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lunes, 9 de enero de 2012

Tinkunaco 0021/12 - Fw: Bol - Grave ofensiva racista en contra del derecho a consulta en Bolivia

Bol - Grave ofensiva racista en contra del derecho a consulta en Bolivia


Editor Equipo Nizkor <nizkor.noreply@derechos.org> 9 de enero de 2012 07:34
Para: morales4rioja@arnet.com.ar

Radio Nizkor Información
Derecho indígena
08ene12 - xii) msjes.

Bol - El diario "El País" (Tarija) encabeza un ataque racista en contra de los guaraníes de la APG Itika Guasu, con el apoyo de la estatal YPFB Transporte SA y del Ministerio de Hidrocarburos de Bolivia.


i) YPFB Transportes SA y la mala fe.


Fichero AudioBol - YPFB Transportes y la mala fe. (Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu - APG IG). Radio Nizkor, 08ene12.

La Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu (APG IG) ha emitido un comunicado desmintiendo el cálculo artificioso y falso en el que se basan ciertos medios periodísticos de Tarija para decir que la APG IG ha bloqueado las negociaciones con la empresa YPFB Transporte SA al haber reclamado la cantidad de 20 millones de dólares. En dicho comunicado la APG IG expone lo siguiente:
1) El Diario El País [de Tarija] ha publicado el 06 de enero de 2012 información según la cual han tenido acceso a un documento privado presentado por la APG IG a YPFB Transporte SA (ex Transredes SA), el que presuntamente corresponde a un borrador enviado a la apoderada de YPFBT SA (ex Transredes SA) el 21 de marzo de 2011, Señora Sintia Yáñez.
En relación con este documento, YPFBT SA (ex Transredes SA) nunca dio respuesta alguna, argumentando verbalmente que el Ministerio de Hidrocarburos había ordenado que no se negociara con la APG IG, versión que se corresponde con la notificación realizada a la APG IG por Petrobras Bolivia SA mediante carta [de 20may11] a esta organización indígena. Por lo tanto, usar para información pública un documento que es un borrador y que no está en negociación es una prueba más de la manifiesta mala fe de la sucesora legal de Transredes SA y del Diario "El País".
En la propuesta aprobada por la APG IG y que tiene el carácter de "borrador de acuerdo" - .. o documento de trabajo, tal cual se conoce en la práctica legal y en la práctica de la industria petrolera...-, se proponen tres precios:

  • Uno para las hectáreas de ocupación que están definidas exactamente y que se refiere a los campamentos provisionales o de trabajo e instalaciones fijas, y respecto de los cuales se propone un precio de 2.500 dólares por año y por hectárea.
  • Los otros dos precios se refieren a las servidumbres de ductos y a las servidumbres de vías. En este sentido, y respecto a lo que corresponde al precio por kilómetro o fracción por año por cada servidumbre de ductos, así como el relativo a las servidumbres de vías, no se propuso precio alguno, por lo que se dejó abierto para la negociación.
Estos dos precios, pendientes de definición, son los precios que afectan al oleoducto, [Expansión Gasoducto Villa Montes Tarija Fase II]...
En este caso, la actuación de mala fe se da al manipular la información de un documento privado de trabajo que nunca fue discutido, haciendo un cálculo deliberadamente artificioso que no tiene sustento técnico alguno y que YPFBT SA (ex Transredes SA) ha preferido discutir con la prensa y no con la APG IG.
2) En cuanto a la compensación de la Fase I..., se trata de un acuerdo firmado por Transredes SA e incumplido y cuyo texto se transcribe en el borrador de acuerdo presentado. Por lo tanto, no es una reclamación nueva, sino la confirmación del incumplimiento por parte de la empresa, al que YPFBT SA (ex Transredes SA) debe hacer frente...
Lo mismo ocurre con la Fase II, respecto de la cual Transredes SA (actual YPFBT SA) no consultó nunca con la APG IG y nunca se llegaron a firmar contratos de servidumbre por la utilización del territorio propiedad de la APG IG...
3) Es del todo falsa la afirmación del actual presidente de YPFBT SA (ex Transredes SA), Luis Vincenti, y del consejero de YPFB, Luis Lafuente, efectuadas a diarios de la ciudad de Tarija en el sentido de que la negociación está bloqueada a causa de una reclamación económica por parte de la APG IG de 20 millones de dólares..."

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ii) "Los detractores de la APG IG deben informarse mejor antes de pecar de ignorantes".


Fichero AudioBol - "Los detractores de la APG IG deben informarse mejor antes de pecar de ignorantes". (Por Henrry Guardia). Radio Nizkor, 08ene12.

"Producto de la campaña de claro contenido racista que de manera oficiosa se ha empeñado en difundir el Periódico El País de la ciudad de Tarija desde noviembre de 2011, es que vemos azorados como se permiten opiniones de "expertos" y "especialistas" o de sectores "representativos" de la sociedad civil a pesar de que sus argumentos tengan como base la mentira, la falsedad o simplemente la ignorancia, entendiendo ésta como el desconocimiento de la ley. Con un sugestivo titular y en páginas centrales El País de Tarija, en su edición del 7 de Enero de 2012, con absoluta falta de ética deontológica a la que obliga al ejercicio del periodismo, publica el absurdo cuestionamiento que hace Larrazabal (dirigente máximo del autotransporte de Tarija)...
De manera cándida Larrazabal se pregunta "¿Tiene derecho la APG IG o cualquier empresa, ciudadano u organismo de cobrar "servidumbres" al Estado boliviano para que éste pueda construir carreteras, gasoductos, oleoductos u obras de interés general? Ese el debate abierto tras conocerse la intención de la APG IG/Nizkor de cobrar tres tipos de servidumbre a YPFB por obras del gasoducto GVT."
Y para información de este señor y al parecer para información de los "periodistas" de El País, la respuesta está en la Ley de Hidrocarburos 3058 del 17 de mayo de 2005. El Capítulo IV de esa Ley precisamente versa sobre las "servidumbres", por lo mismo a la pregunta del Sr. Larrazabal la respuesta está en la Ley no en la APG IG.
De todo esto, lo que sí está claro es que hay una campaña contra la APG Itika Guasu y lastimosamente, su origen es racista. Pude constatar que existen periodistas, como uno que visitó la Sede de la APG IG, hace unos días, que no soportan al indio y asumen que por ser "periodistas" les debemos pleitesía. Por lo menos ese fue el trato que recibimos ese día, cuando el citado señor preguntó por mi nombre con una actitud prepotente y airada.
Pues bien, guste o no, la APG IG tiene el respaldo jurídico del Máximo Tribunal de Bolivia...
[Q]uienes... afirmen que la APG IG es la obstaculizadora al desarrollo energético de Tarija, simplemente quieren ocultar detrás de ello su abierta disconformidad con el Estado de Derecho y en definitiva están en una franca actitud de desacato, ergo, de comisión de delitos penales que algún momento tendrán que ser dirimidos en sede judicial.
Seguramente los jueces no tendrán tantas dudas como ellos de la obligación de los funcionarios públicos de ejecutar las sentencias y cumplir con la ley. Aunque ésta "sólo" afecte a los indígenas guaraníes de la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu."

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iii) Puntualización a varios artículos de prensa y a Andrés Soliz Rada.


Fichero AudioBol - Puntualización a varios artículos de prensa y a Andrés Soliz Rada. (Equipo Nizkor, Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu - APG IG). Radio Nizkor, 05ene12.

