Washington,
D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la
detención por parte de autoridades de El Salvador de cuatro militares
retirados imputados por la ejecución extrajudicial de seis sacerdotes
jesuitas y dos mujeres, el 16 de noviembre de 1989 en la Universidad
Centroamericana (UCA) en San Salvador. Las detenciones son pasos
importantes en una larga búsqueda por justicia.
De acuerdo con información de los medios, en el contexto de una demanda
en España, la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)
solicitó la detención de 17 militares acusados del asesinato de los
sacerdotes jesuitas españoles Ignacio Ellacuría, Segundo Montes, Ignacio
Martín-Baró, Armando López y Juan Ramón Moreno, así como también del
sacerdote jesuita salvadoreño Joaquín López, Julia Elba Ramos y su hija
Celina Mariceth Ramos, menor de edad. A pesar de que los esfuerzos
anteriores no fueron exitosos, el 5 de enero de 2016, la Interpol emitió
nuevamente la solicitud y la Policía Nacional Civil de El Salvador
inició una operación para detenerlos.
Las autoridades reportaron que cuatro oficiales fueron detenidos,
incluyendo el ex Coronel Guillermo Alfredo Benavides, acusado de
transmitir las órdenes para los homicidios a la unidad de comando,
Batallón Contrainsurgente Atlacatl; el Ex Sargento Antonio Ramiro Ávalos
Vargas; el Ex Cabo Angel Pérez Vasquez; y el Ex Subsargento Tomás
Zárpate Castillo.
La CIDH saluda la declaración dada por el Presidente Salvador Sánchez
Cerén, recomendando a los oficiales que “se entreguen”. De acuerdo a
reportes en los medios, el Presidente Sánchez Cerén señaló: "Hay
personas que se han ocultado, no sabemos si ya salieron del país. Pero
mi recomendación es que se entreguen a la justicia y que la justicia
decida si los extradita o no los extradita”.
“Saludamos el trabajo conjunto de la Policía Nacional Civil de El
Salvador con la Interpol que hizo posible estas detenciones”, dijo la
Relatora de la CIDH para El Salvador, Comisionada Margarette Macaulay.
“Esto constituye un importante primer paso hacia la justicia. La CIDH
continuará siguiendo de cerca los procedimientos”, añadió.
El 22 de diciembre de 1999, la CIDH aprobó el
informe de fondo sobre
este caso, en el que concluyó que el Estado salvadoreño, a través de
agentes de las fuerzas armadas, violó el derecho a la vida de los
sacerdotes jesuitas y dos mujeres. También concluyó que el Estado faltó a
su obligación de investigar en forma diligente y eficaz las violaciones
ocurridas, así como a su obligación de procesar y sancionar a los
responsables a través de un proceso imparcial y objetivo. De acuerdo con
el reporte, hubo un “evidente abuso y desviación del poder” para
manipular la investigación, resultando en denegación de la justicia, por
lo tanto el Estado violó el derecho a las garantías judiciales y a la
tutela judicial efectiva.
El informe de la CIDH también concluyó que la aprobación de la ley de
amnistía violó derechos protegidos por la Convención Americana, en
consecuencia, el Estado de El Salvador violó el derecho a la justicia y
faltó a su obligación de investigar y reparar en perjuicio de los
familiares de las víctimas y de los miembros de la comunidad religiosa y
académica a la que pertenecían. Finalmente, el Informe también
estableció que el Estado salvadoreño violó el derecho a saber la verdad
en perjurio de los familiares de las victimas, los miembros de la
comunidad religiosa y académica a la que pertenecían las víctimas, y de
la sociedad salvadoreña en su conjunto.
La Comisión recomendó al Estado de El Salvador en su Informe de Fondo
sobre este caso que realice una investigación completa, imparcial y
efectiva, de manera expedita, conforme a estándares internacionales, a
fin de identificar juzgar y sancionar a todos los autores materiales e
intelectuales de las violaciones encontradas, sin perjuicio de la
amnistía decretada. La Comisión recomendó además, que el Estado repare
integralmente las consecuencias de las violaciones enunciadas,
incluyendo el pago de una justa indemnización; y que deje sin efecto la
Ley de Amnistía General.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los
derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA
en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes
que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y
no representan sus países de origen o residencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario