Resolución 848/13 - Ministerio del Interior y Transporte
B.O. 21/08/2013
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Operadora
Ferroviaria Sociedad del Estado. Asignación de la prestación de los
servicios de transporte, correspondientes a las Líneas General Roca,
General San Martín y Belgrano Sur en los términos del artículo 7° de la
Ley Nº 26.352. |
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Resolución 1730/13 - Secretaría de Empleo
B.O. 21/08/2013
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Condiciones
de empleabilidad de trabajadores desocupados. Prácticas en ambientes de
trabajo que incluyen procesos formativos y acciones de tutoría.
Modificación del Reglamento establecido por Resolución 708/10. |
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Baudo, Francisco c/ Benzaquen, Benjamín Víctor s/ daños y perjuicios
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL - 05/08/2013
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Daños
y perjuicios derivados de un contrato de locación. Admite parcialmente
una demanda por incumplimiento del contrato de locación promovida por el
propietario de un local comercial contra el inquilino. Señala que si
bien el emplazado no tenía posesión del local, por haberlo subalquilado,
y el contrato se encontraba vencido a la fecha en que se devengaron los
alquileres reclamados en la demanda, el inquilino violó la cláusula
contractual que impedía sublocar el inmueble y la ocupación después del
vencimiento debe ser considerada como la continuación de la misma
locación. Añade que, tanto por la vigencia del contrato como por la
violación de la prohibición de subalquilarlo, el demandado es el deudor
de los alquileres reclamados. No obstante, rechaza la pretensión del
actor de ser indemnizado en dólares (que era la m
oneda en la cual estaba pactado el contrato) y la reparación del daño
moral. |
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Lunven, Valerie Anne Jaqueline c/ Telecom Argentina S. A. s/ despido
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - 14/06/2013
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Indemnización
por despido. Cálculo. Otorga carácter salarial, a los efectos del
cálculo de la indemnización por despido (art. 245 L.C.T.), a los gastos
derivados de la provisión de un teléfono celular a la trabajadora por
parte de la empresa demandada, dado que la entrega del mismo fue
efectuada con el fin de que cumplimentara sus obligaciones, incluidas
las supuestamente realizadas fuera de la jornada normal de trabajo, por
lo cual su uso no se encontraba limitado a las cuestiones laborales sino
también a las personales, generando el ahorro de un gasto para la
trabajadora. Por otro lado, deniega carácter salarial a la cuota mensual
correspondiente a la medicina prepaga, pues su pago no responde más que
a una cobertura de una contingencia social perfectamente encuadrable en
las previsiones del art. 103, inc. d) de la
LCT. |
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Ley 4875 de RIO NEGRO
B.O. 25/07/2013
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Lucha
contra el Alcoholismo. Ley de adhesión a la norma nacional 24.788.
Prohibición de conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la
licencia especial habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que
disminuyan la aptitud para conducir. |
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Ley 4869 de RIO NEGRO
B.O. 04/07/2013
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Se adhiere a la ley nacional 26.819 sobre el Día Internacional de la Paz. Se invita a municipios a adherir a la presente ley.
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Ley 4863 de RIO NEGRO
B.O. 04/07/2013
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Se
establece un régimen de protección y promoción económico y social de
empresas recuperadas con la finalidad de favorecer la continuidad de la
explotación por parte de los trabajadores que se organicen en
Cooperativas de Trabajo. |
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Franchini, Sergio José c/ Napoleón María Angélica s/ resolución de contrato
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL de AZUL - BUENOS AIRES - 12/07/2013
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Locación
de inmueble para comercio. Falta de planos. Considera que la
circunstancia de que los planos del inmueble locado no reúnan los
requisitos mínimos para la habilitación municipal del negocio que
pretendía instalar el locatario, no configura un supuesto que habilite
la resolución de pleno derecho por imposibilidad de usar la cosa
conforme a su destino (art.1604 inciso 4 del C.C). Señala que para que
proceda este medio extintivo de la locación se requiere que la cosa no
pueda ser utilizada por el locatario, lo que provoca una verdadera
frustración del fin del contrato y, en el caso, hubiera bastado que se
subsanara la deficiencia del plano para que el actor pudiera continuar
el trámite de habilitación municipal. |
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Peñaloza Cristian Alberto c/ Maipu S.A. Abreviado. Cumplimiento. Resolución de contrato. Expte. Nº 2215344/36
CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL de CORDOBA - CORDOBA - 27/06/2013
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Plan
de ahorro previo. Considera válida la cláusula de un contrato de ahorro
para fines determinados, mediante la cual se estipula que, en caso de
rescisión anticipada, la devolución del dinero abonado para la
adquisición de un vehículo recién se llevaría a cabo en el plazo de
treinta días desde el vencimiento de la última cuota mensual del plan.
Entiende que el sistema de ahorro implica un vínculo colectivo en el que
el dinero forma parte de un fondo común que ya no pertenece sólo al
suscriptor incumplidor sino a todos los suscriptores ahorristas que
forman el grupo, por lo que el plazo estipulado juega un rol fundamental
para la subsistencia del mismo, garantizando su solvencia. |
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