Normativa Nacional |
Resolución 1223/15 - Ministerio del Interior y Transporte
B.O. 15/07/2015
Tarifas
del transporte público de pasajeros. Modificación de la Resolución
579/14. Asimetrías entre las tarifas de los servicios de jurisdicción
nacional, provincial y municipal que se prestan en las unidades
administrativas.
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Resolución 123/15 - Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas
B.O. 15/07/2015
Reglamento
de Adquisiciones, Ventas y Cesiones de Áreas, Derechos y Participación
en el marco del Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas
Natural y del Programa de Estímulo a la Inyección de Gas Natural para
Empresas con Inyección Reducida.
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Jurisprudencia Nacional |
Microomnibus Norte S.A. s/ denuncia
JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nro 1 - 13/07/2015
En
el marco de una denuncia efectuada por una empresa de transporte urbano
de pasajeros, cuyos trabajadores se encuentran llevando a cabo una
medida de fuerza por despidos dispuestos por la denunciante, y atento a
que la prestación del servicio público por parte de la línea de
colectivos no se efectiviza de modo regular y con las garantías
necesarias para resguardar en debida forma la vida y seguridad del
público transportado ordena, entre otras medidas, prohibir el ingreso de
toda persona a una de las cabeceras de la mencionada línea de
transporte y, una vez que las fuerzas de seguridad hayan verificado que
la totalidad de dicho predio ha quedado desalojado, se proceda a su
clausura preventiva. Además determina prohibir la circulación de todas
las unidades vehiculares de la mencionada línea de transporte que se
encuentren en la cabecera en cuestión, hasta tan
to se cumpla una pericia técnica con el objeto de establecer sus
condiciones de normal funcionamiento y debida seguridad para la
circulación en la vía pública.
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González, Ernesto Daniel c/ Provincia ART S.A. y Otro s/ Accidente Acción Civil
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 09 - 18/06/2015
Accidente
de trabajo. Acción de derecho común. Competencia de la justicia del
trabajo. Declara la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para
entender en un reclamo por un accidente laboral con fundamento en el
derecho común, como así también en las disposiciones de la L.C.T. y
otras normas de naturaleza laboral. Considera que debe prevalecer la
solución de la norma más favorable del art. 20 de la L.O., que no ha
sido derogada, cuando atribuye la competencia a la Justicia Nacional del
Trabajo sobre la Civil en esta materia, porque la solución del último
párrafo del art. 4º de la ley 26.773, cuando dispone que “en los
supuestos de acciones judiciales iniciadas por la vía del derecho civil
se aplicará la legislación de fondo, de forma y los principios
correspondientes al derecho civil”, afecta sustancialmente la razón
histórica de la existencia de la Ju
sticia Nacional del Trabajo y los principios procesales que la rigen.
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Normativa Provincial |
Ley 7601 de CHACO
B.O. 08/07/2015
Código
de Procedimiento Penal de la Provincia. Se establece como prioritaria
la aplicación del procedimiento de flagrancia previsto en los artículos
436 Bis, Ter y Quater de la ley 4538. Se modifica el artículo 6° de la
ley 7573.
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Ley 3438 de SANTA CRUZ
B.O. 07/07/2015
Organización
de la Justicia. Ley Orgánica de Fiscalía de Estado. Atribuciones de la
Fiscalía de Estado. Integración. Fiscal de Estado. Secretario General.
Director de Administración de la Fiscalía de Estado. Se crea el Fondo
Común de Distribución de Honorarios.
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Jurisprudencia Provincial |
Ruiz, Héctor Norberto s/ recurso de queja
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala PENAL de CONCEPCION DEL URUGUAY - ENTRE RIOS - 17/06/2015
Multas
de tránsito. Refiere que la Cámara en lo Contencioso Administrativo es
competente en razón de la materia para entender en los recurso de
apelación interpuestos contra las multas de tránsito impuestas por la
policía. Manifiesta que habiéndose derogado el diseño competencial
pergeñado en la Ley N° 8963 de la Provincia de Entre Ríos, ante la
carencia de una ley especial que determine la competencia específica
para entender en los recursos judiciales previstos en el art. 74 de la
Ley N° 24.449, siendo inválida la atribución efectuada mediante Decreto
N° 1351/15 MGJ, la delimitación de la competencia deberá efectuarse
atendiendo a la materia en tratamiento. En tal sentido agrega que el
actor esgrime una lesión a su derecho subjetivo proveniente de un acto
de naturaleza administrativa y atento que la actividad administrativa
sancionadora constituye un import
ante segmento de la función administrativa, se colige que encuadra en
las disposiciones de los arts. 1 y 2 inc. a) de la Ley N° 7061; más aún
si tenemos presente que no existe en la provincia una ley especial que
excepcione esta regla.
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Juzgado
de instrucción y correccional – Ituzaingó s/ of. Nº 785/14 comunica que
el Sr. Mario claudio blanco –funcionario judicial – se halla imputado
en autos: "Blanco, Claudio Mario por sup/ encubrimiento calificado;
hurto simple y exacciones ilegales –
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - CORRIENTES - 15/06/2015
Facultades
disciplinarias. Aplica la sanción de cesantía a un Secretario Relator
de la Defensoría de Pobres, Ausentes, Menores e Incapaces a quien se le
atribuye el supuesto pedido de pago de dádivas para el inicio o avance
de los trámites ante la Defensoría, la sustracción de un expediente
judicial y la realización de actividades incompatibles con el ejercicio
de la función judicial. Asimismo, el sumariado está siendo investigado
en diversas causas penales en trámite, en donde se le imputan los
delitos de lesiones leves, violencia familiar, desobediencia judicial,
encubrimiento calificado, hurto simple y exacciones ilegales. Advierte
que si bien no se ha dictado sentencia condenatoria en sede penal por
los hechos imputados al funcionario, tal circunstancia no impide que
pueda aplicarse una sanción disciplinaria al margen de las causas
penales existentes, aten
to a que el pronunciamiento administrativo es independiente del
judicial en razón de ser distintas las finalidades perseguidas y los
bienes jurídicos tutelados en cada uno de ellos; así como también son
diferentes los principios que se aplican en una y otra rama del derecho y
diversos los valores en juego.
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Doctrina |
Tercerización
Autor: CONTINO, LUISA G.
En
este trabajo se analizan los aspectos más relevantes del fenómeno de la
tercerización, o descentralización productiva dentro del parámetro que
establece el artículo 30 de la L.C.T., en los diversos aspectos que
ofrece la norma, como así también desde el punto de vista del abuso de
la figura jurídica por fraude o simulación.
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