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martes, 31 de enero de 2017

Tinkunaco 0360/17 - Luis Carlos Gómez Centurión

Luis Carlos Gómez Centurión

Luis Carlos Gómez Centurión

Escudo de la Provincia de Corrientes.svg
Gobernador de Corrientes
(de facto)
19 de abril de 1976-1 de abril de 1981
Presidente Jorge Rafael Videla
(1976 - 1981, de facto)
Roberto Eduardo Viola
(1981, de facto)
Predecesor Cyris Dalmys Marcelo Feu
Sucesor Juan Alberto Pita

Mendoza province COA.png
Interventor Federal de la Provincia de Mendoza
(de facto)
4 de abril de 1972-Abril de 1972
Presidente Alejandro Lanusse (de facto)
Predecesor Francisco Gabrielli (de facto)
Sucesor Félix Gibbs (de facto)

Información personal
Nombre nativo Luis Carlos Gómez Centurión Ver y modificar los datos en Wikidata
Nacimiento 31 de mayo de 1922
Bandera de Argentina Mendoza, Argentina
Fallecimiento 17 de noviembre de 2006 (84 años)
Bandera de Argentina Buenos Aires, Argentina
Nacionalidad Argentina Ver y modificar los datos en Wikidata
Información profesional
Ocupación Militar
Rango
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General de División.PNG General de División
Años de servicio Desde el 4 de marzo de 1941 hasta el 1 de abril de 19811
Lealtad Flag of Argentina.svg Argentina
Servicio/rama Ejército Argentino
Unidad Artillería
Condecoraciones
Mandos Comandante del II Cuerpo de Ejército

Seal of the Argentine Army.svg

Ejército Argentino
[editar datos en Wikidata]
Luis Carlos Gómez Centurión (Mendoza, 31 de mayo de 1922 - Buenos Aires, 17 de noviembre de 2006) fue un dictador militar argentino, gobernador de facto de la Provincia de Corrientes durante la dictadura militar autodenominada "Proceso de Reorganización Nacional".

Carrera militar y política

Egresado del Colegio Militar de la Nación el 4 de marzo de 1941 como subteniete de arma de artillería, fue un importante militar dentro de la Argentina. Entre los cargos que ejerció antes de ser gobernador, figuran jefe de la Casa Militar durante el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía y edecán del presidente democrático Arturo Frondizi.
Durante el gobierno de la autodenominada Revolución Libertadora desempeñó el cargo de interventor federal en la Confederación General del Trabajo en su delegación de Salta. Entre 1957 y 1958 fue juez de instrucción militar y luego partiría a Roma para efectuar el curso regular de la Escuela Superior de Guerra del ejército de Italia.
En 1959 se convirtió en profesor de dicha escuela. En ese mismo año recibió el cargo de teniente coronel, lo que le permitió convertirse en el edecán del entonces presidente Arturo Frondizi, entre diciembre de 1960 y abril de 1962 cuando fue trasladado a la Escuela Superior de Guerra del Ejército Argentino.
En 1961 fue condecorado por Brasil con la Orden del Mérito Militar en el grado de Oficial. Durante la década del '60 su carrera se inclinó a la formación de nuevos cuadros militares y ofició en el Centro de Instrucción de Artillería, donde pudo ser subdirector.
Desempeñó otros tantos cargos en el Centro de Altos Estudios del Ejército y entre 1965 y 1967 fue subidrector del Colegio Militar de la Nación. Por esos años también sería ascendido a coronel. Fue también importante en las operaciones de inteligencia del ejército desde su órgano especial destinado a aquélla tarea, antes de asumir como jefe de la Casa Militar, durante la dictadura de Juan Carlos Onganía.
Se hizo cargo del gobierno de la Provincia de Mendoza como Interventor Federal de facto en abril de 1972. Su gestión duró algunos días y tuvo por finalidad nombrar a un nuevo Gobernador Interventor civil luego de la renuncia de Francisco Gabrielli como consecuencia del Mendozazo.
Con el comienzo de la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional, en 1976, fue designado por la Junta Militar de Gobierno, interventor de la Provincia de Corrientes, cargo que oficiaría hasta fines de 1981 cuando abandonó dicha investidura tras la renuncia del entonces presidente de facto Jorge Rafael Videla. Luego de aquella renuncia se retiraría definitivamente de la política y el ejército.