Ante la publicación de varios artículos periodísticos aparecidos en medios de Tarija, y más recientemente algunos publicados en Bolpress firmados por Andrés Soliz Rada, que hacen mención a la APG IG y al Equipo Nizkor nos vemos en la obligación de aclarar: Equipo Nizkor, Radio Nizkor y Derechos Human Rights nunca han recibido financiación de la Fundación Rockefeller, ni de George Soros y son organizaciones con personalidad jurídica diferente a "Human Rights", que es a la que acusa, valga el término, de recibir esa financiación...
- Equipo Nizkor es una organización internacional de derechos humanos cuya finalidad está explicada en detalle en la página de presentación del sitio web documental, que es además un sitio de referencia en lengua española al encontrarse entre los 10 primeros del mundo en la especialidad de "derechos humanos". Es el primero en organizaciones civiles no financiadas por gobiernos. Radio Nizkor fue la primera radio online especializada en derechos humanos creada en el mundo... Nunca hemos recibido financiación de gobiernos, ni de empresas de ningún tipo...
- Es falsa la afirmación de que la APG IG busca "vetar la ampliación del gasoducto Villamontes Tarija (GTV)" y, a pesar de que este derecho de veto está reconocido por el mismo Tribunal Constitucional de Boliva en la Sentencia Constitucional 2003/2010-R de 25 de octubre de 2010, notificada a la APG IG el 12 de abril de 2011, la APG IG no ha hecho uso del mismo...
- Con relación al acuerdo firmado con Repsol Bolivia SA y la APG IG el 29 de diciembre de 2010, cabe mencionar que el mismo es un acuerdo entre una organización indígena y las empresas operadoras de la explotación del Pozo Margarita que se encuentra dentro de la TCO Itika Guasu, la cual es propiedad de la APG IG...
- [E]l Estado no participó de la negociación porque el Ministro de Hidrocarburos de entonces y actual presidente de YPFB SA, Carlos Villegas, informó por carta a la APG IG que no participarían en la negociación porque era una "cuestión entre privados", o sea, que es el Gobierno el que renuncia a estar presente en esta negociación dejando en indefensión a la APG IG en violación flagrante del artículo 2 y 6 del "Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes", que es parte del derecho interno de Bolivia desde el 11 de julio de 1991 mediante ley 1257.
- Dicho acuerdo cumple con las reivindicaciones históricas de la APG IG que no son otras que las que reclaman las organizaciones indígenas bolivianas y de otros países latinoamericanos, que formalmente están recogidas por la legislación interna boliviana e internacional...
- Es manifiestamente falsa la acusación de "fundamentalismo" con relación a la actuación de la APG IG, dado que sus actuaciones han estado y están enmarcadas en el uso de una estrategia jurídica acorde con el estado de derecho, en defensa de derechos legítimos y legales.
Es evidente que existe una campaña en contra de la APG IG que tiene su raíz en un análisis racista... De esta interpretación participa, entre otros, Andrés Soliz Rada con un discurso que deja de lado la legalidad, los derechos indígenas y la propia Constitución Política del Estado y que está emponzoñado ideológicamente por el racismo...

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iv) La APG IG denuncia una campaña de hostigamiento en contra de su derecho a consulta.


Fichero AudioBol - La APG IG denuncia una campaña de hostigamiento en contra de su derecho a consulta. (Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu - APG IG). Radio Nizkor, 17nov11.

Ante diversas noticias publicadas en Tarija, especialmente en el periódico "Nuevo Sur", que hacen relación a una campaña que tiene la intención de conminar a la Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu a "autorizar" la licencia ambiental del gasoducto Expansión Gasoducto Villa Montes Tarija Fase II, la APG IG se ve en la obligación de aclarar una serie extremos, entre ellos:
  • Dicha campaña está incitada por el Ministerio de Hidrocarburos y Medio Ambiente y por la empresa YPFB Transportes S.A. (ex Transredes S.A.) con la intención de intimidar y coercionar socialmente a nuestra organización con una interpretación que sólo podemos calificar de racista y que consiste en considerar que son los indígenas los que no permiten la instalación del gasoducto.
  • Esta campaña ignora que ha sido el propio Ministerio de Hidrocarburos (MHE) el que ha ordenado a las empresas Petrobras SA y Transredes no negociar con nuestra organización, extremos estos documentados legalmente.
  • La empresa YPFB Transportes SA es la continuación jurídica de Transredes SA y, por lo tanto, responsable jurídico de los pasivos ambientales y de lo que podríamos llamar los pasivos derivados de la violación de derechos indígenas. Este aspecto incuestionable jurídicamente es negado de hecho por los apoderados de YPFB Transportes SA que continúan actuando con las mismas prácticas contrarias a los derechos de los pueblos indígenas con que actuara Transredes S.A. en la Fase I y II del gasoducto.
  • El 9 de noviembre de 2011 se mantuvo una reunión a solicitud del MHE representado por el letrado Felipe Calisaya y el responsable de medio ambiente Mauricio Tejeda. En esta reunión el letrado Felipe Calisaya no aportó avance alguno en la posición de las empresas Petrobras S.A. y YPFB Transporte S.A. (ex Transredes S.A.) y expuso la oposición de YPFB Transportes S.A. y del propio MHE a cumplir con la Sentencia Constitucional 2003/2010-R, a la que consideran "no aplicable" según los abogados de YPFB Transportes S.A. Estas explicaciones no fueron avaladas por documento alguno.
  • La APG IG ha mantenido reuniones claramente infructuosas con el MHE el 26 de abril de 2011, el 10 de Junio de 2011 y el 21 de julio de 2011 de la mayoría de las cuales existen actas notariales que demuestran que han actuado violando el principio de buena fe, el cual es condición necesaria para el derecho de consulta que nos asiste, tanto desde el punto de vista del derecho internacional sobre derechos indígenas, como desde el punto de vista del derecho interno boliviano, incluido el propio derecho constitucional, ratificado, en nuestro caso, por la sentencia constitucional 2003/2010-R
  • En cuanto a YPFB Transportes S.A., intentamos desbloquear la negociación necesaria entre nuestra organización y dicha empresa y, de hecho, se firmó un acta el día 25 de febrero de 2011 que fijaba la agenda de negociación. No obstante, esta empresa no cumplió ninguno de los puntos acordados en tal Acta e incluso rechazó, sin tomarla en consideración, una propuesta de convenio preparada por nuestra organización
  • Afirmar que la APG IG es la responsable de la demora en el proyecto del gasoducto es una falsedad que no se sostiene fácticamente y que tiene la intención de intimidarnos y humillarnos una vez más. En ninguna de las Fases del gasoducto hemos tenido información sobre el proyecto técnico del gasoducto...
  • Tanto el derecho de consulta como el derecho propietario sobre la TCO Itika Guasu son irrenunciables por parte de la APG IG, no sólo porque es un derecho que nos asiste, sino porque si lo hiciéramos estaríamos cometiendo un delito...
Por todo lo expuesto, la APG IG hace un llamado a las organizaciones sociales del Departamento de Tarija, para que se dirijan a las autoridades competentes y los responsables de la empresa YPFB Transporte SA a efectos de que cumplan con la legalidad y actúen de buena fe.

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v) YPFB Transporte SA y la mala fe.
Comunicado de prensa desmintiendo el cálculo artificioso y falso de los 20 millones de dólares
1) El Diario El País [de Tarija] ha publicado el 06 de enero de 2012 información según la cual han tenido acceso a un documento privado presentado por la APG IG a YPFB Transporte SA (ex Transredes SA), el que presuntamente corresponde a un borrador enviado a la apoderada de YPFBT SA (ex Transredes SA) el 21 de marzo de 2011, Señora Sintia Yáñez.
En relación con este documento, YPFBT SA (ex Transredes SA) nunca dio respuesta alguna, argumentando verbalmente que el Ministerio de Hidrocarburos había ordenado que no se negociara con la APG IG, versión que se corresponde con la notificación realizada a la APG IG por Petrobras Bolivia SA mediante carta [de 20may11] a esta organización indígena. Por lo tanto, usar para información pública un documento que es un borrador y que no está en negociación es una prueba más de la manifiesta mala fe de la sucesora legal de Transredes SA y del Diario "El País".
En la propuesta aprobada por la APG IG y que tiene el carácter de "borrador de acuerdo" -que es por tanto sólo un borrador de uso interno para una negociación o documento de trabajo tal cual se conoce en la práctica legal y en la práctica de la industria petrolera, estando pues abierto a negociación de buena fe-, se proponen tres precios:

