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martes, 21 de junio de 2016

Tinkunaco 0922/16 - AAL: RIESGOS DEL TRABAJO. Un nuevo proyecto de ley, un nuevo despojo a los trabajadores (junio 2016).

RIESGOS DEL TRABAJO. Un nuevo proyecto de ley, un nuevo despojo a los trabajadores (junio 2016).

Creer en las coincidencias o en las casualidades, en política, es de una ingenuidad inadmisible. Hace pocos días la Corte Suprema, esta Corte Suprema, resolvió una de las controversias que originó la Ley 26.773 de la peor manera posible para las víctimas de siniestros laborales, ocupándose además de anticipar, entrelíneas, que seguirá el mismo camino con las otras. Paralelamente, según la información periodística del día de la fecha, el gobierno está trabajando en una reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT), para eliminar o reducir la “litigiosidad” que estaría poniendo en crisis al sistema. La intención sería obligar a los trabajadores a recurrir a las Comisiones Médicas previstas en el art. 21 de la LRT, y llevar los conflictos judiciales al Fuero de la Seguridad Social, entre otras medidas.
La actual coyuntura política ha convencido a los grandes grupos económicos locales, que es el momento preciso para resguardar el formidable negocio del aseguramiento de los riesgos laborales, y garantizar la impunidad de los responsables de daños a la salud y a la vida de los trabajadores. Para alcanzar tal objetivo tienen que frenar la litigiosidad que, supuestamente, amenaza la rentabilidad de ese negocio.
Una vez más, y tal como ha ocurrido periódicamente en los veinte años de vigencia de la LRT, el objetivo de la reforma legislativa no es evitar que las víctimas tengan que litigar para que se les reconozcan sus derechos, sino eliminar o reducir sus posibilidades de recurrir a la Justicia, aunque ello lleve al despojo de sus derechos. Así de simple.
Hay dos clases de litigiosidad; una es la patológica, o sea la que se origina en intereses ajenos a los de los afectados, y la otra es la que se genera naturalmente por la conflictividad subyacente en el sistema. Ejemplos de ésta última serían la del sistema previsional y la que provocó el famoso “corralito”. En ambos casos nadie habló de “industria del juicio”.
En el caso de los siniestros laborales ¿cómo medimos la litigiosidad? ¿Por la cantidad de juicios? Así lo hace el discurso de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) y el de la Unión Industrial Argentina (UIA). Pero esto no es serio y no resiste el menor análisis, ya que intencionalmente se omite hablar de la intensa conflictividad que caracteriza a nuestro sistema de Riesgos del Trabajo. Si comparamos la cantidad de casos que llegan a la Justicia con el índice de conflictividad, la litigiosidad es irrisoria.
En efecto, la LRT cometió el error gravísimo de colocar como principal operador del sistema a las ART, que son sociedades anónimas con natural fin de lucro y que, por tal motivo, tienen intereses opuestos y contradictorios con los de las víctimas de accidentes o enfermedades laborales. Entre las partes, lo hemos dicho mil veces, se plantea un juego de suma cero: la que una gana, la otra lo pierde. Y esto significa, ni más ni menos, que cada vez que se produce un siniestro laboral, lleva en su código genético el conflicto.
Esta lógica perversa del sistema argentino no admite parches. La solución no pasa por transformar el acceso a la Justicia en una carrera de obstáculos para los trabajadores, llevándolos a tener que dirimir sus conflictos ante comisiones médico-administrativas conformadas por profesionales que no tienen la menor idea de lo que es el Derecho del Trabajo ni, menos aún, la Seguridad Social, y con un procedimiento kafkiano que coloca a los trabajadores en la más absoluta indefensión, frente al poderío económico de las ART.
La solución tampoco pasa por sacar a los trabajadores de sus jueces naturales, llevándolos al desquiciado Fuero de la Seguridad Social. No, la solución pasa por un cambio radical del sistema, colocando como agente gestor a entidades que no tengan fin de lucro, ya sea el Estado, o mutuas o un sistema mixto, estableciendo reparaciones justas y haciendo una prevención real de los riesgos del trabajo.
El proyecto de ley que estamos comentando avanza en un sentido contrario. Esperamos que los legisladores no se presten a esta nueva maniobra para garantizar la tasa de ganancias de las ART, despojando de sus derechos a los trabajadores.

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