Véase también

Referencias



Predecesor:
Francisco Gabrielli
(de facto)
Mendoza province COA.png
Interventor Militar de la Provincia de Mendoza
(Gobernador de facto)

1972
Sucesor:
Félix Gibbs
(de facto)
Predecesor:
Cyris Dalmys Marcelo Feu
(de facto)
Escudo de la Provincia de Corrientes.svg
Gobernador de Corrientes
(de facto)

19761981
Sucesor:
Juan Alberto Pita
(de facto)

Tinkunaco 0359/17 - Página 12 - Torneo sobre la avenida del Libertador, por Luciano Arruga - Fútbol frente a la ex ESMA

Torneo sobre la avenida del Libertador, por Luciano Arruga
 
Fútbol frente a la ex ESMA
 
La organización villera La Poderosa desarrolló un torneo de fútbol en reclamo de justicia por Luciano Arruga. Cortaron el sábado la avenida del Libertador, frente a la ex ESMA.
 
 
El torneo tuvo representaciones de 44 asambleas de todo el país.
El torneo tuvo representaciones de 44 asambleas de todo el país.
(Imagen: Télam)

Frente a la ex ESMA se desarrolló un torneo de fútbol en el asfalto de la Libertador, de vereda a vereda, en reclamo de justicia por la muerte de Luciano Arruga. El torneo, desarrollado por La Poderosa, la organización villera que edita la revista La Garganta Poderosa, es un modo reclamo al que se habían comprometido para realizar cada enero, para la fecha en que Luciano desapareció, el 31 de enero de 2009, y cuyo cuerpo fue hallado como NN en el cementerio de la Chacarita en 2014. El encuentro se concretó desde las 12.30 del sábado pasado. 

Los militantes de la organización se congregaron frente a la ex ESMA y cortaron el tránsito a las 12.30 para colocar doce arcos sobre el asfalto de la avenida Del Libertador. Seis improvisadas canchas se extendieron desde la esquina de la avenida y Comodoro Rivadavia hasta unos metros antes de la entrada de la ex ESMA, en Del Libertador y Correa.

El 31 de enero de 2009, a la madrugada, Mónica Alegre y Vanesa Orieta, la madre y la hermana de Arruga (16), comenzaron a buscar a Luciano por hospitales, morgues y comisarías, sin éxito. El cadáver del joven fue hallado recién el 17 de octubre de 2014, enterrado como NN en el cementerio de Chacarita.

Una investigación determinó que Luciano cruzó esa madrugada corriendo la avenida General Paz, a la altura de Mosconi, y fue atropellado por un auto, por lo cual lo derivaron al hospital Santojanni, donde falleció, y luego a la morgue, porque supuestamente nadie reclamó su cuerpo. Sin embargo, su familia había concurrido al centro de salud mientras el joven era ingresado al hospital. La principal sospecha es que el joven fue arrollado mientras era perseguido por policías de Lomas del Mirador, que ya lo habían detenido en varias oportunidades como medio de presión porque se negaba a robar para la Bonaerense.

Una de las demostraciones de que era perseguido por la Bonaerense la dio la justicia provincial. El 15 mayo de 2015, el policía Julio Torales fue condenado, por otra denuncia de la familia de Luciano, a diez años de prisión por torturar a Arruga, en un fallo unánime del Tribunal Oral en lo Criminal 3 de La Matanza, que lo consideró coautor de “torturas”.