  • Uno para las hectáreas de ocupación que están definidas exactamente y que se refiere a los campamentos provisionales o de trabajo e instalaciones fijas, y respecto de los cuales se propone un precio de 2.500 dólares por año y por hectárea.
  • Los otros dos precios se refieren a las servidumbres de ductos y a las servidumbres de vías. En este sentido, y respecto a lo que corresponde al precio por kilómetro o fracción por año por cada servidumbre de ductos, así como el relativo a las servidumbres de vías, no se propuso precio alguno, por lo que se dejó abierto para la negociación.
Estos dos precios, pendientes de definición, son los precios que afectan al oleoducto, [Expansión Gasoducto Villa Montes Tarija Fase II] dado que hasta donde se nos informó verbalmente -y suponiendo que se nos dijera la verdad- sobre las condiciones técnicas del proyecto, no hay ninguna instalación fija prevista por YPFBT SA (ex Transredes SA) que tenga implantación dentro de la TCO Itika Guasu.
En este caso, la actuación de mala fe se da al manipular la información de un documento privado de trabajo que nunca fue discutido, haciendo un cálculo deliberadamente artificioso que no tiene sustento técnico alguno y que YPFBT SA (ex Transredes SA) ha preferido discutir con la prensa y no con la APG IG.
2) En cuanto a la compensación de la Fase I a que hace referencia el mismo artículo, se trata de un acuerdo firmado por Transredes SA e incumplido y cuyo texto se transcribe en el borrador de acuerdo presentado. Por lo tanto, no es una reclamación nueva, sino la confirmación del incumplimiento por parte de la empresa al que YPFBT SA (ex Transredes SA) debe hacer frente por ser el continuador legal de las actividades de Transredes SA y al hecho evidente de que la licencia otorgada en aquel momento está viciada de nulidad.
Lo mismo ocurre con la Fase II [conocida como 1b], respecto de la cual Transredes SA (actual YPFBT SA) no consultó nunca con la APG IG y nunca se llegaron a firmar contratos de servidumbre por la utilización del territorio propiedad de la APG IG, ni se produjo compensación alguna, por lo que YPFBT SA (ex Transredes SA) como continuadora legal de Transredes SA debe hacer frente a las cantidades adeudadas y al hecho evidente de que la licencia otorgada en aquel momento está viciada de nulidad.
3) Es del todo falsa la afirmación del actual presidente de YPFBT SA (ex Transredes SA), Luis Vincenti, y del consejero de YPFB, Luis Lafuente, efectuadas a diarios de la ciudad de Tarija en el sentido de que la negociación está bloqueada a causa de una reclamación económica por parte de la APG IG de 20 millones de dólares. Esta declaración, deliberadamente falsa, es parte de la campaña denunciada por la APG IG en su comunicado de 15 y 22 de noviembre de 2011, donde se detalla cuáles son la razones del bloqueo, siendo además falso que la APG IG en su propuesta de negociación incluya la cifra mencionada.
4) Los documentos "internacionales" que "El País" menciona son normales y los adecuados al derecho indígena, la defensa de los derechos humanos, la práctica medioambiental y la legalidad interna de Bolivia y son los siguientes:
Normas internacionales, tratados, convenciones y acuerdos:
  • i) Declaración Universal de Derechos Humanos;
  • ii) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;
  • iii) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
  • iv) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;
  • v) Convenio (N. 169) de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes;
  • vi) Las Normas Internacionales del Trabajo (NIT) de la OIT;
  • vii) La Iniciativa de Transparencia en Industrias Extractivas (conocida por sus siglas en inglés "EITI");
  • viii) El Pacto Mundial de las Naciones Unidas (Pacto Global);
  • ix) Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales;
  • x) El Convenio sobre la Diversidad Biológica;
  • xi) Las Directrices de la Asociación Internacional de Productores de Gas y Petróleo, incluido el Informe No. 2.74/265 de Agosto de 1997, "Principles for impact assessment - The environmental and social dimension";
  • xii) El Pacto de San José de Costa Rica (Convención Americana sobre Derechos Humanos)
Normas y reglamentaciones nacionales
  • i) Constitución Política del Estado;
  • ii) Ley de Hidrocarburos de 17 de mayo de 2005;
  • iii) Ley del medio Ambiente de 27 de abril de 1992;
  • iv) Ley Agraria 3545 de "Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria", modificatoria de la Ley 1715;
  • v) Reglamentación de la Ley No. 1333 del Medio Ambiente, Reglamento de Prevención y Control Ambiental;
  • vi) Reglamentación de la Ley No. 1333 del Medio Ambiente, Reglamento General de Gestión Ambiental;
  • vii) Reglamentación de la Ley No. 1333 del Medio Ambiente, Reglamento en Materia de Contaminación Hídrica;
  • viii) Decreto Supremo N° 29033 de 16 de febrero de 2007, por el que se promulga el "Reglamento de Consulta y Participación para Actividades Hidrocarburíferas".;
  • ix) Decreto Supremo N° 29103 de 23 de abril de 2007, que el que se promulga el "Reglamento de Monitoreo Socio - Ambiental en Actividades Hidrocarburíferas dentro el Territorio de Los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas".
Este listado de normas fue incluido en el borrador antes de que el Tribunal Constitucional notificara a la APG IG la sentencia 2003/2010-R, hecho que sucedió el 12 de abril de 2011. Esta notificación modifica el carácter de la negociación con YPFBT SA (ex Transredes SA) y las obligaciones legales a las que viene obligada al tener que ejecutar el mandato previsto en la Sentencia mencionada, por lo que toda la propuesta de negociación, en caso de producirse, deberá ser adecuada a la sentencia constitucional.
Entre Ríos, 06 de enero de 2012
Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu


