Normativa Nacional |
Decreto 434/16
B.O. 02/03/2016
Ministerio
de Modernización. Administraciones públicas provinciales, municipales y
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se aprueba el Plan de
Modernización del Estado. Atribuciones. Se deroga el Decreto N° 103/01.
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Resolución 5/16 - Ministerio de Comunicaciones
B.O. 04/03/2016
Encuadre
normativo del proceso de fusión Fibertel - Cablevisión. Es revocada la
resolución que declaró la caducidad de la licencia para la prestación
del servicio de acceso a Internet en el ámbito nacional.
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Resolución 3832/16 - Administración Federal de Ingresos Públicos
B.O. 03/03/2016
Contribuyentes
y responsables. Se establecen distintos grados de acceso a los
servicios con Clave Fiscal y a determinados trámites. Se aprueba en el
ámbito del Sistema Registral, los Estados Administrativos de la C.U.I.T.
Alcance. Responsables. Períodos.
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Resolución 159/16 - Ministerio de Salud
B.O. 01/03/2016
Calendario
Nacional de Inmunizaciones. Se incorpora la Vacuna antipoliomielítica
inactivada. Esquema básico con vacuna IPV y con vacuna OPV. Sustitución
del artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 1028 de fecha 10 de
julio de 2014.
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Decisión Administrativa 152/16 - Jefatura de Gabinete de Ministros
B.O. 04/03/2016
El Jefe de Gabinete de Ministros establece que para la concurrencia de los
Parlamentarios Nacionales a las sesiones plenarias convocadas, será de
aplicación el Régimen de Viajes al Exterior aprobado por el Decreto N° 280/95.
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Jurisprudencia Nacional |
Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científica c/ DNCI s/ Defensa del Consumidor Ley 24.240 art. 45
CAMARA DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - Sala 01 - 22/02/2016
Defensa
al consumidor. Medicina prepaga. Autoridad de aplicación. En el marco
de un recurso de apelación contra una disposición que sanciona
pecuniariamente a una empresa de medicina prepaga por haber infringido
la ley de defensa al consumidor, resuelve que la Secretaría de Comercio
Interior es la autoridad nacional de aplicación de dicha norma dado que
tiene a su cargo el control de la actividad desarrollada por las
empresas que comercializan productos y servicios respecto de todo
aquello que esté relacionado con la atribución conferida de velar por
los derechos del consumidor. Considera que la existencia de la ley
26.682 que establece el marco regulatorio de medicina prepaga, los
planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios
por mayores servicios que comercialicen los agentes del seguro de salud
contemplados en las leyes números 23
.660 y 23.661, no obsta a la aplicación de la ley 24.240.
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Lotocki, Aníbal Rubén c/ Rial, Jorge Ricardo y otros s/medidas precautorias
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nro 32 - 03/03/2016
Medidas
autosatisfacivas. Libertad de prensa. Rechaza la medida
autosatisfactiva solicitada por un médico contra dos periodistas y tres
canales de televisión con el fin de que éstos se abstengan de difundir,
exhibir o reproducir informaciones falsas y/o expresiones peyorativas,
descalificativas, injuriantes, falsas, burlonas, o juicios de valor
respecto de su persona. Afirma que lo que el actor pretende no es ni más
ni menos que obtener el famoso bozal legal y que de hacerse lugar a la
medida se estarían cercenando institutos tales como la libertad de
prensa y de expresión, abriéndole la puerta a la censura previa. En tal
sentido señala que, en todo caso, el eventual damnificado podrá entablar
las acciones resarcitorias correspondientes, si es que considera que en
algún supuesto se vea mancillado su buen nombre, honor o condición
profesional.
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Niz, Armando y otro s/ causa nº 3559/2015
JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL DE INSTRUCCION Nro 25 - 01/03/2016
Caso
Nisman. Declaración de incompetencia. En el marco de la causa por la
cual se investiga la muerte del ex titular de la Unidad Fiscal Amia, Dr.
Alberto Nisman, declara la incompetencia del Juzgado de Instrucción que
se encontraba entendiendo en autos y remite las actuaciones a la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal para que
determine el tribunal que deberá proseguir con la pesquisa. Entiende
que, dada la imposibilidad cierta de descartar la existencia de diversas
conductas pasibles de adecuación típica inescindibles del hecho
violento que tuvo como protagonista al ex fiscal, se impone declinar de
oficio la competencia en razón de la materia, habida cuenta que basta
que al menos una de las conductas investigadas resulte de competencia
exclusiva federal para que la investigación deba continuar en el fuero
de excepción.