Para los jueces Diana Volpicina, Gustavo Navarrine y Liliana Logroño quedó acreditado que el 22 de septiembre de 2008, entre las 11 y las 19, Arruga estuvo alojado en el sector de la cocina del destacamento de Lomas del Mirador, tras haber sido detenido como sospechoso de un robo y allí fue torturado a golpes “con un elemento duro o romo” por Torales, mientras otro policía lo sostenía.
En otra causa ante la Justicia federal de Morón, hay ocho policías acusados de “desaparición forzada”.

El referente de La Poderosa, Nacho Levy, sostuvo que “no era la intención apelar al corte de calle, porque nos parecía que se podía hacer perfectamente en la calle paralela”, pero agregó que “Gustavo Acevedo (presidente de la Junta Comunal 13) no sólo nos dijo que nos daba la autorización, sino que nos iba a poner los baños químicos y el viernes a la noche descubrió que no era viable, creyendo que con esa maniobra iba a obturar las ganas de gritar de 44 asambleas”, del conurbano, Tandil, Comodoro Rivadavia, Río Gallegos, Chaco, Corrientes, San Juan y Catamarca, entre otros puntos del país.

Tinkunaco 0358/17 - Página 12 - OTRA VEZ NISMAN Y LA MANIPULACION - MEMPO GIARDINELLI

Otra vez Nisman y la manipulación

La prensa del régimen –ese periodismo que en lugar de informar, oculta, y cuya dedicación principal es proteger al Gobierno y presentar al Presidente, su esposa y la gobernadora bonaerense como modelos de gente “bien” y linda, sensible y “populista” en el más inocuo de los sentidos– además de todo eso practica una férrea militancia de control judicial. 

Bastan leer la Lista Negra de jueces que enumera el diario Clarín, la línea editorial de La Nación y las notas dominicales del Sr. Morales Solá, para entender la dimensión de lo que se ha venido orquestando, ahora en favor de la alianza macrista-radical y aprovechando la muerte del fiscal Alberto Nisman para enturbiar en lugar de esclarecer el caso.

Siendo ya la principal oposición, esa prensa se concentró en ensuciar la investigación que llevó adelante la fiscal Viviana Fein, por entonces funcionaria de buena reputación. El boicot fue constante e incluyó a una ignota muchachita dizque testigo aportada mediáticamente, a lo que siguió la promoción de una marcha política –llamada “del 18F”– que evidenció que a sus organizadores les importaba un bledo la desgracia del desdichado Nisman, suicida o asesinado. 

Y es que todo lo que buscaban era manipular la eliminación (voluntaria, inducida o criminal) de ese fiscal federal que tenía a su cargo la hipersensible causa AMIA, producida justo horas antes de que presentara una supuesta “denuncia” contra la entonces presidenta y el canciller. Y que eso sirviera, de paso y como sirvió, para que medios basura de todo el mundo cacarearan exigiendo ridículas sanciones internacionales contra el país.

Si el objetivo que buscaron el suicida, los instigadores o los asesinos era causar un daño institucional extremo, la verdad es que lo consiguieron. 

No sólo embarraron mediáticamente y con claro objetivo político toda la investigación, sino que impidieron el esclarecimiento de la muerte del desdichado fiscal con retórica digna de un periodismo sin vergüenza y con la presumible intención de que jamás se supiera si fue suicidio o asesinato. Nisman les servía suicidado o asesinado, pero sobre todo les sirvió y sirve el permanente manto de duda que esos mismos medios organizaron y sostienen. Ése parece ser, visto ahora, el gran logro de esa estrategia periodística: la duda metódica constante fue y es un factor propagandístico fenomenal.