vi) Algunas puntualizaciones a varios artículos de prensa y a Andrés Soliz Rada.
Ante la publicación de varios artículos periodísticos aparecidos en medios de Tarija, y más recientemente algunos publicados en Bolpress firmados por Andrés Soliz Rada, que hacen mención a la APG IG y al Equipo Nizkor nos vemos en la obligación de aclarar:
1) Equipo Nizkor, Radio Nizkor y Derechos Human Rights nunca han recibido financiación de la Fundación Rockefeller, ni de George Soros y son organizaciones con personalidad jurídica diferente a "Human Rights", que es a la que acusa, valga el término, de recibir esa financiación. Por otra parte, es conocido y figura no sólo en nuestros sitios documentales, sino incluso en Wilkipedia, que Equipo Nizkor y Derechos Humans Rights son organizaciones hermanas desde su fundación, hecho que nunca ha sido ocultado.
2) Para fundamentar, Andrés Soliz Rada, la cuestión de la financiación utiliza la página http://www.derechos.net/links/res/funds.html , que es parte de un dominio [derechos.net] que está dedicado a información especializada para organizaciones de derechos humanos e instituciones académicas y no tiene absolutamente nada que ver con la organización interna y/o la financiación de Equipo Nizkor o Derechos Humans Rights. Lo que en dicha página figura es una relación de fundaciones norteamericanas que financian programas de derechos humanos, especialmente a organizaciones de esa nacionalidad, de lo que no se puede deducir en forma alguna que son financiadores de nuestra actividad.
3) Equipo Nizkor es una organización internacional de derechos humanos con actividad legalmente reconocida en España y Bélgica. Su finalidad está explicada en detalle en la página de presentación del sitio web documental, que es además un sitio de referencia en lengua española al encontrarse entre los 10 primeros del mundo en la especialidad de "derechos humanos". Es el primero en organizaciones civiles no financiadas por gobiernos. Radio Nizkor fue la primera radio online especializada en derechos humanos creada en el mundo. Derechos Human Rights es una organización con sede en California, Estados Unidos. Nunca hemos recibido financiación de gobiernos, ni de empresas de ningún tipo.
4) El acuerdo que mantenemos con la APG IG es perfectamente legal y adecuado a nuestra finalidad. Hemos asesorado a la APG IG y seguimos haciéndolo en el campo específico del derecho indígena, derecho penal internacional y libertades civiles y, como toda organización de derechos humanos, nuestra actuación está protegida entre otras normas por la "Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos" que fue aprobada por la Asamblea General de la ONU el 08 de marzo de 1999.
5) Es falsa la afirmación de que la APG IG busca "vetar la ampliación del gasoducto Villamontes Tarija (GTV)" y, a pesar de que este derecho de veto está reconocido por el mismo Tribunal Constitucional de Boliva en la Sentencia Constitucional 2003/2010-R de 25 de octubre de 2010, notificada a la APG IG el 12 de abril de 2011, la APG IG no ha hecho uso del mismo.
6) La APG IG nunca se opuso al gasoducto Villamontes Tarija. Lo que reclama y que se encuentra en la causa del bloqueo de las negociaciones son reivindicaciones reconocidas por la Constitución Política del Estado boliviano, por la legislación interna de Bolivia, y, recientemente, por el Tribunal Constitucional en la ejemplar sentencia mencionada con relación a los derechos indígenas. Se trata básicamente de los siguientes derechos: el reconocimiento de su derecho propietario sobre la TCO Itika Guasu, el reconocimiento jurídico como organización indígena por parte de YPFBT SA (continuadora jurídica de Transredes SA), el derecho a consulta -lo que conlleva necesariamente una negociación directa con YPFBT SA y no con el Ministerio de Hidrocarburos-, el reconocimiento de los pasivos pendientes y no cubiertos por la actuación de Tranredes SA que están debidamente documentados y, por supuesto, la compensación económica que corresponda.
7) Es del todo falsa la afirmación del actual presidente de YPFBT SA, Luis Vincenti, y del consejero de YPFB, Luis Lafuente, efectuadas a diarios de la ciudad de Tarija en el sentido de que la negociación está bloqueada a causa de una reclamación económica por parte de la APG IG de 20 millones de dólares. Esta declaración, deliberadamente falsa, es parte de la campaña denunciada por la APG IG en su comunicado de 15 y 22 de noviembre de 2011, donde se detalla cuáles son la razones del bloqueo, siendo además falso que la APG IG en su propuesta de negociación incluya la cifra mencionada.
8) Con relación al acuerdo firmado con Repsol Bolivia SA y la APG IG el 29 de diciembre de 2010, cabe mencionar que el mismo es un acuerdo entre una organización indígena y las empresas operadoras de la explotación del Pozo Margarita que se encuentra dentro de la TCO Itika Guasu, la cual es propiedad de la APG IG. Este derecho propietario está reconocido por el INRA y ratificado por el Tribunal Constitucional. Se trata por tanto de un "acuerdo privado" que, para más seguridad jurídica, se registró en su momento ante notario de fe pública, no existiendo obligación legal alguna que obligue a su publicación, de la misma forma que no existe esta obligación para una contrato de servidumbre u otros tipos de contratos privados.
9) El señor Andrés Soliz Rada puede solicitar a la APG IG en su Sede Social de la ciudad de Entre Ríos, provincia de O´Connor, una explicación formal y de fondo de los términos del acuerdo, cosa que no ha hecho en ningún momento, a pesar de que conoce a dirigentes de esa organización ante los cuales se comprometió, en 2006, a prestar su apoyo en el conflicto que mantenían con Repsol SA. De este modo seguramente le explicarán que el Estado no participó de la negociación porque el Ministro de Hidrocarburos de entonces y actual presidente de YPFB SA, Carlos Villegas, informó por carta a la APG IG que no participarían en la negociación porque era una "cuestión entre privados", o sea, que es el Gobierno el que renuncia a estar presente en esta negociación dejando en indefensión a la APG IG en violación flagrante del artículo 2 y 6 del "Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes", que es parte del derecho interno de Bolivia desde el 11 de julio de 1991 mediante ley 1257.
10) Dicho acuerdo cumple con las reivindicaciones históricas de la APG IG que no son otras que las que reclaman las organizaciones indígenas bolivianas y de otros países latinoamericanos, que formalmente están recogidas por la legislación interna boliviana e internacional y que están detalladas específicamente por Tribunal Constitucional de Bolivia en la Sentencia Constitucional 2003/2010-R de 25 de octubre de 2010, notificada a la APG IG el 12 de abril de 2011, a lo que se agrega una serie de acuerdos sobre daños ambientales desde 1997 al 29 de diciembre de 2010.
11) Como consecuencia del mencionado acuerdo, se constituyó el "Fondo de Inversión Itika Guasu", tal cual lo informó la APG IG en un comunicado de 15 de marzo de 2011 que fue publicado en nuestro sitio documental y distribuido en español, francés e inglés mediante nuestras listas de información el 7 de abril de 2011. Este comunicado reúne todas las formalidades necesarias desde el punto de vista de las prácticas financieras, teniendo en cuenta que es un fondo privado, propiedad exclusiva de la APG IG, y que por lo tanto, sólo tiene que responder internamente y de acuerdo a sus usos y costumbres. Este comunicado fue "desconocido" por la prensa boliviana y especialmente por la de Tarija. Sin embargo, ahora se hace mención como si hubiera sido un "secreto" ocultado por la APG IG.
En el comunicado queda expresamente aclarado que el Fondo es propiedad de la APG IG y que su administración y disposición depende del "Consejo de Sabios", institución tradicional de usos y costumbres guaraníes. Por lo tanto, es totalmente falsa la afirmación de que Repsol SA lo administra y le "paga" mensualmente a la organización indígena.
12) El Fondo está asesorado y gestionado por el Banco do Brasil, institución bancaria y financiera propiedad del Gobierno do Brasil y que fue seleccionado por ser parte del Mercosur y por reunir las máximas calificaciones de garantías financieras, mientras que no existía ningún banco boliviano que reuniera estos requisitos, no existiendo, además, ningún Fondo de Inversión en Bolivia similar al fundado por la APG IG. Por lo tanto, es falso que dicho fondo no cumpla con la legalidad.
13) Es manifiestamente falsa la acusación de "fundamentalismo" con relación a la actuación de la APG IG, dado que sus actuaciones han estado y están enmarcadas en el uso de una estrategia jurídica acorde con el estado de derecho, en defensa de derechos legítimos y legales, como ha confirmado expresamente el Tribunal Constitucional del Estado Plurinacional, y, en sus usos y costumbres.
14) Es evidente que existe una campaña en contra de la APG IG que tiene su raíz en un análisis racista por el cual su actuación es "sospechosa" de fines no declarados y que ponen en peligro al estado plurinacional y que el asesoramiento que recibe tiene una finalidad ilegal que es "desmembrar" Bolivia.
15) De esta interpretación participa, entre otros, Andrés Soliz Rada con un discurso que deja de lado la legalidad, los derechos indígenas y la propia Constitución Política del Estado y que está emponzoñado ideológicamente por el racismo.
Este discurso niega toda posibilidad de actuación racional a las comunidades indígenas que, como en este caso, son pre-existentes a la propia existencia del estado Boliviano, negando a los indígenas su condición de ciudadanos e incluso de poseedores de derechos y, por lo tanto, les condena a la miseria, a no tener organizaciones legítimas que por sí mismas ejerzan su representación y a mantener su estado de esclavismo y servidumbre como el reflejado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el Informe sobre las "Comunidades Cautivas: Situación del Pueblo Indígena Guaraní y formas contemporáneas de esclavitud en el Chaco de Bolivia" de 24 de diciembre de 2009.
Entre Ríos, Charleroi y Madrid, 27 de diciembre de 2011
Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu y Equipo Nizkor


vii) La APG IG denuncia campaña de hostigamiento en contra de su derecho a consulta.