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U.F.I.M.A. s/ denuncia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - 23/02/2016
Cuestiones
de Competencia. Conservación de la fauna silvestre. Determina que debe
entender la justicia federal, en el marco de una investigación originada
a raíz de una denuncia efectuada a raíz de la denuncia efectuada por el
titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental
(U.F.I.M.A.) por la presunta infracción al art. 25 de la Ley Nacional N°
22.421 de conservación de la fauna silvestre. En el caso se investiga
la conducta de un organizador de tours de cacería quien, sin estar
registrado ante el RENAR, habría ofrecido a través de una página web la
caza de distintas especies protegidas de la fauna silvestre por medio de
un coto ubicado en la localidad de Tandil. Señala que el encartado
formaría parte de una empresa internacional con sede en Italia, la cual
organizaría tours de caza en la Argentina, por lo que se debería
establecer si se e
xportaron o podrían exportarse clandestinamente productos y
subproductos provenientes de la caza furtiva, vulnerando los controles
aduaneros. Además, considera que el caso presenta varias hipótesis de
delitos federales y que las investigaciones criminales deben abarcar la
totalidad de las implicancias y consecuencias de la conducta denunciada y
no acotarse al análisis de un único tipo penal.
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Torres, Leandro David c/ Prevención ART S.A. s/ Accidente Ley Especial
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - Sala 03 - 30/06/2015
Procedimiento
laboral. Accidente de trabajo ley especial. Competencia de la Justicia
Nacional del Trabajo. Domicilio de la aseguradora de riesgos del
trabajo. En el marco de un reclamo por un accidente de trabajo ley
especial contra una aseguradora de riesgos del trabajo con domicilio
legal en otra jurisdicción, resuelve declarar la competencia de la
Justicia Nacional del Trabajo. Considera que el art. 118 de la ley de
seguros, de aplicación subsidiaria al caso en examen, habilita también
al trabajador damnificado a interponer la demanda ante el Juez del lugar
del hecho o del domicilio de la aseguradora y no existen razones que
justifiquen una interpretación restringida de la mencionada norma
respecto al concepto de “domicilio”. Y agrega que las compañías de
seguros tienen la facultad de decidir la apertura de las sucursales que
estimen necesarias para el cum
plimiento de sus objetivos empresariales, pero ello no puede eximirlos
de asumir los inconvenientes que genera la multiplicación de su
personalidad.
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Normativa Provincial |
Ley 10329 de CORDOBA
B.O. 03/03/2016
Se
crea el del Repositorio Educativo Digital de la Provincia de Córdoba
-REDCor-, de acceso libre, gratuito y sin fines de lucro. Producción
intelectual proveniente de todas las instituciones educativas y áreas
técnicas. Se dispondrá la partida presupuestaria por parte de la
Autoridad de Aplicación.
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Decreto 78/16 de CHUBUT
B.O. 12/02/2016
Certificados
de obligaciones laborales de empresas de la construcción que hubieran
sido emitidos por la Secretaría de Trabajo. Prórroga de la validez de
los certificados de obligaciones laborales. Período: 1 de Julio de 2015 y
el 31 de diciembre de 2015, hasta el 31 de marzo de 2016 inclusive.
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Decreto 111/16 de CORDOBA
B.O. 03/03/2016
Régimen
Federal de Responsabilidad Fiscal. Adhesión provincial a la prórroga
para el ejercicio 2016 de las disposiciones de la Ley Nacional N°
26.530. Se invita a municipalidades y comunas a su adhesión.
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Decreto 137/15 de MISIONES
B.O. 01/03/2016
Estructura
Orgánica del Cuerpo de Asesores del Estado. Se modifica el Decreto N°
85/2007 de creación, en el marco de la atribuciones del artículo 26 de
la Ley I N° 70 (antes Ley 2557) Refrendación de los ministros y
secretarios.