En cualquiera de las hipótesis, el episodio produjo tremendos daños al país, amplificados por la extrema irresponsabilidad y malicia de quienes, aún hoy y cada vez más, han venido tapando que el suicidio o asesinato del fiscal Nisman pudo ser, y acaso fue, parte de una interna de los llamados “servicios de inteligencia”. Esos que jamás perdieron su rol antidemocrático y ahora el macrismo consagra con el retorno del Sr. Stiuso y el increíble Sr. Arribas al frente de los espías vernáculos. La inexplicable demora kirchnerista en limpiar esa cloaca llamada “Secretaría”, donde imperó un agente secreto con poder absoluto durante 40 años, muy posiblemente manchado con sangre de crímenes durante la dictadura y ensoberbecido por sentirse por encima de todos los presidentes de la democracia, es un elemento que también debe ponerse a consideración. Pues no parece casual que todo estalló a partir de la muy tardía creación de la AFI kirchnerista, la cual al principio también pareció proteger al Sr. Stiuso. 

En cuanto a la “denuncia” del fiscal, era pura inconsistencia según los más respetados juristas argentinos, ya que se basaba en suposiciones, comentarios periodísticos, escuchas clandestinas de poca relevancia y muchísima mala leche. Y todo eso además de que –por su conducta frívola durante la última década y los nulos avances de la causa AMIA– resultaba imposible considerar a Nisman un fiscal ejemplar, ni mucho menos el inmolado “paladín de la justicia” que han querido inventar los mentimedios y la telebasura.

Eran demasiado evidentes sus vínculos con las embajadas de Estados Unidos e Israel, a las que ayudaba a reforzar la llamada “pista iraní”, lo que de paso cubría la nunca investigada “pista siria”. Y estaba claro que sus acciones convenían sobre todo a la política internacional norteamericano-israelí, mientras internamente se liberaba de responsabilidades al multisospechado entorno político y económico de Carlos Menem. No en vano durante años Nisman fue repudiado por los familiares de las víctimas de la AMIA, que siempre exigieron su apartamiento de la causa.

Claro que hay que reconocer también que esta tara comunicacional no se debe solamente a la habilidad indesmentible de los esbirros periodísticos del macrismo, que nos llevan ventajas siderales en materia comunicacional. Su manejo y dominio de las redes sociales, la sobrepoblación de trolls y toda la metodología perfectamente goebbeliana del macrismo, delinea voluntades y fomenta los peores sentimientos en personas que hasta ayer nomás sentían pudor de expresar racismo, xenofobia o colonización antinacional. 

Quizá eso tenga que ver con el macizo ocultamiento de información sobre las fortunas offshore que mantienen el Presidente y sus familiares y amigos en los llamados “paraísos fiscales”. Son pocos los medios alternativos que eluden la censura de hecho que se ha reimplantado en la Argentina. Las radios cuestionadoras no se escuchan en el interior del país y los canales ídem suelen ser interferidos. Y la ley de medios fue derogada por decreto, sí, pero antes había sido dilapidada sin crear una sola cadena alternativa y por eso no hay radios ni canales comunitarios, de cooperativas o de pueblos originarios. También estas facturas existen y no hay razón para no decirlo.

En ese contexto, la ahora renovada utilización de la tragedia personal de Alberto Nisman resulta, por lo menos, obscena, y junto con la sostenida protección periodística en favor del Sr. Macri y su familia, constituye, sin dudas, un verdadero crimen de lesa comunicación.

Tinkunaco 0357/17 - Re: APU - CFK: "No es Gómez Centurión, es Macri"

Tinkunaco 0356/17 - Re: SAIJ - BOLETIN DE NOVEDADES, EDICIÓN SEMANAL

Direccion Nacional del Sistema Argentino de Informacion Juridica

  Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
Boletín de Novedades Jurídicas - Edición Semanal
lunes 30/01/2017  
Destacadas
  Disposición 5/17 - Subsecretaría de Comercio Interior
B.O. 30/01/2017
Información a los consumidores en relación con la operatoria de pago mediante cuotas. Reglamento General del Programa de Fomento al Consumo y Producción de Bienes y Servicios, Ahora 12. Exhibición de precios de contado y precio total financiado.

  Resolución 51/17 - Ministerio de Producción
B.O. 25/01/2017
Derechos del consumidor. Prohibición de efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta en las operaciones que se realizan en un único pago. Exhibición e información de precios.