COMUNICADO DE PRENSA

Ante diversas noticias publicadas en Tarija, especialmente en el periódico "Nuevo Sur", que hacen relación a una campaña que tiene la intención de conminar a la Asamblea del Pueblo Guaraní Itika Guasu a "autorizar" la licencia ambiental del gasoducto Expansión Gasoducto Villa Montes Tarija Fase II, nos vemos en la obligación de aclarar los siguientes extremos:
1) Dicha campaña está incitada por el Ministerio de Hidrocarburos y Medio Ambiente y por la empresa YPFB Transportes S.A. (ex Transredes SA) con la intención de intimidar y coercionar socialmente a nuestra organización con una interpretación que sólo podemos calificar de racista y que consiste en considerar que son los indígenas los que no permiten la instalación del gasoducto.
2) Esta campaña ignora que ha sido el propio Ministerio de Hidrocarburos (MHE) el que ha ordenado a las empresas Petrobras SA y Transredes no negociar con nuestra organización, extremos estos documentados legalmente.
3) La empresa YPFB Transportes SA es la continuación jurídica de Transredes SA y, por lo tanto, responsable jurídico de los pasivos ambientales y de lo que podríamos llamar los pasivos derivados de la violación de derechos indígenas. Este aspecto incuestionable jurídicamente es negado de hecho por los apoderados de YPFB Transportes SA que continúan actuando con las mismas prácticas contrarias a los derechos de los pueblos indígenas con que actuara Transredes S.A. en la Fase I y II del gasoducto.
4) El 9 de noviembre de 2011 se mantuvo una reunión a solicitud del MHE representado por el letrado Felipe Calisaya y el responsable de medio ambiente Mauricio Tejeda. En esta reunión el letrado Felipe Calisaya no aportó avance alguno en la posición de las empresas Petrobras S.A. y YPFB Transporte S.A. (ex Transredes S.A.) a las que dice representar sin que conste el apoderamiento de las mismas y expuso la oposición de YPFB Transportes S.A. y del propio MHE a cumplir con la Sentencia Constitucional 2003/2010-R a la que consideran "no aplicable" según los abogados de YPFB Transportes S.A. Estas explicaciones no fueron avaladas por documento alguno.
5) La APG IG ha mantenido reuniones claramente infructuosas con el MHE el 26 de abril de 2011, el 10 de Junio de 2011 y el 21 de julio de 2011 de la mayoría de las cuales existen actas notariales que demuestran que han actuado violando el principio de buena fe, el cual es condición necesaria para el derecho de consulta que nos asiste, tanto desde el punto de vista del derecho internacional sobre derechos indígenas, como desde el punto de vista del derecho interno boliviano, incluido el propio derecho constitucional, ratificado, en nuestro caso, por la sentencia constitucional 2003/2010-R
6) En cuanto a la continuadora legal de Transredes SA, YPFB Transportes S.A., intentamos desbloquear la negociación necesaria entre nuestra organización y dicha empresa y, de hecho, se firmó un acta el día 25 de febrero de 2011 que fijaba la agenda de negociación. No obstante, esta empresa no cumplió ninguno de los puntos acordados en tal Acta e incluso rechazó, sin tomarla en consideración, una propuesta de convenio preparada por nuestra organización. Una vez más, la mala fe y el desconocimiento de nuestros derechos marcan la actuación de esta empresa, actuación que es exactamente la misma llevada adelante por Transredes S.A.
7) El día 11 de noviembre de 2011 hemos recibido en nuestra sede social de Entre Ríos, previa solicitud de entrevista, a Dino Beltrán, Secretario de Hidrocarburos, Marcela Maldonado, Encargada Ambiental Secretaría de Hidrocarburos de la Gobernación y al señor José Larrazábal, Ejecutivo Departamental de la Federación Departamental del Auto Transporte "15 de Abril".
Debido a las afirmaciones del señor Dino Beltrán sobre la situación del balance energético de la ciudad de Tarija, que inducían a pensar que la APG IG está bloqueando dicho desarrollo, existió la necesidad de contestar en forma firme y contundente, pero dentro de las exigencias del Estado de Derecho, para desmentir todos y cada uno de los puntos expuestos en los que la APG IG, como ya hemos dicho, no tiene responsabilidad alguna; teniendo en cuenta además que la relaciones con la Gobernación de Tarija son prácticamente inexistentes, no habiendo ésta contestado nunca a los requerimientos y/o solicitudes de información de la APG IG.
Al señor José Larrazábal, Ejecutivo de Auto Transporte "15 de Abril", se lo dejó participar como oyente en la entrevista para que pudiera constatar de primera mano que las exigencias que presentó por escrito a nuestra organización partían de supuestos totalmente irreales.
A ambos se les explicó que la negociación que incluye la aprobación de la licencia ambiental está bloqueada por el comportamiento irregular de YPFB Transportes S.A. y que en dicha negociación sólo existen dos partes: La APG IG y la empresa adjudicataria. Mientras no decida YPFB Transportes S.A. comenzar una negociación seria y responsable nuestra organización no puede hacer más de lo que ya ha hecho con total y absoluta buena fe.
8) Por lo tanto, afirmar que la APG IG es la responsable de la demora en el proyecto del gasoducto es una falsedad que no se sostiene fácticamente y que tiene la intención de intimidarnos y humillarnos una vez más. En ninguna de las Fases del gasoducto hemos tenido información sobre el proyecto técnico del gasoducto, siendo además obvio que la responsabilidad del mismo recae en la empresa adjudicataria y en las autoridades que tendrían que obligar a la empresa a cumplir con la ley.
9) El derecho de consulta está recogido en la actual constitución del Estado y, en nuestro caso, ratificado expresamente por el Tribunal Constitucional en la causa Sedeca vs. APG IG. Negar la ejecución de esta sentencia no sólo es una grave violación del derecho, sino que significa en la práctica afirmar que no tenemos ningún derecho propietario sobre la Tierra Comunitaria de Origen y que las leyes internas y las sentencias constitucionales no son de aplicación a los indígenas.
10) Tanto el derecho de consulta como el derecho propietario sobre la TCO Itika Guasu son irrenunciables por parte de la APG IG, no sólo porque es un derecho que nos asiste, sino porque si lo hiciéramos estaríamos cometiendo un delito.
11) Por todo lo expuesto, hacemos un llamado a las organizaciones sociales del Departamento de Tarija, para que se dirijan a las autoridades competentes y los responsables de la empresa YPFB Transporte SA a efectos de que cumplan con la legalidad y actúen de buena fe. Esa es la única solución a la situación actual, dejando bien aclarado que como organización indígena no tenemos responsabilidad técnica alguna en el diseño del gasoducto y en el evidente retraso del mismo.
Texto agregado el 22 de noviembre.
12) Las declaraciones realizadas por el Presidente de YPFB Transportes S.A. (ex Transredes S.A.), Fernando Vincenti Vargas, con posterioridad a nuestro comunicado del día 15 de noviembre de 2011, faltan a la verdad, son difamatorias y parten, como ya hemos afirmado, de un análisis racista del conflicto. Son una prueba palmaria de que no tiene intención alguna de llegar a un acuerdo, en violación flagrante del artículo 6.2 del Convenio 169 y de que actúa con manifiesta mala fe, lo que al violar esta condición necesaria provoca la nulidad de todo intento de aplicar el derecho a consulta.
13) En cuanto a las entrevistas concedidas por nuestra organización en nuestra Sede Social de Entre Ríos los días 9 y 11 de noviembre de 2011, sólo debemos aclarar que la estrategia seguida en las mismas fue establecida previamente por el Directorio de nuestra organización al menos un mes antes de su concreción y que, como está documentado en la correspondencia previa, no tenían condición de "consulta" o "asamblea informativa". Por tanto, el protocolo de las mismas discurrió tal cual lo previsto por nosotros, o sea, respondiendo punto por punto a las propuestas ilegales o falsas que se nos hacían como corresponde a una entrevista concedida dentro de nuestra demostrada buena fe.
14) Los comentarios que se hacen sobre lo ocurrido en estas entrevistas ocultan que en ambas estuvieron presentes los Mburuvichas Zonales y los Mburuvichas Comunales que componen la APG IG, responsables del departamento jurídico, técnicos del departamento de proyectos y de la comisión de inspección jurídica. Estuvo presidida por el responsable de Recursos Naturales. Querer buscar un "culpable" en un asesor extranjero es una característica más del análisis racista que estamos denunciando, según el cual, los indígenas somos ignorantes y estúpidos y no sabemos lo que hacemos cuando tenemos una estrategia que no cumple lo previsto por los inteligentes y lúcidos representantes del MHE, esto es, el letrado Felipe Calisaya y el responsable de medio ambiente Mauricio Tejeda, así como por Dino Beltrán, Secretario de Hidrocarburos, Marcela Maldonado, Encargada Ambiental Secretaría de Hidrocarburos de la Gobernación y el señor José Larrazábal, Ejecutivo Departamental de la Federación Departamental del Auto Transporte "15 de Abril", con el agravante de que sus propuestas eran y son contrarias a la CPE y a la sentencia constitucional 2003/2010-R.
15) Con relación a nuestros asesores es obvio que está dentro de nuestro poder de autonomía como asociación indígena el contar con asesores legales, económicos, notariales, medioambientales y de otras especialidades, que se corresponden a nuestra estrategia jurídica a largo plazo, contando además con el asesoramiento de organizaciones de derechos humanos, universidades y especialistas en derecho penal internacional, mercantil internacional y medioambiental internacional, para lo cual no tenemos que pedir autorización a ninguna empresa y tampoco al Gobierno nacional o departamental.
Entre Ríos, 15 y 22 de noviembre de 2011
Never Barrientos, Presidente APG IG; Florentino Zeballos, Vicepresidente APG IG; Benildo Vaca, Resp. RRNN APG IG; Gregorio Barrientos, Resp. Educación APG IG; Zacarías Cuellar, Resp. Infraestructura APG IG; Ángela Tagüe, Resp. Salud APG IG y Fernando Cuellar, Resp. Producción APG IG


