidad de
tener ningún tipo
de presencia, ni física, ni como persona jurídica. Pero si una entidad de
servicios financieros
por Internet va a la quiebra, por ejemplo, ¿cómo podrán los
ahorristas buscar y
obtener compensación? Si
a una
trabajadora o trabajador contratado por la empresa se le violan
sus derechos, o
si un consumidor es estafado, ¿cómo podrán conseguir que se les
haga justicia? Y si la
empresa no tiene presencia comercial
en el país, ¿cómo se le cobrarán los impuestos que corresponde
para que su
actividad no represente una competencia desleal con las empresas
locales? La mayoría de
los países exigen que los
proveedores de servicios extranjeros tengan presencia comercial
física para
poder operar en el país, justamente por estos motivos; pero las
grandes
empresas de tecnología condenan este requisito como un obstáculo
al comercio (y
a ganancias inusuales). La
reglamentación de interés público se vería seriamente socavada.
Pero
eso no es todo. Las
grandes empresas de tecnología no quieren
que se les exija dejar beneficios en las economías locales donde
extraen
ganancias. La mayoría de
los países
aplican una serie de políticas conocidas genéricamente como
‘requisitos de
desempeño’ para garantizar que la economía local se beneficie de
la presencia
de empresas transnacionales: transferencia de tecnología, que
contribuya al
surgimiento de nuevas empresas locales; componentes o insumos
nacionales, para
estimular así a las empresas locales; y contratación de mano de
obra local,
para fomentar el empleo. Sin
embargo,
aunque todos los países que hoy llamamos desarrollados
utilizaron estas
estrategias para desarrollarse, ahora quieren ‘patearles la
escalera’ a los
países en desarrollo para que no puedan hacer lo mismo,
exacerbando así las
desigualdades entre países.
El
modelo de negocios de muchas de
estas empresas se basa en tres estrategias que conllevan graves
impactos
sociales: desreglamentación, precarización creciente del empleo
y ‘optimización
fiscal’ –que la gran mayoría catalogaríamos como semejante a la
evasión de
impuestos–. Todas estas
tendencias a la
baja se acelerarían y perpetuarían si en la OMC se llegasen a
aprobar las
nuevas normas propuestas sobre “comercio electrónico”.
“Colonialismo digital”
Desde
que presentaron por primera
vez sus propuestas en la OMC el año pasado, los promotores de
las normas sobre
“comercio electrónico” han intentado alterar el mandato actual
de “discusiones”
sobre comercio electrónico y convertirlo en mandato para
“negociar normas
vinculantes” sobre comercio electrónico en la OMC. La justificación que esgrimen
para sus
propuestas es que el comercio electrónico promoverá el
desarrollo y beneficiará
a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME), como si
fomentar el
comercio electrónico fuese lo mismo que establecer normas
vinculantes al
respecto en la OMC, redactadas por las propias transnacionales.
Pero los países en
desarrollo han centrado sus
demandas en esta área en que haya más infraestructura, acceso a
financiamiento,
cerrar la brecha digital (obteniendo acceso asequible),
capacidad regulatoria
creciente, y otras inquietudes que no serán abordadas por las
nuevas normas
sobre comercio electrónico propuestas en la OMC. Hay un grupo de 90 países que
hace tiempo
viene planteando propuestas en la Organización que dotarían de
mayor
flexibilidad a los países en desarrollo para ejecutar políticas
nacionales de
fomento al desarrollo, pero sus propuestas son habitualmente
ignoradas en las
negociaciones.
Entretanto,
las MiPyME ya tienen
participación en el comercio electrónico; pero si se adoptan
normas sobre
comercio electrónico en la OMC, estas empresas tendrán menos
chance de
beneficiarse de la escala y sacar provecho de los subsidios que
históricamente
reciben, la infraestructura sólida auspiciada por el Estado,
estrategia de
exención fiscal, y un sistema de normas de comercio redactadas
por ellas mismas
y sus abogados. Lo que
necesitan las MiPyME
son políticas públicas en función de una estrategia de
industrialización
digital; pero las políticas que avizoran los promotores de
normas vinculantes
sobre “comercio electrónico” en la OMC más probablemente
conduzcan a lo que se
ha dado en llamar nuevo “colonialismo digital”.
Nuevas estrategias de
negociación
Debido
a la resistencia en masa que
ha opuesto el bloque africano y algunos países asiáticos y
latinoamericanos,
los promotores de esas normas vinculantes han optado ahora por
aminorar sus
ambiciones. Ahora están
proponiendo
asuntos aparentemente más técnicos como el pago electrónico,
firmas
electrónicas, y correo basura. Pero
estos asuntos son jurisdicción de otros foros que es donde
corresponde
discutirlos, tales como la Comisión de las Naciones Unidas para
el Derecho
Mercantil Internacional (CNUDMI, o UNITRAL por su sigla en
inglés) o la Unión
Internacional de Telecomunicaciones (UIT), que en lugar de
guiarse por intereses
meramente comerciales, cuentan con equipos técnicos y de
expertos en leyes que
durante muchos años asesoraron a los gobiernos para el
establecimiento de
mejores normas.
Pensando
tal vez en un Plan B, los
promotores de dichas normas están sugiriendo que la “neutralidad
tecnológica”
ya existe en la OMC. Esto
supuestamente
implicaría que si un país “comprometió” los servicios
financieros en la OMC –es
decir, que estuvo de acuerdo en someter los servicios
financieros a normas que
restringen la reglamentación de ese sector– entonces los
servicios bancarios
transfronterizos por Internet quedarían ahora automáticamente
comprometidos,
con todos los riegos potenciales que supone esa modalidad de
suministro de
servicios bancarios, tales como las amenazas que representa para
la
ciberseguridad el ser víctima de hacking,
o la potencial inestabilidad financiera que pueden acarrear los
flujos de
dinero irrestrictos, generando caos en los sistemas bancarios
locales. Pero esto es un
disparate, una noción absurda
que nunca fue acordada por los miembros de la OMC, por más que
ahora haya
algunos países que intentan hacerla pasar como un principio
aceptado.
Esos
mismos promotores también
están presionando por la renovación de una exención de aranceles
a los
productos entregados por medios electrónicos. Pero no existe ningún
fundamento económico
para que los productos comercializados digitalmente no deban
contribuir al
fisco nacional mientras que los intercambiados por medios
tradicionales
generalmente sí lo hacen. Las
grandes
empresas de tecnología quizás consigan la renovación de esa
exención, ya que
generalmente es usada como moneda de cambio por otra exención
que ayuda a
estabilizar el mercado de medicamentos genéricos en los países
en desarrollo,
que contribuye a garantizar el acceso de millones de personas en
esos países a
medicamentos vitales.
El desenlace de la
reunión Ministerial de la OMC que
se realizará en Buenos Aires[2]
(diciembre de 2017) dependerá
en gran medida
de la resistencia que los países en desarrollo opongan a este
nuevo libreto
gran-empresarial de las mayores empresas de tecnología. Para ello deben contar con
la resistencia firme
de la sociedad civil como ayuda contra la imposición de nuevas
normas
pro-empresariales que invadan a diario nuestras vidas.
Deborah
James es Directora
de Programas Internacionales del Centro de Investigación en
Economía y Política
(www.cepr.net) y coordina
la red mundial Nuestro Mundo No Está en Venta (OWINFS, por su
sigla en inglés).
Artículo
publicado en la Revista de ALAI América Latina en
Movimiento (528-9): Internet ciudadana o
monopolios
https://www.alainet.org/es/revistas/528-529
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