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lunes, 24 de octubre de 2016

Tinkunaco 2.570/16 - CIDH - Día de la Visibilidad Intersex - Poner fin a la violencia y a las prácticas nocivas en contra de los niños y los adultos intersex



Comisión Interamericana de Derechos Humanos
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Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Comunicado de prensa 153/16

 

Día de la Visibilidad Intersex - Poner fin a la violencia y a las prácticas nocivas en contra de los niños y los adultos intersex, urgen expertos regionales y de la ONU

 

24 de octubre de 2016

Washington, D.C. / Ginebra - Anticipándose al Día de la Visibilidad Intersex el 26 de octubre, un grupo de expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas y regionales* hacen un llamado urgente para que se ponga fin a las violaciones de derechos humanos en contra de niños y adultos intersex**. Instan a los gobiernos a prohibir las prácticas médicas nocivas en los niños intersex, incluyendo cirugías y tratamientos innecesarios sin su consentimiento informado, así como también la esterilización.

En todo el mundo, bebes, niños y adolescentes intersex son sometidos a cirugías, tratamientos hormonales y otros procedimientos médicamente innecesarios en un intento de cambiar forzosamente su apariencia para alinearla con expectativas de la sociedad sobre cuerpos femeninos y masculinos. Cuando, como es frecuentemente el caso, estos procedimientos se llevan a cabo sin el consentimiento pleno, libre e informado de la persona misma, estos son violaciones de derechos humanos fundamentales.

Los padres de niños intersex a menudo se enfrentan con presión para dar su acuerdo a tales cirugías o tratamientos en sus hijos. Rara vez se les informa a los padres acerca de las alternativas o sobre las posibles consecuencias negativas de los procedimientos, que se realizan de forma rutinaria a pesar de la falta de indicación, necesidad o urgencia médica. A menudo se intenta justificar estas intervenciones en base a los prejuicios sociales, el estigma asociado con cuerpos intersex y los requisitos administrativos para asignar el sexo en el momento de la inscripción del nacimiento.

Se han reportado efectos muy negativos de estos procedimientos, que son a menudo irreversibles, como la infertilidad permanente, incontinencia, pérdida de la sensibilidad sexual, dolor de por vida y sufrimiento psicológico grave, incluyendo depresión y vergüenza ligada a intentos de borrar y ocultar rasgos intersex. En muchos casos, las personas intersex ni siquiera tienen acceso a sus propios registros médicos o certificados de nacimiento originales.

Si bien cada vez más personas saben de la existencia de las personas intersex y de sus derechos, gracias a la labor de los defensores de derechos humanos intersex, apenas unos pocos países han tomado medidas concretas para defender sus derechos y protegerlas de los abusos.

Los Estados deben urgentemente prohibir las cirugías y los procedimientos médicamente innecesarios en los niños intersex. Deben respetar la autonomía de los adultos y los niños intersex y sus derechos a la salud, a la integridad física y mental, a vivir libres de violencia y prácticas nocivas y a no ser sometido a tortura y malos tratos. Los niños intersex y sus padres deben recibir apoyo y asesoramiento, incluyendo de parte de pares.

Los niños y adultos intersex deben ser los únicos que deciden si desean modificar la apariencia de su propio cuerpo - en el caso de los niños, cuando tengan la edad o madurez suficiente para tomar una decisión informada por sí mismos. Deben tener acceso a apoyo adecuado, así como a servicios médicos que respondan a sus necesidades específicas de salud y que se basan en la no discriminación, el consentimiento informado y el respeto de sus derechos fundamentales. En este sentido, es fundamental aumentar la integración de los principios de derechos humanos en los estándares y protocolos emitidos por organismos reguladores y profesionales.

Los Estados deben investigar las violaciones de derechos humanos en contra de personas intersex, deben responsabilizar a las personas halladas culpables de perpetrar tales violaciones, y también proporcionar reparaciones e indemnización a las personas intersex sometidas a abusos.

Poner fin a estos abusos también requiere que los Estados crean mayor conciencia sobre los derechos de las personas intersex, que las protejan de discriminación en base a características sexuales, incluyendo en el acceso a la salud, la educación, el empleo, el deporte y en obtener documentos oficiales, así como una protección especial cuando son privadas de libertad. También deben combatir las causas fundamentales de estas violaciones tales como los estereotipos dañinos, el estigma y la patologización, y capacitar a los profesionales de la salud y los funcionarios públicos, incluidos los legisladores, el poder judicial y los responsables políticos.


** Nota para los editores: Las personas intersex nacen con características sexuales físicas o biológicas (tales como la anatomía sexual, los órganos reproductivos, las hormonas y / o los cromosomas) que no se corresponden con las típicas definiciones de los cuerpos masculinos o femeninos. Para algunas personas intersex estos rasgos son evidentes al nacer, mientras que para otras surgen más tarde en la vida, a menudo en la pubertad.

* Lista de expertas y expertos que firman la declaración:

Para más información y solicitudes de los medios de comunicación, favor contactar a:
  • Expertos/as de la ONU:  Xabier Celaya – Unidad de Medios (+41 22 917 9383/ xcelaya@ohchr.org)
  • Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Maria Isabel Rivero (+1 202 370 9001/ mrivero@oas.org)
  • Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos: au-banjul@africa-union.org
  • Consejo de Europa, Oficina del Comisario de Derechos Humanos: Stefano Montanari (+ 33 388 41 35 38 / Celular: +33 661 14 70 37/ stefano.montanari@coe.int)


Datos de contacto: 
María Isabel Rivero | Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
Tel. (1) 202 370 9001
mrivero@oas.org
 

Nuestra dirección de correo postal es:
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