viii) Los detractores de la APG IG deben informarse mejor antes de pecar de ignorantes.
Producto de la campaña de claro contenido racista que de manera oficiosa se ha empeñado en difundir el Periódico El País de la ciudad de Tarija desde noviembre de 2011, es que vemos azorados como se permiten opiniones de "expertos" y "especialistas" o de sectores "representativos" de la sociedad civil a pesar de que sus argumentos tengan como base la mentira, la falsedad o simplemente la ignorancia, entendiendo está como el desconocimiento de la ley.
Con un sugestivo titular y en páginas centrales El País de Tarija, en su edición del 7 de Enero de 2012, con absoluta falta de ética deontológica a la que obliga al ejercicio del periodismo, publica el absurdo cuestionamiento que hace Larrazabal (dirigente máximo del autotransporte de Tarija) a una supuesta demanda de la APG IG y de Nizkor.
De manera cándida Larrazabal se pregunta "¿Tiene derecho la APG IG o cualquier empresa, ciudadano u organismo de cobrar "servidumbres" al Estado boliviano para que éste pueda construir carreteras, gasoductos, oleoductos u obras de interés general? Ese el debate abierto tras conocerse la intención de la APG IG/Nizkor de cobrar tres tipos de servidumbre a YPFB por obras del gasoducto GVT." (ver El País, Tarija - Bolivia 7 Enero de 2012).
Y para información de este señor y al parecer para información de los "periodistas" de El País, la respuesta está en la Ley de Hidrocarburos 3058 del 17 de mayo de 2005. El Capítulo IV de esa Ley precisamente versa sobre las "servidumbres", por lo mismo a la pregunta del Sr. Larrazabal la respuesta está en la Ley no en la APG IG.
Del mismo modo, para los periodistas de El País, la respuesta a su comentario de que "Ese el debate abierto tras conocer la intención de la APG IG/NIZKOR" también está en la Ley 3058, en el Capítulo IV, (y es un solo artículo el que tienen que leer de la Ley), que en su artículo 128 explicita de manera clara a qué se refiere eso de las servidumbres, por lo que antes de aventurarse a emitir juicios de valor, debieron por lo menos haber investigado o haberse asesorado aunque sea precariamente.
De todo esto, lo que sí está claro es que hay una campaña contra la APG Itika Guasu y lastimosamente, su origen es racista. Pude constatar que existen periodistas, como uno que visitó la Sede de la APG IG, hace unos días, que no soportan al indio y asumen que por ser "periodistas" les debemos pleitesía. Por lo menos ese fue el trato que recibimos ese día, cuando el citado señor preguntó por mi nombre con una actitud prepotente y airada.
Pues bien, guste o no, la APG IG tiene el respaldo jurídico del Máximo Tribunal de Bolivia: el Tribunal Constitucional, que emitió una Sentencia que obliga a propios y extraños a respetar a los guaraníes de Itika Guasu, como propietarios de la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu, y como propietarios tienen pues el mismo derecho que cualquier "blanco" para exigir lo que por ley corresponde; en este caso: Servidumbres, indemnizaciones, compensaciones, resarcimientos, etc. Y eso aunque no sea del agrado del Sr. Tablada Defensor del Pueblo de Tarija (quien emitió posturas que dan vergüenza a propios y extraños y que lo colocan fuera del discurso de derechos civiles) o del Señor Andrés Soliz Rada (viejo militante anti imperialista que ahora ve al imperio ya no en el país del norte sino en la APG Itika Guasu) o de los periodistas del periódico El País, Esa Sentencia constitucional es la única norma legal válida que afecta a la TCO Itika Guasu que, obviamente, se debe respetar y cumplir.
Por todo ello, quienes como Dino Beltrán, Secretario de Hidrocarburos de la Gobernación de Tarija; José Larrazabal dirigente de los transportistas de Tarija; José Luis La Fuente miembro del directorio de YPFB en representación de Tarija o Fernando Vincenti Presidente de YPFB Transportes S.A. (continuadora legal de Transredes S.A) afirmen que la APG IG es la obstaculizadora al desarrollo energético de Tarija, simplemente quieren ocultar detrás de ello su abierta disconformidad con el Estado de Derecho y en definitiva están en una franca actitud de desacato, ergo, de comisión de delitos penales que algún momento tendrán que ser dirimidos en sede judicial.
Seguramente los jueces no tendrán tantas dudas como ellos de la obligación de los funcionarios públicos de ejecutar las sentencias y cumplir con la ley. Aunque esta "sólo" afecte a los indígenas guaraníes de la Tierra Comunitaria de Origen Itika Guasu.
Entre Ríos, 7 de enero de 2012
Henrry Moisés Guardia Mérida, Antropólogo y Técnico de la APG IG


**ENGLISH**
ix) Some remarks regarding several news articles published in the press in Tarija and stataments by the former Hydrocarbons Minister, Andres Soliz Rada.


Fichero AudioBol- Some remarks regarding several news articles published in the press in Tarija and stataments by Andres Soliz Rada. (Equipo Nizkor, Assembly of the Guaraní People of Itika Guasu - APG IG). Radio Nizkor, 05Jan12.

In light of several newspaper articles published in the press in Tarija, and more recently, some published by Bolpress undersigned by Andrés Soliz Rada, that mention the APG IG and Equipo Nizkor, we find ourselves obliged to clarify the following points: Equipo Nizkor, Radio Nizkor and Derechos Human Rights ave never received funding from the Rockefeller Foundation, nor from George Soros, and are organisations that have a different legal personality from that of "Human Rights", which entity is accused -as he himself put it- of having received this funding...
- Equipo Nizkor is an international human rights organisation whose objectives are laid out in detail on our "about us" page of the documentation website, which is, moreover, a reference site in the Spanish language that has been included among the top 10 in the world in the specialised field of "human rights". It is the first among civil organisations not to be funded by a government. Radio Nizkor was the first online radio specialised in human rights to be created in the world... We have never received funding from any government, nor from any company or corporation.
- It is false to state that the APG IG seeks to "veto the Extention of the Villamontes-Tarija Gas Pipeline" and, despite this right to veto being recognised by the Bolivian Constitutional Court in its Constitutional Judgment 2003 of October 25th, 2010 (notified to the APG IG on April 12th, 2011), the APG IG has not exercised this right...
- egarding the agreement signed between Repsol Bolivia SA and the APG IG on 29 December 2010, it should be mentioned that it constitutes an agreement between an indigenous organisation and the companies active in the exploitation of the Margarita gas field located on the Itika Guasu TCO, which is the property of the APG IG...
- [T]he State did not take part in the negotiations because the then-Ministry of Hydrocarbons and current president of YPFB SA, Carlos Villegas, informed the APG IG in a letter that it would not participate in the negotiations because they constituted a "matter between private parties", in other words, it was the Government that renounced being present in these negotiations, thereby leaving the APG IG defenseless in flagrant violation of articles 2 and 6 of the ILO Convention 169 on Indigenous and Tribal Peoples in Independent Countries, which is part of Bolivian domestic law since July 11, 1991 by way of Law No. 1257.
- Said agreement complies with the historic demands of the APG IG, which demands are no different from those of other indigenous organisations in Bolivia and other Latin American countries and from those provided for under international law and Bolivian domestic law...
- It is clearly false to accuse the APG IG of "fundamentalism" in relation to its actions, as they have been and are carried out in the framework of a legal strategy in conformity with the rule of law, in defense of legitimate and legal rights.
It is clear that there is a campaign against the APG IG that is founded in a racist analysis... ndrés Soliz Rada, among others, shares this interpretation with a discourse that leaves by the wayside, legality, indigenous rights and the Political Constitution of the State itself, and is ideologically poisoned by racism...

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x) The APGIG Condemns the Campaign of Intimidation in respect of its Right to Consultation.


Fichero AudioBol - The APGIG Condemns the Campaign of Intimidation in respect of its Right to Consultation. (Assembly of the Guaraní People of Itika Guasu - APG IG). Radio Nizkor, 16Dec11.

In light of various press articles published in Tarija, Bolivia, particularly in the newspaper "Nuevo Sur", concerning a campaign intended to intimidate the Guarani People of the Itika Guasu into "authorising" the environmental licence in connection with the Second Phase of the Extension of the Villamontes-Tarija Gas Pipeline, we find ourselves obligated to clarify the following points:
  • The said campaign has been incited by the Ministry of Hydrocarbons and the Environment (MHE) and the company YPFB Transportes S.A. (formerly Transredes SA) with the objective of intimidating and coercing our organisation with an interpretation of the situation that we can only described as racist and which blames the indigenous peoples for not permitting the installation of the gas pipeline.
  • This campaign ignores the fact that it was the MHE itself that forbade the companies Petrobras SA and Transredes from negotiating with our organisation, a fact which is legally documented.
  • YPFB Transportes SA is the corporate successor of Transredes SA and therefore, is legally responsible for the latter's environmental liabilities and other liabilities resulting from the violation of indigenous rights. This point is legally indisputable but nevertheless denied by the official representatives of YPFB Transportes SA who continue to engage in the same practices that violate the rights of the indigenous peoples as did the former Transredes S.A. in Phase I and II of the gas pipeline.
  • On November 9th, 2011, a meeting was held at the request of MHE represented by the lawyer Felipe Calisaya and the environmental representative Mauricio Tejeda. During this meeting, Felipe Calisaya did not alter or amend in any respect the original position of these companies but instead set out the opposition of YPFB Transportes S.A. and of the MHE itself to compliance with the constitutional judgment 2003/2010-R, which they consider "inapplicable" according to the lawyers of YPFB Transportes S.A.. The explanation for this position was not supported by a single document.
  • The APG IG held clearly unproductive meetings with the MHE on April 26th, 2011, June 10th, 2011 and July 21st, 2011. Most of these meetings are documented with notarial minutes that demonstrate that the MHE has acted in violation of the principle of good faith. This is an essential requirement of our right to consultation from both the perspective of international law regarding indigenous rights, and from that of domestic Bolivian law, including constitutional law, which has been ratified in this case by the constitutional judgement 2003/2010-R.
  • With reference to YPFB Transportes S.A., we attempted to put into motion the necessary negotiations between our organisation and YPFB Transportes S.A. and, in fact, an official document was signed on February 25th, 2011 outlining the negotiation agenda. Despite this, YPFB did not comply with any of the points agreed upon in the official document, and even refused to give due consideration to a proposed agreement drafted by our organisation.
  • Any statement that the APG IG is responsible for the delay in the gas pipeline project is a falsehood that is unsupported by the facts and is intended to intimidate and humiliate us once again. In neither Phase of the gas pipeline did we receive information concerning the technical plans for the pipeline...
  • Both the right to consultation, as well as the property rights over the Itika Guasu TCO are inalienable from the APG IG, not only because it is a right to which we are entitled, but also because if we were to renounce these rights, we would be ourselves breaching the law...
  • With reference to our consultants, it is obvious that it is within our right of autonomy as an indigenous association to have legal, economic, notarial, environmental or other specialised consultants for our long-term legal strategy, as well to be advised by other human rights organisations, universities and specialists in international criminal law, international commercial law and international environmental law, and that we have no obligation to request permission from any company or from the national or departmental governments.
For all the above-stated reasons, we call upon the social organisations in the Department of Tarija to contact the relevant authorities and the management of YPFB Transporte SA to ensure that they comply with law and act in good faith.

