Ley 26871
B.O. 02/08/2013
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Promoción
de la yerba mate. Declaración al “Mate” como infusión nacional.
Presencia de la expresión y logotipo de Mate Infusión Nacional y la
promoción de dicha bebida y sus tradiciones en eventos y actividades
culturales y sociales. |
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Ley 26870
B.O. 02/08/2013
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Plan
Estratégico Vitivinícola. Promoción de las economías regionales.
Declaración del vino argentino como bebida nacional. Uso obligatorio del
isologo de "Vino Argentino Bebida Nacional" en todos los varietales. |
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Fernández, Ana María s/ recurso de casación
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - 12/07/2013
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Prisión
domiciliaria. Madre de un menor. Interés superior del niño. Concede la
prisión domiciliaria (que previamente había sido denegada por la misma
Sala) a una mujer condenada a una pena de corta duración, teniendo en
cuenta que la misma es madre de un bebé que tiene problemas de salud, ya
que dicha circunstancia aconseja alejar al menor de los riesgos de la
prisión en la que se encuentra alojada su progenitora y, haciendo un
balance de los intereses y valores en juego, la concesión del beneficio
resulta la perspectiva más valiosa para el interés superior del niño. La
decisión fue tomada a raíz de una resolución de la CSJN en la causa
“Fernández, Ana María s/ causa n° 17.156”, a través de la cual el
Supremo Tribunal había considerado que, en la denegatoria anterior a la
prisión domiciliaria, se había omitido el aná
lisis de que tal medida se ofrecía como la más beneficiosa para la vida
diaria y el desarrollo del menor. |
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Jacob, Jorge Alberto c/ Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música s/ despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 08/07/2013
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Despido
con causa. Pérdida de confianza. Considera ajustado a derecho el
despido directo por pérdida de confianza de un trabajador que retuvo
indebidamente una suma de dinero de la venta de entradas de un centro
recreativo en donde se desempeñaba. Señala que el principio de buena fe
debe primar en todo contrato de trabajo y que configura una obligación
legal regulada por el artículo 63 de la L.C.T. Añade que el deber de
fidelidad previsto en el artículo 58 del citado cuerpo legal, impone a
las partes el cumplimiento de ciertas obligaciones sustanciales, que
consisten en no incurrir en actos que puedan perjudicar al principal en
el desempeño de la labor encomendada. Asimismo, considera justificada la
actitud de la principal de retener de la liquidación final una suma
equivalente al importe retenido por el dependiente.
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Ley 7239 de CHACO
B.O. 05/07/2013
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Se
aprueba el Régimen de Implementación del Botón Antipánico. Se establece
la obligatoriedad de la entrega del dispositivo denominado Botón
Antipánico. Creación del Registro de Dispositivos de Control y
Monitoreo. |
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Ley 7238 de CHACO
B.O. 05/07/2013
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Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos. Categorías de Conservación. Se modifica el artículo 2° de la ley 6409.
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Leiva Epifanio s/ Acción de amparo
JUZGADO DEL MENOR DE EDAD Y LA FAMILIA de JUAN JOSE CASTELLI - CHACO - 12/07/2013
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Derecho
de los pueblos originarios a la propiedad comunal. Hace lugar a la
acción de amparo tendiente a la restitución de un terreno de propiedad y
posesión comunitaria indígena, solicitado por un miembro de la
comunidad Qom, que se encontraba ocupado por una persona que no
pertenece a la misma. Si bien el demandado alegó que se trataría de un
adquirente de buena fe, esgrimiendo un contrato de compraventa
certificado por un juez de paz, el magistrado advierte que tratándose de
un inmueble de reserva aborigen, el Estado Provincial tiene la
obligación y el deber de respetar dicho patrimonio, procurando la no
intervención y/o usurpación de personas ajenas a la comunidad, por lo
que el contrato deviene violatorio del orden público indígena. Asimismo,
endilga responsabilidad al juez de paz interviniente, en razón de la ce
rtificación de un documento cuyo contenido era manifiestamente ilegal. |
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P. M. E c/ CM s/ liquidación de la sociedad conyugal
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de DOLORES - BUENOS AIRES - 02/07/2013
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Sociedad
conyugal. Carácter propio del inmueble adquirido por sorteo durante el
matrimonio. Considera que el inmueble adquirido por el cónyuge mediante
un sorteo no integra la sociedad conyugal, si su adquisición encuentra
su causa en la rifa comprada por aquél con anterioridad a la celebración
de la boda. Refiere que, si el hecho, acto o título que dio origen a la
adquisición y al derecho, es anterior a las nupcias y después de ella
se produce el ingreso al patrimonio, el bien conserva el carácter de
propio. Por último agrega que no modifica la conclusión la frase final
del art.1267 del Cód. Civil, que pareciera exigir que además el precio
se haya pagado con dinero propio, por cuanto si ello no ocurre, según
doctrina mayoritaria, el aporte de dinero ganancial no modifica ese
carácter propio, sino que eventualmente p
odría dar derecho a recompensa. |
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