  Decreto 70/17
B.O. 30/01/2017
Procedimiento Migratorio Especial Sumarísimo aplicable a extranjeros involucrados en hechos delictivos y a quienes hubieren ingresado en forma clandestina. Impedimentos de radicación. Medidas cautelares y régimen de los recursos. Modificación de las Leyes 346 y 25.871.

  Decreto 68/17
B.O. 26/01/2017
Se crea la Comisión Nacional de Fronteras como organismo regulador y coordinador del funcionamiento de los Pasos Internacionales y Centros de Frontera que vinculan a la República Argentina con los países limítrofes.
Normativa Nacional
  Decreto 69/17
B.O. 26/01/2017
Estupefacientes. Se modifica la lista de Estupefacientes y Psicotrópicos susceptibles de producir dependencia física o psíquica, conforme el art. 77 del Código Penal. Sustitución del Anexo I del Decreto Nº 722/91.

  Decreto 66/17
B.O. 26/01/2017
Ministerio de Seguridad. Facultad de convocar al Centro de planeamiento y Control para que preste su asistencia y asesoramiento a los fines de intensificar el esfuerzo Nacional de policía.

  Resolución 117/17 - Ministerio de Salud
B.O. 30/01/2017
Incorporación al régimen legal de las enfermedades de notificación obligatoria a la enfermedad por Virus ZIKA. Aprobación de la Guía para la Vigilancia Integrada de la Infección por Virus Zika y Recomendaciones para el Equipo de Salud.

  Resolución 5/17 - Ministerio de Finanzas
B.O. 26/01/2017
Emisión de nuevos instrumentos de deuda pública denominados Bonos Internacionales de la República Argentina en Dólares Estadounidenses, con el aditamento de la tasa de interés y el año de vencimiento.

  Resolución 17/17 - Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina
B.O. 26/01/2017
Prevención y capacitación sobre el uso indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Se aprueba el Programa Escuela de Formación de las Casas de Atención y Acompañamiento Comunitarios. Concesión de subsidios.

  Resolución 15/17 - Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina
B.O. 26/01/2017
Consejo para el abordaje integral de las políticas públicas de adicciones en contextos de alta vulnerabilidad. Creación. Integrantes. Funciones. Nómina inicial de organizaciones integrantes.

  Resolución 103/17 - Ministerio de Salud
B.O. 25/01/2017
Salud Pública. Incremento en el valor máximo del Módulo Único de Tratamiento Sustitutivo de la Función Renal a reconocer por mes y por paciente. Se fija el valor para transporte por kilómetro recorrido entre el domicilio del paciente y el centro de Diálisis.

  Resolución 25/17 - Ministerio de Transporte
B.O. 24/01/2017
Sistema Público de Transporte Ferroviario. Línea Belgrano Norte. Se aprueba el Plan de nivelación que contempla Obras y Tareas de Mantenimiento Iniciadas y Obras y Tareas de Mantenimiento a Iniciarse. Actualización de las obras. Plazo. Circuito administrativo y procedimiento para la aprobación de obras y tareas de mantenimiento a iniciarse propuestas por el Concesionario Ferroviario S.A.C. Se modifica la Resolución Nº 1603/2017 del ex Ministerio del Interior y Transporte.

  Resolución 62/17 - Secretaría de Empleo
B.O. 24/01/2017
Modificación de la Resolución de la Secretaria de Empleo 280/2012, aprobatoria del Reglamento Operativo del Programa Trabajo Autogestionado. Ayuda económica individual. Plazos. Actualización de montos. Programa Construir Empleo.

  Disposición 36/17 - Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
B.O. 30/01/2017
Aprobación del Sistema Informático (web service) Legauto, permitiendo la identificación de dominio, si determinado vehículo tiene informado un pedido secuestro o prohibición de circular. Procedimiento para el acceso al sistema.