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xi) Some remarks regarding several news articles and statements by the former Hydrocarbons Minister, Andrés Soliz Rada.
In light of several newspaper articles published in the press in Tarija, and more recently, some published by Bolpress undersigned by Andrés Soliz Rada, that mention the APG IG and Equipo Nizkor, we find ourselves obliged to clarify the following points:
1) Equipo Nizkor, Radio Nizkor and Derechos Human Rights have never received funding from the Rockefeller Foundation, nor from George Soros, and are organisations that have a different legal personality from that of "Human Rights", which entity is accused -as he himself put it- of having received this funding. On the other hand, it is known and appears not only in our documentation sites, but also on Wikipedia, that Equipo Nizkor and Derechos Human Rights have been sister organisations since their foundation, which fact has never been concealed.
2) In order to support his accusations regarding the issues of funding, Andrés Soliz Rada uses the webpage http://www.derechos.net/links/res/funds.html, which is part of a domain [derechos.net] that is dedicated to specialised information for human rights organisations and academic institutions and has absolutely no connection with the internal organisation and/or the funding of Equipo Nizkor or Derechos Human Rights. The information found on said page is an account of North American foundations that finance human rights programmes, particularly of North American organisations on the basis of which, it is not possible to deduce in any way that they fund our activities.
3) Equipo Nizkor is an international human rights organisation whose activities are legally recognised in Spain and Belgium. Its objectives are laid out in detail on our "about us" page of the documentation website, which is, moreover, a reference site in the Spanish language that has been included among the top 10 in the world in the specialised field of "human rights". It is the first among civil organisations not to be funded by a government. Radio Nizkor was the first online radio specialised in human rights to be created in the world. Derechos Human Rights is an organisation based in California, United States. We have never received funding from any government, nor from any company or corporation.
4) The agreement between us and the APG IG is perfectly legal and adequate in light of our objectives. We have advised the APG IG and we continue to do so in the specific fields of indigenous rights, international criminal law and civil liberties and, as in the case of any human rights organisation, our actions are protected, inter alia, by the "Declaration on the Right and Responsibility of Individuals, Groups and Organs of Society to Promote and Protect Universally Recognized Human Rights and Fundamental Freedoms", adopted by the UN General Assembly Resolution 53/144 on 8 March 1999.
5) It is false to state that the APG IG seeks to "veto the Extention of the Villamontes-Tarija Gas Pipeline (GTV)" and, despite this right to veto being recognised by the Bolivian Constitutional Court in its Constitutional Judgment 2003/2010-R of 25 October 2010 (notified to the APG IG on April 12 2011), the APG IG has not exercised this right.
6) The APG IG has never opposed the Villamontes-Tarija gas pipeline. What it claims and what also accounts for the standstill in negotiations are demands recognised by the Constitution of the State of Bolivia, and by its domestic legislation, and, recently, by the Constitutional Court in the exemplar judgment aforementioned in relation to indigenous rights. It is basically a question of the following rights: the recognition of the APG IG's property rights on the Itika Guasu Original Community Territory (TCO), legal recognition by YPFBT SA (corporate successor of Transredes SA) of the APG IG as an indigenous organisation, the right to consultation -which necessarily implies direct negotiation with YPFBT SA and not with the Ministry of Hydrocarbons (MHE)-, the recognition of pending liabilities, not covered by Transredes SA, which are duly documented, and, of course, the corresponding economic compensation.
7) The statement made by the current president of YPFBT SA, Luis Vincenti, and YPFB advisor, Luis Lafuente, according to which the negotiations are blocked because of a monetary claim by the APG IG for 20 million dollars, is entirely false. This statement, deliberately false, is part of the campaign denounced by the APG IG in its communiqué dated November 15 and 22, 2011, where the indigenous organisation explains the reasons for the blocked negotiations; the statement is also false that the APG IG included in its negotiation proposal said quantity.
8) Regarding the agreement signed between Repsol Bolivia SA and the APG IG on 29 December 2010, it should be mentioned that it constitutes an agreement between an indigenous organisation and the companies active in the exploitation of the Margarita gas field located on the Itika Guasu TCO, which is the property of the APG IG. This property right is recognised by INRA (Bolivia's National Institute for Agrarian Reform) and ratified by the Constitutional Court. It is, therefore, a "private agreement", which, for increased legal security, was duly registered before a notary public. There is no legal obligation for its publication just as there is no obligation for an easement contract or any other type of contract.
9) Mr. Andrés Soliz Rada may request from the APG IG at its headquarters in the city of Entre Ríos, O'Connor province, a formal and in-depth explanation of the terms of the agreement, which he has never done despite the fact that he knows the leaders of the organisation to whom he promised, in 2006, to provide his support in their conflict with Repsol SA. In this way, the APG IG will certainly explain to him that the State did not take part in the negotiations because the then-Ministry of Hydrocarbons and current president of YPFB SA, Carlos Villegas, informed them in a letter that it would not participate in the negotiations because they constituted a "matter between private parties", in other words, it was the Government that renounced being present in these negotiations, thereby leaving the APG IG defenseless in flagrant violation of articles 2 and 6 of the "ILO Convention 169 on Indigenous and Tribal Peoples in Independent Countries", which is part of Bolivian domestic law since July 11, 1991 by way of Law No. 1257.
10) Said agreement complies with the historic demands of the APG IG, which demands are no different from those of other indigenous organisations in Bolivia and other Latin American countries and from those provided for under international law and Bolivian domestic law, as well as specifically detailed by the Bolivian Constitutional Court in the Constitutional Judgment 2003/2010-R of October 25 2010, notified to the APG IG on 12 April 2011, to which a number of agreements on environmental damages between 1997 and 29 December 2010 should be added.
11) As a result of the above-mentioned agreement, the Itika Guasu Investment Fund was established as was communicated by the APG IG in a communiqué dated 15 March 2011 that was published on our documentation site and distributed in Spanish, French and English through our information lists on 7 April 2011. Said communiqué meets all necessary formal requirements from the point of view of financial practices, taking into consideration that it is a private fund, exclusively owned by the APG IG, and hence, any responsibilities must be dealt with internally and according to the Itika Guasu's uses and customs. This communiqué was "unknown" to the Bolivian media and particularly to the media in Tarija. Nevertheless, now it is being mentioned as if it had been a "secret" concealed by the APG IG.
The communiqué expressly clarifies that the Fund is property of the APG IG and that its administration and disposal depends on the "Council of Sages", a traditional institution of uses and customs. As such, the statement that Repsol SA administers the fund and "pays" the indigenous organisation on a monthly basis is entirely false.
12) The Fund is managed and advised by the Banco do Brasil, a banking and financial institution property of the Government of Brazil. This bank was chosen for being part of Mercosur and meeting the highest qualifications for financial guarantees, while no Bolivian bank met these requirements, nor was there a single Investment Fund in Bolivia similar to that established by the APG IG. Therefore, it is false to state that said Fund does not comply with the law.
13) It is clearly false to accuse the APG IG of "fundamentalism" in relation to its actions, as they have been and are carried out in the framework of a legal strategy in conformity with the rule of law, in defense of legitimate and legal rights, as was expressly confirmed by the Constitutional Court of the Plurinational State, and, according to its uses and customs.
14) It is clear that there is a campaign against the APG IG that is founded in a racist analysis according to which the APG IG's behaviour is "suspect" of undeclared intentions, that it puts the plurinational state in danger, and that the advice they receive has the illegal intention to "dismember" Bolivia.
15) Andrés Soliz Rada, among others, shares this interpretation with a discourse that leaves by the wayside, legality, indigenous rights and the Political Constitution of the State itself, and is ideologically poisoned by racism.
This discourse denies the indigenous communities - which preexist, as in this case, the state of Bolivia's very own existence -, any possible rational behavior, thereby denying indigenous peoples as citizens and also holders of rights, and therefore, condemns them to misery, to not have legitimate organisations to represent them but instead to maintain their state of slavery and servitude as is reflected in the Inter-American Commission on Human Rights report "Captive Communities: Situation of the Guaraní Indigenous People and Contemporary Forms of Slavery in the Bolivian Chaco" of 24 December 2008.
Entre Ríos, Charleroi and Madrid, 27 December 2011
Assembly of the Guarani People of Itika Guasu and Equipo Nizkor


xii) The APGIG Condemns the Campaign of Intimidation in Respect of its Right to Consultation.