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Jurisprudencia Provincial |
B.C., G.E., F.B., L. F. vs. Galeno Consulting Group S.A. s/amparo, recurso de apelación
CORTE DE JUSTICIA - SALTA - 26/02/2016
Condena
a una obra social a otorgar a un menor que padece hipoacusia
neurosensorial bilateral moderada un audífono digital y brindar el 100%
de la cobertura total para su mantenimiento y todos los tratamientos que
exige su patología. Considera que si bien la materia debatida resulta
propia de la justicia federal por encontrase la demandada comprendida en
la Ley 23660, deviene acertado mantener lo resuelto en primera
instancia como medida cautelar, pues el reenvío de la causa a dicho
fuero generaría un retardo injustificado de la causa en desmedro del
principio de seguridad jurídica y economía procesal, configurado además
una privación de tutela judicial efectiva del amparista, afectando la
salud del menor.
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Consejo
General de Educación c/ Asociación Gremial de Magisterio de Entre Ríos
(Agmer) y Asociación de Magisterio Enseñanza Técnica (Amet) s/
conciliación obligatoria Ley 9.624
JUZGADO DEL TRABAJO Nro 4 de PARANA - ENTRE RIOS - 01/03/2016
En
el marco del conflicto docente se dispuso la Conciliación Obligatoria
prevista en el art. 16 de la Ley N° 9.624 de Entre Ríos entre el Consejo
General de Educación y los gremios AGMER y AMET, ordenando, además, que
ambas partes suspendan todas las medidas que se hubieren dispuesto en
relación al conflicto. Señala que la adopción de la medida se debe no
solo ante el cumplimiento de los requisitos formales exigidos por la
normativa referida, sino porque se trata de derechos protegidos
constitucionalmente que necesariamente se deben armonizar a fin de
garantizar el correcto ejercicio de los mismos.
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Estacionamiento Plaza Italia S.A. c/ GCBA s/ daños y perjuicios (excepto resp. médica)
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nro 17 de CIUDAD DE BUENOS AIRES - CIUDAD DE BUENOS AIRES - 29/12/2015
Rechaza
la demanda de daños y perjuicios interpuesta por una empresa
concesionaria de estacionamientos contra el Gobierno de la Ciudad como
consecuencia de la rescisión del contrato de concesión para la
construcción y explotación de estacionamientos y locales comerciales
bajo la calzada de la Avenida Sarmiento. Considera acreditado que la
accionante no cumplió con sus obligaciones en los plazos y términos
previstos en el contrato, no logrando demostrar que su incumplimiento se
haya debido a la conducta del GCBA sino que la falta de concreción de
las obras previstas fue producto de la conducta de la actora al intentar
modificar las condiciones contractuales ante un conflicto de intereses
con la Sociedad Rural Argentina.
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Stefani, Eva Mabel c/ Montes, Ricardo Daniel s/ daños y perjuicios
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL - Sala 02 de MAR DEL PLATA - BUENOS AIRES - 01/03/2016
Confirma
la sentencia que hizo lugar a la defensa de falta de legitimación
activa opuesta por el demandado y rechazó la demanda incoada reclamando
los perjuicios sufridos por la supuesta falta de devolución de un
tractor, la pérdida de su valor de reventa, el lucro cesante generado
por la imposibilidad de explotarlo comercialmente y el daño moral
sufrido. Considera que la actora no ha logrado acreditar el dominio
sobre el bien que dice haber entregado en préstamo y que la lectura
atenta de las constancias de la causa permiten corroborar que la actora
ha variado sustancialmente la legitimación invocada en sustento de su
pretensión.
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Guzman Ariel Gustavo y otro c/ Telecom Argentina S.A. y otro s/ Especiales (Residual)
CAMARA EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 03 de SAN MIGUEL DE TUCUMAN - TUCUMAN - 21/12/2015
Revoca
la providencia que, en el marco de un reclamo encuadrado en las
previsiones de la Ley de Defensa al Consumidor, dispuso imprimir a la
causa el trámite del proceso ordinario. Considera que conforme la
normativa aplicable la necesidad de imprimir el trámite ordinario debe
ser determinada por el Juez de conformidad a las circunstancias de cada
caso, debiendo necesariamente mediar petición de parte para apartarse
del procedimiento establecido por el art. 53 de la ley 24.240, solicitud
que no se verifica en el sub examen.
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Acordadas |
ACORDADA Nº78 (B.O. 02/03/2016)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - TUCUMAN - 17/02/2016
Crea,
en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Tucumán, la
“Dirección de Comunicación Pública” la cual tendrá, entre otras
funciones, la de difundir las decisiones de los organismos judiciales
que revistan trascendencia pública, con el objetivo de mejorar la
calidad de la información judicial difundida a la sociedad a través los
medios de comunicación.
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