  Disposición 828/17 - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
B.O. 26/01/2017
Importadores y/o elaboradores de especialidades medicinales. Solicitud de autorización de Programas de Acceso Expandido a medicamentos aún no comercializados en el país, para pacientes que requieran tratamientos.

  Disposición 30/17 - Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
B.O. 25/01/2017
Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en motovehículos y con competencia exclusiva sobre maquinaria agrícola, vial e industrial. Sistema de Recaudación OSIRIS. Se establece la fecha de la entrada en vigencia.

  Disposición 25/17 - Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
B.O. 25/01/2017
Modificación del Reglamento Interno de Normas Orgánico-Funcionales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor. Derechos y obligaciones de los Encargados de registro. Resumen Mensual de Aranceles y la Planilla de Liquidación de Emolumentos.
Jurisprudencia Nacional y Federal
  La Cámara Federal confirmó el rechazo a un pedido de excarcelación de Lázaro Báez
CAMARA NAC. DE APELAC. EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - Sala 02 - 23/01/2017
Rechaza un pedido de excarcelación solicitado por la defensa del imputado Lázaro Báez. Considera demostrados los diversos cursos de acción desarrollados desde distintos ámbitos tendientes a beneficiar al nombrado y a dificultar el tránsito de la investigación y, de allí, a proyectar que en el caso de recuperar su libertad su accionar se dirija en esa misma dirección.

Báez, Lázaro s/ Excarcelación

  Otorgan arresto domiciliario a un interno en función de su complejo cuadro de salud
CAMARA FEDERAL DE APELACIONES - Sala 02 de LA PLATA - BUENOS AIRES - 20/12/2016
Hace lugar al habeas corpus presentado por la defensa de un interno que padece graves dificultadas motrices producto de un accidente cerebrovascular. Considera que el complejo estado de salud del amparista justifica apartarse de los carriles previstos por la legislación para otorgar al amparista el beneficio del arresto domiciliario.

NN y otros s/habeas corpus

  Condenan a un conductor de televisión por afectar la intimidad y dañar la imagen pública de una vedette
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Nro 40 - 30/12/2016
Hace lugar a una demanda por daños y perjuicios incoada por una vedette contra un conductor de televisión entre otros, en tanto publicaron imágenes de su esposo, afectando su intimidad, como así también la de sus hijas. Considera que la emisión de dichas imágenes, puestas en conocimiento de terceras personas (público televidente) solo buscaron obtener un mayor "rating", sin medir si se estaba, con tal exposición, dañando la imagen pública, el honor y/o la intimidad familiar de la actora.

Salomón, Beatriz Raquel y otros c/ Rial, Jorge y otros s/ Daños y perjuicios

  Rechaza un pedido de inconstitucionalidad de la ley de flagrancia solicitada por el abogado de un menor punible
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - Sala 04 - 21/12/2016
Rechaza un planteo de la defensa de un imputado menor punible para que no se le aplique el procedimiento previsto en la Ley 27.272, que impone que el detenido sea trasladado ante el juez. Considera que el argumento que formula la defensa carece de virtualidad para justificar el planteo de inconstitucionalidad, toda vez que el menor punible fue trasladado a un Instituto y al día siguiente se efectivizó la entrega a un familiar o mayor responsable.

C. M., L. s/ inconstitucionalidad flagrancia
Normativa Provincial
  Ley 14883 de BUENOS AIRES
B.O. 26/01/2017
Funcionario titular de la Defensoría del Pueblo: Defensor del Pueblo. Integración de Adjunto General de Derechos Humanos y Sociales, y Adjunto Derechos de Consumidores y Usuarios. Requisitos y condiciones. Modificación de la Ley Nº 13.834.

  Ley 7946 de CHACO
B.O. 16/01/2017
Adhesión provincial al Día Nacional para la Prevención del Abuso contra los Niños, Niñas y Adolescentes, establecido por la Ley Nacional 26.316. Desarrollo de Campañas de concientización e información pública, actividades alusivas, jornadas y talleres. Modificación del el artículo 2º de la Ley 6338.