Press Release

In light of various press articles published in Tarija, particularly in the newspaper "Nuevo Sur", concerning a campaign intended to intimidate the Guarani People of the Itika Guasu into "authorising" the environmental licence in connection with the Second Phase of the Extension of the Villamontes-Tarija Gas Pipeline, we find ourselves obligated to clarify the following points:
1) The said campaign has been incited by the Ministry of Hydrocarbons and the Environment (MHE) and the company YPFB Transportes S.A. (formerly Transredes SA) with the objective of intimidating and coercing our organisation with an interpretation of the situation that we can only described as racist and which blames the indigenous peoples for not permitting the installation of the gas pipeline.
2) This campaign ignores the fact that it was the MHE itself that forbade the companies Petrobras SA and Transredes from negotiating with our organisation, a fact which is legally documented.

3) YPFB Transportes SA is the corporate successor of Transredes SA and therefore, is legally responsible for the latter's environmental liabilities and other liabilities resulting from the violation of indigenous rights. This point is legally indisputable but nevertheless denied by the official representatives of YPFB Transportes SA who continue to engage in the same practices that violate the rights of the indigenous peoples as did the former Transredes S.A. in Phase I and II of the gas pipeline.
4) On November 9th, 2011, a meeting was held at the request of MHE represented by the lawyer Felipe Calisaya and the environmental representative Mauricio Tejeda. During this meeting, Felipe Calisaya, - who claims to represent the companies Petrobras S.A. and YPFB Transportes S.A. (formerly Transredes SA), although there appears to be no relevant power of attorney giving him such authority - did not alter or amend in any respect the original position of these companies but instead set out the opposition of YPFB Transportes S.A. and of the MHE itself to compliance with the constitutional judgment 2003/2010-R, which they consider "inapplicable" according to the lawyers of YPFB Transportes S.A.. The explanation for this position was not supported by a single document.
5) The APG IG held clearly unproductive meetings with the MHE on April 26th, 2011, June 10th, 2011 and July 21st, 2011. Most of these meetings are documented with notarial minutes that demonstrate that the MHE has acted in violation of the principle of good faith. This is an essential requirement of our right to consultation from both the perspective of international law regarding indigenous rights, and from that of domestic Bolivian law, including constitutional law, which has been ratified in this case by the constitutional judgement 2003/2010-R.
6) With reference to the legal successor of Transredes SA, YPFB Transportes S.A., we attempted to put into motion the necessary negotiations between our organisation and YPFB Transportes S.A. and, in fact, an official document was signed on February 25th, 2011 outlining the negotiation agenda. Despite this, YPFB did not comply with any of the points agreed upon in the official document, and even refused to give due consideration to a proposed agreement drafted by our organisation. Once again, the company's behaviour is marked with bad faith and a denial of our rights, just as in the case of the former Transredes S.A..
7) On November 11th, 2011, in response to a request for an interview, we met at our headquarters in Entre Rios with Dino Beltrán, Secretary of Hydrocarbons, Marcela Maldonado, Environmental Representative of the Hydrocarbons Secretariat of the Regional Government and Mr. José Larrazábal, executive regional representative of the Federación Departamental del Auto Transporte "15 de Abril".
Due to the statements made by Mr. Dino Beltrán regarding the energy balance in the city of Tarija that implied that the APG IG was blocking the development of the gas pipeline, it was necessary to reply firmly and emphatically, but according to the Rule of Law, to refute each and every point expressed, and to demonstrate that the APG IG is not responsible for this situation; it should also be remembered that relations with the Government of Tarija are practically non-existent as they have failed to comply with any of the APG IG's requirements and/or requests for information.
Mr. José Larrazábal, executive representative of Auto Transporte "15 de Abril" was permitted to participate in the meeting as an observer so that he could verify first hand that the demands that he made in writing to our organisation were based on completely false assumptions.
It was explained to both men that the negotiation which includes the granting of the environmental license, was blocked because of the extraordinary behaviour of YPFB Transportes S.A. and that there can be only two parties to the negotiation: the APG IG and the contractor company. Until YPFB Transportes S.A. decides to begin negotiating seriously and responsibly, our organisation cannot do more than what it has done so far in absolute good faith.
8) Therefore, any statement that the APG IG is responsible for the delay in the gas pipeline project is a falsehood that is unsupported by the facts and is intended to intimidate and humiliate us once again. In neither Phase of the gas pipeline did we receive information concerning the technical plans for the pipeline, which obviously is the responsibility of the contractor company and the authorities whose duty it is to ensure that the company acts in accordance with the law.
9) The right to consultation is set out in the Constitution of the State itself and, in our case, expressly confirmed by the Constitutional Court in the case Sedeca vs. APG IG. Refusing to implement this judgment is not only a serious violation of law, but also means in practice that we have no property rights over our Original Community Territory (TCO) and that the domestic laws and the constitutional judgment are not applicable to indigenous peoples.
10) Both the right to consultation, as well as the property rights over the Itika Guasu TCO are inalienable from the APG IG, not only because it is a right to which we are entitled, but also because if we were to renounce these rights, we would be ourselves breaching the law.
11) For all the above-stated reasons, we call upon the social organisations in the Department of Tarija to contact the relevant authorities and the management of YPFB Transporte SA to ensure that they comply with law and act in good faith. This is the only solution to the current situation, given that, as an indigenous organisation, we are clearly not technically responsible for the planning of the gas pipeline or for its obvious delay.
Additional Points from November 22nd
12) The statements made by the President of YPFB Transportes S.A. (formerly Transredes S.A.), Fernando Vincenti Vargas, after we had already released our communiqué dated November 15th 2011, are completely false and defamatory and are based, as we have already mentioned, on a racist analysis of the conflict. They constitute clear proof that he has no intention to reach an agreement, in flagrant violation of article 6.2 of the Convention 169 and has been acting in obvious bad faith, which necessarily leads to the nullity of all attempts to apply the right to consultation.
13) With respect to the interviews given by our organisation at our headquarters in Entre Rios on the 9 and 11 of November 2011, we only need to clarify that the strategy followed was previously established by our organisation's Board at least one month before the interviews took place and that, as documented by previous correspondence, they were neither a "consultation" nor an "informative assembly". As such, the protocol in these meetings proceeded exactly as foreseen, that is to say we responded point by point to all of the illegal or false proposals that were presented to us as is to be expected in an interview given pursuant to our demonstrated good faith.
14) The comments made regarding what occurred during these interviews fail to reveal that the APG IG Zonal and Communal Mburuvichas, members of the legal department, employees from the project department and the commission of legal supervision were present at both interviews. They were presided by the member of the board responsible for Natural Resources. To attempt to assert blame for the situation on a foreign advisor is just one more manifestation of the racist analysis which we denounce, according to which we as indigenous peoples are ignorant and stupid and do not know what we are doing simply because we have a strategy that does not match the expectations of the intelligent and clear-thinking representatives of the MHE - these being the lawyer Felipe Calisaya and the environmental director Mauricio Tejeda, as well as Dino Beltrán, Secretary of Hydrocarbons, Marcela Maldonado, environmental representative of the Regional Hydrocarbons Secretariat, and Mr. José Larrazábal, Departmental Executive of the Federación Departamental del Auto Transporte "15 de Abril". Their attitude is further exacerbated by the fact that their statements are contrary to the CPE and the constitutional judgment 2003/2010-R.
15) With reference to our consultants, it is obvious that it is within our right of autonomy as an indigenous association to have legal, economic, notarial, environmental or other specialised consultants for our long-term legal strategy, as well to be advised by other human rights organisations, universities and specialists in international criminal law, international commercial law and international environmental law, and that we have no obligation to request permission from any company or from the national or departmental governments.
Entre Rios, November 15th and 22nd, 2011
Never Barrientos, President APG IG; Florentino Zeballos, Vice-president APG IG; Benildo Vaca, Natural Resources Representative APG IG; Gregorio Barrientos, Education Representative APG IG; Zacarías Cuellar, Infrastructure Representative APG IG; Ángela Tagüe, Health Representative APG IG and Fernando Cuellar, Production Representative APG IG

Derechos Humanos en Bolivia

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