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viernes, 12 de abril de 2013

Tinkunaco 0556/13 - Re: INFOJUS - BOLETIN DE NOVEDADES

12 de Abril de 2013

Infojus, Sistema  Argentino de Información Jurídica - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Infojus, nuevo portal

Destacadas
Ley 26844
B.O. 12/04/2013
Ley de regulación de las relaciones laborales de los empleados y empleadas de casas particulares, que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo.
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Normativa Nacional
Ley 26847
B.O. 12/04/2013
Aprovechamiento económico del trabajo de un niño. Violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil. Modificación del Código Penal.
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Resolución 3477/13 - A.F.I.P.
B.O. 12/04/2013
Adecuación a la Resolución Nº 3.343/94 (ANA). Requisitos tecnológicos y características para la habilitación de depósitos fiscales.
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Resolución 2/13 - Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas
B.O. 12/04/2013
Delegación en la Secretaría Administrativa de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas de la inscripción en el Registro Nacional.
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Jurisprudencia Nacional
A. P. K. y Otro c/Obra Social de la Policía Federal Argentina y otro s/Sumarísimo
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL - 22/03/2013
Ordena a una obra social brindar cobertura integral de tratamiento de fertilización asistida, por técnica FIV, por todas las oportunidades que fueran necesarias hasta lograr el embarazo de la reclamante. Con fundamento en un reciente pronunciamiento de la CIDH, señala que la infertilidad constituye una enfermedad que consiste en una limitación funcional y que quienes la padecen, para enfrentar las barreras que los discriminan, deben considerarse protegidos por los derechos de las personas con discapacidad.
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Fernandez, Javier Salvador c/ Torres, José Alberto s/ Despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 06/02/2013
Pérdida de confianza. Rechaza la demanda por despido incausado interpuesta contra un gimnasio por un trabajador que fue despedido por “pérdida de confianza”. Considera que la negativa a notificarse de una sanción, sumada al hecho de presentarse en el establecimiento sometiendo al personal, clientes y vecinos a un interrogatorio vinculado a sus condiciones de contratación, torna justificado el distracto. Agrega que el hecho de que tanto el trabajador como el empleador, puedan requerir de los escribanos y funcionarios públicos gestiones tendientes a dejar constancia de hechos, datos y circunstancias de distinto orden, no puede constituirse en un elemento distorsivo de las relaciones, ni ser utilizado como modo de presión o lucha, máxime cuando las partes del contrato deben adecuar sus conductas a los criterios de buen a fe y colaboración.
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Normativa Provincial
Decreto 352/13 de NEUQUEN
B.O. 05/04/2013
Instituto Autárquico de Desarrollo Productivo (IADEP). Reglamentación de los artículos 2º, 8º y 10º, Incisos h) e i), de la ley 2817.
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Decreto 651/12 de TIERRA DEL FUEGO
B.O. 05/04/2013
Se establece un incremento salarial escalonado, para los Escalafones Policía, Personal Civil de la Policía y Servicio Penitenciario. Derogación del artículo 2° del decreto provincial 1676/2012.
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Decreto 582/13 de TIERRA DEL FUEGO
B.O. 05/04/2013
Se reglamenta el Régimen de Promoción Cultural, ley provincial N° 868.
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Jurisprudencia Provincial
C/C R. R., L. V.,Recurso de Casación
CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 14/03/2013
Impedimento de contacto de hijo menor con padre no conviviente. Se confirma la sentencia que condena a la madre por el delito de impedimento agravado de contacto de hijos menores con el padre no conviviente. El Tribunal entiende que no surgen elementos de juicio que demuestren arbitrariedad en la resolución cuestionada, pues el delito previsto en el art. 1º de la ley 24270 se configura cuando el autor del impedimento de contacto entre padre no conviviente e hijo actúa de modo arbitrario y abusivo, sin derecho ni razón justificable alguna, es decir que, el solo impedimento es representativo del dolo necesario del tipo penal, y en la caso ha quedado acreditado que la progenitora impidió el contacto de su hijo menor con el padre al mudarlo de domicilio sin autorización judicial y ha incumplido reiteradas órdenes judici ales para restablecer dicho contacto.
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C. J. R c/ C. G. V s/ reducción de cuota alimentaria
TRIBUNAL DE FAMILIA de SAN SALVADOR DE JUJUY - JUJUY - 18/03/2013
Reducción de cuota alimentaria por mayoría de edad. Legitimación pasiva. Se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la progenitora de quien ha alcanzado la mayoría de edad y sobre quien se solicita la reducción de la cuota alimentaria. Manifiesta que, si bien llegado el hijo a la mayoría de edad (18 años) cesa la patria potestad, el art. 265 del Código Civil extiende la obligación alimentaria de los padres hasta los 21 años, por lo que, el progenitor tiene legitimación para continuar los respectivos procesos en cualquier instancia en que se encuentren, por derecho propio y en beneficio del hijo, porque el deber alimentario pesa sobre ambos progenitores y debe ser compartido de acuerdo con las posibilidades económicas de cada uno de ellos.

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