  Ley 5742 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 25/01/2017
Aprobación de la ley sobre la Prevención y sanción del acoso sexual en espacios públicos o de acceso público, verbal o físico. Incorporación de la figura en el Código Contravencional de la Ciudad.

  Ley 5775 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 19/01/2017
Ley para la Prevención del Ciberacoso Sexual a Menores. Grooming. Acciones de la Comunidad educativa, en los niveles primario y secundario de instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada.

  Ley 10407 de CORDOBA
B.O. 24/01/2017
Modificación al Código Electoral Provincial y a la Ley Orgánica Municipal. Plazo y forma de convocatorias de cargos a elegir. Aplicación supletoria de normas.

  Ley 3045 de NEUQUEN
B.O. 20/01/2017
Instrumentación a través del Poder Ejecutivo provincial, el proceso de consulta a las comunidades mapuche-mapuce para la redacción de una ley que regule el reconocimiento y el apoyo estatal a la salud mapuche-mapuce.

  Decreto 28/17 de BUENOS AIRES
B.O. 25/01/2017
Autorización al Ministerio de Justicia a adoptar un sistema de transmisión de datos propio, independiente y autónomo. Organización, dirección y supervisión del régimen del Servicio Penitenciario, así como también colaborar en la planificación de la infraestructura.

  Decreto 50/17 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 25/01/2017
Sistema Único de Boleto Electrónico. Creación de la S.U.B.E estudiantil. Reglamentación del régimen especial de Boleto Estudiantil, Ley Nº 5.656.

  Decreto 31/17 de CIUDAD DE BUENOS AIRES
B.O. 23/01/2017
Traslado de perros y gatos domésticos en el servicio SUBTE, los días sábados después de las 13 hs., los domingos y feriados, sin costo adicional para los pasajeros. Decreto reglamentario de la Ley 5687.

  Decreto 5133/16 de SANTA FE
B.O. 18/01/2017
Prevención del Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones. Creación del Programa Redes de Cuidado. Cuidado y tratamiento de las personas con consumos problemáticos.

  Decreto 5170/16 de SANTA FE
B.O. 17/01/2017
Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. Registro de Libros de Aspirantes. Conformación del Comité de Evaluación de Profesionales. Modificación del decreto reglamentario, 0401/11.
Jurisprudencia Provincial
  El juicio ejecutivo no puede darse al margen de las garantías reconocidas al consumidor
CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL de CORDOBA - CORDOBA - 15/12/2016
Confirma la sentencia que rechaza la ejecución de un pagaré por no haberse respetado el derecho del deudor a recibir información adecuada y veraz. Considera que, aun de oficio, puede ser declarada la inhabilidad ejecutiva del título utilizado para demandar el cobro por violación de las disposiciones vigentes en materia de Derecho del Consumidor, aun cuando el demandado no hubiera planteado excepciones o no hubiera siquiera comparecido en la causa.

Cetti, Aldo Aníbal c/César, Jorge Oscar s/Presentación Múltiple, Ejecutivos Particulares, Recurso de apelación

  Disponen que la obra social brinde cobertura integral de los gastos de cirugía de bypass gástrico
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - CHACO - 18/10/2016
Una obra social deberá cubrir la totalidad de los gastos de una cirugía de bypass gástrico en favor de una afiliada que padece obesidad mórbida. Considera que la demandada postergó el debido cumplimiento de la Ley de Obesidad, pues el Directorio dictó una resolución alejada de los parámetros sugeridos por las áreas que específicamente se ocupan del tema, postergando y judicializando innecesariamente una cuestión que debió transcurrir razonablemente por los canales administrativos.

R., A. G. c/ Instituto de Seguridad Social, Seguros y Prestamos s/ medida cautelar innovativa

Direccion Nacional del Sistema Argentino de Informacion Juridica   Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación